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Cómo conocer bien mi hipoteca para mejorarla

Cómo conocer bien mi hipoteca para mejorarla

Es importante conocer las características de nuestra hipoteca, si queremos intentar mejorar sus condiciones o hacer operaciones ventajosas con ella, como subrogaciones, novaciones, reclamaciones  y en definitiva conseguir cambiar las condiciones para mejorarlas y hacerlas más asumibles

En Irph.es somos conocedores de los conceptos y variables relacionados con el mundo hipotecario, pero somos conscientes de que por muy familiarizados que nosotros estemos con toda su terminología, los legos en la materia y los que se dedican a otros sectores y profesiones puede no resultarle todo tan sencillo.

Cómo conocer bien mi hipoteca para mejorarla

También queremos poner de relieve, que muchos ciudadanos firmaron en su día una hipoteca sin acabar de entender de forma clara algunos o muchos conceptos clave y que ello les ha resultado muy perjudicial. Y esto lo sabemos por la multitud de procedimientos judiciales que se han llevado a cabo durante los últimos años en relación a contratos hipotecarios.

Las demandas muchas veces se han originado porque los profesionales de las entidades financieras no fueron todo lo transparentes que la ley les exige con sus clientes, pero también muchas otras veces, porque los consumidores firmaron hipotecas con un claro desconocimiento de muchas de sus condiciones o de sus aspectos más relevantes.

Pero, incluso en este último caso, comprendemos a los ciudadanos, porque cuando a una persona le llega el momento de firmar una hipoteca, puede verse fácilmente abrumada por la gran cantidad de información y de nociones que surgen de forma repentina en su contrato hipotecario y de las que nunca antes había oído hablar.

Asesores y profesionales de la hipoteca

Nosotros siempre recomendamos el asesoramiento de profesionales a la hora de firmar una hipoteca, pues se trata de una inversión en la que seguramente se va a invertir una gran suma de dinero.

Desde Irph.es, queremos informarte, asesorarte y darte los mejores consejos para que la hipoteca que firmes sea la que más se adapte a tus necesidades y posibilidades y a que no cometas errores que personas sin el asesoramiento adecuado pueden fácilmente cometer.

Te explicamos ahora, unas variables y conceptos básicos sobre la hipoteca que debes de conocer si pronto vas a firmarla.

Diferencias entre Inmueble, vivienda, préstamo hipotecario e hipoteca

Muchas veces, estos conceptos se confunden, especialmente entre préstamo hipotecario e hipoteca.

Así muchas veces podemos decir o escuchar frases como: Ya me han aprobado la hipoteca o Me acaban de conceder la hipoteca. Con estas afirmaciones, seguramente se quiere hacer mención a que la entidad financiera ya ha dado el visto bueno y se le va a conceder el préstamo hipotecario a la persona solicitante del mismo. Pero no es lo mismo, el préstamo hipotecario que la hipoteca.

Préstamo hipotecario

El préstamo hipotecario es un producto financiero mediante el que una entidad financiera nos presta dinero a cambio de que le devolvamos toda la cantidad prestada, más unos intereses, en un plazo determinado, a través de unos pagos periódicos llamados cuotas, que generalmente son mensuales. Para que el banco nos conceda el préstamo hipotecario requerirá la garantía real de un inmueble.

Inmueble

Muchas hipotecas se firman con el fin de poder comprar una vivienda. Pero no siempre se trata de una vivienda, ya que puede ser un bajo comercial, un terreno, una plaza de garaje, etc.

Hipoteca

Todos los ejemplos anteriores son inmuebles y el inmueble que se hipoteca, es el que se convierte en la garantía real para la entidad financiera.

La entidad financiera quiere tener la garantía de que le vamos a devolver la suma de dinero concedida más los intereses estipulados y esa garantía se establece sobre el inmueble.

 Esta garantía real sobre el inmueble, es lo que denomina hipoteca.

Diferencias entre índice hipotecario, tipo de interés y TAE

Los términos, índice hipotecario, tipo de interés y TAE, suelen confundirse y conviene diferenciarlos claramente.

Índice hipotecario

El índice hipotecario es un parámetro variable que se utiliza para referenciar una hipoteca de tipo variable.

Así podemos tener una hipoteca vinculada al Euribor, al IRPH, al Mibor…  Son índices que mensualmente cambian de valor y pueden subir, bajar o mantenerse estables. De este modo, nuestra hipoteca puede estar ligada al Euribor o al IRPH.

