IRPH

Si no llega la cuota de la hipoteca IRPH: carencia, impago y lo que no firmar

Si no llega la cuota de la hipoteca IRPH: carencia, impago y lo que no firmar

Hay un momento concreto, no abstracto, en el que la cuota deja de caber. No es “el IRPH en general”: es el recibo de este mes, el saldo de la cuenta y el día en que el banco va a pasar el cargo. Si tu préstamo va referenciado al IRPH, esa cifra cambia cada revisión y el susto no siempre coincide con el titular de la prensa.

El índice se publica hacia el día 20. Tu banco lo aplica en la fecha de revisión que pone la escritura, no al día siguiente del BOE. Por eso una familia puede estar al día en marzo y ahogada en julio sin haber “dejado de pagar” a propósito. Lo primero es separar tres palabras que el comercial mezcla: carencia, aplazamiento e impago.

Clave: no firmes un “acuerdo de facilidades” el mismo día que te lo leen por teléfono. Pide el texto, calcula la cuota nueva con el simulador de revisión y mira qué derechos cedes.

Pareja revisando la escritura y la cuota de una hipoteca IRPH en la cocina

Tres palabras que no son lo mismo

Carencia suele significar que durante un plazo pagas solo intereses, o incluso no pagas cuota, y el capital se queda quieto o crece. La letra pequeña decide si esos meses se añaden al final o se comprimen después. Una carencia “que alivia” puede alargar años el préstamo.

Aplazamiento o fraccionamiento es mover recibos concretos: este mes no se carga, se reparte en los siguientes. No perdona deuda. Solo la empuja. Si el IRPH sigue alto, empujas una bola más cara.

Impago es no atender el recibo sin un pacto escrito. Ahí entran intereses de demora, comisión por reclamación y, si se acumulan cuotas, el riesgo de vencimiento anticipado. No es un “descanso informal”. Es un incumplimiento.

SituaciónQué ocurre con el capitalQué pedir por escrito
Carencia de capitalNo baja (o sube si capitalizan intereses)Plazo, tipo aplicable, si hay capitalización
Aplazamiento de 1–3 recibosSigue igual; se desplazan vencimientosCalendario nuevo y coste total
Impago sin pactoSigue igual + mora + comisionesNo hay pacto: hay reclamación

Antes de llamar: tres números de tu escritura

El índice: IRPH Entidades u otro. No mezcles con Euríbor. El valor vigente está en IRPH hoy y el histórico en IRPH histórico.

El diferencial y la fecha de revisión. Sin eso no sabes si el recibo de este mes ya lleva el IRPH nuevo o todavía el anterior.

El capital pendiente y los años que quedan. Con eso el simulador de hipoteca te dice qué cuota saldría si el índice baja, si amortizas o si alargas plazo.

Si no tienes esos tres datos, la conversación con el banco es teatro: ellos hablan de “ayudarte” y tú no puedes contrastar la cifra.

Qué pedir en la primera llamada (y qué no aceptar ahí)

Pide, por escrito o por la app del banco, una propuesta con: nueva cuota, duración, TAE resultante, comisiones y si el acuerdo incluye una renuncia a reclamar el IRPH u otras cláusulas. Esa última frase es el núcleo de muchos “alivios”.

Un recorte de 40 euros al mes a cambio de cerrar para siempre una reclamación por falta de transparencia puede ser un mal negocio. Calcula primero cuánto pagas de más con la calculadora IRPH vs Euríbor y luego mira la oferta.

No firmes en la oficina “para salir del paso”. Pide 48 horas. Lee en casa. Si el texto habla de novación, transacción o finiquito, no es un aplazamiento: es un contrato nuevo.

Carencia útil y carencia trampa

Una carencia corta (tres o seis meses) para cubrir un paro, una baja o una obra inesperada puede ser herramienta. Tiene sentido si hay fecha de reingreso de ingresos y si los intereses de esos meses no se capitalizan de forma opaca.

Una carencia larga que añade años, sube el diferencial o te ata a un seguro nuevo suele ser un crédito disfrazado de favor. Pregunta en voz alta: “¿cuánto habré pagado de más al final del préstamo?”. Si no saben contestarte, no es un favor: es un producto.

Compara la carencia con una amortización parcial pequeña. A veces conviene vender un coche o recortar un gasto y meter 2.000 euros a capital, no alargar el IRPH dos años más.

