IRPH

Si no llega la cuota de la hipoteca IRPH: carencia, impago y lo que no firmar

Si no llega la cuota de la hipoteca IRPH: carencia, impago y lo que no firmar

Hay un momento concreto, no abstracto, en el que la cuota deja de caber. No es “el IRPH en general”: es el recibo de este mes, el saldo de la cuenta y el día en que el banco va a pasar el cargo. Si tu préstamo va referenciado al IRPH, esa cifra cambia cada revisión y el susto no siempre coincide con el titular de la prensa.

El índice se publica hacia el día 20. Tu banco lo aplica en la fecha de revisión que pone la escritura, no al día siguiente del BOE. Por eso una familia puede estar al día en marzo y ahogada en julio sin haber “dejado de pagar” a propósito. Lo primero es separar tres palabras que el comercial mezcla: carencia, aplazamiento e impago.

Clave: no firmes un “acuerdo de facilidades” el mismo día que te lo leen por teléfono. Pide el texto, calcula la cuota nueva con el simulador de revisión y mira qué derechos cedes.

Pareja revisando la escritura y la cuota de una hipoteca IRPH en la cocina

Tres palabras que no son lo mismo

Carencia suele significar que durante un plazo pagas solo intereses, o incluso no pagas cuota, y el capital se queda quieto o crece. La letra pequeña decide si esos meses se añaden al final o se comprimen después. Una carencia “que alivia” puede alargar años el préstamo.

Aplazamiento o fraccionamiento es mover recibos concretos: este mes no se carga, se reparte en los siguientes. No perdona deuda. Solo la empuja. Si el IRPH sigue alto, empujas una bola más cara.

Impago es no atender el recibo sin un pacto escrito. Ahí entran intereses de demora, comisión por reclamación y, si se acumulan cuotas, el riesgo de vencimiento anticipado. No es un “descanso informal”. Es un incumplimiento.

SituaciónQué ocurre con el capitalQué pedir por escrito
Carencia de capitalNo baja (o sube si capitalizan intereses)Plazo, tipo aplicable, si hay capitalización
Aplazamiento de 1–3 recibosSigue igual; se desplazan vencimientosCalendario nuevo y coste total
Impago sin pactoSigue igual + mora + comisionesNo hay pacto: hay reclamación

Antes de llamar: tres números de tu escritura

El índice: IRPH Entidades u otro. No mezcles con Euríbor. El valor vigente está en IRPH hoy y el histórico en IRPH histórico.

El diferencial y la fecha de revisión. Sin eso no sabes si el recibo de este mes ya lleva el IRPH nuevo o todavía el anterior.

El capital pendiente y los años que quedan. Con eso el simulador de hipoteca te dice qué cuota saldría si el índice baja, si amortizas o si alargas plazo.

Si no tienes esos tres datos, la conversación con el banco es teatro: ellos hablan de “ayudarte” y tú no puedes contrastar la cifra.

Qué pedir en la primera llamada (y qué no aceptar ahí)

Pide, por escrito o por la app del banco, una propuesta con: nueva cuota, duración, TAE resultante, comisiones y si el acuerdo incluye una renuncia a reclamar el IRPH u otras cláusulas. Esa última frase es el núcleo de muchos “alivios”.

Un recorte de 40 euros al mes a cambio de cerrar para siempre una reclamación por falta de transparencia puede ser un mal negocio. Calcula primero cuánto pagas de más con la calculadora IRPH vs Euríbor y luego mira la oferta.

No firmes en la oficina “para salir del paso”. Pide 48 horas. Lee en casa. Si el texto habla de novación, transacción o finiquito, no es un aplazamiento: es un contrato nuevo.

Carencia útil y carencia trampa

Una carencia corta (tres o seis meses) para cubrir un paro, una baja o una obra inesperada puede ser herramienta. Tiene sentido si hay fecha de reingreso de ingresos y si los intereses de esos meses no se capitalizan de forma opaca.

Una carencia larga que añade años, sube el diferencial o te ata a un seguro nuevo suele ser un crédito disfrazado de favor. Pregunta en voz alta: “¿cuánto habré pagado de más al final del préstamo?”. Si no saben contestarte, no es un favor: es un producto.

Compara la carencia con una amortización parcial pequeña. A veces conviene vender un coche o recortar un gasto y meter 2.000 euros a capital, no alargar el IRPH dos años más.

Impago: el reloj no es el de las redes

Un recibo devuelto no es un desahucio. Pero el segundo y el tercero activan protocolos internos. El banco puede ofrecer refinanciación, incluirte en ficheros si se cumplen los requisitos legales, o iniciar reclamación. El Código de Buenas Prácticas existe para determinados perfiles de vulnerabilidad; no es automático ni para todas las hipotecas.

Si crees que encajas en un código de protección, pregunta por el nombre exacto de la norma y los documentos (IRPF, certificado de empadronamiento, escritura). No aceptes un “ya te lo gestionamos” sin registro de entrada.

Paralelamente, el IRPH de tu contrato puede ser revisable en transparencia. Eso no paraliza solo el recibo de este mes, pero sí cambia la estrategia: no regales esa vía en un finiquito para ahorrarte dos cuotas.

