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Cómo conocer bien mi hipoteca para mejorarla

Cómo conocer bien mi hipoteca para mejorarla

Es importante conocer las características de nuestra hipoteca, si queremos intentar mejorar sus condiciones o hacer operaciones ventajosas con ella, como subrogaciones, novaciones, reclamaciones  y en definitiva conseguir cambiar las condiciones para mejorarlas y hacerlas más asumibles

En Irph.es somos conocedores de los conceptos y variables relacionados con el mundo hipotecario, pero somos conscientes de que por muy familiarizados que nosotros estemos con toda su terminología, los legos en la materia y los que se dedican a otros sectores y profesiones puede no resultarle todo tan sencillo.

Cómo conocer bien mi hipoteca para mejorarla

También queremos poner de relieve, que muchos ciudadanos firmaron en su día una hipoteca sin acabar de entender de forma clara algunos o muchos conceptos clave y que ello les ha resultado muy perjudicial. Y esto lo sabemos por la multitud de procedimientos judiciales que se han llevado a cabo durante los últimos años en relación a contratos hipotecarios.

Las demandas muchas veces se han originado porque los profesionales de las entidades financieras no fueron todo lo transparentes que la ley les exige con sus clientes, pero también muchas otras veces, porque los consumidores firmaron hipotecas con un claro desconocimiento de muchas de sus condiciones o de sus aspectos más relevantes.

Pero, incluso en este último caso, comprendemos a los ciudadanos, porque cuando a una persona le llega el momento de firmar una hipoteca, puede verse fácilmente abrumada por la gran cantidad de información y de nociones que surgen de forma repentina en su contrato hipotecario y de las que nunca antes había oído hablar.

Asesores y profesionales de la hipoteca

Nosotros siempre recomendamos el asesoramiento de profesionales a la hora de firmar una hipoteca, pues se trata de una inversión en la que seguramente se va a invertir una gran suma de dinero.

Desde Irph.es, queremos informarte, asesorarte y darte los mejores consejos para que la hipoteca que firmes sea la que más se adapte a tus necesidades y posibilidades y a que no cometas errores que personas sin el asesoramiento adecuado pueden fácilmente cometer.

Te explicamos ahora, unas variables y conceptos básicos sobre la hipoteca que debes de conocer si pronto vas a firmarla.

Diferencias entre Inmueble, vivienda, préstamo hipotecario e hipoteca

Muchas veces, estos conceptos se confunden, especialmente entre préstamo hipotecario e hipoteca.

Así muchas veces podemos decir o escuchar frases como: Ya me han aprobado la hipoteca o Me acaban de conceder la hipoteca. Con estas afirmaciones, seguramente se quiere hacer mención a que la entidad financiera ya ha dado el visto bueno y se le va a conceder el préstamo hipotecario a la persona solicitante del mismo. Pero no es lo mismo, el préstamo hipotecario que la hipoteca.

Préstamo hipotecario

El préstamo hipotecario es un producto financiero mediante el que una entidad financiera nos presta dinero a cambio de que le devolvamos toda la cantidad prestada, más unos intereses, en un plazo determinado, a través de unos pagos periódicos llamados cuotas, que generalmente son mensuales. Para que el banco nos conceda el préstamo hipotecario requerirá la garantía real de un inmueble.

Inmueble

Muchas hipotecas se firman con el fin de poder comprar una vivienda. Pero no siempre se trata de una vivienda, ya que puede ser un bajo comercial, un terreno, una plaza de garaje, etc.

Hipoteca

Todos los ejemplos anteriores son inmuebles y el inmueble que se hipoteca, es el que se convierte en la garantía real para la entidad financiera.

La entidad financiera quiere tener la garantía de que le vamos a devolver la suma de dinero concedida más los intereses estipulados y esa garantía se establece sobre el inmueble.

 Esta garantía real sobre el inmueble, es lo que denomina hipoteca.

Diferencias entre índice hipotecario, tipo de interés y TAE

Los términos, índice hipotecario, tipo de interés y TAE, suelen confundirse y conviene diferenciarlos claramente.

Índice hipotecario

El índice hipotecario es un parámetro variable que se utiliza para referenciar una hipoteca de tipo variable.

Así podemos tener una hipoteca vinculada al Euribor, al IRPH, al Mibor…  Son índices que mensualmente cambian de valor y pueden subir, bajar o mantenerse estables. De este modo, nuestra hipoteca puede estar ligada al Euribor o al IRPH.

La cuota de nuestra hipoteca se encarecerá o abaratará en función de si este índice de referencia al que está vinculada nuestra hipoteca, ha subido o bajado de valor respectivamente, desde la anterior revisión hasta la nueva.

