Bueno como os veo muy perdidos os echare un cable... desaparece IRPH CAJAS, permanecen los otros dos, tienen que aplicarte el indice que figure en las escrituras del prestamo hipotecario como sustitutivo, de no venir ninguno tendras que llegar a un acuerdo con tu banco, y si el que tienes desaprece tambien pues igual, a negociar y eso es malo malo....la fecha de todo esto es abril de 2013 tope maximo, pues el decreto establece que los indices se seguiran publicando y siendo validos 1 año despues de la publicacion del mismo, esto son lentejas, asi de sencillo.
- Se confirma la vigencia del índice IRPH Cajas, todavía por plazo indefinido.
- Lo que ocurre el 29/4 es la entrada en vigor de la Orden de Transparencia 2899/2011, que establece en su art. 27 los tipos de interés oficiales (entre los que deja de estar el IRPH Cajas), pero precisando en la Disp.Adicional Unica que el IRPH Cajas seguirá publicándose por el B.España y siendo apto para ser aplicado en los préstamos , hasta“transcurrido un año de la entrada en vigor de la presente orden y su normativa de desarrollo, siempre que en ese plazo se hubiese establecido el correspondiente régimen de transición para los préstamos afectados”.
-El regulador tiene un año a partir de ahora para establecer algún régimen de transición.
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Martes, 26 Junio 2012 | 05:59:35 PM