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Cómo conocer bien mi hipoteca para mejorarla

Cómo conocer bien mi hipoteca para mejorarla

Es importante conocer las características de nuestra hipoteca, si queremos intentar mejorar sus condiciones o hacer operaciones ventajosas con ella, como subrogaciones, novaciones, reclamaciones  y en definitiva conseguir cambiar las condiciones para mejorarlas y hacerlas más asumibles

En Irph.es somos conocedores de los conceptos y variables relacionados con el mundo hipotecario, pero somos conscientes de que por muy familiarizados que nosotros estemos con toda su terminología, los legos en la materia y los que se dedican a otros sectores y profesiones puede no resultarle todo tan sencillo.

Cómo conocer bien mi hipoteca para mejorarla

También queremos poner de relieve, que muchos ciudadanos firmaron en su día una hipoteca sin acabar de entender de forma clara algunos o muchos conceptos clave y que ello les ha resultado muy perjudicial. Y esto lo sabemos por la multitud de procedimientos judiciales que se han llevado a cabo durante los últimos años en relación a contratos hipotecarios.

Las demandas muchas veces se han originado porque los profesionales de las entidades financieras no fueron todo lo transparentes que la ley les exige con sus clientes, pero también muchas otras veces, porque los consumidores firmaron hipotecas con un claro desconocimiento de muchas de sus condiciones o de sus aspectos más relevantes.

Pero, incluso en este último caso, comprendemos a los ciudadanos, porque cuando a una persona le llega el momento de firmar una hipoteca, puede verse fácilmente abrumada por la gran cantidad de información y de nociones que surgen de forma repentina en su contrato hipotecario y de las que nunca antes había oído hablar.

Asesores y profesionales de la hipoteca

Nosotros siempre recomendamos el asesoramiento de profesionales a la hora de firmar una hipoteca, pues se trata de una inversión en la que seguramente se va a invertir una gran suma de dinero.

Desde Irph.es, queremos informarte, asesorarte y darte los mejores consejos para que la hipoteca que firmes sea la que más se adapte a tus necesidades y posibilidades y a que no cometas errores que personas sin el asesoramiento adecuado pueden fácilmente cometer.

Te explicamos ahora, unas variables y conceptos básicos sobre la hipoteca que debes de conocer si pronto vas a firmarla.

Diferencias entre Inmueble, vivienda, préstamo hipotecario e hipoteca

Muchas veces, estos conceptos se confunden, especialmente entre préstamo hipotecario e hipoteca.

Así muchas veces podemos decir o escuchar frases como: Ya me han aprobado la hipoteca o Me acaban de conceder la hipoteca. Con estas afirmaciones, seguramente se quiere hacer mención a que la entidad financiera ya ha dado el visto bueno y se le va a conceder el préstamo hipotecario a la persona solicitante del mismo. Pero no es lo mismo, el préstamo hipotecario que la hipoteca.

Préstamo hipotecario

El préstamo hipotecario es un producto financiero mediante el que una entidad financiera nos presta dinero a cambio de que le devolvamos toda la cantidad prestada, más unos intereses, en un plazo determinado, a través de unos pagos periódicos llamados cuotas, que generalmente son mensuales. Para que el banco nos conceda el préstamo hipotecario requerirá la garantía real de un inmueble.

Inmueble

Muchas hipotecas se firman con el fin de poder comprar una vivienda. Pero no siempre se trata de una vivienda, ya que puede ser un bajo comercial, un terreno, una plaza de garaje, etc.

Hipoteca

Todos los ejemplos anteriores son inmuebles y el inmueble que se hipoteca, es el que se convierte en la garantía real para la entidad financiera.

La entidad financiera quiere tener la garantía de que le vamos a devolver la suma de dinero concedida más los intereses estipulados y esa garantía se establece sobre el inmueble.

 Esta garantía real sobre el inmueble, es lo que denomina hipoteca.

Diferencias entre índice hipotecario, tipo de interés y TAE

Los términos, índice hipotecario, tipo de interés y TAE, suelen confundirse y conviene diferenciarlos claramente.

Índice hipotecario

El índice hipotecario es un parámetro variable que se utiliza para referenciar una hipoteca de tipo variable.

