IRPH

¿Cómo pasar de hipoteca variable a fija?

¿Cómo pasar de hipoteca variable a fija?

Si el Euríbor muestra una tendencia alcista y hay fuertes rumores y evidencias de que el BCE va a subir los tipos de interés, puede darse fácilmente interés por parte de los ciudadanos de cambiar su hipoteca variable a fija.

Cambiar hipoteca variable a fija

El Euríbor se puede mostrar amenazante para las personas y familias que tienen una hipoteca a interés variable, sobre todo cuando el índice muestra una tendencia alcista y muy especialmente cuando hay rumores, indicios claros o advertencias implícitas o explicitas de que se avecina una próxima o próximas subidas de tipos de interés por parte del Banco Central Europeo (BCE).

¿Cómo pasar de hipoteca variable a fija?

Cuando el Euribor se muestra una tendencia claramente o fuertemente alcista perjudica a los consumidores con hipoteca a interés variable, ya que en la próxima revisión su hipoteca puede encarecerse, si el valor del índice está por encima del valor que tenía en la anterior revisión.

Esto ocurre con las hipotecas vinculadas al Euribor como las hipotecas vinculadas al IRPH, ya que en la fórmula de cálculo del valor del IRPH, se encuentra el valor del Euríbor.

El BCE puede subir los tipos de interés cuando se da una inflación superior al 2%

El BCE siempre busca la estabilidad financiera en el área euro, es decir en toda la zona que se ha adoptado el euro como moneda oficial, y esta estabilidad se caracteriza muy fundamentalmente porque la inflación o el encarecimiento de los precios se sitúe cercano, pero por debajo del 2%.

Cuando este límite del 2% es sobrepasado, entonces es mucho más probable que se adopte la medida de encarecer el dinero, es decir, de subir los tipos de interés.

Con la subida de tipos se incentiva el ahorro, porque el dinero vale más y los bancos pagan más intereses por los depósitos, a la inversa, los préstamos para las familias y las empresas también resultan más caros.

De esta manera, se incentiva el ahorro y se desmotiva el consumo y las empresas se ven obligadas a bajar los precios de sus productos para que estos se compren con mayor facilidad, y así baja la inflación, es decir el precio de la cesta de la compra, que también se llama el IPC, o el Índice de Precios al Consumo, que no es otra cosa, que un valor numérico que refleja las variaciones que experimentan los precios en un período determinado.

Ante el Euríbor amenazante, los consumidores con hipoteca a tipo variable empiezan a sentirse atraídos por la hipoteca fija y buscan información de cómo cambiar su hipoteca variable a hipoteca fija.

Las hipotecas fijas dan a los hipotecados la tranquilidad de que, durante toda la vida del préstamo, si no se varían las condiciones voluntariamente por parte del cliente, la cuota siempre será la misma, independientemente de si el Euribor suba o baja.

Lo que ocurre es que la banca, en cierta medida, quiere que pagues por esta tranquilidad que te ofrece la hipoteca fija, y sitúa su precio siempre por encima de una hipoteca variable.

Decimos, en cierta medida, quiere que pagues más por esta tranquilidad que te ofrece la hipoteca fija por la variable, ya que el banco no la pone más cara pensando en que debes pagar por esa tranquilidad, sino que lo hace simplemente porque las entidades financieras siguen la máxima de que “la banca siempre gana”.

La banca oferta las hipotecas fijas más caras que las hipotecas variables, porque con las hipotecas fijas quiere ganar ya de entrada dinero, pensando en las hipotecas variables como una inversión de futuro, es decir, ahora me pagas menos, pero como el Euribor algún día empezará a subir, ya me pagarás más, más adelante.

Así que el banco donde tengas tu hipoteca no te va a ofrecer muchas facilidades si quieres cambiar una hipoteca variable por una hipoteca fija, pero posibilidades de hacerlo, existen, sino es por novación, por subrogación o a través de la contratación de una nueva hipoteca.

