IRPH

Cómo ahorrar combustible desde ya

Cómo ahorrar combustible desde ya

Aprende a utilizar tu vehículo eficientemente y comprobarás que puedes ahorrar mucho en gasolina o diésel

Utiliza la inercia que ya lleva tu vehículo

Si quieres conducir eficientemente y que tu deposito se vacíe más tarde que pronto, aprovecha la inercia del vehículo. Esto se puede hacer cuando ves un semáforo en rojo cercano. Ya no tiene ningún sentido acelerar. Levanta el pie del acelerador, y deja que el vehículo vaya reduciendo su velocidad sin gastar prácticamente combustible para llegar al semáforo en rojo prácticamente parado. Levanta el pie del acelerador antes de las curvas, las rotondas, cuando te acerques a un vehículo que circula lentamente y no puedas adelantarlo... y no te acostumbres a usar el freno constantemente porque has seguido acelerando hasta el último segundo.

Cómo ahorrar combustible desde ya

Si se usa el freno continuamente, en lugar de levantar el pie del acelerador cuando ya sabemos que el coche pronto tendrá que reducir velocidad, gastaremos más rápidamente tanto el líquido de frenos, como las pastillas y los discos.

Es mucho mejor utilizar el freno motor que dejar el coche circulando en punto muerto. Si dejas el coche en punto muerto se activa el ralentí y sigues gastando combustible, menos pero gastas. El punto muerto también es peligroso dejarlo en las pendientes descendientes, ya que pierdes el control del automóvil y este puede embalarse y tener un accidente.

Revisa la presión de tus neumáticos periódicamente

Sigue al pie de la letra la recomendación del fabricante en cuanto a la presión de los neumáticos. Si lo haces ahorrarás combustible. Cada poco tiempo revisa la presión y rellena el aire perdido con el paso del tiempo hasta la indicación correcta por parte del fabricante. Muchos vehículos tienen una etiqueta en la tapa del combustible indicativa de la presión correcta de los neumáticos.

Aprende a utilizar el aire acondicionado para gastar menos combustible

El aire acondicionado es una necesidad en los meses de calor. Pero debes de saber que supone un gasto de combustible extra cuando lo utilizas. En la ciudad puedes optar por bajar las ventanillas, siempre que no haya mucha polución y sea seguro circular con ellas bajadas. Pero nunca vayas con las ventanillas bajadas en la conducción por carretera, ya que se obliga al motor a trabajar más y queda alterada la aerodinámica del coche, por lo que consumirás mucho más combustible, además que resulta muy molesto conducir por carretera con el ruido que provocan las ventanillas bajadas.

Utiliza bien las marchas

Las marchas cortas son las que más consumen, y las largas las que menos, pero hay que utilizarlas en el momento adecuado. En cuanto el vehículo este en marcha, ya puedes poner segunda.

Cuando este un poquito más acelerado, tercera y así sucesivamente. Debes ir aprendiendo cuando es el momento ideal para cambiar el coche, porque así ahorrarás mucho combustible evitando que el vehículo se revolucione.

No des acelerones innecesarios

Las brusquedades y los acelerones en la conducción son maneras de gastar combustible innecesariamente.

Mantén una conducción relajada y tranquila. Es una buena actitud a la que te tienes que acostumbrar.

Conducir como un competidor de fórmula 1, solo te acarreará gastos en el combustible, disgustos y averías tempranas en automóvil.

Asegúrate previamente de saber cómo llegar a tu lugar de destino

Seguramente ya te ha pasado. Has ido a un lugar sin saber bien el itinerario. Te has perdido, has dado más vueltas de las necesarias o has utilizado un recorrido mucho más largo que otro existente y del cual te podías haber aprovechado.

Conocer el itinerario correcto, de un lugar nuevo al que vayamos a ir, es fundamental. Conducir de más porque te has perdido es totalmente evitable planificando previamente y de forma correcta el itinerario adecuado.

Si desconoces como llegar a algún lugar novedoso y no te estudias previamente el itinerario, te va a llevar a gastar más combustible casi con toda seguridad, a no ser que tengas mucha suerte.

Infórmate de posibles atascos antes de emprender un viaje

Puedes mirar el estado de las carreteras en la web de la DGT. Es una web muy informativa, que podrás utilizar para planificar sin atascos tu viaje. Te informará de diferentes niveles de circulación, como interrumpida, difícil, irregular o condicionada. También puede indicarte, las restricciones, las retenciones, obras, eventos, condiciones meteorológicas adversas, etc.

