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Cómo conocer bien mi hipoteca para mejorarla

Cómo conocer bien mi hipoteca para mejorarla

Es importante conocer las características de nuestra hipoteca, si queremos intentar mejorar sus condiciones o hacer operaciones ventajosas con ella, como subrogaciones, novaciones, reclamaciones  y en definitiva conseguir cambiar las condiciones para mejorarlas y hacerlas más asumibles

En Irph.es somos conocedores de los conceptos y variables relacionados con el mundo hipotecario, pero somos conscientes de que por muy familiarizados que nosotros estemos con toda su terminología, los legos en la materia y los que se dedican a otros sectores y profesiones puede no resultarle todo tan sencillo.

Cómo conocer bien mi hipoteca para mejorarla

También queremos poner de relieve, que muchos ciudadanos firmaron en su día una hipoteca sin acabar de entender de forma clara algunos o muchos conceptos clave y que ello les ha resultado muy perjudicial. Y esto lo sabemos por la multitud de procedimientos judiciales que se han llevado a cabo durante los últimos años en relación a contratos hipotecarios.

Las demandas muchas veces se han originado porque los profesionales de las entidades financieras no fueron todo lo transparentes que la ley les exige con sus clientes, pero también muchas otras veces, porque los consumidores firmaron hipotecas con un claro desconocimiento de muchas de sus condiciones o de sus aspectos más relevantes.

Pero, incluso en este último caso, comprendemos a los ciudadanos, porque cuando a una persona le llega el momento de firmar una hipoteca, puede verse fácilmente abrumada por la gran cantidad de información y de nociones que surgen de forma repentina en su contrato hipotecario y de las que nunca antes había oído hablar.

Asesores y profesionales de la hipoteca

Nosotros siempre recomendamos el asesoramiento de profesionales a la hora de firmar una hipoteca, pues se trata de una inversión en la que seguramente se va a invertir una gran suma de dinero.

Desde Irph.es, queremos informarte, asesorarte y darte los mejores consejos para que la hipoteca que firmes sea la que más se adapte a tus necesidades y posibilidades y a que no cometas errores que personas sin el asesoramiento adecuado pueden fácilmente cometer.

Te explicamos ahora, unas variables y conceptos básicos sobre la hipoteca que debes de conocer si pronto vas a firmarla.

Diferencias entre Inmueble, vivienda, préstamo hipotecario e hipoteca

Muchas veces, estos conceptos se confunden, especialmente entre préstamo hipotecario e hipoteca.

Así muchas veces podemos decir o escuchar frases como: Ya me han aprobado la hipoteca o Me acaban de conceder la hipoteca. Con estas afirmaciones, seguramente se quiere hacer mención a que la entidad financiera ya ha dado el visto bueno y se le va a conceder el préstamo hipotecario a la persona solicitante del mismo. Pero no es lo mismo, el préstamo hipotecario que la hipoteca.

Préstamo hipotecario

El préstamo hipotecario es un producto financiero mediante el que una entidad financiera nos presta dinero a cambio de que le devolvamos toda la cantidad prestada, más unos intereses, en un plazo determinado, a través de unos pagos periódicos llamados cuotas, que generalmente son mensuales. Para que el banco nos conceda el préstamo hipotecario requerirá la garantía real de un inmueble.

Inmueble

Muchas hipotecas se firman con el fin de poder comprar una vivienda. Pero no siempre se trata de una vivienda, ya que puede ser un bajo comercial, un terreno, una plaza de garaje, etc.

Hipoteca

Todos los ejemplos anteriores son inmuebles y el inmueble que se hipoteca, es el que se convierte en la garantía real para la entidad financiera.

La entidad financiera quiere tener la garantía de que le vamos a devolver la suma de dinero concedida más los intereses estipulados y esa garantía se establece sobre el inmueble.

 Esta garantía real sobre el inmueble, es lo que denomina hipoteca.

Diferencias entre índice hipotecario, tipo de interés y TAE

Los términos, índice hipotecario, tipo de interés y TAE, suelen confundirse y conviene diferenciarlos claramente.

Índice hipotecario

El índice hipotecario es un parámetro variable que se utiliza para referenciar una hipoteca de tipo variable.

Así podemos tener una hipoteca vinculada al Euribor, al IRPH, al Mibor…  Son índices que mensualmente cambian de valor y pueden subir, bajar o mantenerse estables. De este modo, nuestra hipoteca puede estar ligada al Euribor o al IRPH.

