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Cómo conocer bien mi hipoteca para mejorarla

Cómo conocer bien mi hipoteca para mejorarla

Es importante conocer las características de nuestra hipoteca, si queremos intentar mejorar sus condiciones o hacer operaciones ventajosas con ella, como subrogaciones, novaciones, reclamaciones  y en definitiva conseguir cambiar las condiciones para mejorarlas y hacerlas más asumibles

En Irph.es somos conocedores de los conceptos y variables relacionados con el mundo hipotecario, pero somos conscientes de que por muy familiarizados que nosotros estemos con toda su terminología, los legos en la materia y los que se dedican a otros sectores y profesiones puede no resultarle todo tan sencillo.

Cómo conocer bien mi hipoteca para mejorarla

También queremos poner de relieve, que muchos ciudadanos firmaron en su día una hipoteca sin acabar de entender de forma clara algunos o muchos conceptos clave y que ello les ha resultado muy perjudicial. Y esto lo sabemos por la multitud de procedimientos judiciales que se han llevado a cabo durante los últimos años en relación a contratos hipotecarios.

Las demandas muchas veces se han originado porque los profesionales de las entidades financieras no fueron todo lo transparentes que la ley les exige con sus clientes, pero también muchas otras veces, porque los consumidores firmaron hipotecas con un claro desconocimiento de muchas de sus condiciones o de sus aspectos más relevantes.

Pero, incluso en este último caso, comprendemos a los ciudadanos, porque cuando a una persona le llega el momento de firmar una hipoteca, puede verse fácilmente abrumada por la gran cantidad de información y de nociones que surgen de forma repentina en su contrato hipotecario y de las que nunca antes había oído hablar.

Asesores y profesionales de la hipoteca

Nosotros siempre recomendamos el asesoramiento de profesionales a la hora de firmar una hipoteca, pues se trata de una inversión en la que seguramente se va a invertir una gran suma de dinero.

Desde Irph.es, queremos informarte, asesorarte y darte los mejores consejos para que la hipoteca que firmes sea la que más se adapte a tus necesidades y posibilidades y a que no cometas errores que personas sin el asesoramiento adecuado pueden fácilmente cometer.

Te explicamos ahora, unas variables y conceptos básicos sobre la hipoteca que debes de conocer si pronto vas a firmarla.

Diferencias entre Inmueble, vivienda, préstamo hipotecario e hipoteca

Muchas veces, estos conceptos se confunden, especialmente entre préstamo hipotecario e hipoteca.

Así muchas veces podemos decir o escuchar frases como: Ya me han aprobado la hipoteca o Me acaban de conceder la hipoteca. Con estas afirmaciones, seguramente se quiere hacer mención a que la entidad financiera ya ha dado el visto bueno y se le va a conceder el préstamo hipotecario a la persona solicitante del mismo. Pero no es lo mismo, el préstamo hipotecario que la hipoteca.

Préstamo hipotecario

El préstamo hipotecario es un producto financiero mediante el que una entidad financiera nos presta dinero a cambio de que le devolvamos toda la cantidad prestada, más unos intereses, en un plazo determinado, a través de unos pagos periódicos llamados cuotas, que generalmente son mensuales. Para que el banco nos conceda el préstamo hipotecario requerirá la garantía real de un inmueble.

Inmueble

Muchas hipotecas se firman con el fin de poder comprar una vivienda. Pero no siempre se trata de una vivienda, ya que puede ser un bajo comercial, un terreno, una plaza de garaje, etc.

Hipoteca

Todos los ejemplos anteriores son inmuebles y el inmueble que se hipoteca, es el que se convierte en la garantía real para la entidad financiera.

La entidad financiera quiere tener la garantía de que le vamos a devolver la suma de dinero concedida más los intereses estipulados y esa garantía se establece sobre el inmueble.

 Esta garantía real sobre el inmueble, es lo que denomina hipoteca.

Diferencias entre índice hipotecario, tipo de interés y TAE

Los términos, índice hipotecario, tipo de interés y TAE, suelen confundirse y conviene diferenciarlos claramente.

Índice hipotecario

El índice hipotecario es un parámetro variable que se utiliza para referenciar una hipoteca de tipo variable.

Así podemos tener una hipoteca vinculada al Euribor, al IRPH, al Mibor…  Son índices que mensualmente cambian de valor y pueden subir, bajar o mantenerse estables. De este modo, nuestra hipoteca puede estar ligada al Euribor o al IRPH.

La cuota de nuestra hipoteca se encarecerá o abaratará en función de si este índice de referencia al que está vinculada nuestra hipoteca, ha subido o bajado de valor respectivamente, desde la anterior revisión hasta la nueva.

