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Cómo conocer bien mi hipoteca para mejorarla

Cómo conocer bien mi hipoteca para mejorarla

Es importante conocer las características de nuestra hipoteca, si queremos intentar mejorar sus condiciones o hacer operaciones ventajosas con ella, como subrogaciones, novaciones, reclamaciones  y en definitiva conseguir cambiar las condiciones para mejorarlas y hacerlas más asumibles

En Irph.es somos conocedores de los conceptos y variables relacionados con el mundo hipotecario, pero somos conscientes de que por muy familiarizados que nosotros estemos con toda su terminología, los legos en la materia y los que se dedican a otros sectores y profesiones puede no resultarle todo tan sencillo.

Cómo conocer bien mi hipoteca para mejorarla

También queremos poner de relieve, que muchos ciudadanos firmaron en su día una hipoteca sin acabar de entender de forma clara algunos o muchos conceptos clave y que ello les ha resultado muy perjudicial. Y esto lo sabemos por la multitud de procedimientos judiciales que se han llevado a cabo durante los últimos años en relación a contratos hipotecarios.

Las demandas muchas veces se han originado porque los profesionales de las entidades financieras no fueron todo lo transparentes que la ley les exige con sus clientes, pero también muchas otras veces, porque los consumidores firmaron hipotecas con un claro desconocimiento de muchas de sus condiciones o de sus aspectos más relevantes.

Pero, incluso en este último caso, comprendemos a los ciudadanos, porque cuando a una persona le llega el momento de firmar una hipoteca, puede verse fácilmente abrumada por la gran cantidad de información y de nociones que surgen de forma repentina en su contrato hipotecario y de las que nunca antes había oído hablar.

Asesores y profesionales de la hipoteca

Nosotros siempre recomendamos el asesoramiento de profesionales a la hora de firmar una hipoteca, pues se trata de una inversión en la que seguramente se va a invertir una gran suma de dinero.

Desde Irph.es, queremos informarte, asesorarte y darte los mejores consejos para que la hipoteca que firmes sea la que más se adapte a tus necesidades y posibilidades y a que no cometas errores que personas sin el asesoramiento adecuado pueden fácilmente cometer.

Te explicamos ahora, unas variables y conceptos básicos sobre la hipoteca que debes de conocer si pronto vas a firmarla.

Diferencias entre Inmueble, vivienda, préstamo hipotecario e hipoteca

Muchas veces, estos conceptos se confunden, especialmente entre préstamo hipotecario e hipoteca.

Así muchas veces podemos decir o escuchar frases como: Ya me han aprobado la hipoteca o Me acaban de conceder la hipoteca. Con estas afirmaciones, seguramente se quiere hacer mención a que la entidad financiera ya ha dado el visto bueno y se le va a conceder el préstamo hipotecario a la persona solicitante del mismo. Pero no es lo mismo, el préstamo hipotecario que la hipoteca.

Préstamo hipotecario

El préstamo hipotecario es un producto financiero mediante el que una entidad financiera nos presta dinero a cambio de que le devolvamos toda la cantidad prestada, más unos intereses, en un plazo determinado, a través de unos pagos periódicos llamados cuotas, que generalmente son mensuales. Para que el banco nos conceda el préstamo hipotecario requerirá la garantía real de un inmueble.

Inmueble

Muchas hipotecas se firman con el fin de poder comprar una vivienda. Pero no siempre se trata de una vivienda, ya que puede ser un bajo comercial, un terreno, una plaza de garaje, etc.

Hipoteca

Todos los ejemplos anteriores son inmuebles y el inmueble que se hipoteca, es el que se convierte en la garantía real para la entidad financiera.

La entidad financiera quiere tener la garantía de que le vamos a devolver la suma de dinero concedida más los intereses estipulados y esa garantía se establece sobre el inmueble.

 Esta garantía real sobre el inmueble, es lo que denomina hipoteca.

Diferencias entre índice hipotecario, tipo de interés y TAE

Los términos, índice hipotecario, tipo de interés y TAE, suelen confundirse y conviene diferenciarlos claramente.

Índice hipotecario

El índice hipotecario es un parámetro variable que se utiliza para referenciar una hipoteca de tipo variable.

Así podemos tener una hipoteca vinculada al Euribor, al IRPH, al Mibor…  Son índices que mensualmente cambian de valor y pueden subir, bajar o mantenerse estables. De este modo, nuestra hipoteca puede estar ligada al Euribor o al IRPH.

