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Jueves, 20 de Agosto de 2026
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Respuestas al comentario nº 1451

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Comentario original

Ignacio · Tuesday 04 of December 2012 12:27:19 PM · nº 1451
Entiendo que la ley del 28 de Octubre del 2011 está ya en vigor por haber pasado los 6 meses de su publicación y el
irph bancos, irph cajas, ceca, ya no son tipos de interés oficiales a pesar de que todavía se sigan publicando,
Artículo 27. Tipos de interés oficiales.
1. A efectos de su aplicación por las entidades de crédito, en los términos previstos
En esta orden ministerial, se publicarán mensualmente los siguientes tipos de interés
oficiales :
a) Tipo medio de los préstamos hipotecarios a más de tres años, para adquisición
de vivienda libre, concedidos por las entidades de crédito en España.

b) Tipo medio de los préstamos hipotecarios entre uno y cinco años, para adquisición
de vivienda libre, concedidos por las entidades de crédito en la zona euro.
c) Tipo de rendimiento interno en el mercado secundario de la deuda pública de
plazo entre dos y seis años.
d) Referencia interbancaria a un año (Euribor).
e) Permuta de intereses/Interest Rate Swap (IRS) al plazo de cinco años.
f) El Mibor, exclusivamente para los préstamos hipotecarios formalizados con
anterioridad al 1 de enero de 2000 conforme a lo previsto en el artículo 32 de la Ley 46/1998,
de 17 de diciembre, sobre introducción del euro.
2. Los tipos se publicarán mensualmente en el «Boletín Oficial del Estado» y estarán
también disponibles en la página electrónica del Banco de España.
3. La forma de cálculo de los tipos anteriores se determinará mediante circular del
Banco de España.

Disposición final quinta. Entrada en vigor.
1. Sin perjuicio de lo previsto en el apartado siguiente, la presente orden entrará en
vigor a los seis meses de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

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