La cuota de nuestra hipoteca se encarecerá o abaratará en función de si este índice de referencia al que está vinculada nuestra hipoteca, ha subido o bajado de valor respectivamente, desde la anterior revisión hasta la nueva.

Tipo de interés o precio

El tipo de interés o precio en una hipoteca variable, es el índice de referencia más el diferencial.

El diferencial es un número que se suma al valor del índice hipotecario para constituir el tipo de interés. Así tenemos, por ejemplo, hipotecas al Euribor más el 1% de diferencial sobre el mismo.

En una hipoteca fija, el tipo de interés carece de diferencial, y así por ejemplo podemos tener una hipoteca fija al 1,5% de tipo de interés.

TAE

El TAE o Tasa Anual Equivalente, es el tipo de interés más los gastos y las comisiones.

Así pues, el TAE constituye el coste de la hipoteca.

Por ello, entre dos hipotecas al mismo plazo para compararlas, conviene muy bien fijarse en el TAE. Puede ser que una hipoteca tenga un diferencial menor que otra, pero los gastos y las comisiones pueden hacerla más cara con respecto aquella que tiene el diferencial mayor.

Para que la comparación de hipotecas a través del TAE sea efectiva, las hipotecas deben tener el mismo plazo.

Hipoteca fija, variable y mixta

Hipoteca fija

La hipoteca fija se caracteriza porque se fija un tipo de interés para toda la vida la hipoteca y la cuota mensual no variará.

La única manera de variar la cuota de la hipoteca fija es realizando amortizaciones parciales de la misma en la modalidad de reducir la cuota, en otras palabras, adelantando cantidades de dinero de forma extraordinaria para que nuestra cuota mensual sea más reducida.

Hipoteca variable

La hipoteca variable, como su nombre indica varía, y esta variación se realiza de acuerdo a la evolución de un índice hipotecario que en la inmensa mayoría de las hipotecas es el Euribor.

Como se trata de una hipoteca variable, esta periódicamente será revisada por la entidad financiera. Este proceso se denomina revisión de la hipoteca y en el contrato hipotecario se indica si la revisión se producirá de forma trimestral, semestral o anual.

Si durante este periodo de tiempo estipulado, el índice hipotecario ha subido o bajado, la cuota mensual que nos cobrará el banco por nuestra hipoteca, tras la correspondiente revisión de la misma se encarecerá o se abaratará respectivamente.

Hipoteca mixta

La hipoteca mixta se caracteriza porque durante un periodo de tiempo es una hipoteca fija y posteriormente se convierte en variable.

Generalmente el tipo fijo se aplica en los primeros años de la hipoteca, muchas veces la hipoteca solo es fija durante el primero año.

La modalidad de hipoteca mixta se hizo frecuente a partir de que el Euribor alcanzó valores muy bajos, y la banca queriendo protegerse de estos bajos valores y pensando que tendrían un final temprano, quisieron salvar el periodo de Euribor bajo con un tipo fijo en los inicios de la hipoteca.

Simular, revisar o amortizar hipoteca

Simular hipoteca

Una simulación de hipoteca consiste en utilizar una calculadora hipotecaria e introducir las variables de capital, plazo y tipo de interés.

A partir de estas variables introducidas sabemos cual será la cuota mensual de la hipoteca.

Revisar hipoteca

Revisar una hipoteca se refiere a que la entidad financiera adapta la cuota mensual que pagamos por la misma, a la evolución del índice de referencia al que se encuentra vinculada.

Si nuestra hipoteca está ligada al Euribor, la cuota mensual será mayor o menor si el valor del Euribor ha subido o bajado respecto al valor que tenía en la anterior revisión.

Amortizar hipoteca

Respecto a amortizar hipoteca debemos diferenciar entre amortización total y amortización parcial.

Si amortizamos totalmente la hipoteca significa que liquidamos totalmente la deuda hipotecaria y ya no pagaremos más cuotas.

Si amortizamos parcialmente la hipoteca significa que hemos aportado una cantidad extraordinaria, es decir, una cantidad a parte de las cuotas mensuales, con el fin de reducir la cuota mensual o el plazo restante de hipoteca.

Generalmente, las entidades financieras ante esa cantidad de dinero que queremos adelantar de nuestra deuda, nos deja elegir entre disminuir la cuota mensual o rebajar el plazo pendiente.