La cuota de nuestra hipoteca se encarecerá o abaratará en función de si este índice de referencia al que está vinculada nuestra hipoteca, ha subido o bajado de valor respectivamente, desde la anterior revisión hasta la nueva.

Tipo de interés o precio

El tipo de interés o precio en una hipoteca variable, es el índice de referencia más el diferencial.

El diferencial es un número que se suma al valor del índice hipotecario para constituir el tipo de interés. Así tenemos, por ejemplo, hipotecas al Euribor más el 1% de diferencial sobre el mismo.

En una hipoteca fija, el tipo de interés carece de diferencial, y así por ejemplo podemos tener una hipoteca fija al 1,5% de tipo de interés.

TAE

El TAE o Tasa Anual Equivalente, es el tipo de interés más los gastos y las comisiones.

Así pues, el TAE constituye el coste de la hipoteca.

Por ello, entre dos hipotecas al mismo plazo para compararlas, conviene muy bien fijarse en el TAE. Puede ser que una hipoteca tenga un diferencial menor que otra, pero los gastos y las comisiones pueden hacerla más cara con respecto aquella que tiene el diferencial mayor.

Para que la comparación de hipotecas a través del TAE sea efectiva, las hipotecas deben tener el mismo plazo.

Hipoteca fija, variable y mixta

Hipoteca fija

La hipoteca fija se caracteriza porque se fija un tipo de interés para toda la vida la hipoteca y la cuota mensual no variará.

La única manera de variar la cuota de la hipoteca fija es realizando amortizaciones parciales de la misma en la modalidad de reducir la cuota, en otras palabras, adelantando cantidades de dinero de forma extraordinaria para que nuestra cuota mensual sea más reducida.

Hipoteca variable

La hipoteca variable, como su nombre indica varía, y esta variación se realiza de acuerdo a la evolución de un índice hipotecario que en la inmensa mayoría de las hipotecas es el Euribor.

Como se trata de una hipoteca variable, esta periódicamente será revisada por la entidad financiera. Este proceso se denomina revisión de la hipoteca y en el contrato hipotecario se indica si la revisión se producirá de forma trimestral, semestral o anual.

Si durante este periodo de tiempo estipulado, el índice hipotecario ha subido o bajado, la cuota mensual que nos cobrará el banco por nuestra hipoteca, tras la correspondiente revisión de la misma se encarecerá o se abaratará respectivamente.

Hipoteca mixta

La hipoteca mixta se caracteriza porque durante un periodo de tiempo es una hipoteca fija y posteriormente se convierte en variable.

Generalmente el tipo fijo se aplica en los primeros años de la hipoteca, muchas veces la hipoteca solo es fija durante el primero año.

La modalidad de hipoteca mixta se hizo frecuente a partir de que el Euribor alcanzó valores muy bajos, y la banca queriendo protegerse de estos bajos valores y pensando que tendrían un final temprano, quisieron salvar el periodo de Euribor bajo con un tipo fijo en los inicios de la hipoteca.

Simular, revisar o amortizar hipoteca

Simular hipoteca

Una simulación de hipoteca consiste en utilizar una calculadora hipotecaria e introducir las variables de capital, plazo y tipo de interés.

A partir de estas variables introducidas sabemos cual será la cuota mensual de la hipoteca.

Revisar hipoteca

Revisar una hipoteca se refiere a que la entidad financiera adapta la cuota mensual que pagamos por la misma, a la evolución del índice de referencia al que se encuentra vinculada.

Si nuestra hipoteca está ligada al Euribor, la cuota mensual será mayor o menor si el valor del Euribor ha subido o bajado respecto al valor que tenía en la anterior revisión.

Amortizar hipoteca

Respecto a amortizar hipoteca debemos diferenciar entre amortización total y amortización parcial.

Si amortizamos totalmente la hipoteca significa que liquidamos totalmente la deuda hipotecaria y ya no pagaremos más cuotas.

Si amortizamos parcialmente la hipoteca significa que hemos aportado una cantidad extraordinaria, es decir, una cantidad a parte de las cuotas mensuales, con el fin de reducir la cuota mensual o el plazo restante de hipoteca.

Generalmente, las entidades financieras ante esa cantidad de dinero que queremos adelantar de nuestra deuda, nos deja elegir entre disminuir la cuota mensual o rebajar el plazo pendiente.

Consideraciones finales

Hemos hecho mención a conceptos hipotecarios básicos.