Tipo de interés o precio

El tipo de interés o precio en una hipoteca variable, es el índice de referencia más el diferencial.

El diferencial es un número que se suma al valor del índice hipotecario para constituir el tipo de interés. Así tenemos, por ejemplo, hipotecas al Euribor más el 1% de diferencial sobre el mismo.

En una hipoteca fija, el tipo de interés carece de diferencial, y así por ejemplo podemos tener una hipoteca fija al 1,5% de tipo de interés.

TAE

El TAE o Tasa Anual Equivalente, es el tipo de interés más los gastos y las comisiones.

Así pues, el TAE constituye el coste de la hipoteca.

Por ello, entre dos hipotecas al mismo plazo para compararlas, conviene muy bien fijarse en el TAE. Puede ser que una hipoteca tenga un diferencial menor que otra, pero los gastos y las comisiones pueden hacerla más cara con respecto aquella que tiene el diferencial mayor.

Para que la comparación de hipotecas a través del TAE sea efectiva, las hipotecas deben tener el mismo plazo.

Hipoteca fija, variable y mixta

Hipoteca fija

La hipoteca fija se caracteriza porque se fija un tipo de interés para toda la vida la hipoteca y la cuota mensual no variará.

La única manera de variar la cuota de la hipoteca fija es realizando amortizaciones parciales de la misma en la modalidad de reducir la cuota, en otras palabras, adelantando cantidades de dinero de forma extraordinaria para que nuestra cuota mensual sea más reducida.

Hipoteca variable

La hipoteca variable, como su nombre indica varía, y esta variación se realiza de acuerdo a la evolución de un índice hipotecario que en la inmensa mayoría de las hipotecas es el Euribor.

Como se trata de una hipoteca variable, esta periódicamente será revisada por la entidad financiera. Este proceso se denomina revisión de la hipoteca y en el contrato hipotecario se indica si la revisión se producirá de forma trimestral, semestral o anual.

Si durante este periodo de tiempo estipulado, el índice hipotecario ha subido o bajado, la cuota mensual que nos cobrará el banco por nuestra hipoteca, tras la correspondiente revisión de la misma se encarecerá o se abaratará respectivamente.

Hipoteca mixta

La hipoteca mixta se caracteriza porque durante un periodo de tiempo es una hipoteca fija y posteriormente se convierte en variable.

Generalmente el tipo fijo se aplica en los primeros años de la hipoteca, muchas veces la hipoteca solo es fija durante el primero año.

La modalidad de hipoteca mixta se hizo frecuente a partir de que el Euribor alcanzó valores muy bajos, y la banca queriendo protegerse de estos bajos valores y pensando que tendrían un final temprano, quisieron salvar el periodo de Euribor bajo con un tipo fijo en los inicios de la hipoteca.

Simular, revisar o amortizar hipoteca

Simular hipoteca

Una simulación de hipoteca consiste en utilizar una calculadora hipotecaria e introducir las variables de capital, plazo y tipo de interés.

A partir de estas variables introducidas sabemos cual será la cuota mensual de la hipoteca.

Revisar hipoteca

Revisar una hipoteca se refiere a que la entidad financiera adapta la cuota mensual que pagamos por la misma, a la evolución del índice de referencia al que se encuentra vinculada.

Si nuestra hipoteca está ligada al Euribor, la cuota mensual será mayor o menor si el valor del Euribor ha subido o bajado respecto al valor que tenía en la anterior revisión.

Amortizar hipoteca

Respecto a amortizar hipoteca debemos diferenciar entre amortización total y amortización parcial.

Si amortizamos totalmente la hipoteca significa que liquidamos totalmente la deuda hipotecaria y ya no pagaremos más cuotas.

Si amortizamos parcialmente la hipoteca significa que hemos aportado una cantidad extraordinaria, es decir, una cantidad a parte de las cuotas mensuales, con el fin de reducir la cuota mensual o el plazo restante de hipoteca.

Generalmente, las entidades financieras ante esa cantidad de dinero que queremos adelantar de nuestra deuda, nos deja elegir entre disminuir la cuota mensual o rebajar el plazo pendiente.

Consideraciones finales

Hemos hecho mención a conceptos hipotecarios básicos.

Es muy importante, si pronto vas a firmar una hipoteca que estos conceptos al menos sí que los conozcas.