Impago: el reloj no es el de las redes

Un recibo devuelto no es un desahucio. Pero el segundo y el tercero activan protocolos internos. El banco puede ofrecer refinanciación, incluirte en ficheros si se cumplen los requisitos legales, o iniciar reclamación. El Código de Buenas Prácticas existe para determinados perfiles de vulnerabilidad; no es automático ni para todas las hipotecas.

Si crees que encajas en un código de protección, pregunta por el nombre exacto de la norma y los documentos (IRPF, certificado de empadronamiento, escritura). No aceptes un “ya te lo gestionamos” sin registro de entrada.

Paralelamente, el IRPH de tu contrato puede ser revisable en transparencia. Eso no paraliza solo el recibo de este mes, pero sí cambia la estrategia: no regales esa vía en un finiquito para ahorrarte dos cuotas.

Papeles que sí y firmas que no

  • Recibos de los últimos 12 meses y carta de la última revisión.
  • Escritura completa, no solo la primera hoja.
  • Simulación propia con el IRPH actual de IRPH.es.
  • Renuncia genérica a “acciones presentes y futuras” sobre el índice.
  • Seguro o tarjeta “porque si no no hay carencia”.
  • Cambio de titular o avalista nuevo sin asesoramiento.

Un orden que se puede ejecutar esta semana

Día 1: baja el PDF del último IRPH en IRPH BOE y anota el valor de tu mes de revisión. Día 2: mete capital, plazo y diferencial en el simulador. Día 3: escribe al banco pidiendo propuesta por escrito, sin firmar nada en ventanilla.

Si quieres contrastar cómo lo han hecho otros, el foro IRPH sirve para trámites y bancos, no como sentencia. Si el caso mezcla revolving, cláusula de vehículo o una escritura opaca, la caja de AMILCA ABOGADOS en la portada es un canal de consulta, no un atajo mágico.

Cierre útil: la cuota que no llega se atiende con números y con un papel que puedas releer. El IRPH se actualiza cada mes; tu firma, si cedes derechos, no se actualiza: se queda.

Comentarios

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Andres · Santa Cruz de Tenerife · Jueves, 23 Octubre 2025 | 05:47:28 PM · nº 7375
CARA DE CARA PORQUE NO TE METES TU ENLACE DONDE NO TE DA EL SOL PEDAZO DE MIE....NO TE MERECES ESTAR EN ESTE GRUPO Y ESPERO QUE TOMENTOTA PARA QUE NO APARESCAS NUNCA MAS, PEDAZO DE MIERDA.
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Andrea · Lanazarote · Viernes, 24 Octubre 2025 | 01:02:08 PM · resp. nº 3284
El misterio del retraso: ¿Por qué tarda el Supremo en el IRPH?
por Solvendi Abogados
21/10/2025
IRPH

Tabla de Contenido
¿Qué es el IRPH y por qué es tan relevante esta sentencia?
El retraso: ¿Coincidencia o estrategia?
Comparativa: TJUE vs. Tribunal Supremo
¿Qué significa para los afectados?
¿Qué hacer mientras esperamos?
Solvendi Abogados: tu aliado en la lucha por tus derechos
Han pasado más de 20 días desde el 1 de octubre de 2025, fecha en la que se esperaba la tan ansiada sentencia del Tribunal Supremo sobre el IRPH (Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios). Sin embargo, la resolución sigue sin ver la luz, manteniendo en vilo a más de un millón de hipotecados en España. Este retraso, lejos de ser un simple trámite administrativo, está generando especulaciones, especialmente por las aparentes contradicciones entre las posturas del Tribunal Supremo y la doctrina consolidada del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE). En Solvendi Abogados analizamos el contexto, las implicaciones y qué pueden esperar los afectados mientras el reloj sigue corriendo.

¿Qué es el IRPH y por qué es tan relevante esta sentencia?
El IRPH es un índice utilizado por algunas entidades bancarias para calcular los intereses de las hipotecas, alternativo al Euríbor. Durante años, ha sido objeto de controversia por su falta de transparencia y su impacto en los bolsillos de los hipotecados, quienes, según estimaciones, podrían estar pagando hasta 2.000 euros más al año en comparación con una hipoteca referenciada al Euríbor. El TJUE, en sentencias clave como la de diciembre de 2024, ha sido claro: las cláusulas que incluyen el IRPH deben ser transparentes y comprensibles para el consumidor medio. Si no cumplen estos requisitos, pueden declararse abusivas y, por tanto, nulas, abriendo la puerta a la devolución de cantidades cobradas de más. Sin embargo, el Tribunal Supremo español ha mostrado en fallos previos una interpretación más laxa, considerando suficiente la publicación del índice en el BOE como prueba de transparencia, una postura que ha chocado con la visión europea.