La cuota de nuestra hipoteca se encarecerá o abaratará en función de si este índice de referencia al que está vinculada nuestra hipoteca, ha subido o bajado de valor respectivamente, desde la anterior revisión hasta la nueva.

Tipo de interés o precio

El tipo de interés o precio en una hipoteca variable, es el índice de referencia más el diferencial.

El diferencial es un número que se suma al valor del índice hipotecario para constituir el tipo de interés. Así tenemos, por ejemplo, hipotecas al Euribor más el 1% de diferencial sobre el mismo.

En una hipoteca fija, el tipo de interés carece de diferencial, y así por ejemplo podemos tener una hipoteca fija al 1,5% de tipo de interés.

TAE

El TAE o Tasa Anual Equivalente, es el tipo de interés más los gastos y las comisiones.

Así pues, el TAE constituye el coste de la hipoteca.

Por ello, entre dos hipotecas al mismo plazo para compararlas, conviene muy bien fijarse en el TAE. Puede ser que una hipoteca tenga un diferencial menor que otra, pero los gastos y las comisiones pueden hacerla más cara con respecto aquella que tiene el diferencial mayor.

Para que la comparación de hipotecas a través del TAE sea efectiva, las hipotecas deben tener el mismo plazo.

Hipoteca fija, variable y mixta

Hipoteca fija

La hipoteca fija se caracteriza porque se fija un tipo de interés para toda la vida la hipoteca y la cuota mensual no variará.

La única manera de variar la cuota de la hipoteca fija es realizando amortizaciones parciales de la misma en la modalidad de reducir la cuota, en otras palabras, adelantando cantidades de dinero de forma extraordinaria para que nuestra cuota mensual sea más reducida.

Hipoteca variable

La hipoteca variable, como su nombre indica varía, y esta variación se realiza de acuerdo a la evolución de un índice hipotecario que en la inmensa mayoría de las hipotecas es el Euribor.

Como se trata de una hipoteca variable, esta periódicamente será revisada por la entidad financiera. Este proceso se denomina revisión de la hipoteca y en el contrato hipotecario se indica si la revisión se producirá de forma trimestral, semestral o anual.

Si durante este periodo de tiempo estipulado, el índice hipotecario ha subido o bajado, la cuota mensual que nos cobrará el banco por nuestra hipoteca, tras la correspondiente revisión de la misma se encarecerá o se abaratará respectivamente.

Hipoteca mixta

La hipoteca mixta se caracteriza porque durante un periodo de tiempo es una hipoteca fija y posteriormente se convierte en variable.

Generalmente el tipo fijo se aplica en los primeros años de la hipoteca, muchas veces la hipoteca solo es fija durante el primero año.

La modalidad de hipoteca mixta se hizo frecuente a partir de que el Euribor alcanzó valores muy bajos, y la banca queriendo protegerse de estos bajos valores y pensando que tendrían un final temprano, quisieron salvar el periodo de Euribor bajo con un tipo fijo en los inicios de la hipoteca.

Simular, revisar o amortizar hipoteca

Simular hipoteca

Una simulación de hipoteca consiste en utilizar una calculadora hipotecaria e introducir las variables de capital, plazo y tipo de interés.

A partir de estas variables introducidas sabemos cual será la cuota mensual de la hipoteca.

Revisar hipoteca

Revisar una hipoteca se refiere a que la entidad financiera adapta la cuota mensual que pagamos por la misma, a la evolución del índice de referencia al que se encuentra vinculada.

Si nuestra hipoteca está ligada al Euribor, la cuota mensual será mayor o menor si el valor del Euribor ha subido o bajado respecto al valor que tenía en la anterior revisión.

Amortizar hipoteca

Respecto a amortizar hipoteca debemos diferenciar entre amortización total y amortización parcial.

Si amortizamos totalmente la hipoteca significa que liquidamos totalmente la deuda hipotecaria y ya no pagaremos más cuotas.

Si amortizamos parcialmente la hipoteca significa que hemos aportado una cantidad extraordinaria, es decir, una cantidad a parte de las cuotas mensuales, con el fin de reducir la cuota mensual o el plazo restante de hipoteca.

Generalmente, las entidades financieras ante esa cantidad de dinero que queremos adelantar de nuestra deuda, nos deja elegir entre disminuir la cuota mensual o rebajar el plazo pendiente.

Consideraciones finales

Hemos hecho mención a conceptos hipotecarios básicos.

Es muy importante, si pronto vas a firmar una hipoteca que estos conceptos al menos sí que los conozcas.