Es una web que se actualiza continuamente y de forma totalmente automática introducida 24 horas al día por la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil y los responsables de los Centros de Gestión de Tráfico de la Dirección General de Tráfico. También se puede ampliar información en el teléfono 011.

También existen navegadores que te informan de posibles atascos en tu itinerario marcado, y entonces podrás optar por vías alternativas

No lleves en tu maletero u otros sitios del habitáculo cosas innecesarias

Cuanto más peso exista en el interior del vehículo más fuerza tiene que hacer el motor para moverse y por tanto más gasolina o diésel estaremos gastando. No dejemos en el coche objetos innecesarios o que solo vamos a utilizar ocasionalmente. Esto vale tanto para el maletero, como para los espacios guardaobjetos.

Conviene hacer limpieza periódicamente ya que con el paso del tiempo vamos dejando y acumulando cosas completamente innecesarias que podrían estar en casa, o si no las queremos deberíamos tirarlas, en lugar de dejarlas permanentemente en el coche.

En cuanto sea posible utiliza marchas largas

Se trata de utilizar las marchas largas y a pocas revoluciones en cuanto sea posible. Si estas en carretera, es fácil llegar rápidamente a las marchas largas. Si vas por ciudad podrás llegar a utilizar la cuarta y la quinta marcha, siempre y cuando no sobrepases los límites de velocidad. En los descensos, utiliza la inercia del motor para ir adelantando los cambios de marchas.

Si te encuentras en una pendiente ascendente, procura reducir la marcha todo lo que puedas, pisando un poco más el acelerador.

Si tu coche lo dispone utiliza el control de crucero

Utilizar el control de crucero no solo permite al conductor una conducción más descansada y cómoda, sino que también permite ahorrar combustible de forma notable. El control de crucero consiste en un sistema que mantiene la velocidad constante sin tener que mantener el pie en el acelerador. Se desactiva en cuanto pisamos el freno.

Si no utilizamos el control de crucero, lo que hacemos es interactuar mucho más con el acelerador para mantener la velocidad constante y ello nos lleva muchas veces a acelerar el coche más de lo necesario. La velocidad va fluctuando sin el control de crucero, debido a nuestra mayor interacción y hay excesos que se traducen en gastos de combustible inevitablemente. Así que si tu coche dispone de velocidad de crucero, úsala, porque son todo ventajas: menos cansancio, más comodidad y más ahorro de combustible.

Apaga el motor en los atascos

El Start-Stop es un sistema que ya incorporan muchos vehículos. Consiste en que el motor se apaga cuando está en ralentí, por ejemplo, cuando los semáforos están en rojo. Si no disponemos de Start-Stop podemos nosotros mismos apagar el motor. Ahorraremos en consumo de carburante y también lograremos una reducción de las emisiones contaminantes.

No sobrepases la velocidad permitida

Según la Dirección General de Tráfico (DGT) el conducir a 120 kilómetros por hora puede aumentar el gasto de combustible en casi un 30% y la velocidad estimada con la que se realiza un consumo óptimo de gastos de combustible se encuentra en los 90 kilómetros por hora circulando por carretera. Y si bajamos más esta velocidad de 90 km/h, también será menor el gasto de combustible.

Podemos incluso utilizar la sexta marcha, es decir, la que conlleva menos gastos de combustible incluso yendo a 64 kilómetros por hora que según la revista What Car. Esta es le velocidad en la que la mayoría de modelos de coche alcanza su punto de eficiencia y a una velocidad siempre constante.

A 64 kilómetros por hora con la sexta marcha, se consume un 20% menos de combustible que circulando a esa misma velocidad, pero con la cuarta marcha.

Si te encuentras en reserva, no apures demasiado en acudir a la gasolinera

Resulta muy tentador retrasar lo máximo posible el acudir a la gasolinera, incluso si nos encontramos en reserva. Puede incluso llegar a pensarse que, si tenemos poco combustible, el coche llevará menos peso y así consumirá menos. Pero apurar al máximo la reserva es un gran error, gastaremos más combustible, será peligroso, perjudicial y podremos causar averías al motor.

En primer lugar, hemos de saber que cuanto más vacío se encuentre el depósito de manera más fácil se evaporará. Por otra parte, es muy peligroso quedarse sin gasolina en mitad de la carretera. Tendremos la terrible molestia de ponernos en el arcén e incluso podremos ser multados, ya que solo se puede parar en el arcén por accidente o por avería y no por haberte quedado sin combustible.

