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Cómo conocer bien mi hipoteca para mejorarla

Cómo conocer bien mi hipoteca para mejorarla

Es importante conocer las características de nuestra hipoteca, si queremos intentar mejorar sus condiciones o hacer operaciones ventajosas con ella, como subrogaciones, novaciones, reclamaciones  y en definitiva conseguir cambiar las condiciones para mejorarlas y hacerlas más asumibles

En Irph.es somos conocedores de los conceptos y variables relacionados con el mundo hipotecario, pero somos conscientes de que por muy familiarizados que nosotros estemos con toda su terminología, los legos en la materia y los que se dedican a otros sectores y profesiones puede no resultarle todo tan sencillo.

Cómo conocer bien mi hipoteca para mejorarla

También queremos poner de relieve, que muchos ciudadanos firmaron en su día una hipoteca sin acabar de entender de forma clara algunos o muchos conceptos clave y que ello les ha resultado muy perjudicial. Y esto lo sabemos por la multitud de procedimientos judiciales que se han llevado a cabo durante los últimos años en relación a contratos hipotecarios.

Las demandas muchas veces se han originado porque los profesionales de las entidades financieras no fueron todo lo transparentes que la ley les exige con sus clientes, pero también muchas otras veces, porque los consumidores firmaron hipotecas con un claro desconocimiento de muchas de sus condiciones o de sus aspectos más relevantes.

Pero, incluso en este último caso, comprendemos a los ciudadanos, porque cuando a una persona le llega el momento de firmar una hipoteca, puede verse fácilmente abrumada por la gran cantidad de información y de nociones que surgen de forma repentina en su contrato hipotecario y de las que nunca antes había oído hablar.

Asesores y profesionales de la hipoteca

Nosotros siempre recomendamos el asesoramiento de profesionales a la hora de firmar una hipoteca, pues se trata de una inversión en la que seguramente se va a invertir una gran suma de dinero.

Desde Irph.es, queremos informarte, asesorarte y darte los mejores consejos para que la hipoteca que firmes sea la que más se adapte a tus necesidades y posibilidades y a que no cometas errores que personas sin el asesoramiento adecuado pueden fácilmente cometer.

Te explicamos ahora, unas variables y conceptos básicos sobre la hipoteca que debes de conocer si pronto vas a firmarla.

Diferencias entre Inmueble, vivienda, préstamo hipotecario e hipoteca

Muchas veces, estos conceptos se confunden, especialmente entre préstamo hipotecario e hipoteca.

Así muchas veces podemos decir o escuchar frases como: Ya me han aprobado la hipoteca o Me acaban de conceder la hipoteca. Con estas afirmaciones, seguramente se quiere hacer mención a que la entidad financiera ya ha dado el visto bueno y se le va a conceder el préstamo hipotecario a la persona solicitante del mismo. Pero no es lo mismo, el préstamo hipotecario que la hipoteca.

Préstamo hipotecario

El préstamo hipotecario es un producto financiero mediante el que una entidad financiera nos presta dinero a cambio de que le devolvamos toda la cantidad prestada, más unos intereses, en un plazo determinado, a través de unos pagos periódicos llamados cuotas, que generalmente son mensuales. Para que el banco nos conceda el préstamo hipotecario requerirá la garantía real de un inmueble.

Inmueble

Muchas hipotecas se firman con el fin de poder comprar una vivienda. Pero no siempre se trata de una vivienda, ya que puede ser un bajo comercial, un terreno, una plaza de garaje, etc.

Hipoteca

Todos los ejemplos anteriores son inmuebles y el inmueble que se hipoteca, es el que se convierte en la garantía real para la entidad financiera.

La entidad financiera quiere tener la garantía de que le vamos a devolver la suma de dinero concedida más los intereses estipulados y esa garantía se establece sobre el inmueble.

 Esta garantía real sobre el inmueble, es lo que denomina hipoteca.