Papeles que sí y firmas que no

  • Recibos de los últimos 12 meses y carta de la última revisión.
  • Escritura completa, no solo la primera hoja.
  • Simulación propia con el IRPH actual de IRPH.es.
  • Renuncia genérica a “acciones presentes y futuras” sobre el índice.
  • Seguro o tarjeta “porque si no no hay carencia”.
  • Cambio de titular o avalista nuevo sin asesoramiento.

Un orden que se puede ejecutar esta semana

Día 1: baja el PDF del último IRPH en IRPH BOE y anota el valor de tu mes de revisión. Día 2: mete capital, plazo y diferencial en el simulador. Día 3: escribe al banco pidiendo propuesta por escrito, sin firmar nada en ventanilla.

Si quieres contrastar cómo lo han hecho otros, el foro IRPH sirve para trámites y bancos, no como sentencia. Si el caso mezcla revolving, cláusula de vehículo o una escritura opaca, la caja de AMILCA ABOGADOS en la portada es un canal de consulta, no un atajo mágico.

Cierre útil: la cuota que no llega se atiende con números y con un papel que puedas releer. El IRPH se actualiza cada mes; tu firma, si cedes derechos, no se actualiza: se queda.

Comentarios

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Loles · En un lugar de la mancha · Jueves, 23 Agosto 2018 | 06:59:25 AM · nº 4388
Noticias frescas, amigos del IRPH

http://www.legaltoday.com/practica-juridica/civil/civil/la-suspension-por-prejudicialidad-civil-en-los-procedimientos-judiciales-con-clausula-irph
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JoseG · Gijon-Asturias · Miércoles, 22 Agosto 2018 | 06:35:06 PM · nº 4387
Por cierto ya no me fio de las administradores de este foro.He querido explicar con mas detalle lo que hay en la direccion que os he enviado y por 3 veces me sale codigo erroneo o algo asi.No les gustaba lo que explicaba por lo visto ,En cuanto he puesto solo la direccion""oiga ningun problema""
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Pamida · Villamartín-Cádiz · Miércoles, 22 Agosto 2018 | 09:58:16 PM · resp. nº 571
De esa idea hay ya muchas gente. Solo tienes que ver las publicaciones que hay. Creamos un foro libre!!!!!
Isa · Madrid · Jueves, 23 Agosto 2018 | 07:01:01 AM · resp. nº 572
Creo que el problema lo tienes tu que no tienes ni idea de como poner mensajes
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JoseG · Gijon-Asturias · Miércoles, 22 Agosto 2018 | 06:31:22 PM · nº 4386
Solo entrad aqui si no quereis pagar de mas https://es-es.facebook.com/StopClausulaSueloHipotecas/
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Cristina · Humanes -Madrid · Miércoles, 15 Agosto 2018 | 01:21:48 PM · nº 4385
Buenas tardes,

Recientemente me enteré del tema este del IRPH. Pues bien, mis padres firmaron una hipoteca con UCI que se regía por este índice. Hace 2 años nos concedieron la dación en pago y posterior alquiler social.

Es posible reclamar en este supuesto?

Gracias
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maria · asturias · Lunes, 27 Agosto 2018 | 06:06:03 PM · resp. nº 574
Para enviar tu caso a las autoridades tecnicas europeas, puedes enviar una copia de la hipoteca a normastecnicas@economistas.org, es gratuito.
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Javier - Reclama Por Mí · Bizkaia · Martes, 14 Agosto 2018 | 07:34:02 AM · nº 4384
Hola a todos los afectados,



Aprovechamos para recordar lo que dijimos hace algunos días desde reclamapormi.com en referencia a reclamar IRPH.



Guías para los afectados por IRPH:



1- Si tu caso aún no ha sido juzgado recomendamos desde http://www.reclamapormi.com mantenerse a la espera de la sentencia del TJUE. Sabemos que hay que esperar y que en muchos casos puede suponer pagar unas cuotas en la hipoteca muy altas. No obstante, el riesgo de iniciar un trámite por la vía judicial es altísimo ya que el TJUE puede no pronunciarse a tiempo y el coste de apelar es alto y además limitado. No recomendamos iniciar ningún proceso. Quien quiera saber cómo proceder que deje su reclamación aquí y le explicaremos como hacerlo: https://www.reclamapormi.com/reclamacion/



2- A todos aquellos que hayáis iniciado el trámite:Lamentablemente tenéis que tomar una decisión muy difícil. Tenéis que valorar el riesgo/beneficio conociendo el coste de apelar el primera y segunda instancia llegado el caso frente al coste de oportunidad que supone dejar de reclamar por IRPH si el TJUE le da la vuelta.



Como sabréis la mayoría de los afectados por IRPH, puede reclamar por los gastos hipotecarios o incluso puede que tenga suelo además de IRPH.



Debéis saber que se puede empezar por reclamar los gastos hipotecarios o el suelo y posteriormente, si la justicia falla a nuestro favor, reclamar por el IRPH. No es necesario, y desde http://www.reclamapormi.com no recomendamos iniciar un proceso judicial por el IRPH hasta que se sepa más.