Por otra parte, se crean fácilmente impurezas cuando se tiene poco combustible que pueden llegar a estropear la bomba o el sistema de inyección, que es un elemento clave para el buen funcionamiento del vehículo. Si se trata de un vehículo diésel el perjuicio puede ser enorme ya que al quedarnos sin gasoil penetrará aire en el circuito del motor y no se podrá arrancar. Así que más vale, ir a la gasolinera mucho antes de que esto ocurra.

Aprovecha las ofertas y los descuentos que ofrecen ciertas gasolineras

Existen ciertas tarjetas que te ofrecen descuentos en gasolineras. Por ejemplo, la tarjeta Pass de Carrefour, te devuelve un 8% del gasto en combustible en gasolineras de la misma compañía, es decir, en gasolineras Carrefour, y un 4% en las gasolineras Cepsa. Este descuento se entrega bimensualmente al consumidor en forma de Cheque Ahorro que puede ser gastado de forma exclusiva en productos comprados en Carrefour. Si pagas lo gastado en tarjeta a fin de mes, el descuento es gratuito.

La tarjeta Mi BP de Bankinter Consumer Finance entrega hasta un 12% del gasto en gasolina en estacones de servicio BP, para volver a usarlo en un nuevo repostaje. Si pagas a fin de mes no genera costes, es decir, es un descuento gratuito.

La tarjeta de crédito o débito de ING, devuelve el 3% del gasto en gasolineras Galp y Shell. No hay límite de gasto y la forma de pago de la tarjeta, puede ser cualquiera.

Comentarios

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Ana · Madrid · Martes, 17 Sept. 2019 | 09:50:41 PM · nº 5430
Hola ISABEL,
La cláusula que contiene el IRPH debe expresar la DEFINICIÓN COMPLETA que es esta, Por ejem en el supuesto de que el tipo sea IRPH CAJAS “ Se define como la media simple de los tipos de interés medios ponderados por los principales de las operaciones de préstamo con garantía hipotecaria de plazo igual o superior a tres años para adquisición de vivienda libre que hayan sido iniciadas o renovadas en el mes al que se refiere el índice por el conjunto de cajas de ahorro. Dichos tipos de interés medios ponderados serán los tipos anuales equivalentes declarados al Banco de España para esos plazos por el colectivo de cajas, de acuerdo con la norma segunda”. Si querésis saber la del resto de IRPH ( BANCOS, CECA…) las podéis encontrar en el ANEXO VIII de la CIRCULAR 5/1994 de 22 de julio.
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Pedro · Figueres, Girona · Miércoles, 18 Sept. 2019 | 06:20:19 AM · resp. nº 1536
Buenos dias Ana, y muchas gracias de antemano por participar e informarnos.
Comentas que en la cláusula de la hipoteca que contiene el IRPH tiene que haber la definición completa. Pus bien, en la mia, referenciada al IRPH cajas está la definición pero se omite la parte; "...dichos tipos de interés medios ponderados seran los tipos anuales equivalentes declarados al Banco de España para esos plazos por el colectivo de cajas de acuerdo con la norma segunda".
Me gustaría saber tu opinión al respecto.
Gracias y un saludo.
Pedro
Ana · Madrid · Miércoles, 18 Sept. 2019 | 10:57:00 PM · resp. nº 1545
Hola Pedro,

Lo que se achaca al IRPH CAJAS es que la media se hace con tipos de interes de anuales, por tanto, el hecho de que se omita, como en tu caso, el SEGUNDO PÁRRAFO que, precisamente es el que lo expresa, no sólo es que, no contenga la definición completa sino que omite la parte fundamental - lo cual denota MALA FE por parte del Banco- .
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Olmo · Soria · Martes, 17 Sept. 2019 | 04:45:27 PM · nº 5429
Después de hacer una consulta a los de Reclamapormi,esto es lo que me contestaron. Es un copia y pega:
En referencia al IRPH, indicarle que es el momento de comenzar con la reclamación.

El abogado de la UE se pronunció favorablemente el día 10 de Septiembre, por lo que existen muchas probabilidades que la sentencia del TJUE sea favorable. Es recomendable comenzar con la reclamación extrajudicial, ya que los bancos están intentando que prescriban los casos. De esta forma, congelaríamos el plazo y si el TJUE fallara en contra por sorpresa, todo el proceso extrajudicial sería gratuito.