Diferencias entre índice hipotecario, tipo de interés y TAE

Los términos, índice hipotecario, tipo de interés y TAE, suelen confundirse y conviene diferenciarlos claramente.

Índice hipotecario

El índice hipotecario es un parámetro variable que se utiliza para referenciar una hipoteca de tipo variable.

Así podemos tener una hipoteca vinculada al Euribor, al IRPH, al Mibor…  Son índices que mensualmente cambian de valor y pueden subir, bajar o mantenerse estables. De este modo, nuestra hipoteca puede estar ligada al Euribor o al IRPH.

La cuota de nuestra hipoteca se encarecerá o abaratará en función de si este índice de referencia al que está vinculada nuestra hipoteca, ha subido o bajado de valor respectivamente, desde la anterior revisión hasta la nueva.

Tipo de interés o precio

El tipo de interés o precio en una hipoteca variable, es el índice de referencia más el diferencial.

El diferencial es un número que se suma al valor del índice hipotecario para constituir el tipo de interés. Así tenemos, por ejemplo, hipotecas al Euribor más el 1% de diferencial sobre el mismo.

En una hipoteca fija, el tipo de interés carece de diferencial, y así por ejemplo podemos tener una hipoteca fija al 1,5% de tipo de interés.

TAE

El TAE o Tasa Anual Equivalente, es el tipo de interés más los gastos y las comisiones.

Así pues, el TAE constituye el coste de la hipoteca.

Por ello, entre dos hipotecas al mismo plazo para compararlas, conviene muy bien fijarse en el TAE. Puede ser que una hipoteca tenga un diferencial menor que otra, pero los gastos y las comisiones pueden hacerla más cara con respecto aquella que tiene el diferencial mayor.

Para que la comparación de hipotecas a través del TAE sea efectiva, las hipotecas deben tener el mismo plazo.

Hipoteca fija, variable y mixta

Hipoteca fija

La hipoteca fija se caracteriza porque se fija un tipo de interés para toda la vida la hipoteca y la cuota mensual no variará.

La única manera de variar la cuota de la hipoteca fija es realizando amortizaciones parciales de la misma en la modalidad de reducir la cuota, en otras palabras, adelantando cantidades de dinero de forma extraordinaria para que nuestra cuota mensual sea más reducida.

Hipoteca variable

La hipoteca variable, como su nombre indica varía, y esta variación se realiza de acuerdo a la evolución de un índice hipotecario que en la inmensa mayoría de las hipotecas es el Euribor.

Como se trata de una hipoteca variable, esta periódicamente será revisada por la entidad financiera. Este proceso se denomina revisión de la hipoteca y en el contrato hipotecario se indica si la revisión se producirá de forma trimestral, semestral o anual.

Si durante este periodo de tiempo estipulado, el índice hipotecario ha subido o bajado, la cuota mensual que nos cobrará el banco por nuestra hipoteca, tras la correspondiente revisión de la misma se encarecerá o se abaratará respectivamente.

Hipoteca mixta

La hipoteca mixta se caracteriza porque durante un periodo de tiempo es una hipoteca fija y posteriormente se convierte en variable.

Generalmente el tipo fijo se aplica en los primeros años de la hipoteca, muchas veces la hipoteca solo es fija durante el primero año.

La modalidad de hipoteca mixta se hizo frecuente a partir de que el Euribor alcanzó valores muy bajos, y la banca queriendo protegerse de estos bajos valores y pensando que tendrían un final temprano, quisieron salvar el periodo de Euribor bajo con un tipo fijo en los inicios de la hipoteca.

Simular, revisar o amortizar hipoteca

Simular hipoteca

Una simulación de hipoteca consiste en utilizar una calculadora hipotecaria e introducir las variables de capital, plazo y tipo de interés.

A partir de estas variables introducidas sabemos cual será la cuota mensual de la hipoteca.

Revisar hipoteca

Revisar una hipoteca se refiere a que la entidad financiera adapta la cuota mensual que pagamos por la misma, a la evolución del índice de referencia al que se encuentra vinculada.

