IRPH

Si no llega la cuota de la hipoteca IRPH: carencia, impago y lo que no firmar

Si no llega la cuota de la hipoteca IRPH: carencia, impago y lo que no firmar

Hay un momento concreto, no abstracto, en el que la cuota deja de caber. No es “el IRPH en general”: es el recibo de este mes, el saldo de la cuenta y el día en que el banco va a pasar el cargo. Si tu préstamo va referenciado al IRPH, esa cifra cambia cada revisión y el susto no siempre coincide con el titular de la prensa.

El índice se publica hacia el día 20. Tu banco lo aplica en la fecha de revisión que pone la escritura, no al día siguiente del BOE. Por eso una familia puede estar al día en marzo y ahogada en julio sin haber “dejado de pagar” a propósito. Lo primero es separar tres palabras que el comercial mezcla: carencia, aplazamiento e impago.

Clave: no firmes un “acuerdo de facilidades” el mismo día que te lo leen por teléfono. Pide el texto, calcula la cuota nueva con el simulador de revisión y mira qué derechos cedes.

Pareja revisando la escritura y la cuota de una hipoteca IRPH en la cocina

Tres palabras que no son lo mismo

Carencia suele significar que durante un plazo pagas solo intereses, o incluso no pagas cuota, y el capital se queda quieto o crece. La letra pequeña decide si esos meses se añaden al final o se comprimen después. Una carencia “que alivia” puede alargar años el préstamo.

Aplazamiento o fraccionamiento es mover recibos concretos: este mes no se carga, se reparte en los siguientes. No perdona deuda. Solo la empuja. Si el IRPH sigue alto, empujas una bola más cara.

Impago es no atender el recibo sin un pacto escrito. Ahí entran intereses de demora, comisión por reclamación y, si se acumulan cuotas, el riesgo de vencimiento anticipado. No es un “descanso informal”. Es un incumplimiento.

SituaciónQué ocurre con el capitalQué pedir por escrito
Carencia de capitalNo baja (o sube si capitalizan intereses)Plazo, tipo aplicable, si hay capitalización
Aplazamiento de 1–3 recibosSigue igual; se desplazan vencimientosCalendario nuevo y coste total
Impago sin pactoSigue igual + mora + comisionesNo hay pacto: hay reclamación

Antes de llamar: tres números de tu escritura

El índice: IRPH Entidades u otro. No mezcles con Euríbor. El valor vigente está en IRPH hoy y el histórico en IRPH histórico.

El diferencial y la fecha de revisión. Sin eso no sabes si el recibo de este mes ya lleva el IRPH nuevo o todavía el anterior.

El capital pendiente y los años que quedan. Con eso el simulador de hipoteca te dice qué cuota saldría si el índice baja, si amortizas o si alargas plazo.

Si no tienes esos tres datos, la conversación con el banco es teatro: ellos hablan de “ayudarte” y tú no puedes contrastar la cifra.

Qué pedir en la primera llamada (y qué no aceptar ahí)

Pide, por escrito o por la app del banco, una propuesta con: nueva cuota, duración, TAE resultante, comisiones y si el acuerdo incluye una renuncia a reclamar el IRPH u otras cláusulas. Esa última frase es el núcleo de muchos “alivios”.

Un recorte de 40 euros al mes a cambio de cerrar para siempre una reclamación por falta de transparencia puede ser un mal negocio. Calcula primero cuánto pagas de más con la calculadora IRPH vs Euríbor y luego mira la oferta.

No firmes en la oficina “para salir del paso”. Pide 48 horas. Lee en casa. Si el texto habla de novación, transacción o finiquito, no es un aplazamiento: es un contrato nuevo.

Carencia útil y carencia trampa

Una carencia corta (tres o seis meses) para cubrir un paro, una baja o una obra inesperada puede ser herramienta. Tiene sentido si hay fecha de reingreso de ingresos y si los intereses de esos meses no se capitalizan de forma opaca.

Una carencia larga que añade años, sube el diferencial o te ata a un seguro nuevo suele ser un crédito disfrazado de favor. Pregunta en voz alta: “¿cuánto habré pagado de más al final del préstamo?”. Si no saben contestarte, no es un favor: es un producto.

Compara la carencia con una amortización parcial pequeña. A veces conviene vender un coche o recortar un gasto y meter 2.000 euros a capital, no alargar el IRPH dos años más.

Impago: el reloj no es el de las redes

Un recibo devuelto no es un desahucio. Pero el segundo y el tercero activan protocolos internos. El banco puede ofrecer refinanciación, incluirte en ficheros si se cumplen los requisitos legales, o iniciar reclamación. El Código de Buenas Prácticas existe para determinados perfiles de vulnerabilidad; no es automático ni para todas las hipotecas.

Si crees que encajas en un código de protección, pregunta por el nombre exacto de la norma y los documentos (IRPF, certificado de empadronamiento, escritura). No aceptes un “ya te lo gestionamos” sin registro de entrada.