Es muy importante, si pronto vas a firmar una hipoteca que estos conceptos al menos sí que los conozcas.

Comentarios

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Damian · Huelva · Martes, 03 Marzo 2020 | 12:30:33 PM · nº 5804
Estoy alucinando con los comentarios optimistas que estoy leyendo desde que ha salido la sentencia.....hemos ganado, el que?....los únicos que van a ganar son los abogados,que para todos los que quieran reclamar, pues tendrán trabajo....tanto tiempo esperando la sentencia de Europa,para llegar al principio de nuevo.... Y las acciones de los bancos hoy subiendo....esto ya de reclamar es una lotería, según el juez que te toque, si es de derecha,pues ya se sabe lo que te queda.....que asco de país corrupto..
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federico mingo · poyales del hoyo-avila · Martes, 03 Marzo 2020 | 11:59:13 AM · nº 5803
Felicidades a todos, hemos ganado, menuda ostia se han pegado la banca, bankia y Caixa bank en caída libre, que devuelvan todo el dinero, por fin Europa una sentencia con coherencia, la anulación de la cláusula ha sido completa, enhorabuena a todos, gracias, os amo, os quiero
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Dani · Barcelona · Martes, 03 Marzo 2020 | 12:14:40 PM · resp. nº 1955
No hemos ganado nada, se abre la puerta a que puedas reclamar, pero a la "justicia" española...., lo de justicia bien entre comillas, sabemos como va en España....

A mí me timaron con mi hipoteca, igual que a miles, no me dieron opción ninguna, no me ofertaron otros indices ni me explicaron la repercusión económica que ello suponía, ha sido una estafa a gran escala, pero como suele decirse, la banca siempre gana, y solo hay que ver como han subido hoy sus acciones, ya saben que van a ganar la mayoría de juicios porque tienen de su lado a la justicia Española y al supremo, y a nosotros, los hipotecados ahogados por la cuota, nos tocará pagar abogado y costas.


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César · Granada · Martes, 03 Marzo 2020 | 11:33:07 AM · nº 5802
Noticia sobre IRPH VPO

https://www.economiadigital.es/finanzas-y-macro/los-consumidores-reclaman-a-sanchez-que-libere-del-irph-a-las-vpo_20039736_102.html
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Pablo · VALLADA · Martes, 03 Marzo 2020 | 11:52:12 AM · resp. nº 1954
Gracias somos miles los VPO-afectados. Com Abalos y el Psoe hemos topado...
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NORTHROP · GRANADA · Martes, 03 Marzo 2020 | 11:23:47 AM · nº 5800
Buenas, y felicidades a medias. Si bien es cierto que la sentencia abre la puerta a reclamar, no es menos cierto que deja la patata caliente en manos de los jueces nacionales, quienes deberán revisar caso por caso...y ya sabemos cual es la opinión de la "justicia" española. Yo creo que a los que les ha vuelto a tocar la lotería es a los abogados. Arriaga y asociados se está frotando las manos otra vez.
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Jesus · Sevilla · Martes, 03 Marzo 2020 | 11:16:30 AM · nº 5798
Es mi primer mensaje, pero después de leeros no sé, yo soy pesimista, tengo un vpo y mi esperanza era que hubiesen dicho el IRPH era un abuso total y que habría que eliminarlo, ahora lo mandan a la justicia española... Y solo hay que mirar lo que pasó hace un año con los impuestos actos jurídicos documentados, primero declaran hay que devolverlo, se mete el gobierno por medio, al final que vale, no se paga, pero que devolver a los que lo han pagado ya nada...
Es mi opinión, que no tengo ni idea de esto, si vuestros abogados os han llamado, hay gente celebrándolo que están metidos en el tema... Pues ojalá sea así, pero YO no me fio ni un pelo de la justicia, los bancos y el gobierno, mucho poder e intereses hay metidos ahí.
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Esther · Madrid · Martes, 03 Marzo 2020 | 11:12:07 AM · nº 5797
Buenos días, estoy intentando entender la sentencia pero no la entiendo. Ahora pasa a los tribunales españoles, que lo tienen que estudiar caso por caso, es decir volvemos a estar igual??? O como lo van hacer??
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Silvia · Girona · Martes, 03 Marzo 2020 | 11:05:22 AM · nº 5794
Yo me esperaba más. En 2015 empecé tramite judicial y perdí 2 veces, ahora tengo que empezar de nuevo? Tirare la toalla, me deje mucho dinero en abogados y no sirvió.
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Ana · Madrid · Martes, 03 Marzo 2020 | 10:47:22 AM · nº 5793
Hola a TODOS,

Os hago un pequeño RESUMEN DE LA SENTENCIA, claro que estamos de enhorabuena y que la ST es favorable para el consumidor.