Tipo de interés o precio

El tipo de interés o precio en una hipoteca variable, es el índice de referencia más el diferencial.

El diferencial es un número que se suma al valor del índice hipotecario para constituir el tipo de interés. Así tenemos, por ejemplo, hipotecas al Euribor más el 1% de diferencial sobre el mismo.

En una hipoteca fija, el tipo de interés carece de diferencial, y así por ejemplo podemos tener una hipoteca fija al 1,5% de tipo de interés.

TAE

El TAE o Tasa Anual Equivalente, es el tipo de interés más los gastos y las comisiones.

Así pues, el TAE constituye el coste de la hipoteca.

Por ello, entre dos hipotecas al mismo plazo para compararlas, conviene muy bien fijarse en el TAE. Puede ser que una hipoteca tenga un diferencial menor que otra, pero los gastos y las comisiones pueden hacerla más cara con respecto aquella que tiene el diferencial mayor.

Para que la comparación de hipotecas a través del TAE sea efectiva, las hipotecas deben tener el mismo plazo.

Hipoteca fija, variable y mixta

Hipoteca fija

La hipoteca fija se caracteriza porque se fija un tipo de interés para toda la vida la hipoteca y la cuota mensual no variará.

La única manera de variar la cuota de la hipoteca fija es realizando amortizaciones parciales de la misma en la modalidad de reducir la cuota, en otras palabras, adelantando cantidades de dinero de forma extraordinaria para que nuestra cuota mensual sea más reducida.

Hipoteca variable

La hipoteca variable, como su nombre indica varía, y esta variación se realiza de acuerdo a la evolución de un índice hipotecario que en la inmensa mayoría de las hipotecas es el Euribor.

Como se trata de una hipoteca variable, esta periódicamente será revisada por la entidad financiera. Este proceso se denomina revisión de la hipoteca y en el contrato hipotecario se indica si la revisión se producirá de forma trimestral, semestral o anual.

Si durante este periodo de tiempo estipulado, el índice hipotecario ha subido o bajado, la cuota mensual que nos cobrará el banco por nuestra hipoteca, tras la correspondiente revisión de la misma se encarecerá o se abaratará respectivamente.

Hipoteca mixta

La hipoteca mixta se caracteriza porque durante un periodo de tiempo es una hipoteca fija y posteriormente se convierte en variable.

Generalmente el tipo fijo se aplica en los primeros años de la hipoteca, muchas veces la hipoteca solo es fija durante el primero año.

La modalidad de hipoteca mixta se hizo frecuente a partir de que el Euribor alcanzó valores muy bajos, y la banca queriendo protegerse de estos bajos valores y pensando que tendrían un final temprano, quisieron salvar el periodo de Euribor bajo con un tipo fijo en los inicios de la hipoteca.

Simular, revisar o amortizar hipoteca

Simular hipoteca

Una simulación de hipoteca consiste en utilizar una calculadora hipotecaria e introducir las variables de capital, plazo y tipo de interés.

A partir de estas variables introducidas sabemos cual será la cuota mensual de la hipoteca.

Revisar hipoteca

Revisar una hipoteca se refiere a que la entidad financiera adapta la cuota mensual que pagamos por la misma, a la evolución del índice de referencia al que se encuentra vinculada.

Si nuestra hipoteca está ligada al Euribor, la cuota mensual será mayor o menor si el valor del Euribor ha subido o bajado respecto al valor que tenía en la anterior revisión.

Amortizar hipoteca

Respecto a amortizar hipoteca debemos diferenciar entre amortización total y amortización parcial.

Si amortizamos totalmente la hipoteca significa que liquidamos totalmente la deuda hipotecaria y ya no pagaremos más cuotas.

Si amortizamos parcialmente la hipoteca significa que hemos aportado una cantidad extraordinaria, es decir, una cantidad a parte de las cuotas mensuales, con el fin de reducir la cuota mensual o el plazo restante de hipoteca.

Generalmente, las entidades financieras ante esa cantidad de dinero que queremos adelantar de nuestra deuda, nos deja elegir entre disminuir la cuota mensual o rebajar el plazo pendiente.

Consideraciones finales

Hemos hecho mención a conceptos hipotecarios básicos.

Es muy importante, si pronto vas a firmar una hipoteca que estos conceptos al menos sí que los conozcas.