Si nuestra hipoteca está ligada al Euribor, la cuota mensual será mayor o menor si el valor del Euribor ha subido o bajado respecto al valor que tenía en la anterior revisión.

Amortizar hipoteca

Respecto a amortizar hipoteca debemos diferenciar entre amortización total y amortización parcial.

Si amortizamos totalmente la hipoteca significa que liquidamos totalmente la deuda hipotecaria y ya no pagaremos más cuotas.

Si amortizamos parcialmente la hipoteca significa que hemos aportado una cantidad extraordinaria, es decir, una cantidad a parte de las cuotas mensuales, con el fin de reducir la cuota mensual o el plazo restante de hipoteca.

Generalmente, las entidades financieras ante esa cantidad de dinero que queremos adelantar de nuestra deuda, nos deja elegir entre disminuir la cuota mensual o rebajar el plazo pendiente.

Consideraciones finales

Hemos hecho mención a conceptos hipotecarios básicos.

Es muy importante, si pronto vas a firmar una hipoteca que estos conceptos al menos sí que los conozcas.

Comentarios

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Alfonso · Madrid · Martes, 09 Octubre 2018 | 05:28:15 PM · nº 4443
Si se declarase nulo el IRPH ... ¿que pasaria con las hipotecas VPP y VPO vinculadas al IRPH?