Comentarios

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jose de Cantabria · Jueves, 19 Nov. 2015 | 09:22:27 PM · nº 3280
Esto es para mear y no echar gota.
El Euribor bajando y el IRPH SUBIENDO......
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Mango · cartagena · Jueves, 23 Octubre 2025 | 07:59:52 AM · resp. nº 3280
Buenos días

Este enlace te lleva a un portal donde te entran al ordenador y te roban los datos bancarios

No entreis
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Salva · Miércoles, 18 Nov. 2015 | 05:12:41 PM · nº 3279
Irph mes de Octubre 2,127......
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DMM · Barcelona · Miércoles, 22 Octubre 2025 | 01:56:41 PM · resp. nº 3279
El enlace lleva a esta página, y aquí se puede leer Agenda de señalamientos en el TS en la semana del 20 al 24 de octubre de 2025

https://www.poderjudicial.es/cgpj/es/Poder-Judicial/Tribunal-Supremo/Actividad-del-TS/Agenda-de-senalamientos/Agenda-de-senalamientos-en-el-TS-en-la-semana-del-20-al-24-de-octubre-de-2025?utm_source=chatgpt.com

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Guillem · Jueves, 12 Nov. 2015 | 11:32:51 AM · nº 3278
Es importante que aquellos afectados por el tipo de interés IRPH tengan en cuenta que 3 de sus 4 modalidades desaparecieron en noviembre de 2013 mediante la Ley de emprendedores.

En su Disposición Adicional 15ª se estableció que:

\"1. Con efectos desde el 1 de noviembre de 2013 el Banco de España dejará de publicar en su sede electrónica y se producirá la desaparición completa de los siguientes índices oficiales aplicables a los préstamos o créditos hipotecarios de conformidad con la legislación vigente:

a) Tipo medio de los préstamos hipotecarios a más de tres años, para adquisición de vivienda libre, concedidos por los bancos.

b) Tipo medio de los préstamos hipotecarios a más de tres años, para adquisición de vivienda libre, concedidos por las cajas de ahorros.

c) Tipo activo de referencia de las cajas de ahorros.

2. Las referencias a los tipos previstos en el apartado anterior serán sustituidas, con efectos desde la siguiente revisión de los tipos aplicables, por el tipo o índice de referencia sustitutivo previsto en el contrato.

3. En defecto del tipo o índice de referencia previsto en el contrato o en caso de que este fuera alguno de los índices o tipos que desaparecen, la sustitución se realizará por el tipo de interés oficial denominado «tipo medio de los préstamos hipotecarios a más de tres años, para adquisición de vivienda libre, concedidos por las entidades de crédito en España», aplicándole un diferencial equivalente a la media aritmética de las diferencias entre el tipo que desaparece y el citado anteriormente, calculadas con los datos disponibles entre la fecha de otorgamiento del contrato y la fecha en la que efectivamente se produce la sustitución del tipo.

La sustitución de los tipos de conformidad con lo previsto en este apartado implicará la novación automática del contrato sin suponer una alteración o pérdida del rango de la hipoteca inscrita.

4. Las partes carecerán de acción para reclamar la modificación, alteración unilateral o extinción del préstamo o crédito como contrapartida de la aplicación de lo dispuesto en esta Disposición.\"

Por lo tanto el IRPH Cajas, el IRPH Bancos y el CECA desaparecieron en noviembre de 2013 y, por lo tanto, el tipo de interés a aplicar de manera automática es el sustitutivo que conste en la escritura.

Si el que consta como sustitutivo es alguna modalidad de las que desaparece se aplicará el IRPH Entidades.

Ello no implica que no pueda reclamarse igualmente el IRPH Entidades pero debe tenerse en cuenta que hay entidades financieras que aún siguen aplicando modalidades de IRPH que han desaparecido.