Para comenzar, necesitaríamos que nos envíe la siguiente información:

Copia de la escritura original del préstamo hipotecario.
Por otro lado, le adjuntamos la hoja de encargo que puede usted devolvernos firmada para comenzar con el proceso.No dude en contactarnos con cualquier pregunta.
Puede enviarnos esta documentación contestando a este correo electrónico.

Quedamos a la espera.
Atentamente,
Javier M$#@^0
Departamento Jurídico Bancario

Reclama Por Mí
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Ana · Madrid · Martes, 17 Sept. 2019 | 04:20:50 PM · nº 5428
Hola PABLO DE SEGOVIA,
Referente a la utilización de IRPH en viviendas VPO, dado que la utilización del IRPH venía impuesta por disposición imperativa - DECRETO- , va a ser dificil defender su nulidad a la luz de a Directiva Europea 93/13. No obstante, entiendo que en el caso de Sentencia Europea favorable a los intereses de los consumidores, el GOBIERNO DE TURNO debería adoptar cualquier medida / hacer algo con las VPO. DE LO CONTRARIO SERIA INJUSTO que las VPO quedarais desamparadas.
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Pablo · Segovia · Miércoles, 18 Sept. 2019 | 02:28:12 PM · resp. nº 1539
Gracias Ana, entiendo que la devolución del dinero a las hipotecas de las VPO con IRPH es difícil por no decir imposible. Como mucho podrían cambiar por ejemplo a euríbor no?. Saludos y gracias de nuevo.
RAQUEL VPO ELCHE · ELCHE-ALICANTE · Jueves, 19 Sept. 2019 | 05:33:38 PM · resp. nº 1547
Pues no entiendo nada, osea que los de VPO no vamos a poder reclamar nada???? cuando en realidad somos todavía mas estafados, puesto como has dicho nos lo metieron de modo IMPERATIVO por los planes estatales de vivienda?

peor me lo pones, es ESTADO NOS ESTAFÓ, NO EL BANCO
Alfonso · Madrid · Sábado, 21 Sept. 2019 | 06:52:33 AM · resp. nº 1561
Pues menudo mazazo para los que tenemos IRPH a traves de las VPO ... que es mi caso.

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eric · Barcelona · Martes, 17 Sept. 2019 | 04:01:19 PM · nº 5427
Visto lo visto , voy a esperar a la sentencia . Creo que ahora mismo hay mucho ruido acerca de poner reclamación extrajudicial , juzgados saturados y temas que desconozco. Llevo 18 años esperando ,así que, un poco más creo que no me hará daño. Tomar decisiones con prisas o bajo presión me preocupa más que esperar unos meses más.
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Isabel · Madrid · Martes, 17 Sept. 2019 | 02:55:57 PM · nº 5426
Hola Ana,

Cuando dices a qué la cláusula se especifique en las escrituras, sería válido.?, y como lo tienen que especificar en las escrituras, yo en las mia pone irph conjunto de entidades, por otra parte estoy intentando vender el piso, si lo vendo, puedo reclamar si la sentencia sale favorable.?
No se como está el irph de septiembre, pero en vista de como están las cosas, pensáis que lo pueden seguir subiendo?
Gracias por responderme.
También podemos manifestarnos todos los que tenemos Estel índice, hacer y programarlo bien. Me comentáis saludos
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Javier - Reclama Por Mí · Bizkaia · Martes, 17 Sept. 2019 | 06:58:46 AM · nº 5425
Hola Ana,



Entiendo que animas a que la gente tenga cuidado y hemos leído tus comentarios anteriores y suelen ir en una línea prudente.



Cierto es que nadie debe firmar nada si no entiende lo que le dicen y las implicaciones que conlleva y en el mundo que vivimos se ha demostrado que es un buen aviso.

Solo por aclarar ciertos puntos por si hay interpretaciones erróneas:



1- Lo ideal sería que una abogado os asesorara: Para eso hay que hablar con uno. Nuestra opinión sería hablar con uno sin compromiso. Pensamos que no es lo ideal enviar una reclamación extrajudicial para un tema tan complejo como el IRPH basado en un modelo sin saber lo que uno hace. Si uno siente seguridad haciéndolo así adelante. Es su decisión. Pero, ¿tienes garantías de estar haciéndolo bien? ¿Sabes el plazo que hay que esperar? ¿Lo estás enviado a la entidad adecuada? ¿Y si ha desaparecido? ¿Conoces las trabas al correo ordinario o electrónico de las entidades? ¿Y si me responden algo? ¿Y si no lo hacen?

