IRPH.es IRPH.es

La cuota IRPH ha subido: qué hacer este mes paso a paso

La cuota IRPH ha subido: qué hacer este mes paso a paso

Cuando llega la revisión y la letra sube, el primer impulso es buscar culpables. El segundo, más útil, es comprobar cifras y elegir una acción concreta en los próximos siete días. Esta página es ese plan de trabajo.

Clave: no firmes nada con el banco hasta tener capital pendiente, IRPH de la carta y una simulación propia.

El IRPH Entidades se publica una vez al mes, habitualmente en torno al día 20, por el Banco de España. No se mueve a diario como el Euríbor. Si tu revisión usa el valor de un mes concreto, ese es el número que debe aparecer en la notificación. Consulta el último dato en IRPH hoy y el histórico en IRPH histórico.

Familia revisando la carta de subida de cuota IRPH

Día 1–2: verificar la carta de revisión

Anota en un papel: mes de referencia del IRPH, valor del índice, diferencial, nuevo TIN, capital sobre el que calculan y nueva cuota. Si el índice no coincide con el oficial de ese mes, reclama la corrección al banco por escrito adjuntando el dato de IRPH.es o del Banco de España.

Replica el cálculo con la calculadora de impacto de la revisión: verás la diferencia en euros al mes y al año. Si además quieres el peso sobre tu sueldo, usa el esfuerzo de la cuota con IRPH.

Día 3: decidir si amortizas

Una entrega a cuenta reduce intereses futuros. Puedes pedir bajar la cuota (más aire cada mes) o acortar plazo (terminar antes). Prueba ambas en la amortización parcial. No vacíes el colchón de emergencias: tres a seis meses de gastos fijos deberían quedar fuera de la amortización.

Clave: amortizar con tipo alto multiplica el ahorro de intereses; amortizar dejando la cuenta a cero multiplica el estrés.

Día 4–5: hablar con el banco con números

Pide por escrito una de estas opciones (o varias): bajar diferencial, pasar a Euríbor, pasar a fijo, alargar plazo o una carencia temporal. Lleva la simulación impresa. Para valorar un fijo, usa IRPH a tipo fijo; para cambiar de entidad, la subrogación.

Desconfía de bonificaciones que exigen seguros caros: el diferencial baja en el papel y el coste total puede subir. Suma primas anuales antes de aceptar.

Día 6–7: elegir y dejar constancia

SituaciónAcción prioritaria
Tienes ahorro holgadoAmortizar (cuota o plazo)
La cuota supera ~35 % de ingresosNegociar plazo / fijo o subrogar
Error en el IRPH de la cartaReclamación de corrección al banco
Quieres cerrar el riesgo del índiceOferta a fijo con gastos calculados
Sospechas falta de transparencia en origenArchivar papeles y valorar reclamación IRPH

Ejemplo orientativo de conversación con el banco

Puedes estructurar el correo así: identifica el contrato, adjunta la carta de revisión, indica el IRPH oficial del mes de referencia (enlace o captura de IRPH hoy), muestra tu simulación de cuota y pide respuesta escrita sobre novación a Euríbor, a fijo o reducción de diferencial en un plazo concreto (por ejemplo 15 días hábiles).

Adjunta solo lo necesario: escritura (páginas del tipo de interés), último recibo y la simulación. No envíes DNI por canales inseguros; usa la banca electrónica o registro formal si el volumen del asunto lo requiere.

Si el banco propone alargar el plazo, exige una tabla con la nueva cuota, los intereses totales añadidos y la fecha de finalización. Alargar es un respiradero: reduce la letra y aumenta el coste global. Compáralo con amortizar una cantidad menor hoy.

Cuando la subida coincide con otros gastos (colegio, comunidad, IBI), prioriza no acumular descubiertos. Un plan de tres partidas —cuota, fondo de reserva, resto del mes— evita decisiones impulsivas de consolidar deudas caras.

Lo que empeora el problema

  • Dejar de pagar sin avisar: genera demora, comisiones y peores condiciones de negociación.
  • Aceptar una novación verbal “que ya te mandan el contrato”.
  • Comparar solo el TIN y olvidar comisiones de apertura, subrogación o cancelación.

Si necesitas contrastar con otros casos

Publica tu duda (sin datos sensibles) en el foro IRPH. Incluye banco, año de firma, diferencial y si la revisión es anual o semestral. Cuanto más concreto, mejor la respuesta.

Clave final: una subida de cuota se gestiona con verificación, simulación y una sola decisión escrita. El resto es ruido.