Maneras de cambiar de hipoteca variable a hipoteca fija

Concretamente hay varias formas o caminos para cambiar la hipoteca variable por hipoteca fija y te los vamos a explicar a continuación:

Podemos cambiar de hipoteca variable a fija por el procedimiento de novación o de subrogación.

La novación consiste en el cambio de condiciones de la hipoteca con la misma entidad con la que ya la tenemos.

La subrogación implica que la hipoteca pasa a otra entidad financiera.

La novación es menos costosa que la subrogación, y además de cambiar las condiciones, como el cambio de tipo variable a fijo, o reducir el diferencial del tipo variable, también permite hacer una ampliación de capital y añadir deudores.

Cambio de hipoteca variable a hipoteca fija por novación

Los gastos de la novación son:

- la comisión por la novación: entre el 0% y el 1% del capital pendiente

- gastos de notaría: entre el 0,2% y el 0,5% del dinero que todavía tengamos pendiente de la hipoteca

- registro: aproximadamente el 50% de los gastos de notaría

- escritura: no suele superar los 150 euros

- Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (IAJD): este impuesto solo se paga si la novación implica una ampliación de capital, es decir, que el banco te preste más dinero y generalmente es un 0,5% del nuevo capital concedido.

El inconveniente de la novación es que el banco puede no aceptar y entonces el cliente tiene que olvidarse de la novación e ir a por la subrogación, es decir, cambiar las condiciones de la hipoteca al pasarla a otra entidad.

Cambio de hipoteca variable a hipoteca fija por subrogación

La subrogación para cambiar de tipo variable a fijo lleva mayores gastos:

- la tasación, que suelen estar entre 250 y 350 euros.

- la comisión de subrogación, es decir, la comisión que obtendrá el banco al dejar de tener nuestra hipoteca, que suele ser entre el 0% y el 2% de la deuda hipotecaria. Por ley, se señala que, si la subrogación se produce en los primeros 5 años, esta comisión suba hasta el 0,50% del capital adeudado. Si la subrogación es posterior a estos 5 años, esta comisión ascenderá al 0,25% del capital pendiente.

- gastos de notaría: entre el 0,2% y el 0,5% del dinero que todavía tengamos pendiente de la hipoteca

- registro: aproximadamente el 50% de los gastos de notaría

- escritura: no suele superar los 150 euros

En la subrogación no se paga el IAJD.

Cambio de hipoteca variable a hipoteca fija contratando una nueva hipoteca

Existe otra posibilidad, que no es ni la novación, ni el traspaso de la hipoteca a otro banco, es decir la subrogación, que sería la de contratar una hipoteca nueva con otra entidad financiera y con ese dinero pagar la hipoteca anterior.

Esta opción es la que más gastos acarrea, pero puede ser interesante si mejoramos lo suficiente el tipo de interés de la nueva hipoteca frente a la antigua, para que compense.

También tenemos que tener presente que el cambio de hipoteca fija a variable va a suponer además de algunos gastos, como hemos visto, también un riesgo, es decir, puede que nos salga bien el cambio, si el Euribor sube lo suficiente en el futuro como para haber ganado con respecto a la hipoteca variable anterior, pero nadie puede asegurarnos de antemano, si el Euribor subirá tanto, como para que compense finalmente el cambio, ya sea mediante novación, subrogación o la contratación de una nueva hipoteca.

Otra opción interesante si disponemos de ahorros

Como hemos visto, cambiar de hipoteca variable a fija, implica unos gastos, no muy grandes, pero gastos al fin y al cabo y tampoco sabemos con total seguridad si resultará beneficioso el cambio.

También puede darse el caso de que nuestros intentos por cambiar de hipoteca variable a fija< sean infructuosos, porque nuestro banco no quiera, y porque tampoco consigamos opciones mediante la subrogación o la contratación de una nueva hipoteca.