Cualquier duda: guillem.ma7@gmail.com
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Cara · Cara · Miércoles, 22 Octubre 2025 | 10:07:56 AM · resp. nº 3278
es un enlace falso, te lleva a una web donde te pide datos personales y te roban el dinero de tu cuenta bancaria
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asqueado · Martes, 03 Nov. 2015 | 09:52:08 PM · nº 3277
Mi banco goza mientras siento repugnancia
Responder
Vaana · Ripoll · Martes, 21 Octubre 2025 | 04:49:41 PM · resp. nº 3277
No puedo abrir enlace,que dice el tribunal Supremo?
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javi · Martes, 03 Nov. 2015 | 09:43:30 PM · nº 3276
Bankia disfruta con mi hipoteca a IRPH, no tiene prisa ni ganas de cambiarla a Euríbor....Un saludo!!!
Responder
Angel · Tarragona · Martes, 21 Octubre 2025 | 04:27:49 PM · resp. nº 3276
Buenas.
El enlace te lleva a la agenda del día, si te descargas el pdf ves sobre que se a sentenciado ,,,ejemplo para nosotros a las 10:00 se a tomado la decisión sobre clausulas abusivas y después si sigues leyendo leyendo otras sobre contratos hipotecarios, en el foro de irph de facebook salen las fotos.Ya no estan pensando han tomado la decisión y esperemos una nota de prensa o la sentencia que eso lo desconozco.
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ism · Viernes, 30 Octubre 2015 | 10:01:44 AM · nº 3275
Buenas,
Yo tenía IRPH cajas, que desapareció. Busqué en el préstamo hipotecario y tenia como indice sustitutivo el Euribor. Así que cuando desapareció el IRPH Cajas me lo cambiaron. Tuve que llamar y personarme en mi entidad bancaria varias veces para recordarlo, pues no me fiaba que me lo cambiaran ellos.
Mi consejo es que leáis bien los documentos que tengáis, sobre todo el préstamo hipotecario y si no lo entendéis os busquéis a alguien con conocimientos.
La PAH (Plataforma de Afectados por las Hipotecas) ayuda a la gente como nosotros que no somos especialistas en estos asuntos.
Suerte y fuerza.
Ism
Responder
Luis · Madrid · Lunes, 20 Octubre 2025 | 12:49:29 PM · resp. nº 3275
Durante más de una década, el Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios (IRPH) ha sido el epicentro de una de las mayores injusticias financieras sufridas por los consumidores españoles. Más de un millón de familias firmaron hipotecas vinculadas a este índice, confiando en sus bancos y sin saber que estaban aceptando unas condiciones que les harían pagar miles de euros más que quienes tenían préstamos referenciados al euríbor. Hoy, por fin, muchos juzgados comienzan a aplicar el criterio europeo, pero el daño ya está hecho. ?

A pesar de la escandalosa tardanza del Supremo para dar su brazo a torcer, las sentencias favorables se extienden
Los jueces españoles han comenzado a aplicar la doctrina del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), que el pasado 12 de diciembre de 2024 determinó que las hipotecas referenciadas al IRPH deben someterse a un control de transparencia. Desde entonces, diferentes juzgados y audiencias provinciales —como la de Soria, San Sebastián o Murcia— han anulado el IRPH al considerar que las entidades no ofrecieron a los consumidores información suficiente sobre su funcionamiento. Estas resoluciones suponen una victoria moral para los afectados, aunque llega demasiado tarde para muchos que han perdido su vivienda o han sido arrastrados a la ruina por cuotas hipotecarias desorbitadas.

Distintas sentencias y criterios
Las decisiones judiciales han sido variadas, reflejando el caos y la inseguridad jurídica que ha imperado durante años. Mientras algunos jueces sustituyen el IRPH por el euríbor y obligan a la banca a devolver las cantidades cobradas de más, otros han llegado a anular por completo el contrato hipotecario, dejando al consumidor libre de intereses y al banco obligado a devolver las cuotas abonadas. Sin embargo, todavía existen juzgados que mantienen el criterio del Tribunal Supremo español, que hasta ahora ha protegido descaradamente a las entidades financieras. Esta disparidad demuestra que el Supremo ha actuado con una tardanza injustificable</, generando confusión y desigualdad entre los afectados.

La falta de transparencia es manifiesta
El TJUE dejó claro que el hecho de que el IRPH sea un índice oficial no exime a los bancos de su deber de transparencia. Las entidades debían haber explicado a los clientes que el IRPH se calcula en función de la TAE media, que incluye no solo intereses, sino también comisiones y gastos. Además, debían informar de que el Banco de España recomendó en 1994 aplicar un diferencial negativo para compensar el encarecimiento del índice. Nada de eso se comunicó. Los contratos se firmaron sin información comprensible ni accesible, con una opacidad que vulnera el principio básico de protección al consumidor. Las sentencias más recientes, como las de Soria y San Sebastián, subrayan que ningún cliente podía entender las consecuencias de vincular su hipoteca al IRPH con la información que se le proporcionaba.

También hay juzgados que siguen el criterio del Supremo y fallan contra los afectados
No obstante, todavía hay tribunales que siguen el camino marcado por el Supremo español, alegando que el IRPH es un índice oficial publicado en el BOE y, por tanto, no puede considerarse abusivo. Esta postura ignora el mandato europeo y perpetúa el sufrimiento de miles de familias que continúan pagando cuotas muy superiores a las del mercado. La contradicción entre tribunales erosiona la confianza en la Justicia española y evidencia que el Supremo, lejos de velar por los derechos de los ciudadanos, ha actuado como escudo de la banca, anteponiendo sus intereses a los de los consumidores.