El retraso: ¿Coincidencia o estrategia?
Desde el 1 de octubre, la expectativa por la sentencia del Supremo ha ido en aumento. Diversas fuentes apuntaban a una resolución inminente, pero el silencio del tribunal ha alimentado teorías sobre las razones del retraso. Entre ellas:


Complejidad del caso: El Supremo debe alinear su fallo con la doctrina del TJUE, lo que implica revisar cientos de miles de contratos hipotecarios. Un fallo en contra de los bancos podría desencadenar una avalancha de demandas, con un impacto económico estimado en miles de millones de euros para el sector financiero.
Presión por la coherencia: Las contradicciones históricas entre el Supremo y el TJUE han puesto al tribunal español en una posición delicada. Un fallo que ignore la doctrina europea podría derivar en nuevas preguntas prejudiciales al TJUE, prolongando la incertidumbre.
Factores internos: Aunque menos probable, no se descartan cuestiones logísticas o deliberaciones internas prolongadas, dado el volumen de afectados y la relevancia mediática del caso.


Comparativa: TJUE vs. Tribunal Supremo
Para entender el trasfondo, esta tabla resume las posiciones enfrentadas:
Aspecto
Doctrina TJUE
Posición Supremo (Histórica)
Impacto Potencial
Transparencia
Obligatoria, con información clara y comprensible para el consumidor medio.
Publicación en BOE es suficiente; no siempre exige explicación detallada.
Nulidad de cláusulas IRPH en miles de hipotecas, con devolución de intereses cobrados.
Control de abusividad
Evaluación caso por caso, con énfasis en el perjuicio al consumidor.
Tendencia a no declarar abusivas las cláusulas si cumplen mínimos formales.
Posible avalancha de demandas si el Supremo se alinea con el TJUE.
Plazo de resolución
No aplica directamente, pero urge celeridad en la justicia nacional.
Retraso actual desde el 1/10/2025 sin fecha clara.
Incertidumbre para más de 1 millón de hipotecados, con riesgo de más dilaciones.


¿Qué significa para los afectados?
El retraso no solo genera ansiedad, sino que prolonga una situación de incertidumbre ante las contradicciones de la jurisprudencia nacional respecto a la jurisprudencia comunitaria. Si el Supremo declara la nulidad de las cláusulas IRPH, los afectados podrían reclamar:


Devolución de intereses pagados de más desde la firma de la hipoteca.
Recálculo de la hipoteca con un índice alternativo (como el Euríbor) o incluso sin intereses, según el caso.
Costas procesales, en caso de litigio exitoso contra el banco.

Sin embargo, si el Supremo mantiene su postura histórica, muchos afectados se verán afectados teniendo que volver a plantear cuestiones prejudiciales ante el TJUE que estrechen todavía más el cerco al Tribunal Supremo en su interpretación y aplicación de la jurisprudencia comunitaria.
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Jaime · A Coruña · Jueves, 23 Octubre 2025 | 03:23:38 PM · nº 7374
Parece que hay cambios de criterio en el TS. 3 sentencias de hace 3 días donde, según el artículo, se recoge que "El Supremo lanza un mensaje inequívoco: cuando el cliente no comprende lo que firma porque el banco no ha cumplido su deber de información y asesoramiento, el contrato es nulo y el perjuicio debe repararse íntegramente". Esperemos que se pronuncie en el mismo sentido cuando juzgue el IRPH y no cambie en
los días que quedan hasta la publicación de su resolución sobre el índice mencionado. Ánimo.

https://www.economistjurist.es/actualidad-juridica/jurisprudencia/golpe-judicial-a-la-banca-por-los-swaps-el-supremo-obliga-a-caixabank-y-a-otros-bancos-a-indemnizar/
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Eduardo · Manzanares el Real · Miércoles, 22 Octubre 2025 | 03:40:39 PM · nº 7373
Recuperar los gastos hipotecarios sin prescripción
La decisión marca un antes y un después en la larga batalla judicial de los consumidores españoles contra las entidades financieras...
https://sge.st/vTbeKLp
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Mango · cartagena · Jueves, 23 Octubre 2025 | 07:59:52 AM · resp. nº 3280
Buenos días