Ante estas situaciones, existe la posibilidad de que con el dinero que nos íbamos a gastar con los gastos del cambio de la hipoteca, y si puede ser, añadiendo un poco más de dinero si tenemos ahorros que sepamos que no vamos a necesitar, realicemos una amortización parcial anticipada de la hipoteca.<

Podemos optar por reducir cuota<, así podremos después afrontar mejor una posible subida de la cuota por el ascenso del Euríbor, o reducir plazo. Con la reducción de plazo siempre ahorramos más, aunque si reducimos cuota, también podremos ahorrar más cada mes, para poder hacer más pronto otra amortización parcial de la hipoteca.

Disponemos de esta calculadora para hacer simulaciones de amortizaciones parciales de la hipoteca y así comprobar cuanto nos ahorraremos de cuota o de plazo, con una aportación extraordinaria de dinero al banco, que se restará a nuestra deuda hipotecaria.

Comentarios

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MARIA GARC · ALMERIA · Viernes, 17 Octubre 2025 | 11:27:55 AM · nº 7365
He perdido el juicio de mi reclamación de IRPH, alguien sabe si puedo volver a reclamar?
Y me podéis recomendar algún abogado?
Mi caso me lo llevo Arriaga Asociados
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Jose A · Mollet del Vallès-Barcelona · Viernes, 17 Octubre 2025 | 12:08:46 PM · resp. nº 3272
Cuando dices que has perdido el juicio, a qué te refieres?
Hay sentencia firme, es en primera instancia, provincial o Supremo. ??
Andres · GRANADA, LA · Viernes, 17 Octubre 2025 | 08:44:45 PM · resp. nº 3273
Todo depende de si la sentencia es recurrible o no. Supongo que en Arriaga te lo podrán aclarar. Es lo primero que tienes que hacer, preguntarles. Si no te lo aclaran mándame una copia de la sentencia tachando todos los datos personales y te daré mi opinión, pero no como abogado profesional, sino como simple licenciado en derecho desde 1985 que nunca ha ejercido como abogado. No cobro, ni puedo cobrar por una cuestión de incompatibilidad.
Saludos
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Darío · Reus Tarragona · Viernes, 17 Octubre 2025 | 09:57:59 AM · nº 7364
Esto dura más que un parto
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Ricardo · Logroño · Jueves, 16 Octubre 2025 | 08:16:54 AM · nº 7363
El Supremo debate una sentencia historica bajo sospechas de prevaricación
Os dejo el enlace que es de la plataforma de afectados de IRPH de Guipuzcoa.

Donostia, 15 de octubre de 2025.

Fuentes cercanas al Tribunal Supremo español señalan que el pasado 1 de octubre dicho tribunal deliberó sobre la postura a adoptar en relación a las hipotecas ligadas al índice IRPH, y que desde entonces siguen trabajando en la redacción de una sentencia histórica que marcará su postura al respecto.

Tras la última sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) el pasado 12 de diciembre de 2024, varios jueces españoles han entendido que la sentencia europea les obliga a declarar abusiva la cláusula que vincula la hipoteca a este índice. Sin embargo, el Supremo no ha reaccionado a este último señalamiento del TJUE, que llegó precedido de cuatro anteriores, todos ellos favorables a los consumidores. En las cuatro ocasiones anteriores el Tribunal Supremo español reinterpretó de manera imaginativa la jurisprudencia europea para dar la razón a la banca, provocando acusaciones de prevaricación por parte de algunos juristas. Su última postura al respecto es que ninguna cláusula IRPH es abusiva, y que ni siquiera hace falta analizar su redacción ni evaluar la información proporcionada al consumidor.

Ahora las familias afectadas, la banca, los despachos de abogados y los medios especializados en la materia debaten si el Supremo seguirá o no el camino marcado por Europa. IRPH Stop Gipuzkoa entiende que no hay debate: las resoluciones del TJUE son de obligado cumplimiento y “no seguir su camino” o “mantener su postura” significarían prevaricar. No deberíamos normalizar eso como una opción válida ni posible.