Comentarios

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Pedro · Jueves, 13 Dic. 2012 | 03:20:26 PM · nº 1460
es verdad que desaparece tipo medio de los préstamos hipotecarios a más de de tres años ,concedidos por el Conjunto de Entidades. muchas gracias por alguna respuesta .
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Roberto · Madrid · Viernes, 13 Sept. 2019 | 05:02:28 AM · resp. nº 1460
David, david... Que desconfiado eres. Si hubieses sido igual de desconfiado al firmar la hipoteca.......
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Chema · Jueves, 13 Dic. 2012 | 12:23:15 PM · nº 1459
El IRPH Caja no te lo pueden aplicar, pueden aplicarte el IRPH entidades, pero no es bueno, mejor Euribor+1 o +1,5
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DAVID · BARCELONA · Jueves, 12 Sept. 2019 | 09:23:46 PM · resp. nº 1459
Roberto Robertito.... jajaja
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MANU · Jueves, 13 Dic. 2012 | 12:04:50 PM · nº 1458
PARA EL QUE PUSO ESTO Buenas tardes, Estoy a punto de firmar una hipoteca de un piso de vpo, me parece que es un engaño esto del irph que es el tipo que me aplicarian, de 4%, estoy leyendo que lo quieren suprimir este tipo , me podrian proporcinar mas datos al respecto antes de firmar las escrituras, muchas gracias
TEN CUIDADO CON LO QUE FIRMAS EL VALOR IRPH NO TE LO PUEDEN PONER YA QUE ESTA EN PROCESO DE EXTINCION Y EL GOVIERNO LES HA DADO UNA FECHA LIMITE DESDE FEBRERO DE 2012 HASTA 28 DE FEBRERO DE 2013 PARA HACER LOS TRAMITES OPORTUNOS Y E IR CAMBIANDO LAS NUEVAS ESCRITURAS A OTROS TIPOS DE INTERES COMO POR EJEMPLO AL NUEVO VALOR QUE SE HA PUBLICADO QUE ES EL IRS ..
DE TODAS FORMAS MIRA BIEN EL SUSTITUTIVO QUE TE PONDRAN EN LAS ESCRITURAS Y SUS DIFERENCIALES EN CASO DE NO PUBLICARSE EL IRPH .
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DAVID · BARCELONA · Jueves, 12 Sept. 2019 | 06:49:54 PM · resp. nº 1458
Hola José. Yo no me fio, nadie hace nada gratis. También he visto comentarios muy malos de estos gabinetes de abogados que no cobran nada. Dicen que sólo cobran las costas en el caso que ganen, pero y si pierden? y si no hay condena con costas?. Me parece todo muy raro y ahora habrán abogados que se querrán aprovechar de nuestra situación, mucho cuidado.
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beatriz · Miércoles, 12 Dic. 2012 | 03:22:23 PM · nº 1457
Buenas tardes,
Estoy a punto de firmar una hipoteca de un piso de vpo, me parece que es un engaño esto del irph que es el tipo que me aplicarian, de 4%,
estoy leyendo que lo quieren suprimir este tipo , me podrian proporcinar mas datos al respecto antes de firmar las escrituras, muchas gracias
Responder
JoseG · Gijon-Asturias · Jueves, 12 Sept. 2019 | 06:43:35 PM · resp. nº 1457
Eusebio dile a tu hijo que visite esta pagina web y se informe.Os van a ayudar mucho.
Facebook stop clausula suelo
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SOL · Miércoles, 12 Dic. 2012 | 09:20:09 AM · nº 1456
Cuando van a dejar de aplicar las cajas el IRPH?
Si ha desaparecido, porque lo siguen aplicando?
Hay alguna forma de presionar?
Si alguien lo sabe, por favor que me lo cuente.....
Responder
JoseG · Gijon-Asturias · Jueves, 12 Sept. 2019 | 06:36:05 PM · resp. nº 1456
Facebook stop clausula suelo.Busca por internet
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luis · Lunes, 10 Dic. 2012 | 02:15:58 PM · nº 1455
Hola Carlos aunque ibercaja a pasado a ser un banco se te aplica el indice que tengas firmado y que pondra en las escrituras que supongo sera irph cajas.
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juana · Arco · Jueves, 12 Sept. 2019 | 01:21:05 PM · resp. nº 1455
Si el Banco Europeo no hubiera rebajado de urgencia el Euribor 3 puntos en un año, te digo yo donde estaría todo el otro 90% que tiene Euribor, y sus preciosas casas y familias. Hay un tanto por ciento que no se ha podido beneficiar directamente de eso, llámese suelo, llámese irph, y es lo que se está tratando de corregir, porque en Europa no se deja tirado a NADIE, todos somos igual de importantes, eso de las clases, los pringados, los listos y los tontos, es la ley del mundo subdesarrollado, donde nuestros bancos tienen su mayor negocio, y por eso se confunden, creen que con que tire la mayor parte y su corrupto sistema ya está, pues se equivocan, esto no es el mundo subdesarrollado, todos tienen la misma protección y el mismo derecho y se hará jsuticia de una forma o de otra. SOMOS EUROPA