Este enlace te lleva a un portal donde te entran al ordenador y te roban los datos bancarios

No entreis
rosita · Sevilla · Jueves, 23 Octubre 2025 | 12:11:07 PM · resp. nº 3281
Mango, a ti si que te han robado, pero el cerebro.
Cara · Cara · Jueves, 23 Octubre 2025 | 12:39:37 PM · resp. nº 3282
Enlace al supremo con novedades

https://tastyslips.com/products/865965/olorosos-calcetines-muy-sudados

Ver las 4 respuestas →

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Andres · Santa Cruz de Tenerife · Miércoles, 22 Octubre 2025 | 02:57:34 PM · nº 7372
Tiene razón Ángel el TS se ha movido parece...
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Antonio · Barcelona ripollet · Martes, 21 Octubre 2025 | 07:17:22 PM · nº 7371
Pues yo tanpoco veo nada sobre e irph en ese enlace
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Cara · Cara · Miércoles, 22 Octubre 2025 | 10:07:56 AM · resp. nº 3278
es un enlace falso, te lleva a una web donde te pide datos personales y te roban el dinero de tu cuenta bancaria
DMM · Barcelona · Miércoles, 22 Octubre 2025 | 01:56:41 PM · resp. nº 3279
El enlace lleva a esta página, y aquí se puede leer Agenda de señalamientos en el TS en la semana del 20 al 24 de octubre de 2025

https://www.poderjudicial.es/cgpj/es/Poder-Judicial/Tribunal-Supremo/Actividad-del-TS/Agenda-de-senalamientos/Agenda-de-senalamientos-en-el-TS-en-la-semana-del-20-al-24-de-octubre-de-2025?utm_source=chatgpt.com

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Andres · TINCER · Martes, 21 Octubre 2025 | 03:21:10 PM · nº 7370
Hola Ángel , puedes decirme de que manera se a movido el TS sobre irph, es que no lo veo, gracias.
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Angel · Tarragona · Martes, 21 Octubre 2025 | 04:27:49 PM · resp. nº 3276
Buenas.
El enlace te lleva a la agenda del día, si te descargas el pdf ves sobre que se a sentenciado ,,,ejemplo para nosotros a las 10:00 se a tomado la decisión sobre clausulas abusivas y después si sigues leyendo leyendo otras sobre contratos hipotecarios, en el foro de irph de facebook salen las fotos.Ya no estan pensando han tomado la decisión y esperemos una nota de prensa o la sentencia que eso lo desconozco.
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Angel · Tarragona · Martes, 21 Octubre 2025 | 12:33:46 PM · nº 7369
Parece que hoy si se a movido el Supremo sobre el irph https://www.poderjudicial.es/cgpj/es/Poder-Judicial/Tribunal-Supremo/Actividad-del-TS/Agenda-de-senalamientos/Agenda-de-senalamientos-en-el-TS-en-la-semana-del-20-al-24-de-octubre-de-2025?utm_source=chatgpt.com
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Vaana · Ripoll · Martes, 21 Octubre 2025 | 04:49:41 PM · resp. nº 3277
No puedo abrir enlace,que dice el tribunal Supremo?
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Eduardo · Manzanares el Real · Domingo, 19 Octubre 2025 | 07:05:55 PM · nº 7368

Muchos juzgados ya aplican el criterio del TJUE con el IRPH
El retraso del Tribunal Supremo no solo causa perjuicios económicos, sino también emocionales: hogares que no llegan a fin de mes, personas que han perdido su vivienda y otras que ya no pueden recurrir sus sentencias firmes. Todo por la inacción de un tribunal que debería garantizar justicia, no impunidad.

https://www.aquimicasa.net/blog/vivienda/compraventa-de-viviendas/muchos-juzgados-ya-aplican-el-criterio-del-tjue-con-el-irph/
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Luis · Madrid · Lunes, 20 Octubre 2025 | 12:49:29 PM · resp. nº 3275
Durante más de una década, el Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios (IRPH) ha sido el epicentro de una de las mayores injusticias financieras sufridas por los consumidores españoles. Más de un millón de familias firmaron hipotecas vinculadas a este índice, confiando en sus bancos y sin saber que estaban aceptando unas condiciones que les harían pagar miles de euros más que quienes tenían préstamos referenciados al euríbor. Hoy, por fin, muchos juzgados comienzan a aplicar el criterio europeo, pero el daño ya está hecho. ?