En efecto, el Supremo debe acatar la orden de analizar una por una las cláusulas IRPH, y evaluarlas con los criterios establecidos por Europa. IRPH Stop Gipuzkoa entiende que dichos criterios harán que la inmensa mayoría de las cláusulas deban considerarse nulas por abusivas.

Las familias afectadas y la banca se juegan decenas de miles de millones de euros, y la sentencia puede llegar a coincidir con el duodécimo aniversario de la interposición de la primera demanda de nulidad de la cláusula IRPH, que se dio el 21 de octubre de 2013 en Donostia. La demanda fue interpuesta por una familia de IRPH Stop Gipuzkoa con el apoyo legal de Maite Ortiz y Jose Mari Erauskin, abogados pioneros en la batalla judicial contra esta cláusula.

PLATAFORMA DE AFECTADOS POR EL IRPH DE GIPUZKOA.


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Andres · GRANADA, LA · Jueves, 16 Octubre 2025 | 07:10:13 PM · resp. nº 3269
Bueno, yo creo que la clave no es si el TS tarda más o menos en resolver los casos. Lo realmente importante es la seguridad juridica. A nadie le importa esperar si sabe seguro que va a ganar, incluso mejor: más intereses. Y si sabes seguro que vas a perder pues lo dejas correr.
El problema es que estos del TS literalmente no saben qué hacer. Por un lado el cuerpo les pide apoyar a los bancos, por los canapés del Bernabeu, las invitaciones a monterías y los cursillos y conferencias millonarias en paraisos idilicos, familia incluida, que patrocina la banda, perdon banca. Pero claro, resulta que están ante un asunto del que están pendientes millones de personas, que ya disponen de mucha información (yo confieso que aunque licenciado en derecho que nunca ha ejercido me considero hay día un auténtico experto en esta materia solo a través de consultas por google) y de mucha jurisprudencia europea que, todo sea dicho, no ha sido lo suficientemente contundente, supongo que pensando que, juridicamente, ya era suficiente, sin imaginarse lo cavernicolas de estomagos agradecidos que lo tenian que aplicar.
Por eso digo que el tiempo en que se tarde es relatico. Si hay seguridad, es decir si el banco sabe con seguridad que en el TS tiene el caso perdido llegara a acuerdos para retirara demandas. Mucha gente preferira cobrar 25.000 euros en lugar de 30.000 incluso 35.000 y cerrar el asunto en una semana en lugar de esperar 10 anios (maldito teclado). Yo por ejemplo ni he presentado demanda todavia, Los bancos hacen numeros y los intereses legales de 35000 euros durante 10 anios mas los que han transcurrido desde que se firmo la hipoteca es mucha mucha pasta. Asi que lo importante es que la sentencia proporcione seguridad, tanto si es favorable como si es desfavorable. Y lo que estan tardando es tan sencillo como todo esto. No hay ningun genio estudiando el tema. Hay 3 o 4 tios en algun reservado con nuestros banqueros y entre centollo y centollo estan decidiendo la cuestion. Perdonar los acentos pero en un momento dado me han dejado de funcionar y luego empezo a fallar la enie....sorry.
anonimo · anonimo · Viernes, 17 Octubre 2025 | 05:37:58 AM · resp. nº 3271
Completamente de acuerdo contigo, Andrés.
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Ricardo · Logroño · Jueves, 16 Octubre 2025 | 08:04:32 AM · nº 7362
Lo que puse no es un enlace de bragas usadas ni ningún tipo de guarradas, asi que Tony Espina de Cartagena antes de decir nada mejor te informas y luego pones lo que es verdad. Bueno no voy a entrar mas en tonterias, asi que publico lo que venia en en enlace:
abamos de conocer que el Tribunal Supremo se ha vuelto a pronunciar sobre la prescripción de las reclamaciones de gastos de formalización de las hipotecas. Y el Alto Tribunal español se reafirma en su posición, conocida en 2024, si bien seguimos a la espera de conocer la sentencia sobre hipotecas IRPH, que marcará el futuro de miles de hipotecados en España.
El Tribunal Supremo se reafirma y señala que el plazo de prescripción de las reclamaciones de gastos hipotecarios no comienza el día que se pagan esos conceptos, sino que el plazo de prescripción comienza cuando existe una sentencia firme. Esto, en la práctica, supone que el consumidor pueda iniciar en cualquier momento su reclamación de gastos de formalización de un préstamo hipotecario. Una victoria para el consumidor.