Así podemos tener una hipoteca vinculada al Euribor, al IRPH, al Mibor…  Son índices que mensualmente cambian de valor y pueden subir, bajar o mantenerse estables. De este modo, nuestra hipoteca puede estar ligada al Euribor o al IRPH.

La cuota de nuestra hipoteca se encarecerá o abaratará en función de si este índice de referencia al que está vinculada nuestra hipoteca, ha subido o bajado de valor respectivamente, desde la anterior revisión hasta la nueva.

Tipo de interés o precio

El tipo de interés o precio en una hipoteca variable, es el índice de referencia más el diferencial.

El diferencial es un número que se suma al valor del índice hipotecario para constituir el tipo de interés. Así tenemos, por ejemplo, hipotecas al Euribor más el 1% de diferencial sobre el mismo.

En una hipoteca fija, el tipo de interés carece de diferencial, y así por ejemplo podemos tener una hipoteca fija al 1,5% de tipo de interés.

TAE

El TAE o Tasa Anual Equivalente, es el tipo de interés más los gastos y las comisiones.

Así pues, el TAE constituye el coste de la hipoteca.

Por ello, entre dos hipotecas al mismo plazo para compararlas, conviene muy bien fijarse en el TAE. Puede ser que una hipoteca tenga un diferencial menor que otra, pero los gastos y las comisiones pueden hacerla más cara con respecto aquella que tiene el diferencial mayor.

Para que la comparación de hipotecas a través del TAE sea efectiva, las hipotecas deben tener el mismo plazo.

Hipoteca fija, variable y mixta

Hipoteca fija

La hipoteca fija se caracteriza porque se fija un tipo de interés para toda la vida la hipoteca y la cuota mensual no variará.

La única manera de variar la cuota de la hipoteca fija es realizando amortizaciones parciales de la misma en la modalidad de reducir la cuota, en otras palabras, adelantando cantidades de dinero de forma extraordinaria para que nuestra cuota mensual sea más reducida.

Hipoteca variable

La hipoteca variable, como su nombre indica varía, y esta variación se realiza de acuerdo a la evolución de un índice hipotecario que en la inmensa mayoría de las hipotecas es el Euribor.

Como se trata de una hipoteca variable, esta periódicamente será revisada por la entidad financiera. Este proceso se denomina revisión de la hipoteca y en el contrato hipotecario se indica si la revisión se producirá de forma trimestral, semestral o anual.

Si durante este periodo de tiempo estipulado, el índice hipotecario ha subido o bajado, la cuota mensual que nos cobrará el banco por nuestra hipoteca, tras la correspondiente revisión de la misma se encarecerá o se abaratará respectivamente.

Hipoteca mixta

La hipoteca mixta se caracteriza porque durante un periodo de tiempo es una hipoteca fija y posteriormente se convierte en variable.

Generalmente el tipo fijo se aplica en los primeros años de la hipoteca, muchas veces la hipoteca solo es fija durante el primero año.

La modalidad de hipoteca mixta se hizo frecuente a partir de que el Euribor alcanzó valores muy bajos, y la banca queriendo protegerse de estos bajos valores y pensando que tendrían un final temprano, quisieron salvar el periodo de Euribor bajo con un tipo fijo en los inicios de la hipoteca.

Simular, revisar o amortizar hipoteca

Simular hipoteca

Una simulación de hipoteca consiste en utilizar una calculadora hipotecaria e introducir las variables de capital, plazo y tipo de interés.

A partir de estas variables introducidas sabemos cual será la cuota mensual de la hipoteca.

Revisar hipoteca

Revisar una hipoteca se refiere a que la entidad financiera adapta la cuota mensual que pagamos por la misma, a la evolución del índice de referencia al que se encuentra vinculada.

Si nuestra hipoteca está ligada al Euribor, la cuota mensual será mayor o menor si el valor del Euribor ha subido o bajado respecto al valor que tenía en la anterior revisión.

Amortizar hipoteca

Respecto a amortizar hipoteca debemos diferenciar entre amortización total y amortización parcial.

Si amortizamos totalmente la hipoteca significa que liquidamos totalmente la deuda hipotecaria y ya no pagaremos más cuotas.

Si amortizamos parcialmente la hipoteca significa que hemos aportado una cantidad extraordinaria, es decir, una cantidad a parte de las cuotas mensuales, con el fin de reducir la cuota mensual o el plazo restante de hipoteca.