Consideraciones finales

Hemos hecho mención a conceptos hipotecarios básicos.

Es muy importante, si pronto vas a firmar una hipoteca que estos conceptos al menos sí que los conozcas.

Comentarios

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ANTONIO · Sábado, 17 Enero 2009 | 10:06:21 PM · nº 263
Hola a todos:
Me perdí el reportaje de cuatro sobre UCI y el IRPH por cuestiones de trabajo. ¿En qué consistió?. ¿Mereció la pena?. ¿Habremos dado un paso adelante?. ¿Debemos contactar de nuevo con la periodista?. ¿Buscamos otro medio de comunicación?. Si alguien lo grabó o sabe si está disponible en alguna web, comunicarlo, por favor. GRACIAS.
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Javier - Reclama Por Mí · BIZKAIA · Lunes, 06 Nov. 2017 | 03:58:21 PM · resp. nº 263
Hola Jose. Tu pregunta es más difícil de responder de lo que parece. A ver si podemos arrojar un poco de luz sobre esto que preguntas. Si quieres ampliar información acude a www.reclamapormi.com a ver todo sobre IRPH:

SI SE DECLARA NULO EL IRPH, ¿QUE ÍNDICE LOS SUSTITUYE?



Podemos encontrarnos en 3 situaciones diferentes si se declara nulo el IRPH firmado en la hipoteca:

1- Que NO haya un índice sustitutivo en el contrato hipotecario:

En ese caso, el préstamo queda sin un interés válido y se debería aplicar los Artículos 1.755 del Código Civil y 314 del Código de Comercio, que establecen que “No se deberán intereses sino cuando expresamente se hubieran pactado” y que “Los préstamos no devengarán interés si no se hubiere pactado por escrito”.





2- Que haya un índice sustitutivo:

Por ejemplo, si se prevé el Euribor, se debe dejar de aplicar el IRPH y se aplica el Euribor.





3- Que haya un índice sustitutivo, pero que también se haya declarado nulo:

Por ejemplo, si el índice nulo de la hipoteca que se quiere reclamar es el IRPH CAJAS pero el sustitutivo es el IRPH ENTIDADES y se declara nulo.

En este caso el consumidor, según lo estipulado en la ley solo tendría que devolver al banco el principal del préstamo sin intereses.

Sin embargo en diferentes casos el juez ha moderado esta sanción para el banco y ha aplicado, como índice sustitutivo, el euribor + 1%.
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jose · Viernes, 16 Enero 2009 | 06:12:52 PM · nº 262
hola.tengo una hipoteca desde el año 2002,IRPH y voy haciendo una comparativa temporalmemte con el euribor para subrrogarme y hasta diciembre del 2008 no salia a cuenta,porque el difencial entre ambos era muy pequeño,ya que como todos sabemos el euribor tiene un redondeo del 50% aprox. yel IRPH un0% y la subrrogacion costaba alrededor de 2000 euros.pero en estos momentos la diferencia es muy grande y es muy interesante cambiar pero siempre hay que mirar el difencial que haya el mes que nos toca hacer la revision y hacer las cuentas.
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Javier - Reclama Por Mí · Bizkaia · Lunes, 06 Nov. 2017 | 03:11:48 PM · resp. nº 262


Hola Magda. Esto que te ha dicho el banco no es cierto. Puede reclamarlo. Es difícil saber exactamente qué cláusula tiene usted en su hipoteca con los datos que ha proporcionado. Si quiere que le asesore un abogado consulte con www.reclamapormi.com de forma gratuita. Son especialistas en esta materia con 100% de casos ganados en cláusula suelo y 98% en el resto. De hecho, si está pagando un 3,9% de interés teniendo en cuenta que en el 2007 el fijo era muy bajo, es muy posible que su hipoteca esté a tipo fijo ahora o bien que tenga cláusula suelo. Otra opción es que tenga IRPH y un fijo alto. Lo que está claro es que , está pagando mucho más de lo que debería. Con un 3,9% actual podría recuperar mucho dinero.
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Ana · Viernes, 16 Enero 2009 | 05:35:10 PM · nº 261
Hola Carmen esa noticia parece muy interesante no sé si a los que tenemos IRPH nos afectaria en algo,por cierto el reportaje sobre el IRPH lo dieron ayer a las 14:30h en noticias cuatro.
Responder
Javier - Reclama Por Mí · Bizkaia · Lunes, 06 Nov. 2017 | 03:03:43 PM · resp. nº 261
Hola Rafael, si tu juicio es inminente es posible que tengas suerte porque en principio el día 22 de noviembre se pronuncia el Supremo. Si tu juicio es posterior, el juez de tu caso tendrá en cuenta la jurisprudencia del caso del Supremo. Si es antes y es desfavorable y luego el Supremo te da la razón, podrías recurrir y tendrías muchas garantías legales. Si quieres que te asesore un abogado experto en irph sin compromiso ponte en contacto con www.reclamapormi.com.
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Ana · Viernes, 16 Enero 2009 | 05:34:27 PM · nº 260
Hola Carmen esa noticia parece muy interesante no sé si a los que tenemos IRPH nos afectaria en algo,por cierto el reportaje sobre el IRPH lo dieron ayer a las 14:30h en noticias cuatro.
Responder
Juan · Valencia · Sábado, 04 Nov. 2017 | 10:57:16 AM · resp. nº 260
Ya hay sentencias sobre eso. Anulado. Te dejo link.
<font size="-3">http://revisamostuhipoteca.com/blog/2017/10/23/nulidad-del-ultimo-tipo-de-interes-que-fue-posible-calcular/</font>
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carmen · Viernes, 16 Enero 2009 | 05:03:29 PM · nº 259
NOTICIA INTERESANTE:
eleconomista.es/flash/noticias/972401/01/09/Adicae-pide-al-Gobierno-que-suspenda-el-euribor-de-forma-provisional-.html
Responder
Iván tovarishch · Kiev-Barcelona · Viernes, 03 Nov. 2017 | 01:19:49 PM · resp. nº 259
Hola,perdona javier pero la audiencia provincial de Cádiz no acaba de declarar nulo el irph? Siendo de Cádiz lo tiene realmente bien no se porque dices que no...
Un saludo camaradas
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VERONICA · Viernes, 16 Enero 2009 | 11:53:14 AM · nº 258
MI DIRECCION ES nicavero81@yahoo.es
Responder
Javier - Reclama Por Mí · bizkaia · Viernes, 03 Nov. 2017 | 08:27:50 AM · resp. nº 258
Hola Sergio, le compensa reclamar. Podría recuperar según lo que me indica alrededor de 10.000€. En cuanto a los costes de los que usted habla, en www.reclamapormi.com se funciona a éxito. Si el cliente no cobra no hay honorarios y no hay que adelantar nada a la plataforma. En cuanto a las garantías legales para reclamar, depende de la comunidad de la que usted sea. En muchas ya está siendo favorable. En Cádiz, de donde es usted por lo que veo en su comentario, es algo más difícil reclamar, pero el 22 de noviembre el Supremo parece que se va a pronunciar al respecto del IRPH y sienta jurisprudencia. Si es favorable (que en principio, si sigue la línea de lo que viene diciendo sobre cláusulas abusivas se espera que sí), tendrá las mismas garantías que en en suelo. En reclama Por Mí en suelo hemos ganado el 100% de los casos. Así que si lo desea puede ponerse en contacto con la plataforma e ir iniciando los trámites ya que cuando salga la sentencia va a haber una avalancha enorme y al menos ya los habrá iniciado de manera extrajudicial sin asumir ningún riesgo. Espero que esto despeje sus dudas.
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VERONICA · Viernes, 16 Enero 2009 | 11:52:12 AM · nº 257
YO QUIERO FORMAR PARTE DE VUESTRA PLATAFORMA CONTRA EL IRPH POR FAVOR DECIRME QUE PAGINA O QUE MAIL ES EL QUE HAY QUE USAR PARA CONTACTAR. ESTOY SINCERAMENTE ACOJONADA PUES UN ERROR ASI PUEDE MARCARTE LA VIDA.
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Javier - Reclama Por Mí · bizkaia · Viernes, 03 Nov. 2017 | 08:18:20 AM · resp. nº 257
Hola Mónica. Por supuesto que puede reclamar desde el año 2003 y tendrá un importe bastante alto a recuperar + intereses. Alrededor de 15.000€ + los intereses que dejará de pagar el en futuro. Contacte con www.reclamapormi.com y un abogado le asesorará sin compromiso.