El banco puede argumentar que con tipos de interes que establece el congreso



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maria · oviedo · Miércoles, 10 Octubre 2018 | 12:33:03 PM · resp. nº 632
El gobierno te establece un límite a todo el precio de la hipoteca ( interés simple, compuesto y comisiones) que es lo que es el llamado irph. Es el banco el que te lo usa como interés simple en tu contrato particular. Eso el gobierno no lo establece. El gobierno cree que el banco lo está usando como precio total de la hipoteca tal y como establece el banco de España a los bancos. Y cree que tú te estás quejando del valor del irph, suponiendo que el banco lo ha usado como tal. Sin embargo, el sobreprecio desorbitado de tu hipoteca, es por el uso que el banco le da en tu contrato, no por el valor en sí del irph, aunque a ti te lo pueda hacer parecer. Porque es verdad que es manipulable (el Euribor también), y que existe una desviación de la media en la formula del banco de España. pero eso no justifica ni de lejos un sobreprecio como el de tu contrato. El gobierno, ha cambiado al Euribor más el diferencial, es decir, al interés simple, pero eso deja libertad a los bancos para que te pongan el interés compuesto y las comisiones que quieran, lo que puede ser tan caro como quieran, incluso mas que el maluso del irph. Pero podía haber sido peor, que te hubiesen fijado sólo el Euribor, que era lo que tú en tu ignorancia pedías. Hay que tener cuidado con lo que se pide. Porque el banco te está arengando contra el gobierno, y el banco de España, y eso es falso.
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Miguel · ELCHE · Lunes, 08 Octubre 2018 | 10:33:09 PM · nº 4442
Por favor,no decir más que el Irph se declarara nulo.Lo que podría pasar o no,es que se declare que tenga que someterse al control de transparencia al igual que paso con las cláusulas suelo,que muchas son legítimas,siempre y cuando se explicará antes y el consumidor lo aceptase.Si alguien decidió por si mismo y aceptó ese Irph no podría reclamar pq supuestamente se lo explicaron y el lo acepto.Lo logico es que si te explican lo que es nunca lo aceptes,por eso se tiene que someter a ese control,y si el caso es que no te lo han explicado y no te han dado a elegir que tipo de interés quieres,se declare nulo en tu caso,NO NULO EN TODOS LOS CASOS. Por eso habría que reclamar pq no todos los casos son iguales.No confundamos a la gente
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Jose · Bilbao-Vizcaya · Martes, 09 Octubre 2018 | 09:50:05 AM · resp. nº 628
Se entiende que todo el que tiene IRPH lo acepto y no por ello tenía porque entender lo que estaba firmando,y menos cuando la banca te cuenta mentiras y el notario lee de carrerilla sin focalizar,haber si ahora vamos a tener que tener estudios que no los tienen ni quien nos gobierna o gobernó,la cosa está clara,nos engañaron con el IRPH y con otro montón de cláusulas abusivase ilegales,por ejemplo,como puede ser que un préstamo de interés variable se quede en fijo como le sucedio a muchas personas que tenían un crédito abierto con la Caixa,etc,etc
maria · oviedo · Miércoles, 10 Octubre 2018 | 12:14:29 PM · resp. nº 631
Yo opino lo mismo, esta sentencia del TJUE es para que no te apliquen directamente la sentencia del supremo. El juez de Barcelona pregunta si tiene que hacer lo que ha dicho el supremo o puede entrar a juzgar, porque la legislación de la UE se lo permite. Para que el TJUE declare abusiva la clausula, es cuando se ha aplicado la ley europea y se ha aplicado en contra. Aquí estamos en poder utilizar la ley europea, que el supremo ha dicho que no es aplicable, respondiendo a algo que no se le había preguntado. Y ahora la mayoría de los jueces lo aplican a todas las demandas, por más que no sea eso lo que se reclama. Lo que había que haber reclamado es la sentencia del supremo por incongruente, a ver si así aprenden a dejar de tomar el pelo a la gente, que esperas 4 años para llegar al supremo y luego contesta a lo que le da la real gana, lo hayas preguntado o no. Puesto que no tienen a nadie encima que se lo enmiende. El TC, está saturado prevaricando y resolviendo derechos inexistentes para los ilegales. Los españoles no tenemos este servicio.
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jordi · castelldefels-barcelona · Domingo, 07 Octubre 2018 | 12:47:44 PM · nº 4441
buenas a todos . Si el tjue se pronuncia a favor de los hipotecados , se supone que los bancos no podrán recurrir la sentencia ? y si se pronuncia en contra se acabó y ya no hay nada que hacer ? y la sentencia del tjue para cuando se espera ?
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Manu · Cadiz · Lunes, 08 Octubre 2018 | 11:57:55 AM · resp. nº 624
Si.Si. No se sabe.
Manuela · Sevilla · Lunes, 08 Octubre 2018 | 05:08:27 PM · resp. nº 625
Hola..yo fui a la abogada la sema a pasada y me dijo que no era como yo pensaba q lo anulan y al mes siguiente todos al euribor. Tendremos q demandar a Uci para q acate la anulación del Irph como índice y por el dinero de màs que he hemos estado pagando estos meses. Asi que tocará demandar.
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Isabel · Cadiz · Domingo, 07 Octubre 2018 | 12:39:08 PM · nº 4440
 Veo que la Caixa, no ha sido solo a mi, que no estoy sola, que no soy tonta cómo me han echo creer que somos muchos, panda de sinvergüenza, qué pena, que no seamos nadie ante la justicia, y esta chica habla desde la desesperación y algunos suicidios, otros pérdidas de casas y ruina y otros con pastillas y calvas del stress, que pena, de tener que vivir con miedo, por que estamos desprotegidos, y tienen que venir de afuera para defendernos, todo lo que ha dicho es verda me he visto reflejada en ella, totalmente y es verdad que cambian de director para lavarse las manos,te están robando y encima te lo están diciendo y riendo en tu cara, espero que se arregle todo, pero el daño sicológico, está echo, un beso a todos y ánimo
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Jose · Bilbao-Vizcaya · Lunes, 08 Octubre 2018 | 06:29:54 AM · resp. nº 623
Lo que debería ser es que si declaran nulo el IRPH,el banco o caja se vea obligado a enviarte un comunicado carta o puto burofax,donde te digan que te tienen que devolver X cantidad, sin tener que acudir a abogados,si no estás de acuerdo en la cantidad ya lo puedes consultar con un experto ,que aquí todo el mundo quiere su trocito de tarta por tocarse las pelotas.
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Alfonso · Madrid · Domingo, 07 Octubre 2018 | 09:02:08 AM · nº 4439
Si se declarase nulo el IRPH ... ¿que pasaria con las hipotecas VPP y VPO vinculadas al IRPH?