Generalmente, las entidades financieras ante esa cantidad de dinero que queremos adelantar de nuestra deuda, nos deja elegir entre disminuir la cuota mensual o rebajar el plazo pendiente.

Consideraciones finales

Hemos hecho mención a conceptos hipotecarios básicos.

Es muy importante, si pronto vas a firmar una hipoteca que estos conceptos al menos sí que los conozcas.

Comentarios

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Isabel cortes · LEPE-Huelva · Martes, 17 Dic. 2024 | 09:37:09 AM · nº 7141
https://www.economistjurist.es/noticias-juridicas/jesus-sanchez-y-francisco-javier-orduna-plantean-desde-el-icab-cicac-la-supresion-del-irph-y-su-sustitucion-por-otro/
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David · Barcelona · Martes, 17 Dic. 2024 | 11:16:48 PM · resp. nº 3123
"Jesús Sánchez y Francisco Javier Orduña plantean desde el ICAB/CICAC la supresión del IRPH y su sustitución por otro"....., QUE SIGAN PLANTEANDO TODO LOS QUE SE LES OCURRA, pero a nosotros, los afectados, que se nos aplique la jurisprudencia del TJUE, si nos ponemos así, porque no planteamos dejar de pagar las hipotecas y sustituir los pagos por rezos y oraciones.
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Antonio · Molina De Segura · Martes, 17 Dic. 2024 | 05:50:06 AM · nº 7140
https://www.abogacia.es/actualidad/opinion-y-analisis/la-sentencia-del-tjue-de-12-de-diciembre-de-2024-asunto-c-300-23-ha-zanjado-definitivamente-la-cuestion-sobre-el-irph/
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Dori · Alcalá de Henares -Madrid · Domingo, 15 Dic. 2024 | 09:49:38 AM · nº 7139
Adjunto enlace
https://youtu.be/4vH6EULntvM?si=8m-3xTGnU14xokY_
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Eduardo · MANZANARES EL REAL · Sábado, 14 Dic. 2024 | 08:17:04 PM · nº 7138
IRPH: La opinión de los expertos
El TJUE ha emitido una sentencia que puede cambiar el panorama para más de un millón de familias afectadas por el IRPH...Pero persiste la incertidumbre de como responderá el Supremo.
https://sge.st/sD2pFpr
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Ron · El Vendrell- Tarragona · Sábado, 14 Dic. 2024 | 06:13:11 PM · nº 7137
Yo no sé a qué espera el banco de España,que es el supervisor de la banca,a obligar a los bancos a poner un diferencial negativo en las hipotecas con irph,se lo ha dicho hasta el tjue en la anterior sentencia y no hacen nada porque no les da la gana,para eso no hay que ir a ningún juzgado,ni cambiar ninguna ley.
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Ana · Ansoain Navarra · Viernes, 13 Dic. 2024 | 11:16:11 PM · nº 7136
La sentencia, en mi opinión, sobre todo aborda el tema de la transparencia, que no significa que sea abusivo.
Para mí la clave sigue estando en el diferencial negativo. En mi caso, cuando ya están ofreciendo un 0,25 de diferencial negativo, significa que dan por hecho que el IRPH va a ser más alto que el resto. Y también es notorio, que yo no estoy entendiendo nada, puesto que si tan solo te ofrecen un diferencial negativo de 0,25, lo normal es que no contrate como referencia el IRPH, con un diferencial tan escaso, diferencial que como digo, ya me indicaba que el IRPH iba a ser peor opción y tan solo compensada por un 0,25.
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Raúl · Madrid · Sábado, 14 Dic. 2024 | 02:10:36 PM · resp. nº 3122
Disculpa Ana, no te acabo de entender, entonces, según tu razonamiento, ¿el hecho de que te pusieran un diferencia negativo "pequeño" es lo que indica la falta de transparencia?. ¿Y que significa cuando lo que te puso el banco es iprh + diferencia positivo? ¿entonces sí sería transparente?.
Sobre la sentencia en sí, aunque no son malas noticias, sinceramente esperaba que esta vez e TJUE fuese menos ambiguo y más contundente para no dar opción a supremo a prevaricar como nos tienen acostumbrados.
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Maria · Torrevieja · Viernes, 13 Dic. 2024 | 07:05:45 PM · nº 7135
Btarde,Ami Arriaga que es quien me lo lleva ya me ha comunicado q están estudiando la sentencia para poder actuar en consecuencia y que me mantendrán informada de todos los pasos,ya hace más d 4 años me sacaron lo de los gastos d escrituras asiq a esperar un poco más yo tengo esperanza q salga bien,ánimo q el n ya teníamos ahora a x el si.
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Mamen · Barcelona Barcelona · Viernes, 13 Dic. 2024 | 10:29:54 AM · nº 7134
Cómo puedo ponerme en contacto con el Bufet de José María Eurasquin?
Yo voy a reclamar ya!!
Tengo hipoteca desde 2001 y un crédito hipotecario en el 2005 (este ya pagado) los dos con Kutxabank y con irph.