Comentarios

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Isabel 11011 · Cadiz-cadiz · Domingo, 12 Nov. 2017 | 06:58:20 AM · nº 3950
Buenos días, he leído un artículo que le devuelven a una persona 70000 y el interés se lo ponen a cero, creéis que verdad?
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Ivan · Fuerteventura · Domingo, 12 Nov. 2017 | 01:29:23 PM · resp. nº 281
Buenos dias. La sentencia que te refieres es de estepona y obliga al banco a devolver lo cobrado de mas y al no tener sustituto de irph solo devuelve lo prestado por el banco
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David · Sevilla · Viernes, 10 Nov. 2017 | 02:17:01 PM · nº 3949
Más dinero era la cláusulas suelo y mira, vamos a tener esperanza y fe en el país pues es la injusticia más clara, yo tuve el juicio día 4 de octubre y todavía no hay sentencia pues me imagino que esperan al supremo,así que vamos que lo conseguimos.
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David · Dos hermanas-Sevilla · Viernes, 10 Nov. 2017 | 02:40:04 PM · resp. nº 277
Ojala sea a si,pero tu crees que esta el pais para otro rescate financiero?eso es lo que yo temo,solo por eso no soy muy positivo,es que estamos hablando de muchisimimo dinero,mas que las clausulas suelo,
pero repito ojala se haga justicia
David · Dos hermanas-Sevilla · Viernes, 10 Nov. 2017 | 02:42:02 PM · resp. nº 278
De todas formas yo he tenido mi segundo juicio el 7 de este mes ,estoy a la espera del resultado,ya os voy informando a todos,un saludo
Javier - Reclama Por Mí · Bizkaia · Viernes, 10 Nov. 2017 | 02:43:49 PM · resp. nº 279
Hola David,

Tengo que informarle de una reclamación por IRPH puede devolverle cantidades superiores a las del suelo.

. Todo depende del suelo que se tuviera o desde cuando se aplicara el IRPH.

De hecho, en www.reclamapormi.com, donde somos especialistas en el tema, denominamos al IRPH "las nuevas cláusulas suelo".

Puede informarse sin compromiso con uno de nuestros abogados y le responderá en menos de 24 horas si quiere saber más.

Para que se haga una idea rápida, de media puede contar con que se puede reclamar entre el 8-10% del importe de su hipoteca...

Ver las 4 respuestas →

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David · Dos hermanas-Sevilla · Viernes, 10 Nov. 2017 | 01:44:00 PM · nº 3948
Hola a todos no quiero ser pesimista pero creo que esto del irph aunque es un robo y causante de la ruina de muchas familias,viendo como se mueve esto aqui en España siempre a favor de los bancos,no creo que salga favorable porque estamos hablando de mucho dinero y los bancos son los que mandan en este pais por desgracia ,ojala me esquivoque xq yo tambien soy afectado ,un saludo a todos y ojala haya suerte
Responder
Javier - Reclama Por Mí · Bizkaia · Viernes, 10 Nov. 2017 | 02:32:39 PM · resp. nº 276
Hola David,

Podríamos decir que las cosas no se han hecho bien, pero parece que la justicia está arreglando lo que nunca debería haber existido.

Es verdad que hay mucho daño que ya se ha hecho y que ahora hay que reclamar por ello en vez de que las cosas estén echas bien desde el principio.

Ya desde las preferentes con personas que han perdido los ahorros de su vida u otra gente que por tener cláusula suelo altísima o IRPH, o multidivisa les han desahuciado.

Sin embargo, la justicia está reconduciendo el tema y está declarando abusivos estos índices.

Ya se están poniendo los medios para que este tipo de cláusulas no puedan existir en el futuro. Esperamos que no haya sorpresas el 22 de noviembre.
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Sergio · Rubi-Barcelona · Jueves, 09 Nov. 2017 | 08:38:19 PM · nº 3947
Puedo reclamar Buenas tengo hipoteca desde 2006 con bbva irph intereses estoy pagando 4’25 y cuánto me tendrían que devolver gracias
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Javier - Reclama Por Mí · Bizkaia · Viernes, 10 Nov. 2017 | 02:15:40 PM · resp. nº 275
Hola Sergio,

En Barcelona las sentencias no están siendo tan claras como en otros lugares y lo mejor es esperar a la sentencia del Tribunal Supremo.

Tienes que tener claro que con un 4,25% de interés que estás pagando ahora te van a devolver mucho dinero.