El banco puede argumentar que con tipos de interes que establece el congreso



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Paco · Valencia · Domingo, 07 Octubre 2018 | 02:00:50 AM · nº 4438
Por favor difundid este video tanto como podáis para que se haga viral https://youtu.be/IEW15AUIJq8
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Alfonso · Madrid · Domingo, 07 Octubre 2018 | 08:25:01 AM · resp. nº 622
Tremendo el video.
Alejandro · Las palmas de gran Canaria · Martes, 09 Octubre 2018 | 01:28:41 PM · resp. nº 629
Muy bien biviana, has mirado si tu vivienda está titulizada? Búscalo, y si es así no tienen legitimidad para reclamar nada. Deja de pagar
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Pamida · Cadiz · Sábado, 06 Octubre 2018 | 09:17:57 AM · nº 4437
creo que lleva toda la razón y alguien debería tomar notahttps://m.publico.es/columnas/110592131755/econonuestra-irph-un-tribunal-supremo-antiespanol-1
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susana · ciudad rodrigo · Lunes, 08 Octubre 2018 | 05:23:50 PM · resp. nº 626
no he podido conectar con este enlace que indicas, da error en la dirección...
susana · ciudad rodrigo · Lunes, 08 Octubre 2018 | 06:21:21 PM · resp. nº 627
vale, ya está, le sobra "nota" Muy interesante. Gracias
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Veronica · Granada · Viernes, 05 Octubre 2018 | 08:11:04 AM · nº 4436
Hola a todos tengo tamb hipoteca IRPH entidades desde el minuto 0 de la hipoteca sin saberlo hasta 2012 en la cual me incluyeron gastos de hipoteca, comision de apertura, seguro de vida de 8 años el cual anule a los 3 años de haberlos consumido y los otros 5 me los devolvieron. Pero claro ese dinero sigue metido en la hipoteca. Tendria derecho a reclamarlo tamb? Y podria cambiar al beneficiario en el seguro que 5tengo contratado y que esta como beneficiario el banco? Si lo pago yo no entiendo porque tienen que ser ellos los beneficiarios. Gracias
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Isabel Montiel Perez · Cadiz · Jueves, 04 Octubre 2018 | 11:33:55 AM · nº 4435
Esther, ánimo para mañana, creo estar en lo cierto si todos te deseamos lo mejor, comentanos, cómo ha ido, mucha fuerza, Isa
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Chamaco · La Coruña · Jueves, 04 Octubre 2018 | 07:25:56 AM · nº 4434
Hola, es cierto que el fallo del TSJE será en las próximas semanas??????
Mirad este artículo donde lo dice:

https://www.diariojuridico.com/proximo-fallo-del-tjue-sobre-irph-en-hipotecas/
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Miquel · Barcelona · Jueves, 04 Octubre 2018 | 07:51:06 PM · resp. nº 618
No se... si fuera en las próximas semanas, estaría anunciado en algún sitio, no? O es que una sentencia puede caer un día de repente sin que nadie la espere en ese momento... no se me suena un poco raro, quizas sea que dentro de unas semanas sabremos la fecha de la sentencia, pero tampoco esta claro... en fin... a ver si alguien puede arrojar luz sobre esto del IRPH y la sentencia de Europa.
Ivan Molero · Corralejo · Viernes, 05 Octubre 2018 | 07:36:11 AM · resp. nº 619
Buenos días. Según leí el abogado general tiene de 2 demás a 3 meses para remitir su informe, y después de eso el tribunal tiene que dictar sentencia, no antes. Otra cosa es que las sentencias suelen ir encaminadas como el informe del abogado general. Un saludo

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