Tienen mail o teléfono o algún contacto?
Vivo en Barcelona aunque la hipoteca se hizo en Madrid y aún está por pagar hasta 2031
Gracias ?
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Ron · El Vendrell- Tarragona · Viernes, 13 Dic. 2024 | 01:00:47 PM · resp. nº 3120
Aquí es donde trabaja Erauskin,abogados res,https://abogadosres.com/contacto/
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Dori · Alcalá de Henares -Madrid · Viernes, 13 Dic. 2024 | 08:26:39 AM · nº 7133
Os adjunto interesante video
https://youtu.be/asgiJ7PI1VE?si=M-V3oE5VSaTWy50V
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David · Barcelona · Viernes, 13 Dic. 2024 | 05:41:53 PM · resp. nº 3121
minuto 16:20 , Lo de anular la reforma de la ley de enjuiciamiento civil, ya que esta causaba conflicto con el caso Puigdemont, aunque perjudicase a miles de personas que tengan ejecución hipotecaria con clausula IRPH, es la manera como actuan estos políticos corruptos, todos los partidos, no se salva ninguno.
No olvidar cuando todos los partidos políticos se pusieron de acuerdo, para votar en el congreso a favor de que el gobierno se posicionara a favor de la banca en el juicio del IRPH, también hace poco se llevo a cabo en el congreso una petición (la cual no estoy muy informado) para eliminar las cuestiones prejudiciales.
Seguramente hay muchas casos mas que desconocemos y como no olvidar las promesas y fotos que se hicieron muchos cuando recién empezaban como políticos, con los afectados de clausulas abusivas.
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Ana abogada · Madrid · Jueves, 12 Dic. 2024 | 09:24:53 PM · nº 7132
Yo esperaría a ver qué dice el Supremo. Todo es un sinsentido. Aclara , a la vez que se contradice con anteriores sentencias que, el hecho de que la escritura no haga remision expresa a la Circular 5/94 y a su publicación en el BOE concreto donde se encuentra publicada ,-BOE 3- 08-1994,puede comprometer la accesibilidad de la correspondiente información para un consumidor
medio y conllevar a la falta de transparencia

OJO, algunos préstamos como los de la CAIXA se remiten a la Circular 8/90 que no es la que define el IRPH, TIENE QUE SER LA CIRCULAR 5/94 que es la que contiene la definición de IRPH.Este sería el PRIMER FILTRO

Os recomiendo esperar a la Sentencia del TS , lo demás es hablar por hablar.

De poco sirve que un Juzgado o Audiencia declaren la nulidad si cuando llegue al Supremo lo desestiman.









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Mariano · Valladolid · Jueves, 12 Dic. 2024 | 10:15:24 PM · resp. nº 3114
Buenas,en mi escritura hace referencia a la circular 8/90,entonces quiere decir que yo ya no podría reclamar o si. Gracias
angeles2325 · Puertollano - Ciudad Real · Jueves, 12 Dic. 2024 | 10:55:47 PM · resp. nº 3115
Buenas,en mi escritura hace referencia a la circular 8/90,entonces quiere decir que yo ya no podría reclamar o si. Gracias
angeles2325 · Puertollano - Ciudad Real · Jueves, 12 Dic. 2024 | 11:04:02 PM · resp. nº 3116
Aunque se acoja a la ley 8/90, mi tipo de interés siempre ha sido superior al 2%. Gracias. Un saludo

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