El consejo de Reclama Por Mí es primero hablar con un abogado, que analice las escrituras y atienda a las particularidades del caso y luego haga una reclamación extrajudicial (sin errores y basada en experiencia previa) que no compromete a nada si la sentencia no es favorable.




2- Sobre los plazos y atasco en los juzgados: La realidad es que todo lo que se adelante es buena noticia. Especialmente quien esté es una situación delicada económicamente. No es un tema menor. Erauskin (de quien no tenemos una sola mala palabra) habla de que puede tardar 8 o 9 años. En Reclama Por Mí creemos que no se estirará tantos años, pero lo que sí sabemos por experiencia, es que tardar un par de meses más que otra persona en reclamar puede suponer que el caso se juzgue un año más tarde fácilmente. Lo hemos vivido. Además, Erauskin habla de que la banca está a tiempo de evitar la "judialización del proceso". Esto, atendiendo al pasado, es en nuestra opinión, es poco probable. Si las entidades tienen que devolver el dinero cobrado de más por IRPH, tienen que hacer un desembolso enorme de dinero y, en cambio, las costas judiciales son una pequeña parte proporcionalmente. Es probable que les compense pagarlo a lo largo de los años aunque tengan que pagar más. El pasado habla por sí mismo frente a otros cláusulas. ¿Será esta vez diferente?



Es verdad que podría haber juzgados especializados por temas hipotecarios como se han creado hasta ahora pero esto no es garantía de más rapidez. Quien no lo sepa, muchos están más atascados aún en plazos.



Por este motivo insistimos que es importante dar pasos, SIN INICIAR LA VÍA JUDICIAL. ANA DICE: "Por estos motivos, no es conveniente presentar la demanda, ya que el sustento de la misma dependerá de lo que exprese la futura Sentencia. Os dirán que, es mejor presentarla (la demanda) ya, porque tras la Sentencia se van a colapsar los Juzgados y así vais adelantando."



Coincidimos en que sin conocer la sentencia no se debe ir por la vía judicial. Entendemos que Ana en ningún momento se refiere a Reclama Por Mí, que lleva avisando de este tema desde el inicio y que no presenta una demanda. Efectivamente desaconsejamos iniciar la demanda, pero una vez más, una cosa es la vía judicial y otra es iniciar conversaciones con un abogado especializado, enviarle las escrituras y hacer una reclamación extrajudicial sin compromiso si la sentencia no es favorable. Creemos que esto es esencial.




Reclama Por Mí.
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Maria · Barcelona · Martes, 17 Sept. 2019 | 06:16:04 AM · nº 5424
Ayer por la tarde llamé vía telefónica a una de las comerciales trabajadoras de Caixabank para solicitar la escritura de mi préstamo hipotecario. Sin pensárselo dos veces me dijo que desde que hicieron la mudanza a la nueva entidad tipo futurista han perdido parte de la documentación de sus clientes.

Y yo me pregunto: ¿ No se les ha ocurrido digitalizar todos estos documentos? ¿O es que no les interesa entregarlos al cliente?


Tan panchamente y sin inmutarse lo más mínimo me dijo que me dirigiera a la notaría dónde firmamos hace 15 años la hipoteca para solicitar dicha documentación. Y me vuelvo a preguntar: ¿ Accederá la tal notaria a entregarme la documentación requerida o quizás también la hayan perdido en algún momento?

Voy leyendo artículos a diario sobre el IRPH y hoy al levantarme leí el siguiente:


Copio y pego párrafo.

«No tener los papeles no quiere decir que no se cumplieran las condiciones. Puede haber, por ejemplo, casos en los que los papeles no están digitalizados y no aparecen porque años después se llevó a cabo una mudanza, pero los juzgados están admitiendo como material probatorio otros factores, como los testimonios de testigos, con lo que la inmensa mayoría de sentencias están siendo favorables para los bancos», añaden estas mismas fuentes.

