Respuestas al comentario nº 5735
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Comentario original
Respuestas (3)
A Hacienda se declara los rendimientos del trabajo. Las cantidades que ganes el el juicio no hay que declararlas
Los 4 últimos años se tienen que declarar, el resto prescribe.
En realidad lo que reclamaría Hacienda sería lo desgravado de más los últimos 4 años, pues lo anterior ya ha prescrito.
Eso sí pagaran dinero, porque si se usara ese dinero en la amortización de capital pendiente no tendrían nada que reclamar.
Eso sí pagaran dinero, porque si se usara ese dinero en la amortización de capital pendiente no tendrían nada que reclamar.
otro sablazo mas,
no si al final aqui los que van a ganar van a ser los abogados,