Respuestas al comentario nº 5973
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Comentario original
A ver si algún abogado de los que suelen hacer comentarios en este foro puede aclararnos la sentencia de la audiencia provincial de Barcelona. No entiendo que otras audiencias provinciales anulen el IRPH Y aquí parece que es poco menos que imposible . Una " justicia diferente" en la que el criterio es opuesto a la sentencia del TJUE es lo que tenemos en Barcelona ? No parece un caso aislado sino un criterio completamente diferente.
Respuestas (1)
Esto es, cuanto menos, prevaricación, en mi humilde e ignorante opinión.