A todo aquél que tenga dudas sobre qué hacer podemos asesorar a quien lo desee sobre el tema para que conozca los pros y los contras antes de tomar la decisión.



Recomendamos antes de iniciar cualquier contratación, reclamación extrajudicial, demanda judicial o acuerdo con el banco que antes se asesore a que hay decisiones que tienen consecuencias legales importantes.



Esperamos ser de ayuda. Reclama Por Mí.
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Juan · Reus - Tarragona · Lunes, 06 Agosto 2018 | 06:57:17 PM · nº 4383
Hola a todos, solo quiero hacer una pequeña puntualización, que aunque parezca una tonteria, es y puede ser muy relevante para muchos afectados por el IRPH. Cuando se comenta en el foro que cuanto tiempo falta para que se pronuncie Europa, se responde de forma generalizada "2 años". Pues bien, desde el mes de febrero que se admitio a tramite por el Tribunal de Justicia Eutopeo, ya han pasado 6 meses, y creo que esa esperanza que tenemos todos se merece que digamos que actualmente seria un año y medio, mas o menos lo que tenemos que esperar.
Por supuesto ojala fuera un poco antes.
Un saludo, y animo a todos !!!
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David · BARCELONA · Jueves, 16 Agosto 2018 | 01:01:10 AM · resp. nº 569
Hola Juan,
Yo soy muy negativo y creo que después de este año y medio que tenemos que esperar, la banca recurrirá y luego otro recurso de casación y eso nos llevará a 5 o 6 años.
kikolg · Toledo · Jueves, 16 Agosto 2018 | 12:26:36 PM · resp. nº 570
Pues yo David, al contrario que tú, aún tengo esperanza y no perderé la ilusión de que esta vez sí nos den la razón.
Entre todos debemos de animarnos hasta que llegue el dia, en que nos den o quiten la razón.
Pero mientras (al menos yo) trataré de dar palabras de ánimo a la gente, que para sufrir y llorar ya tendremos tiempo y para desanimarnos ya tenemos a nuestro "querido" banco.

David, como dicen: "Todo tiene solución menos la muerte." (Y por lo que tengo entendido estan en ello )

Animos!!!!


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ESTHER · BARCELONA · Viernes, 03 Agosto 2018 | 06:56:13 AM · nº 4382
buenos dias Monste, he leido que europa por lo menos en dos años no van a dictar sentencia, los bancos quieren que los jueces españoles dicten sentencia a favor de ellos, y luego tambien saben los bancos que el euribor esta empezando a subir. son unos listos
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Montse · Rubí-Barcelona · Viernes, 03 Agosto 2018 | 06:14:07 AM · nº 4381
Buenos días,

Alguien sabe cuánto puede tardar en salir la sentencia del TJUE? Nosotros nos han puesto la apelación en septiembre no todos los juzgados están parando los procedimientos y venga a pagar nos quieren arruinar antes para que lo dejemos estar. Como alguien ha dicho en el foro los que estamos luchando desde el principio aún seremos los más perjudicados. Yo también creo que vamos a ganar pero espero que sea este 2018. Feliz día a todo el mundo.
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Alfonso · Madrid · Viernes, 03 Agosto 2018 | 04:15:24 AM · nº 4380
Euribor Junio: 1,862 bajando con cuentagotas ... pero para alguno sera un pequeño alivio.





A ver si Europa se pronuncia y nos da la razon YA.
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David · Alcalá de guadaira · Jueves, 02 Agosto 2018 | 10:49:41 PM · nº 4379
Mi duda es la siguiente que opciónes tenemos los que estamos ya juzgados pues somo los que hemos construido este camino y parece que vamos a hacer los más perjudicados, se me podría aclarar? Gracias y ánimos a todos estamos en la recta final
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Oscar · Irun (Gipuzkoa) · Sábado, 04 Agosto 2018 | 01:36:20 PM · resp. nº 567
Hola, no quiero ser el malo de la película. Pero ten por seguro que aunque intentes denunciar de nuevo, el banco alegará que cosa juzgada no puede volver a ser juzgada.
Espero que de alguna manera lo que decida el TJUE te pueda servir por lo menos para no seguir pagando de mas. Un saludo
maria · asturias · Miércoles, 08 Agosto 2018 | 02:11:16 PM · resp. nº 568
Para saber si tu contrato incumple las normas técnicas puedes enviar una copia a normastecnicas@economistas.org es gratuito. Las normas técnicas son formulas matemáticas estandarizadas que establecen correspondencias entre distintas clausulas o especificaciones de los contratos. Se trata de un motivo distinto por el que tu contrato puede ser nulo.
Ana · Madrid · Viernes, 21 Sept. 2018 | 10:30:39 PM · resp. nº 589
Hola, los que habéis iniciado la vía judicial TENÉIS QUE SEGUIR ya que, en el supuesto de que el TJUE falle a nuestro favor -NO PODRÉIS VOLVER A RECLAMAR-

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