La tardanza del Tribunal Supremo es escandalosa y causa situaciones de injusticia
El Supremo deliberó el pasado 1 de octubre sobre la última sentencia del TJUE, pero aún no ha hecho pública su postura. Cada día que pasa sin pronunciarse condena a miles de familias a seguir pagando intereses abusivos. El retraso no solo causa perjuicios económicos, sino también emocionales: hogares que no llegan a fin de mes, personas que han perdido su vivienda y otras que ya no pueden recurrir sus sentencias firmes. Todo por la inacción de un tribunal que debería garantizar justicia, no impunidad.

El caso IRPH pasará a la historia como un ejemplo de cómo el sistema judicial puede fallar a los ciudadanos cuando más lo necesitan. Mientras el Supremo sigue mirando hacia otro lado, los juzgados de base están haciendo justicia, aplicando el criterio europeo y reconociendo lo que desde hace años era evidente: el IRPH es un índice opaco, abusivo y diseñado para beneficiar a la banca en detrimento del consumidor.
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oscar barcelona · Martes, 27 Octubre 2015 | 05:14:19 PM · nº 3274
Hola buenas tardes yo tambien tenia irph pero este indice a desaparecido y me an puesto el sustitutorio q es 3.86 fijo hasta q culpla el tiempo de la hipoteca ,me q quince años mi pregunta, es legal??? Me quedan otros 15 gggggrrrrrrr
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Ronaldo · Cristiano · Lunes, 20 Octubre 2025 | 10:52:20 AM · resp. nº 3274
Es el cantante de Azuquita hablando
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De huelva · Martes, 27 Octubre 2015 | 02:40:45 PM · nº 3273
Los bancos están empezando a eliminar todas las cláusulas suelo porque como Bruselas a dicho que se devuelvan lo cobrado por las cláusulas aunque no creó que pase.y que pasa con el irph,de eso no hablan nada.sería una lotería si llegaran a eliminarlos.para nada miran por nosotros todos los afectados por el irph con lo abusivo que es.ANIMO QUE SI SE PUEDE.
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Andres · GRANADA, LA · Viernes, 17 Octubre 2025 | 08:44:45 PM · resp. nº 3273
Todo depende de si la sentencia es recurrible o no. Supongo que en Arriaga te lo podrán aclarar. Es lo primero que tienes que hacer, preguntarles. Si no te lo aclaran mándame una copia de la sentencia tachando todos los datos personales y te daré mi opinión, pero no como abogado profesional, sino como simple licenciado en derecho desde 1985 que nunca ha ejercido como abogado. No cobro, ni puedo cobrar por una cuestión de incompatibilidad.
Saludos
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iban hernandez · Lunes, 19 Octubre 2015 | 11:58:49 AM · nº 3272
hola irph para el mes de septiembre 2,117 como les cuesta bajar .....
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Jose A · Mollet del Vallès-Barcelona · Viernes, 17 Octubre 2025 | 12:08:46 PM · resp. nº 3272
Cuando dices que has perdido el juicio, a qué te refieres?
Hay sentencia firme, es en primera instancia, provincial o Supremo. ??
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ABRAHAM (Tarragona) · Viernes, 16 Octubre 2015 | 09:25:24 AM · nº 3271
Tengo Hipoteca con IRPH + 0 en Catalunya Bank desde el 2006. Desde entonces he intentado negociar este diferencial o otras opciones sobre la hipoteca para mejorar la cuota y reducirla pero después de hablar durante 7 años con 7 responsables diferentes en la misma oficina!, todos con el mismo modus operandi exactamente con las mismas pautas y dandome largas me indicaron que NO es posible negociar nada, QUE VAYA PAGANDO..que \"LA CENTRAL\" HACE SUS NUMEROS Y LLEGO BIEN A FINAL DE MÉS...y sinó pues que ya se como está la cosa. ACTUALMENTE DEBO 2 RECIBOS Y TENGO UN DESCUBIERTO DE 3000€..Y ESO QUE LLEGO BIEN A FINAL DE MES VERDAD?..Y ESTA SITUACION ES TAL PORQUE ME APETECE VERDAD? VENGA HOMBRE..!
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anonimo · anonimo · Viernes, 17 Octubre 2025 | 05:37:58 AM · resp. nº 3271
Completamente de acuerdo contigo, Andrés.

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