Actualmente, explica Leticia Grande, abogada de reclamador.es, “la cantidad media que estamos consiguiendo en reclamador.es para estas reclamaciones supera los 1.200 € por consumidor, si bien el gran problema es el colapso de los juzgados especializados, que hace que, en Juzgados como el de Madrid, el 101Bis, se estén admitiendo a trámite ahora las demandas presentadas a finales de diciembre del año 2020”.

Seguimos esperando la sentencia sobre IRPH
Y ahora queda saber qué pasa con las hipotecas IRPH. En palabras de la abogada de reclamador.es “realmente, lo que estábamos esperando era conocer el contenido de la sentencia del Tribunal Supremo en relación a la nulidad de las hipotecas IRPH, pues han pasado 15 días desde que, en principio, se reunió y no se han publicado ni unas conclusiones ni la propia sentencia, por lo que miles de afectados en España por este índice siguen esperando saber qué pasará”.

Un saludo a todos, solo queria informar de lo que hay y se cuece en el puñetero IRPH que nos está amargando la vida.
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Ricardo · Logroño · Miércoles, 15 Octubre 2025 | 01:21:34 PM · nº 7361
Os dejo este enlace por si fuera de interés.
https://www.lawandtrends.com/noticias/civil/el-supremo-se-reafirma-en-el-plazo-de-prescripcion-de-las-reclamaciones-de-gastos-hipotecarios-pero-sigue-sin-1.html
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Tony Spina de Anchoa · cartagena · Jueves, 16 Octubre 2025 | 07:11:31 AM · resp. nº 3267
cuidado es un enlace a una página web de bragas usadas. No entreis compañeros
rosita · rosita · Jueves, 16 Octubre 2025 | 11:02:38 AM · resp. nº 3268
Coño Tony, cuanto tiempo!!! El otro día pasaron por aquí tus hermanos, si hombre si! los `huelebragas`.No sabíamos que erais tantos, pero ya queda claro que sois todos hijos de la misma madre, lo que no nos queda tan claro es si sabéis quien es vuestro padre. Viendo la afición que tenéis por las bragas, quiero pensar que la santa de su madre en el lupanar se beneficiaba gratis a todos tus padres que tenían en común tan grata afición: oler bragas. Ahora entiendo el dicho, "según son los padres, son los hijos". Completamente acertado. A ver si te vas de una vez a tomar por donde amargan los pepinos y dejas de hacer el niñato por aquí, so payaso.
Andres · GRANADA, LA · Jueves, 16 Octubre 2025 | 07:57:58 PM · resp. nº 3270
Este Tony en principio parece un majadero. Pero, supongo, por lo que dicen, que ya es conocido por aquí. Será por algún asunto personal, porque no tiene sentido que un tío se dedique a entrar en un foro como este, con un tema tan específico, y mandar un post sin ningun sentido. Se le ha expulsado de aqui por algun motivo?. Me puede dar alguien alguna explicacion?
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Ricardo · Logroño · Miércoles, 15 Octubre 2025 | 06:50:28 AM · nº 7360
El Tribunal Supremo puede tardar entre 6 meses y 3 años en dictar sentencia en un caso de IRPH, aunque este plazo puede variar significativamente. Los factores que influyen son la complejidad del caso, la carga de trabajo del tribunal y si las partes llegan a un acuerdo extrajudicial. La sentencia podría tardar más si hay apelaciones o si la gestión del proceso es más lenta.
Factores que influyen en el tiempo de resolución
Jurisdicción y complejidad: Casos más complejos requieren más tiempo para ser analizados.
Acuerdo extrajudicial: Si se llega a un acuerdo con el banco en la fase extrajudicial, el proceso se acorta considerablemente.
Carga de trabajo del juzgado: La cantidad de casos pendientes puede retrasar el proceso.
Actitud del banco: Si el banco se niega a negociar o si recurre la decisión, el plazo puede alargarse.
Qué ocurre si no hay acuerdo
Juicio y apelación: Si es necesario ir a juicio, el proceso puede ser más largo. Tras la sentencia, la otra parte puede recurrir, lo que añade más tiempo.
Sentencia firme: Si no hay recurso, la sentencia se declara firme. Si la sentencia es favorable, se abre un plazo para que se cumpla la decisión.
Consideraciones adicionales
Plazo para reclamar: No existe un plazo de prescripción para reclamar la nulidad de la cláusula IRPH. Sin embargo, hay plazos de prescripción para la devolución de las cantidades cobradas indebidamente, que generalmente empiezan a contar desde la firmeza de la sentencia que declara la nulidad.
Sentencias previas: Las sentencias previas del Tribunal Supremo y del Tribunal de Justicia de la Unión Europea han interpretado cómo se aplican los plazos en estos casos.
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Jose Luis Velazquez · Sevilla.Sevilla · Miércoles, 15 Octubre 2025 | 10:07:20 AM · resp. nº 3266
En resumidas cuentas, que ni contigo ni sin tí.Ni con tribunal supremo ni con el.
Según Ricardo, que parece saber de lo que habla, ni denunciando ni recurriendo ni pidiendo ni rogando hay mínimas posibilidades de que, al menos en vida veas que el banco te devuelva 10 euros.
No sé entonces porqué esos brotes verdes que se publicitan y nos alegran las pajarillas, tales como el Juez de tal ciudad y el de aquella otra y otra fallan a favor de cliente, no se acompaña del necesario bajar el balón al suelo, que sería, sí, pero cobrar -recuperar - lo tuyo ya entra en otras dimensiones.
Seguirás pagando 500 en lugar de 300, legalmente, hasta que decida- se mide en años, el banco.
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José Luis Velazquez · Sevilla-Sevilla · Martes, 14 Octubre 2025 | 11:22:02 AM · nº 7359
Esta claro que las presiones que recibe el Tribunal, no sólo desde el sector financiero sino también desde el Estado, van a influir en la decisión dejando claro una vez más el grado de independencia de los magistrados.
Optarán por alguna solución intermedia,devolver el caso otra vez a Europa cantaría en exceso.
No podemos, ni queremos, atender las demandas de un millón de afectados ni posicionarnos al cien por cien junto a los deseos de los bancos.
Los bancos perderán menos y los hipotecados recuperarán menos.
Responder
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José Luis Velazquez · Sevilla-Sevilla · Martes, 14 Octubre 2025 | 11:21:33 AM · nº 7358
Esta claro que las presiones que recibe el Tribunal, no sólo desde el sector financiero sino también desde el Estado, van a influir en la decisión dejando claro una vez más el grado de independencia de los magistrados.
Optarán por alguna solución intermedia,devolver el caso otra vez a Europa cantaría en exceso.
No podemos, ni queremos, atender las demandas de un millón de afectados ni posicionarnos al cien por cien junto a los deseos de los bancos.
Los bancos perderán menos y los hipotecados recuperarán menos.
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Andres · GRANADA, LA - BARCELONA · Lunes, 13 Octubre 2025 | 07:10:15 PM · nº 7357