De una sinvergüenzura TOTAL! Ahí lo dejo.
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Jordi · Mollet- Barcelona · Martes, 17 Sept. 2019 | 10:14:30 AM · resp. nº 1531
Hola, a mi me ocurrido lo mismo, fui a la Notaria donde firme la hipoteca y sin ningún problema me lo han dado, eso si, no sin antes pagar 60 euros... cosa que en la notaria me han dicho que el banco me lo tendría que facilitar completamente gratis ya que en su día ya lo pague y ellos se quedan una copia.
Maria · Barcelona · Martes, 17 Sept. 2019 | 11:13:15 AM · resp. nº 1533
Hola Jordi.

¿ No me digas que te han cobrado 60 euros por cuatro papeles de mala calidad?He llamado esta mañana y me han dicho que si tienen la escritura del préstamo hipotecario aunque ya hayan pasado 15 años desde la firma de la hipoteca; sin embargo no me han comentado nada de que por esta escritura tenga que abonar ese importe tan elevado. En su día ya aboné una cantidad tremendamente alta por unas escrituras que ni tan siquiera se molestaron en entregarme.

Firmé un crédito y préstamo hipotecario para una misma vivienda, 153.000 del 1º y 31.000 del 2º. No tengo la más mínima intención de pagar por algo que en su día no me entregaron, por 2ª vez.

HONORARIOS NOTARÍA

Derechos de matriz_ 127,77
Exceso de folios_ 135,23
Copia autorizada_ 58,60
Copias simples(4)_ 64,91
Papel matriz y copia_ 11,79
Registro: Notas y asientos_ 37,05
Impresos_ 0,30

Un total de 435,65 euros por estos conceptos anteriores.435,65 euros por el préstamo hipotecario de 31.000; pero es que por el crédito de 153.000 euros me clavaron otros 578,62 euros por los mismos conceptos.

¿Qué os parece compañeros?
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Pariente · Santander · Lunes, 16 Sept. 2019 | 04:01:13 PM · nº 5422
Os pongo el enlace de García Erauskin, me parece importante porque da su explicación al pronunciamiento del abogado del TJUE, los pasos a seguir y lo que más me sorprende es que es un farmacéutico de profesión que se aventuró a defender los abusos bancarios a los 53 años. Buen ejemplo de humildad, perseverancia y talento.
https://www.deia.eus/2019/09/16/economia/la-banca-esta-a-tiempo-de-negociar-el-irph-y-evitar-la-judicializacion
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Ana · Madrid · Lunes, 16 Sept. 2019 | 02:19:24 PM · nº 5421
RECOMENDACIÓN,Si bien vamos por el buen camino, a fecha de hoy y, HASTA QUE NO SE DICTE SENTENCIA, no sabemos lo que va a ocurrir.


Es más, en el supuesto de que la Sentencia sea favorable a nuestros intereses, tampoco sabemos cual es el criterio que va adoptar el Tribunal a la hora de declarar la nulidad de IRPH.


Como os comenté, el Abogado General, además de la declaración de NULIDAD por FALTA DE TRANSPARENCIA ha abierto la posibilidad de LA DECLARACIÓN DE NULIDAD vía desequilibrio entre los derechos y deberes de las partes .

Y como tb os expliqué, los criterios que recomienda para declarar la falta de transparencia son diferentes a los que se pedían/solicitaban. Por estos motivos, no es conveniente presentar la demanda, ya que el sustento de la misma dependerá de lo que exprese la futura Sentencia.


Os dirán que, es mejor presentarla ya, porque tras la Sentencia se van a colapsar los
Juzgados y así vais adelantando.

Esto es incierto, los Juzgados ya están colapsados por el tema gastos y cláusulas suelo. Y seguramente, tras el fallo y en el caso de que sea positiva se adoptará alguna medida al respecto - de reforzar juzgados etc- .


Recordad que, con el tema de las clausulas suelo al colapsarse los juzgados de lo mercantil, atribuyeron competencia en este tema a los civiles.



Finalmente, tened cuidado con las HOJAS DE ENCARGO que firmáis, ya que en supuesto de que por cualquier causa, si en un futuro no os conviene o decidis no demandar o llegais a un acuerdo con el Banco, os podrían vincular.

POR ESO; RECOMIENDO NO HACER NADA NI FIRMAR HOJAS DE ENCARGO hasta la Sentencia.

LO ÚICO QUE TENÉIS QUE HACER HASTA QUE SALGA LA SENTENCIA es PRESENTAR RECLAMACIÓN EXTRAJUDICIAL EN EL BANCO - en la que os limitéis a reclamar POR NULIDAD sin dar mayor tipo de explicaciones- ya que las explicaciones a dar dependeran de la ST y, además no se tienen que poner en la reclamación.