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dvd · Sábado, 08 Dic. 2012 | 08:15:20 AM · nº 1454
hola gente el otro dia me llamaron de la u.c.i para informarme de que el irph no iva a desaparecer de momento ya que ellos estan esperando que el banco de españa les diga algo, pero si que me dijo que a partir de junio no se han echo mas hipotecas con irph y las que se han echo son con euribor +3 y me aconsejo que esperara hasta el año que viene que seguro que me dirian algo .
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JAIME · BARCELONA · Jueves, 12 Sept. 2019 | 10:54:58 AM · resp. nº 1454
El tema es que no es que sean unos golfos, que evidentemente lo son. El tema es que están contaminando la red con unos cuantos profesores de banca haciendo comentarios que son indignos de un profesional. Hacen comentarios de lo que les interesa y en cambio no dicen nada de cuando desapareció el IRPH cajas en 2013 porque sustituyeron los prestamos por el último IRPH y los dejaron al 4% sin pedir opinión a los clientes. Fue en ese momento cuando demostraron su posición abusiva ya que es cuando tuvieron la opción de cambiar a Euribor pero prefirieron seguir robando ya que nunca esperaban lo que esta pasando con el IRPH. Ahora lloran por las esquinas y se agarran al abogado del estado para que justifique lo injustificable. No os preocupéis que los 15 jueces de TJUE os van a machacar con su sentencia.
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carlos · Miércoles, 05 Dic. 2012 | 11:10:22 AM · nº 1453
estoy con ibercaja,y tengo irph,ahora es ibercajabanco,me tendrian que estar cobrando irph bancos y no de cajas????
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Begoña · Martes, 04 Dic. 2012 | 11:56:50 PM · nº 1452
Me han revisado la hipoteca en octubre y sólo me ha bajado en 1`50 euros menos al mes, me aplicaban el indice IRPH TOTAL ENTIDADES y al recibir la comunicación de varición del tipo de interés me ponen como tipo de interés de referencia TRH TOTAL ENTIDADES. Mi pregunta es ¿estamos hablando del mismo tipo de interés ó por el contrario es un tipo diferente? En caso de desaparecer el tipo IRPH Entidades tienen obligación de ponerme Euribor+1%, según las escrituras. Necesito saber si está bien hecho y si tengo alguna forma de cambiar el tipo con el banco Santader. Gracias
Responder
Javiko · Marte · Jueves, 12 Sept. 2019 | 10:45:34 AM · resp. nº 1452
Tu sabias que te iban a robar y aun asin aceptastes el irph ,
de lo listo que eres te pasas de tonto ,
dejar de molestar a los afectados
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Ignacio · Martes, 04 Dic. 2012 | 12:27:19 PM · nº 1451
Entiendo que la ley del 28 de Octubre del 2011 está ya en vigor por haber pasado los 6 meses de su publicación y el
irph bancos, irph cajas, ceca, ya no son tipos de interés oficiales a pesar de que todavía se sigan publicando,
Artículo 27. Tipos de interés oficiales.
1. A efectos de su aplicación por las entidades de crédito, en los términos previstos
En esta orden ministerial, se publicarán mensualmente los siguientes tipos de interés
oficiales :
a) Tipo medio de los préstamos hipotecarios a más de tres años, para adquisición
de vivienda libre, concedidos por las entidades de crédito en España.

b) Tipo medio de los préstamos hipotecarios entre uno y cinco años, para adquisición
de vivienda libre, concedidos por las entidades de crédito en la zona euro.
c) Tipo de rendimiento interno en el mercado secundario de la deuda pública de
plazo entre dos y seis años.
d) Referencia interbancaria a un año (Euribor).
e) Permuta de intereses/Interest Rate Swap (IRS) al plazo de cinco años.
f) El Mibor, exclusivamente para los préstamos hipotecarios formalizados con
anterioridad al 1 de enero de 2000 conforme a lo previsto en el artículo 32 de la Ley 46/1998,
de 17 de diciembre, sobre introducción del euro.
2. Los tipos se publicarán mensualmente en el «Boletín Oficial del Estado» y estarán
también disponibles en la página electrónica del Banco de España.
3. La forma de cálculo de los tipos anteriores se determinará mediante circular del
Banco de España.

Disposición final quinta. Entrada en vigor.
1. Sin perjuicio de lo previsto en el apartado siguiente, la presente orden entrará en
vigor a los seis meses de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Responder
Isabel · Cadiz · Jueves, 12 Sept. 2019 | 10:21:13 AM · resp. nº 1451
José, no te das cuenta que es el mismo

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