Yo no sé qué espera la gente con esta sentencia. Una cosa es que nuestro ALTO tribunal, sito en el palco del Bernabéu, no haya encontrado la forma de acabar, de manera contundente, con las esperanzas de los plebeyos que hemos tenido que pedirles su dinero para tener el privilegio de tener un techo bajo el que vivir y de trabajar durante años para devolverles su dinero y los intereses con los que se pagan los canapés que les sirve el mayordomo felipe en el famoso palco y otra muy distinta es que ahora de repente se conviertan en juristas honestos y dejen de prevaricar, así, sin más, de un día para otro. Bueno, de momento ya sabemos que eso de lo de "un día para otro" no va a ser. Algunos se estarán revolviendo como la niña del exorcista.
Lo más lógico, conociendo al personal es que se limiten a decir que unas cláusulas valdrán y otras no, que lo tiene que valorar cada juez. Es decir lo que ya sabíamos todos. No van a dar ninguna seguridad jurídica a la gente que por necesidad se vio obligada a firmar cláusulas abusivas y ahora que ya sabe que ha sido estafada, duda si embarcarse o no en la aventura de una reclamación judicial.
Y entonces es cuando aparecen todos tipo de escoria que intenta aprovecharse, algunos por pura necesidad también (pobre roba a pobre) y otros porque aspiran algun día a recoger algunas migajas de los canapés.
Yo soy licenciado en derecho pero nunca he ejercido como abogado, ya estoy jubilado después de 45 años de funcionario. No soy ningún experto en derecho bancario ni nada parecido, lo único que sé de todo esto del IRPh y otras cláusulas es por mi propia hipoteca. Sin embargo, si alguien tiene alguna duda o alguna cuestión que yo le pueda aportar algo que me pregunte, no sé cómo se puede hacer eso por aquí, pero mi mail es andresruano@ gmail.com.
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Manu · Cordoba · Martes, 14 Octubre 2025 | 07:18:25 AM · resp. nº 3264
Nuestro abogado nos comenta que los del Supremo se pueden alargar de 2 a 10 años. Que no contemos con ello a corto plazo. Todo un despropósito
Putogallego · Santa coloma de Gramenet - Barcelona · Martes, 14 Octubre 2025 | 02:59:44 PM · resp. nº 3265
Lo que comentas de que puede tardar entre dos y diez años es para la gente que aun no ha empezado el procedimiento. Si las directrices son claras, los bancos no van a recurrir las sentencias en 1ª Instancia, ya que si recurren hasta el supremo se arriesgan a ser condenados en costas. Mi causa esta en el supremo desde el año 2019 e inicie la demanda en 2017. En 1ª Instancia gané a medias y recurrieron a la Audiencia, en la Audiencia perdí y fue cuando hice un recurso de casacion al Supremo y ahí esá parado hasta que haya una sentencia que aclare el asunto. Yo tengo claro que a mi me estafaron como a la mayoria, ni transparencia ni nada de nada, solo me vendieron que el IRPH era mas estable, ni comparaciones, ni explicaciones de ningun tipo. Ni diferencial negativo, ni leches, es mas, tengo un diferencial de +0,25 que aumento a 0,408 cuando desapareció IRPH cajas. Realmente no espero que me devuelvan lo pagado de mas, ya que todo es politica y los politicos les deben muchos favores a los bancos. Maldita corrupcion!!
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Darío · Reus Tarragona · Lunes, 13 Octubre 2025 | 12:20:50 PM · nº 7356
Alguien sabe algo....
Se alarga demasiado.....

Esto es peor que esperar a que termine el mes para cobrar...
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Ingrid · Barna · Lunes, 13 Octubre 2025 | 12:29:54 PM · resp. nº 3263
de momento nada amigo, a esperar.... Que manera de alargar la agonía ,no hay derecho

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