A pesar de la escandalosa tardanza del Supremo para dar su brazo a torcer, las sentencias favorables se extienden
Los jueces españoles han comenzado a aplicar la doctrina del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), que el pasado 12 de diciembre de 2024 determinó que las hipotecas referenciadas al IRPH deben someterse a un control de transparencia. Desde entonces, diferentes juzgados y audiencias provinciales —como la de Soria, San Sebastián o Murcia— han anulado el IRPH al considerar que las entidades no ofrecieron a los consumidores información suficiente sobre su funcionamiento. Estas resoluciones suponen una victoria moral para los afectados, aunque llega demasiado tarde para muchos que han perdido su vivienda o han sido arrastrados a la ruina por cuotas hipotecarias desorbitadas.

Distintas sentencias y criterios
Las decisiones judiciales han sido variadas, reflejando el caos y la inseguridad jurídica que ha imperado durante años. Mientras algunos jueces sustituyen el IRPH por el euríbor y obligan a la banca a devolver las cantidades cobradas de más, otros han llegado a anular por completo el contrato hipotecario, dejando al consumidor libre de intereses y al banco obligado a devolver las cuotas abonadas. Sin embargo, todavía existen juzgados que mantienen el criterio del Tribunal Supremo español, que hasta ahora ha protegido descaradamente a las entidades financieras. Esta disparidad demuestra que el Supremo ha actuado con una tardanza injustificable</, generando confusión y desigualdad entre los afectados.

La falta de transparencia es manifiesta
El TJUE dejó claro que el hecho de que el IRPH sea un índice oficial no exime a los bancos de su deber de transparencia. Las entidades debían haber explicado a los clientes que el IRPH se calcula en función de la TAE media, que incluye no solo intereses, sino también comisiones y gastos. Además, debían informar de que el Banco de España recomendó en 1994 aplicar un diferencial negativo para compensar el encarecimiento del índice. Nada de eso se comunicó. Los contratos se firmaron sin información comprensible ni accesible, con una opacidad que vulnera el principio básico de protección al consumidor. Las sentencias más recientes, como las de Soria y San Sebastián, subrayan que ningún cliente podía entender las consecuencias de vincular su hipoteca al IRPH con la información que se le proporcionaba.

También hay juzgados que siguen el criterio del Supremo y fallan contra los afectados
No obstante, todavía hay tribunales que siguen el camino marcado por el Supremo español, alegando que el IRPH es un índice oficial publicado en el BOE y, por tanto, no puede considerarse abusivo. Esta postura ignora el mandato europeo y perpetúa el sufrimiento de miles de familias que continúan pagando cuotas muy superiores a las del mercado. La contradicción entre tribunales erosiona la confianza en la Justicia española y evidencia que el Supremo, lejos de velar por los derechos de los ciudadanos, ha actuado como escudo de la banca, anteponiendo sus intereses a los de los consumidores.

La tardanza del Tribunal Supremo es escandalosa y causa situaciones de injusticia
El Supremo deliberó el pasado 1 de octubre sobre la última sentencia del TJUE, pero aún no ha hecho pública su postura. Cada día que pasa sin pronunciarse condena a miles de familias a seguir pagando intereses abusivos. El retraso no solo causa perjuicios económicos, sino también emocionales: hogares que no llegan a fin de mes, personas que han perdido su vivienda y otras que ya no pueden recurrir sus sentencias firmes. Todo por la inacción de un tribunal que debería garantizar justicia, no impunidad.

El caso IRPH pasará a la historia como un ejemplo de cómo el sistema judicial puede fallar a los ciudadanos cuando más lo necesitan. Mientras el Supremo sigue mirando hacia otro lado, los juzgados de base están haciendo justicia, aplicando el criterio europeo y reconociendo lo que desde hace años era evidente: el IRPH es un índice opaco, abusivo y diseñado para beneficiar a la banca en detrimento del consumidor.
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Neus · Barcelona · Domingo, 19 Octubre 2025 | 03:31:08 PM · nº 7367
https://diariosabemos.com/analisis/irph-supremo-pone-en-riesgo-espana_512366_102.html
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Ron · El Vendrell- Tarragona · Viernes, 17 Octubre 2025 | 05:50:57 PM · nº 7366
Nuevo video de Erauskin https://youtu.be/5lzPh_FWnfc?si=jn2OeVuBrjkPLuKA
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Ronaldo · Cristiano · Lunes, 20 Octubre 2025 | 10:52:20 AM · resp. nº 3274
Es el cantante de Azuquita hablando

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