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arturo · Viernes, 16 Enero 2009 | 11:16:39 AM · nº 256
No penseis que el gobierno no sabe nada sobre el IRPH pues las cajas estan dominadas totalmente por la autonomia correspondiente. De hecho, las cajas son la moneda de cambio en la politica estatal frente a las demandas de las autonomias. los ayuntamientos y las autonomias usan nuestro dinero a su antojo, pactan comisiones, dietas, califican terrenos.... Nos están estafando y no podemos hacer nada, o casi nada, ¿¿como permitimos que ZP reparta dinero a los ayuntamientos??
no os engañeis, esto no es una democracia...aunque no es de los peores paises para vivir, la politica de este pais es del tebeo. la buena noticia es que nos importa un bledo lo que se enriquezcan los corruptos(=politicos) porque mientras siga saliendo el sol y podamos levantar una cruzcampo que mas da si el alcalde de camas es malayo o malaya
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Javier - Reclama Por Mí · Bizkaia · Jueves, 02 Nov. 2017 | 08:09:11 AM · resp. nº 256
Hola, si quieres reclamar puedes hacerlo ya. En muchas comunidades ya está siendo favorables. En otras no siempre es así en todos los casos y es mejor esperar a ver qué dice el Supremo. En principio se pronuncia el día 22 de noviembre según los rumores. No obstante, se pueden ir agilizando los trámites ya que va a haber una avalancha de demandas. En www.reclamapormi.com te puedes ir asesorando y preparando una reclamación extrajudicial para agilizar los trámites para cuando llegue la sentencia. Si nos fijamos en lo que ha dicho el Supremo sobre otras cláusulas abusivas debería ir en la misma línea y declararla nula.
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arturo · Viernes, 16 Enero 2009 | 10:56:37 AM · nº 254
muerte al irph
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Javier - Reclama Por Mí · Bizkaia · Lunes, 30 Octubre 2017 | 04:57:49 PM · resp. nº 254
Hola María. Lo normal, en primer lugar, es presentar una demanda extrajudicial que la mayoría de los bancos rechazan prácticamente el 100% de las veces. De esta manera se consigue un objetivo doble: hacer un primer contacto con el banco buscando una vía amistosa que suele rechazarse, y en segundo lugar, tenemos una prueba ante una posible demanda de que hemos tratado de no llegar a una demanda y el banco (muy seguramente nos la ha rechazado e incluso nos ha hecho una oferta muy por debajo de lo que debería). Sin duda lo mejor es tramitar todo con un abogado ya que te asesora y tiene consecuencias legales todo lo que firmamos. Cuidado con este punto. Si firmamos algo, es posible que estemos firmando la renuncia a reclamar después y los importes a recuperar son altísimos. Además, no solo es importante lo reclamar lo cobrado de más, sino el nuevo tipo que nos van aplicar después, que puede hacer que paguemos mucho menos de lo que pagamos ahora. Por último, los honorarios varían entre despachos y dependiendo de el tipo de reclamación. En www.reclamapormi.com la consulta es gratuita y no hay honorarios si el cliente no cobra. Es un modelo a éxito con 100% de casos de éxito en suelo y 98% de casos de éxito en todo lo demás.
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Vicente · Viernes, 16 Enero 2009 | 10:56:17 AM · nº 253
Hola. haber si me puede ayudar alguien ante una duda que tengo, contrate una hipoteca con el sistema IRPH y el tipo de interes cuando la contrate en Diciembre del 2007 y era del 5,25%+ - 0,25 el plazo es a 15 años y la cantidad 100.000 euros yo la verdad no queria este sistema pues ya tuve una experiencia con otra hipoteca con IRPH y pagaba mas que con el euribor. Bueno mi pregunta es la siguiente en la Caja de ahorros me dijeron que el IRPH ahora es igual al euribor que subian o bajaban por igual pero no se tengo dudas y por lo que he leido creo que no me han dicho la verdad la revision me toca este mes y quisiera que alguien me informe para que pueda obrar en consecuencia.gracias
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Javier - Reclama Por Mí · Bizkaia · Lunes, 30 Octubre 2017 | 04:36:07 PM · resp. nº 253
Efectivamente Mercedes. Que se haya declarado nulo y se sustituyera por IRPH entidades no significa que no pueda reclamar. De hecho es posible que usted tenga un importe muy alto a reclamar entorno al 10% de su hipoteca (calculo aproximado). SI tiene dudas contacte con Reclama Por Mí y le asesorará un abogado gratuitamente: www.reclamapormi.com Las cantidades a recuperar rondan los 10.000€.

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