SI QUERÉIS QUE OS PASE UN MODELO, NO DUDÉIS EN PEDIRMELO. Y PARA CUALQUIER DUDA , os dejo mi teléfono 659 47 39 02
Responder
Consuelo · Granada · Lunes, 16 Sept. 2019 | 02:36:28 PM · resp. nº 1520
Mejor explicado imposible. Gracias por la advertencia ya que me consta que han empezado a mandarnos esos emails con las hojas de encargo cuando lo que tendrían que hacer es lo que usted ha hecho, aconsejarnos a esperar sentencia como así les respondí. Lo digo porque a mí me han quitado las ganas de contratarlos.
Un saludo
Julia-Castellón · Vall de Uxó-Castellón · Lunes, 16 Sept. 2019 | 03:03:28 PM · resp. nº 1521
Gracias Ana !! Por favor, nos puedes adjuntar el modelo ??. Saludos
Maria · Barcelona · Lunes, 16 Sept. 2019 | 04:36:55 PM · resp. nº 1522
Hola, Ana. Según bufetes de abogados, recomiendan desde ya iniciar la vía extrajudicial porque llegado el momento y siempre que el TJUE dicte sentencia a favor de los afectados los juzgados se van a colapsar más aún si cabe.

Por otro lado,¿Qué diferencia existe (si es que la hay) entre una hoja de encargo y una autorización legal?

Gracias por tus aportaciones. Un saludo.

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Ana · Madrid · Lunes, 16 Sept. 2019 | 01:48:01 PM · nº 5420
RECOMENDACIÓN,Si bien vamos por el buen camino, a fecha de hoy y, HASTA QUE NO SE DICTE SENTENCIA, no sabemos lo que va a ocurrir. Es más, en el supuesto de que la Sentencia sea favorable a nuestros intereses, tampoco sabemos cual es el criterio que va adoptar el Tribunal a laora de declarar la nulidad de IRPH. Como os comenté, el Abogado General, además de la declaración de NULIDAD por FALTA DE TRANSPARENCIA ha abierto la posibilidad de LA DECLARACIÓN DE NULIDAD vía desequilibrio entre los derechos y deberes de las partes . Y como tb os expliquécon que lo, los criterios que recomienda para declarar la falta de transparencia son diferentes a los que se pedían. Por estos motivos, no es conveniente presentar la demanda, ya que el sustento de la misma dependerá de lo que exprese la futura Sentencia.

Os dirán que, es mejor presentarla ya, porque tras la Sentencia se van a colapsar los Juzgados y así vais adelantando. Esto es incierto, los Juzgados ya están colapsados por el tema gastos y cláusulas suelo. Y seguramente, tras el fallo y en el caso de que sea positiva se adoptará alguna medida al respecto - de reforzar juzgados etc- . Recordad que, con el tema de las clausulas suelo al colapsarse los juzgados de lo mercantil, atrbuyeron competencia en este tema a los civiles.

Finalmente, tened cuidado con las HOJAS DE ENCARGO que firmáis, ya que en supuesto de que por cualquier causa, si en un futuro no os conviene o decidis no demandar o llegais a un acuerdo con el Banco, os podrían vincular. POR ESO; RECOMIENDO NO HACER NADA NI FIRMAR HOJAS DE ENCARGO hasta la Sentencia.

LO ÚICO QUE TENÉIS QUE HACER HASTA QUE SALGA LA SENTENCIA es PRESENTAR RECLAMACIÓN EXTRAJUDICIAL EN EL BANCO - en la que os limitéis a reclamar POR NULIDAD sin dar mayor tipo de explicaciones- ya que las explicaciones a dar dependeran de la ST y, además no se tienen que poner en la reclamación. SI QUERÉIS QUE OS PASE UN MODELO, NO DUDÉIS EN PEDIRMELO.

Y PARA CUALQUIER DUDA , os dejo mi teléfono 659 47 39 02


Responder
Gaspar · Mallorca · Lunes, 16 Sept. 2019 | 01:58:30 PM · resp. nº 1518
Que son honas d encargo
Ana · Madrid · Lunes, 16 Sept. 2019 | 02:22:12 PM · resp. nº 1519
HOJAS DE ENCARGO, contrato que firmas con los abogados a través del cual les encomiendas el caso.

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