En www.reclamapormi.com lo que hacen es ir adelantando el trámite presentando ya la reclamación exrajudicial para que cuando salga la sentencia que se espera que sea positiva puedan meter la demanda cuanto antes ya que va a haber una auténtica avalancha de casos. Es mejor ir adelantando porque con una reclamación extrajudicial no hay riesgo de perder ningún juicio y ya vas dando los pasos necesarios.
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Jesús · Alicante · Jueves, 09 Nov. 2017 | 04:30:01 PM · nº 3943
Hola a todos. Escribo desde Alicante. La audiencia provincial ya dicta sentencia favorable a afectados como nosotros.
Me gustaría saber si la resolución del Supremo, influirá de alguna manera en sucesivos pleitos en las provincias donde ya han sido favorables por sus correspondientes audiencias.Y otra cuestión, si es negativo (rezo para que no), ¿influirá de alguna manera?, siempre en futuras sentencias hablo.

Soy uno de los afectados que tiene una plaga de clausulas abusivas, IRPH, clausula suelo del 3.5, gastos totales por mi cuenta, interes del 26%, todo ello arrastrado desde el año 2000 y con una ventaja (creo) de tener como sustitutivo el de Bancos, ya anulado.

Aprovecho para saludar a todos los que com yo, os pasais el dia buscando noticias al respecto y contamos los dias para que llegue el 22N

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Javier - Reclama Por Mí · Bizkaia · Viernes, 10 Nov. 2017 | 12:55:09 PM · resp. nº 274
Hola Jesús,

La resolución del Supremo manda sobre la de las audiencias provinciales por lo que, sí, influye sobre las resoluciones futuras.

Por ejemplo, si en una audiencia provincial dieran la razón al cliente como puede estar siendo en Alicante, si la resolución del Supremo el próximo 22 de noviembre es que el IRPH no es abusivo, aunque el banco pierda en la audiencia provincial, sabe que puede llevarlo al Supremo con garantías de que le den la razón. Esto sin embargo, solo sucede con las sentencias que no sean firmes. Si ya te han dado la razón, solo hay un tiempo para presentar un recurso y pasado ese tiempo la sentencia no se puede recurrir.

De todas maneras, creo que hay razones para ser optimistas con que la sentencia sea favorable a los clientes y se declare nulo como otras cláusulas abusivas.

Desde luego, Jesús tu caso lo tiene todo. Sea de una manera de otra puedes reclamar cantidades muy altas más intereses de demora y que te apliquen un sustituto mucho más bajo. Podrás reclamar mucho dinero.

Si quieres que te asesore un abogado, en www.eclamapormi.com puedes hacerlo ya que llevan todas las cláusula abusivas que tienes.
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MARIA · LAS PALMAS · Jueves, 09 Nov. 2017 | 11:33:38 AM · nº 3942

Buenas tardes,

Que el tribunal supremo hay denegado una vista oral previa con la plataforma STOP IRPH GUIPUZCOA, no se podría considerar que es un hecho negativo para un sentencia favorable a los afectados por el IRPH?

Saludos
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sonia · Santander · Jueves, 09 Nov. 2017 | 01:13:12 PM · resp. nº 271
Espero que no,yo prefiero pensar en positivo y creer que tienen claro que esto del IRPH es una estafa,ya queda menos.
Francisca · Murcia-Murcia · Jueves, 09 Nov. 2017 | 01:48:03 PM · resp. nº 272
Por favor no me seas gafe...esperemos que no. Todas nuestras esperanzas están depositadas en esto
MARIA · LAS PALMAS · Viernes, 10 Nov. 2017 | 10:26:58 AM · resp. nº 273

Chicos, igual que yo... personalmente me cambiaría mucho la vida y tranquilidad.

Pero es mejor no vender el pescado antes de cogerlo.

Asiq ue yo prefiero no ilusionarme, hasta que se sepa algo.

Deberiamos ir a las puertas del tribunal supremo jajajaja
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Pedro · Barcelona · Martes, 07 Nov. 2017 | 05:37:12 PM · nº 3941
Hola buenas tardes.

Alguien sabe cuanto tiempo pasa desde la Vista del juicio, hasta que se celebre este?

Tengo la vista el 10 de Enero en Granollers (Barcelona).

Mi caso es como el de muchos de vosotros hipoteca del 2006 con irph cajas y el sustituto el CECA que el bbva me lo ha dejado en 1 fijo del 3,94.... a ver si el supremo se lo curra y nos echa 1 mano a todos los que llevamos años sufriendo este interés
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Javier - Reclama Por Mí · bizkaia · Miércoles, 08 Nov. 2017 | 10:40:01 AM · resp. nº 269
Hola Pedro,


Entiendo que se refiere desde la audiencia previa hasta la vista. Este periodo varía dependiendo del juzgado. Puede contar con que son 3 a 6 meses y luego puede pasar un mes hasta que se dicte sentencia.

En cuanto a su caso que se parece al de otros del BBVA tiene usted razón. Parece que el BBVA lo ha dejado congelado en ese interés sin consultar y sin que el cliente haya aceptado expresamente ese cambio. En este sentido se ha producido un cambio en el contrato y el cliente debería haber sido informado y no ha sido así. Un 3,94% es un porcentaje muy alto. Puede usted reclamar por ello y esperar mucho dinero de vuelta. Si quiere consultar cuánto le corresponde puede usted acudir a Reclama Por Mí: https://www.reclamapormi.com/reclama-por-mi/hipoteca/reclamar-bancos-y-cajas/banco-bbva.html para que un abogado mire su caso y le asesore.

Pronto contarán con una calculadora de IRPH en la web.
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JoseG · Gijon-Asturias · Martes, 07 Nov. 2017 | 01:28:48 PM · nº 3940
Hola Javier,Gracias por responder.En mi caso estoy en el punto 3 que comentas.Saludos
Responder
Javier - Reclama Por Mí · bizkaia · Martes, 07 Nov. 2017 | 05:16:26 PM · resp. nº 267
Aquí estamos para ayudar... Es un tema complejo.
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Carlos · Alicante · Martes, 07 Nov. 2017 | 11:31:32 AM · nº 3939
Buenos días.

Que ocurre con los irph de las viviendas de VPO (2002-2005 en mi caso). El banco (BBVA) dice que se lava las manos porque es el estado el que modifica y controla esas hipotecas, con lo que ellos no tienen nada que ver con los gastos de escritura ni el índice de referencia de intereses de esas hipotecas.
Se puede reclamar? Que garantías hay de que devuelvan la diferencia pagada. En mi caso pone como sustituto Euribor (sin diferencial).

Un saludo y muchas gracias por el trabajo que hacen.

Responder
Javier - Reclama Por Mí · Bizkaia · Martes, 07 Nov. 2017 | 05:14:10 PM · resp. nº 266
Hola Carlos,

Has hecho la pregunta del millón.

Es realmente difícil saber lo que va a suceder. Son tantas incógnitas y depende tanto de cada caso que no se puede dar una respuesta general. Creo que lo que se puede decir es que, en principio, se puede reclamar, ya que hay base legal. Pero no es lo mismo reclamar para una vivienda comprada como VPO en el 2002 que una en el 2010. Unos quizá tengan que reclamar al banco, mientras que otros contra el estado. Y si esto es así, quizá el gobierno resuelva este punto de otra manera para evitar una avalancha de demandas.

Así que respondiendo a tu pregunta... te diría que acudas a https://www.reclamapormi.com y preguntes qué pasos dar. En cada caso el plan a seguir puede ser diferente. En algunos quizá sea mejor esperar para tener garantías, mientras que otros sea un caso claro.
Sergi · Alicante · Miércoles, 08 Nov. 2017 | 09:42:26 AM · resp. nº 268
La excusa que te pone el banco es la que estan poniendo a todos los que reclaman IRPH en hipotecas VPO...Ten en cuenta que en una hipoteca VPO ese prestamo está "blindado" con unas condiciones que ha impuesto el gobierno para cada plan vivienda. No obstante, desde mi punto de vista el que mas se beneficia de esas condiciones, sobre todo en el precio final al aplicar ese IRPH impuesto por el gobierno, es ni mas ni menos, la entidad...Yo lo que te aconsejo es prudencia para ver que ocurre el 22 de Noviembre cuando se pronuncie el Supremo, lo primero es conseguir la nulidad del IRPH, sentar jurisprudencia, fijar criterios ante el IRPH y en el caso de ser favorable a los consumidores, desde mi opinión, y salvo mejor criterio, una vez dictada que es clausula abusiva, en las VPO también lo sería, con el agravante moral para los consumidores, que esta la impuso el GOBIERNO y no la entidad, al margen de que ya suprimieron en 2012 las subvenciones anteriormente otorgadas mediante una nueva Ley a traición...Por ello toca esperar un poco a ver que dice el Tribunal Supremo, y si no al TJ de la UE como en las clausulas suelo...
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Carlos · Alicante · Martes, 07 Nov. 2017 | 11:28:45 AM · nº 3938
Buenos días.

Que ocurre con los irph de las viviendas de VPO (2002-2005 en mi caso). El banco (BBVA) dice que se lava las manos porque es el estado el que modifica y controla esas hipotecas, con lo que ellos no tienen nada que ver con los gastos de escritura ni el índice de referencia de intereses de esas hipotecas.
Se puede reclamar? Que garantías hay de que devuelvan la diferencia pagada. En mi caso pone como sustituto Euribor (sin diferencial).

Un saludo y muchas gracias por el trabajo que hacen.

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