Paralelamente, el IRPH de tu contrato puede ser revisable en transparencia. Eso no paraliza solo el recibo de este mes, pero sí cambia la estrategia: no regales esa vía en un finiquito para ahorrarte dos cuotas.

Papeles que sí y firmas que no

  • Recibos de los últimos 12 meses y carta de la última revisión.
  • Escritura completa, no solo la primera hoja.
  • Simulación propia con el IRPH actual de IRPH.es.
  • Renuncia genérica a “acciones presentes y futuras” sobre el índice.
  • Seguro o tarjeta “porque si no no hay carencia”.
  • Cambio de titular o avalista nuevo sin asesoramiento.

Un orden que se puede ejecutar esta semana

Día 1: baja el PDF del último IRPH en IRPH BOE y anota el valor de tu mes de revisión. Día 2: mete capital, plazo y diferencial en el simulador. Día 3: escribe al banco pidiendo propuesta por escrito, sin firmar nada en ventanilla.

Si quieres contrastar cómo lo han hecho otros, el foro IRPH sirve para trámites y bancos, no como sentencia. Si el caso mezcla revolving, cláusula de vehículo o una escritura opaca, la caja de AMILCA ABOGADOS en la portada es un canal de consulta, no un atajo mágico.

Cierre útil: la cuota que no llega se atiende con números y con un papel que puedas releer. El IRPH se actualiza cada mes; tu firma, si cedes derechos, no se actualiza: se queda.

Comentarios

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Esther · Toledo · Domingo, 23 Julio 2023 | 07:08:26 AM · nº 6885
Buenos días,yo no entiendo porqué debe ser el hipotecado el que debe de estar informado de las leyes publicadas por el Banco de España,esa ley es para los bancos,una ley para que apliquen un diferencial negativo a las hipotecas con Irph,Porqué no lo aplicaron?Tengo q ser yo quien me informe y decirle al banco que lo aplique?
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David · Barcelona · Domingo, 23 Julio 2023 | 06:06:30 PM · resp. nº 2915
Así es Esther, nos toman por tontos, es decir que los 1,5 millones de estafados por la banca, debíamos de saber en el momento de la contratación como estaba constituido el índice, circulares, ordenanzas, leyes, conceptos, etc, información que muchos abogados en derecho financiero e inclusive el mismísimo José María Erauskin, han tardado años en analizar, identificar y denunciar todo el abuso plasmado en los contratos hipotecarios, y para el TS es culpa nuestra el no habernos documentado en los días previos a la firma de la hipoteca lo que los especialistas en derecho financiero les ha tomado años en darse cuenta de la estafa.
SE PROMUEVE LA ESTAFA A GRAN ESCALA, si ganamos, todo el mundo con sus impuestos, incluidos nosotros, pagaremos el rescate bancario, como pasa con todo, siempre el dinero sale de las arcas del estado, es decir de nuestros impuestos, por lo tanto la banca pagara pero nunca pierde.
María · Sevilla · Miércoles, 26 Julio 2023 | 06:51:43 AM · resp. nº 2918
Porque el TS considera que los hipotecados somos los culpables de todo, dicen que deberíamos estar informados de todas las leyes que tenía que aplicar los bancos, pero en cuanto al diferencial negativo si los bancos no la aplican, eso es un engaño y una estada cometida con los hipotecados, pero da igual, ya que ellos están por encima del bien y del mal, porque el TS tiene para ellos una vara de medir distinta que para el resto de los mortales.
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Jose · Puebla de Vícar · Sábado, 22 Julio 2023 | 06:46:02 AM · nº 6884
Hola amigos. Es muy significativoque ningún medio de comunicación haya informado de las últimas noticias positivas para los consumidores con índices en sus hipotecas irph. Una cuestión que afecta a casi un millón de personas con dicho índice.
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Eduardo · Manzanares el Real · Viernes, 21 Julio 2023 | 08:26:03 AM · nº 6883
La estafa del IRPH da un vuelco con la sentencia del TJUE
La sentencia del TJUE dice que el juez nacional tiene que comprobar si al consumidor se le informó de la existencia de esa circular. Y es un punto de inflexión importante a la situación actual, con un Tribunal Supremo que aseguró que el IRPH es válido para todos los casos porque es oficial y se publica en el BOE...
https://www.aquimicasa.net/blog/opinion/la-cuestion-del-irph-da-un-vuelco-con-la-sentencia-del-tjue/
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Julio · SEVILLA · Jueves, 20 Julio 2023 | 10:30:44 PM · nº 6882
Ya sabemos por donde irá la defensa de la banca y por ende el TS.

https://almacendederecho.org/las-incomprensiones-del-juez-y-del-tjue-en-torno-a-la-tae-y-el-irph
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Juanjo Elche · Elche Alicante · Viernes, 21 Julio 2023 | 07:33:54 AM · resp. nº 2914
Un abogado de CaixaBank que la lia más todavia....entonces sí que es difícil de entender todo....nulo más que nulo con esa explicación porque no hay Dios que lo entienda. :-)
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María · Torrevieja · Jueves, 20 Julio 2023 | 09:34:41 PM · nº 6881
a ver si se acaba esto pronto que n se donde vamos a llegar yo tengo irph mas 1,50 menos mal que me quedan 2 años y piko para terminar de pagar
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anonimo · anonimo · Jueves, 20 Julio 2023 | 11:56:41 AM · nº 6880
IRPH Julio: de 3,967% al 4,045%. Otra vez subida.
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Julio · SEVILLA · Miércoles, 19 Julio 2023 | 10:31:09 PM · nº 6879
Vomitivo el artículo que acabo de leer. Ya es el segundo que la banca saca para parar la euforia y sin más fundamento que el que predica el supremo (con su supuesta prevaricación a favor de la banca).

https://cincodias.elpais.com/cincodias/2023/07/18/legal/1689662868_884584.html
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Julio · SEVILLA · Miércoles, 19 Julio 2023 | 10:31:03 PM · nº 6878
Vomitivo el artículo que acabo de leer. Ya es el segundo que la banca saca para parar la euforia y sin más fundamento que el que predica el supremo (con su supuesta prevaricación a favor de la banca).

https://cincodias.elpais.com/cincodias/2023/07/18/legal/1689662868_884584.html
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Jose · Jaen · Miércoles, 19 Julio 2023 | 05:28:34 PM · nº 6877
Quisiera saber si alguien que sepa si los que el supremo no admitió el recurso puede hacer algo yo entendí a José Maria que tenía posibilida si alguien puede es plicalo por favor que lo haga mucha gracias
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Oliver · Las Palmas · Jueves, 20 Julio 2023 | 08:53:48 PM · resp. nº 2913
En la nueva cuestión prejudicial de José María pide que el TSJUE aclare que al no haberse entregado folleto o oferta vinculante al consumidor 10 días antes de la firma ante notario, debiese declarase nula la clausula, porque la entrega de ese folleto era de obligado cumplimiento, creo recordar hasta 150.000 euros en 2007 y en 2009 sin importe máximo.
Como contraviene una ley nacional , no entraríamos en falta de trasparencia o abusividad, serian procedimientos distintos.Un cliente suyo perdió usando la directiva 93/13 y volvió a demandar por la falta de entrega de ese folleto y gano en 1 instancia.
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Pachico · Castellón · Martes, 18 Julio 2023 | 08:39:07 PM · nº 6876
Mi caso es también como tantos afectados por aquí. Yo solicite un préstamo 2006. Tengo irph y en su día la cláusula suelo. Con diferencial positivo. Para colmo la oferta vinculante la firme con la misma fecha que la hipoteca que también es ilegal. Yo le pedí al banco lo normal en una hipoteca lo que hacía todo el mundo. El banco me devolvió algo por la cláusula suelo sin reclamar nada una miseria y me ofrecieron un interés muy bajo si no denunciaba en la anterior sentencia días antes de la respuesta del tribunal europeo. Ahora creo que es momento de buscar un abogado y pedir lo que es mío. Que me aconsejáis lo que más me frena es el 25 por ciento de porcentaje de todos los abogados que he visto online o mejor un abogado de mi zona
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Rafa · Valencia · Miércoles, 19 Julio 2023 | 09:13:32 AM · resp. nº 2909
Yo también tengo una hipoteca con IRPH con diferencial positivo desde el 2004, he demandado extraoficialmente desde 2019 al banco por gastos hipotecarios, comisión de apertura y IRPH, tras la negativa del banco en la respuesta, empezamos la demanda judicial a mediados de 2020, en 2022 he firmado el poder para la procuradora y ahora mismo, pasados 3 años, esta a la espera de sentencia.
En cuanto a la devolución, también se han reclamado los intereses legales del dinero cobrado de mas, si ganamos el juicio y las costas, el abogado solo cobraría las costas pagadas por el banco, si ganamos pero no hay costas, el abogado se llevaría un porcentaje del total reclamado, anterior a esto, mire varios abogados, aparte de ellos quedarse con las costas, te cobraban un 20% y para mas inri, los intereses legales del dinero también se lo quedaban ellos, esto no te lo decían ellos, pero si empezaba a leer sus contratos y a preguntarles no te respondían nada, cuidado que mucho abusador anda suelto, recomiendo leer muy bien los contratos que firméis con el abogado o en su caso consultar con alguien para no ser estafado también por esos malos profesionales.
Pachico · Castellón · Miércoles, 19 Julio 2023 | 03:28:15 PM · resp. nº 2910
Me puedes decir que abogado o empresa te lo lleva yo quiero empezar a mover papeles ya. Todos van a lo mismo y una vez timado ya lo miro todo muy bien antes de mover papeles
Jorge · Salamanca · Miércoles, 19 Julio 2023 | 08:37:28 PM · resp. nº 2911
Yo también tengo una hipoteca con IRPH e informándome sobre la sentencia del TJUE, he visto que el despacho de abogados que lo ha ganado es FUSTER-FABRA ABOGADOS, por lo que acudiré a ellos.

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