Comentarios

avatar
Juan · Castellón · Viernes, 06 Marzo 2020 | 03:04:55 AM · nº 5866
Buenas. He estado poniéndome al día en el foro pero hay una cosa en relación a los efectos de la sentencia que no me queda muy clara. Para los que, como es mi caso, tienen una vivienda VPO del plan 2005-2008, en la que el Consejo de ministros realiza las variaciones sobre el tipo de interes, nos afecta la sentencia también no? Porque he leído por ahí que nos quedamos fuera. Es así? Agradecería que alguno de los profesionales o expertos en el asunto me arrojarais algo de luz sobre el asunto. Gracias de antemano y saludos a todos
Responder
Javi · Oviedo-Asturias · Viernes, 06 Marzo 2020 | 09:15:47 AM · resp. nº 2012
Yoestoy exactamente igual,una VPO de 2008 y no se si la sentencia nos ayuda o no nos sirve de nada. Solo faltaría eso que una VPO tenga los mayores intereses que ninguna y encima no hubieramos tenido la opción de escoger el tipo de interés.que hacer ? reclamar contra un real decreto? el juez dará la razón al gobierno. Que alguien nos oriente
avatar
Juan · Castellón · Viernes, 06 Marzo 2020 | 03:03:16 AM · nº 5864
Buenas. He estado poniéndome al día en el foro pero hay una cosa en relación a los efectos de la sentencia que no me queda muy clara. Para los que, como es mi caso, tienen una vivienda VPO del plan 2005-2008, en la que el Consejo de ministros realiza las variaciones sobre el tipo de interes, nos afecta la sentencia también no? Porque he leído por ahí que nos quedamos fuera. Es así? Agradecería que alguno de los profesionales o expertos en el asunto me arrojarais algo de luz sobre el asunto. Gracias de antemano y saludos a todos
Responder
avatar
Dabitxu · BARCELONA · Jueves, 05 Marzo 2020 | 11:03:34 PM · nº 5863
Ahora voy a Caixabank a pedir un crédito personal para poder pagar al abogado para demandar al banco. Puedo añadir los costes del crédito a la demanda de IRPH?
Es broma.
Responder
Isabel · Cadiz · Viernes, 06 Marzo 2020 | 07:27:06 AM · resp. nº 2010
Buenos días, no es broma, es realidad, después de ponernos en la ruina, a ver cómo se paga a los abogados, un saludo y suerte
avatar
Ana · Tarragona · Jueves, 05 Marzo 2020 | 05:52:35 PM · nº 5862
Pues si laia..estoy contigo..yo llevo 14 año pagando y he pagado 200.000
El piso me costo 187.000..vamos que 14 año ya he pagado el piso jajajaja y me queda 16 años mas cuánto me sale el puto piso 400.000
H.i..de.p..ta.a porello.
Responder
avatar
JoseG · Gijon-Asturias · Jueves, 05 Marzo 2020 | 05:26:26 PM · nº 5861
Ana de Madrid a ver si me puedes aclarar una cosa. Yo en mi escritura tenía los 3 primeros años tipo fijo Lugo ya me quedo el Irph cajas como sustitutivo me quedo el Irph entidades. He leído por Internet que al pasar al Irph entidades no merece la pena reclamar porque la diferencia con el anterior Irph no se iba a notar. Es esto cierto?. Gracias
Responder
Ana · Madrid · Jueves, 05 Marzo 2020 | 10:35:43 PM · resp. nº 2008
Hola JOSÉ, NO NO ES CIERTO. Habrá que esperar a ver como aplica el TS la Sentencia del TJUE y, qué efectos determina tras la nulidad. Y en cualquier caso, nos deberían dar la opción de resolver el contrato u optar por la sustitución de otro índice -posiblemente el EURIBOR- porque en el caso de darnos sólo la opción del índice IRH ENTIDADES - nadie en su sano juicio optaría de nuevo por otra modalidad de IRPH y optaría por la resolución del contrato. Por otra pate, imponernos, directamente el IRPH modalidad ENTIDADES,sería, además de ABSURDO una ABERRACIÓN, ya que si se declara la nulidad del IRPH, inicial, esto es, el de CAJAS, por falta de transparencia, la imposición del IRPH ENTIDADES - tras la nulidad del IRPH CAJAS- sería menos transparante si cabe aún. Es decir, nos aplicarían otra vez el IRPH modalidad ENTIDADES pero por imposición - lo cual sería una aberración jurídica- Yo tb tenía IRPH CAJAS y en 2013 me pasaron a IRPH entidades, como a todo el mundo que tenía IRPH CAJAS, IRPH CECA o IRPH BANCOS. Si tenéis cualquier duda, no os angustiéis y llamadme 659 47 39 02
avatar
Iván · Barcelona · Jueves, 05 Marzo 2020 | 05:19:48 PM · nº 5860
Hola Ana de Madrid, abogada experta (es lo que pone en el membrete):
1. No es mi intención que NADIE absolutamente NADIE me de la gracias por nada, lo he hecho por propio interés.
2. Me parece muy feo que especules con lo que ha hecho mi abogada o dejado de hacer sin saber , y más siendo colegas de profesión.
3. Pase lo que pase en mi caso los volvería a contratar. Tengo puesto el recurso de casación. Contraté urbe abogados, si sabes tanto de IRPH sabrás qué caso han llevado.
4. Precisamente el caso del TJUE es de barcelona.
5. Solo digo, Que si nadie hubiese demandado no se hubiera llegado hasta el TJUE, y por más que te duela es así.
6. Es muy eficiente presentar demanda cuando ya hay jurisprudencia.

Un saludo
Responder
Juan · La Coruña · Jueves, 05 Marzo 2020 | 06:00:13 PM · resp. nº 2005
No pide las gracias, dice que lo hace por su propio interés, pero sin embargo me echa en cara que por gente como yo estaríamos en la situación del año 99. Yo entro en el foro, como afectado del IRPH que soy, desde hace tiempo y, ahora, he dado mi opinión. Y lo único que he dicho es que no nos dejemos llevar por los cantos de sirena de muchos abogados, que al final quien paga si no sale bien son ustedes. A mi ya me engañaron una vez por fiarme del director de mi antigua entidad y no estoy dispuesto a que lo hagan otra vez. