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Cómo conocer bien mi hipoteca para mejorarla

Cómo conocer bien mi hipoteca para mejorarla

Es importante conocer las características de nuestra hipoteca, si queremos intentar mejorar sus condiciones o hacer operaciones ventajosas con ella, como subrogaciones, novaciones, reclamaciones  y en definitiva conseguir cambiar las condiciones para mejorarlas y hacerlas más asumibles

En Irph.es somos conocedores de los conceptos y variables relacionados con el mundo hipotecario, pero somos conscientes de que por muy familiarizados que nosotros estemos con toda su terminología, los legos en la materia y los que se dedican a otros sectores y profesiones puede no resultarle todo tan sencillo.

Cómo conocer bien mi hipoteca para mejorarla

También queremos poner de relieve, que muchos ciudadanos firmaron en su día una hipoteca sin acabar de entender de forma clara algunos o muchos conceptos clave y que ello les ha resultado muy perjudicial. Y esto lo sabemos por la multitud de procedimientos judiciales que se han llevado a cabo durante los últimos años en relación a contratos hipotecarios.

Las demandas muchas veces se han originado porque los profesionales de las entidades financieras no fueron todo lo transparentes que la ley les exige con sus clientes, pero también muchas otras veces, porque los consumidores firmaron hipotecas con un claro desconocimiento de muchas de sus condiciones o de sus aspectos más relevantes.

Pero, incluso en este último caso, comprendemos a los ciudadanos, porque cuando a una persona le llega el momento de firmar una hipoteca, puede verse fácilmente abrumada por la gran cantidad de información y de nociones que surgen de forma repentina en su contrato hipotecario y de las que nunca antes había oído hablar.

Asesores y profesionales de la hipoteca

Nosotros siempre recomendamos el asesoramiento de profesionales a la hora de firmar una hipoteca, pues se trata de una inversión en la que seguramente se va a invertir una gran suma de dinero.

Desde Irph.es, queremos informarte, asesorarte y darte los mejores consejos para que la hipoteca que firmes sea la que más se adapte a tus necesidades y posibilidades y a que no cometas errores que personas sin el asesoramiento adecuado pueden fácilmente cometer.

Te explicamos ahora, unas variables y conceptos básicos sobre la hipoteca que debes de conocer si pronto vas a firmarla.

Diferencias entre Inmueble, vivienda, préstamo hipotecario e hipoteca

Muchas veces, estos conceptos se confunden, especialmente entre préstamo hipotecario e hipoteca.

Así muchas veces podemos decir o escuchar frases como: Ya me han aprobado la hipoteca o Me acaban de conceder la hipoteca. Con estas afirmaciones, seguramente se quiere hacer mención a que la entidad financiera ya ha dado el visto bueno y se le va a conceder el préstamo hipotecario a la persona solicitante del mismo. Pero no es lo mismo, el préstamo hipotecario que la hipoteca.

Préstamo hipotecario

El préstamo hipotecario es un producto financiero mediante el que una entidad financiera nos presta dinero a cambio de que le devolvamos toda la cantidad prestada, más unos intereses, en un plazo determinado, a través de unos pagos periódicos llamados cuotas, que generalmente son mensuales. Para que el banco nos conceda el préstamo hipotecario requerirá la garantía real de un inmueble.

Inmueble

Muchas hipotecas se firman con el fin de poder comprar una vivienda. Pero no siempre se trata de una vivienda, ya que puede ser un bajo comercial, un terreno, una plaza de garaje, etc.

Hipoteca

Todos los ejemplos anteriores son inmuebles y el inmueble que se hipoteca, es el que se convierte en la garantía real para la entidad financiera.

La entidad financiera quiere tener la garantía de que le vamos a devolver la suma de dinero concedida más los intereses estipulados y esa garantía se establece sobre el inmueble.

 Esta garantía real sobre el inmueble, es lo que denomina hipoteca.

Diferencias entre índice hipotecario, tipo de interés y TAE

Los términos, índice hipotecario, tipo de interés y TAE, suelen confundirse y conviene diferenciarlos claramente.

Índice hipotecario

El índice hipotecario es un parámetro variable que se utiliza para referenciar una hipoteca de tipo variable.

Así podemos tener una hipoteca vinculada al Euribor, al IRPH, al Mibor…  Son índices que mensualmente cambian de valor y pueden subir, bajar o mantenerse estables. De este modo, nuestra hipoteca puede estar ligada al Euribor o al IRPH.

La cuota de nuestra hipoteca se encarecerá o abaratará en función de si este índice de referencia al que está vinculada nuestra hipoteca, ha subido o bajado de valor respectivamente, desde la anterior revisión hasta la nueva.

Tipo de interés o precio

El tipo de interés o precio en una hipoteca variable, es el índice de referencia más el diferencial.

El diferencial es un número que se suma al valor del índice hipotecario para constituir el tipo de interés. Así tenemos, por ejemplo, hipotecas al Euribor más el 1% de diferencial sobre el mismo.

En una hipoteca fija, el tipo de interés carece de diferencial, y así por ejemplo podemos tener una hipoteca fija al 1,5% de tipo de interés.

TAE

El TAE o Tasa Anual Equivalente, es el tipo de interés más los gastos y las comisiones.

Así pues, el TAE constituye el coste de la hipoteca.

Por ello, entre dos hipotecas al mismo plazo para compararlas, conviene muy bien fijarse en el TAE. Puede ser que una hipoteca tenga un diferencial menor que otra, pero los gastos y las comisiones pueden hacerla más cara con respecto aquella que tiene el diferencial mayor.

Para que la comparación de hipotecas a través del TAE sea efectiva, las hipotecas deben tener el mismo plazo.

Hipoteca fija, variable y mixta

Hipoteca fija

La hipoteca fija se caracteriza porque se fija un tipo de interés para toda la vida la hipoteca y la cuota mensual no variará.

La única manera de variar la cuota de la hipoteca fija es realizando amortizaciones parciales de la misma en la modalidad de reducir la cuota, en otras palabras, adelantando cantidades de dinero de forma extraordinaria para que nuestra cuota mensual sea más reducida.

Hipoteca variable

La hipoteca variable, como su nombre indica varía, y esta variación se realiza de acuerdo a la evolución de un índice hipotecario que en la inmensa mayoría de las hipotecas es el Euribor.

Como se trata de una hipoteca variable, esta periódicamente será revisada por la entidad financiera. Este proceso se denomina revisión de la hipoteca y en el contrato hipotecario se indica si la revisión se producirá de forma trimestral, semestral o anual.

Si durante este periodo de tiempo estipulado, el índice hipotecario ha subido o bajado, la cuota mensual que nos cobrará el banco por nuestra hipoteca, tras la correspondiente revisión de la misma se encarecerá o se abaratará respectivamente.

Hipoteca mixta

La hipoteca mixta se caracteriza porque durante un periodo de tiempo es una hipoteca fija y posteriormente se convierte en variable.

Generalmente el tipo fijo se aplica en los primeros años de la hipoteca, muchas veces la hipoteca solo es fija durante el primero año.

La modalidad de hipoteca mixta se hizo frecuente a partir de que el Euribor alcanzó valores muy bajos, y la banca queriendo protegerse de estos bajos valores y pensando que tendrían un final temprano, quisieron salvar el periodo de Euribor bajo con un tipo fijo en los inicios de la hipoteca.

Simular, revisar o amortizar hipoteca

Simular hipoteca

Una simulación de hipoteca consiste en utilizar una calculadora hipotecaria e introducir las variables de capital, plazo y tipo de interés.

A partir de estas variables introducidas sabemos cual será la cuota mensual de la hipoteca.

Revisar hipoteca

Revisar una hipoteca se refiere a que la entidad financiera adapta la cuota mensual que pagamos por la misma, a la evolución del índice de referencia al que se encuentra vinculada.

Si nuestra hipoteca está ligada al Euribor, la cuota mensual será mayor o menor si el valor del Euribor ha subido o bajado respecto al valor que tenía en la anterior revisión.

Amortizar hipoteca

Respecto a amortizar hipoteca debemos diferenciar entre amortización total y amortización parcial.

Si amortizamos totalmente la hipoteca significa que liquidamos totalmente la deuda hipotecaria y ya no pagaremos más cuotas.

Si amortizamos parcialmente la hipoteca significa que hemos aportado una cantidad extraordinaria, es decir, una cantidad a parte de las cuotas mensuales, con el fin de reducir la cuota mensual o el plazo restante de hipoteca.

Generalmente, las entidades financieras ante esa cantidad de dinero que queremos adelantar de nuestra deuda, nos deja elegir entre disminuir la cuota mensual o rebajar el plazo pendiente.

Consideraciones finales

Hemos hecho mención a conceptos hipotecarios básicos.

Es muy importante, si pronto vas a firmar una hipoteca que estos conceptos al menos sí que los conozcas.

Comentarios

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victor maquirriain · Martes, 31 Enero 2017 | 09:03:55 PM · nº 3642
Empecemos por lo primero ,el IRPH se ha dejado de calcular por el banco de españa y se tiene que aplicar el indice sustitutivo.Os dejo un copia pega donde lo pone
"Es importante que conozca que:

Con efectos desde el 1 de noviembre de 2013 el Banco de España dejó de publicar los siguientes índices oficiales aplicables a los préstamos o créditos hipotecarios de conformidad con la legislación vigente:
a) Tipo medio de los préstamos hipotecarios a más de tres años, para adquisición de vivienda libre, concedidos por los bancos. IRPH Bancos
b) Tipo medio de los préstamos hipotecarios a más de tres años, para adquisición de vivienda libre, concedidos por las cajas de ahorros. IRPH Cajas
c) Tipo activo de referencia de las cajas de ahorros. CECA.


Las referencias a los tipos previstos en el apartado anterior serán sustituidas, con efectos desde la siguiente revisión de los tipos aplicables, por el tipo o índice de referencia sustitutivo previsto en el contrato.

En el caso de que no exista un tipo sustitutivo en el contrato, o en caso de que este fuera alguno de los índices o tipos que desaparecen, la sustitución se realizará por el tipo de interés oficial denominado «tipo medio de los préstamos hipotecarios a más de tres años, para adquisición de vivienda libre, concedidos por las entidades de crédito en España», aplicándole un diferencial equivalente a la media aritmética de las diferencias entre el tipo que desaparece y el citado anteriormente, calculadas con los datos disponibles entre la fecha de otorgamiento del contrato y la fecha en la que efectivamente se produce la sustitución del tipo.

Tanto el cliente bancario como la entidad carecerán de acción para reclamar la modificación, alteración unilateral o extinción del préstamo o crédito como contrapartida de la aplicación de lo dispuesto en esta Disposición:

Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores desaparición de índices o tipos de interés de referencia.

y un enlace.
.bde.es/ clientebanca /es/ areas/ Tipos_de_Interes / Tipos_de_interes / Oficiales_para_p/ Tipos_referencia/


QUE NO NOS ENGAÑEN MAS!!!
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Francisco Javier Almería · Martes, 31 Enero 2017 | 11:54:12 AM · nº 3641
Al comentario 2214:
Hola, no soy un experto en finanzas, pero después de muchos años siguiendo el tema del IRPH, creo que me ha quedado claro como se calcula, y en principio, a menos que algún experto nos diga lo contrario, lo de las clausulas suelo a nosotros no nos ha afectado (a no ser que tuvieses clausula suelo además de IRPH), porque el IRPH se calcula en base a las hipotécas que se firman en un determinado mes, no con lo que ya están cobrando por otras. Se supone que aunque una hipoteca tenga clausula suelo, en el momento de la firma no estará en vigor. Lo que si nos afecta es el hecho de que bancos que firman muchas hipotecas (tipo BBVA, Santander, etc) lo hagan a Euribor + 1,5 (por ejemplo) y otros bancos con mucho menor volumen lo hagan a Euribor + 2,5 (por ejemplo también), ya que a la hora de calcular el IRPH, se hace una media de todos los bancos (no te todas las hipotecas). Es decir, pondera igual el banco que firma 3 hipotecas a euribor + 2.5 que el banco que firma 30000 hipotecas a euribor + 1.5, con lo cual el IRPH sería la media de euribor +1.5 + Euribor + 2.5 resultando Euribor + 2 (a pesar de solo haber 3 hipotecas firmadas a euribor + 2,5). Un saludo
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JOSE CERCOS, BARCELONA · Martes, 31 Enero 2017 | 11:12:08 AM · nº 3640
SI LAS CLUASULAS SUELO HAN AFECTADO A LO QUE SE PAGA POR LA HIPOTECA, ESTO QUIERE DECIR QUE CUANDO SE HA CALCULADO EL IRPH EN FUNCION DE LO QUE LOS BANCO HAN COBRADO POR LAS HIPOTECAS.??
SI ES ASI, El IRPH SE HA CALCULADO MAL Y POR TANTO DEBE DEVOLVERSE A LOS HIPOITECADO CON TIPO IRPH LO COBRADO EN EXCESO.??
AGRADECERIA UNA RESPUESTA POR PARTE DEL ALGUIEN CON CONOCIMIENTOS SOBRE EL ASUNTO.

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Tony. Baleres · Lunes, 30 Enero 2017 | 09:13:20 PM · nº 3639
A los abogados que pululan por aquí y que dicen que han interpuesto muchas demandas ES UNA MENTIRA SOLO HUELEN EL DINERO, no os dejéis robar. En este link os dejo las sentencias favorables de la nulidad del irph, son verídicas y podéis consultarlas. También os aconsejo ADICAE, FACUA Y OCU si quereis recurrir a tribunales, os saldrá mucho mas barato y si, tienen la misma carrera de Derecho. Yo estoy asociado a una de ellas con una cuota baja que pagas, les he llevado la hipoteca (fotocopia) y la están estudiando, extrajudicialmente irán contra y mediaran ante la entidad bancaria pero colectivamente quiere decir que si tienen 100 socios con cláusulas abusivas de un mismo banco presentaran esos 100 casos en ese banco concreto; ya sabéis la unión hace la fuerza. Os aconsejo que os deis una vuelta por estas organizaciones de consumidores, leer, que os expliquen, tienen oficinas, y si hay que ir a juicio se va; te sobra el dinero vete directamente a un abogado, el juicio va a tardar lo mismo que si fueses con alguna organización de este tipo, no por se mas guap@ vas a ser el primer@ pero seguro que se queda con mas dinero que estas organizaciones que defienden a los consumidores; yo antes no había visto tanta movilización de abogados hasta después de la respuesta del TSUE, por algo será, ni siquiera para decirte que los gastos hipotecarios no solo los pagas tú. Concretando que cada uno haga lo que considere oportuno, nos han engañado y bien, que no sean dos veces. Salud
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pilar de estepona · Domingo, 29 Enero 2017 | 03:55:20 PM · nº 3636
Hola,yo firme una hipoteca con irph,consulte con un abogado y no me da esperanzas para reclamar, alguien me puede informar sobre que pautas seguir en este caso.
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Camarada IVÁN Barcelona · Sábado, 28 Enero 2017 | 01:00:15 PM · nº 3635
Hola, no queremos que este foro se convierta en un medio de publicidad gratuita para prestamistas usureros, así que porfavor resepeten este foro solo para comentarios sobre el IRPH.
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SONIA LLEIDA · Viernes, 27 Enero 2017 | 09:42:26 PM · nº 3633
Comentario 2199
Hola Fátima,
En principio parece que tu índice de referencia es el Euribor y en el caso que esté no exista te aplicarían IRPH, pero como si existe pues sería Euribor....
Estas pagando un interes muy elevado?? Tendrias que mirar que no te apliquen cláusula suelo.
En las escrituras del préstamo hipotecario deberías ver que índice de referencia se utiliza para calcular el interés del préstamo y si te aplican un diferencial ( por ejemplo Euribor +1) para saber si el interés que estás pagando es el correcto o no y compararlo con el que pagas ( puede que veas el que estás pagando en el recibo del banco o simplemente preguntando lo al banco).
En la escritura del préstamo también habria que ver si hay cláusula suelo, mira si te pone algún apartado donde te diga que como mínimo deberás pagar un interes mínimo, por ejemplo un 4%..
En tal caso lo mejor seria buscar una persona que te pudiera asesorar.
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SONIA LLEIDA · Viernes, 27 Enero 2017 | 09:17:26 PM · nº 3632
Buenas Leonardo, comentario 2202.
En principio el banco te tendría que haber informado que a partir de noviembre de 2013 salió una disposición donde si querías te podías pasar a IRPH entidades. Si no lo han echo en principio podrías reclamar el cambio y pedir que te devuelvan el dinero pagado de más des de noviembre 2013. Tendrías que tener en cuenta que el interés ya no sería fijo sino variable y que sí hiciste declaración de la renta desgravando el préstamo hipotecario deberias hacer una declaración complementaria.
Tendrías que valorar.
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LEONARDO FARIAS mallorca · Miércoles, 25 Enero 2017 | 09:04:26 PM · nº 3630
hola , podrian decirme que debo hacer porque en la caixa me dicen que tengo el interes fijo porque el irph y el ceca se quitaron pero en algunas paginas veo aun que hablan del valor del irph muchas gracias
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pedro dario castellar del val · Miércoles, 25 Enero 2017 | 06:36:06 PM · nº 3629
busco abogado/a hipotecario para hipoteca con irph congelado a3,78,+ clasula suelo+gasto hipotecario .llamar urgente al 937473720
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