Y si bien, os puede dar la sensación de que deja el examen del control de transparencia en manos del JUEZ NACIONAL - lo cual es cierto- pero OJO, así lo ha hecho en todos los demás casos de cláusulas abusivas -es algo normal-.

Sin embargo y, lo más importante y, aquí está el “QUID” de la cuestión es que, establece como parámetros/filtros decisivos para el cumplimiento del control de transparencia que EL EMPLEADO DE LA BANCA:

Deberá haber especificado la definición completa del IRPH y las disposiciones de la normativa nacional pertinentes que determinan dicho índice-

Así como, haberos mostrado la evolución en el pasado del índice de referencia escogido.

LO CUAL NO SE HIZO EN NIGÚN CASO

EN RESUMEN , va en línea con la CONCLUSIONES DEL ABOGADO GENERAL. En el próximo post os explico los efectos de la nulidad que, por cierto no los limita en en tiempo, como solicitaba la banca
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Cesar · Granada · Martes, 03 Marzo 2020 | 11:10:23 AM · resp. nº 1952
¿Y que opinion tienes sobre los pasos a seguir para los que estamos en una VPO?: En nuestro caso en ningún momento se nos dio opción o información al respecto. Fue un trágala, además de haberlo modificado el gobierno como índice de referencia para posteriores VPO, lo que demostraría por lo menos que no era un índice adecuado. Cuéntanos, por favor.
Cesar · Granada · Miércoles, 04 Marzo 2020 | 07:50:07 AM · resp. nº 1979
Gracias por contestra Ana
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Pericu de Llança · Llançà · Martes, 03 Marzo 2020 | 10:32:05 AM · nº 5792
Felicidades a todos los afectados.
Mi abogado me acaba de llamar y dice que ha ido bastante bien aunque no se haya declarado nulo el IRPH. Me ha comentado que en la mayoría de los casos (por no decir todos), los bancos no podrán demostrar transparéncia y por lo tanto se nos devolverá lo pagado de más y la hipoteca pasará a ser referenciada al Euríbor.
En Europa si que hay justícia !!!!!
Me despido del foro. Un abrazo a tod@s los afectad@s.
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Laia · Malgrat de Mar · Martes, 03 Marzo 2020 | 10:40:22 AM · resp. nº 1949
Gracias por la info Pericu! Yo he llamado a nuestros abogados pero está la linea continuamente comunicando! Un abrazo y suerte en el cobro rápido de todo lo cobrado de más
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Dani · Malaga · Martes, 03 Marzo 2020 | 10:23:23 AM · nº 5791
Buenos días, yo hipotecado de uci, con trámites judiciales iniciados hace mucho, la verdad que ya ví algunos videos de abogados que dicen que es una victoria, pero estoy desilusionado porque esperaba que Europa se mojara más y mis cuotas bajaran desde ya, es una ansiedad y estrés inaguantable el ver como mes a mes no puedes llegar a final de mes.
Pues eso solo quería desahogarme porque como dije esperaba que se mojarann más y mis cuotas bajaran desde el próximo recibo y no lo dejaran a el dictamen de los juzgados españoles, eso son otros dos años en el mejor de los casos. Un saludo
Responder
Laia · Malgrat de Mar · Martes, 03 Marzo 2020 | 10:27:39 AM · resp. nº 1947
Hola Dani, si tu caso está ya en manos de abogados el trámite se agilizará ya que tienes todo ese tiempo ganado de más, que no una persona que empiece de cero. No creo que sea 2 años, yo creo que serán meses ya que el juzgado ha avanzado , ánimos que seguro que lo tienes ganado
Dani · Malaga · Martes, 03 Marzo 2020 | 11:08:34 AM · resp. nº 1951
Buenas Laia gracias por los ánimos, lo de dos años lo decía porque supongo que una vez la audiencia Provincial de Málaga dicte sentencia en mi caso, supongo que recurrirán hasta llegar al Supremo y eso si se puede dilatar hasta esos dos años que nombró, si no estoy equivocado porque los recursos son lentos como todos sabemos. Un saludo y gracias de nuevo

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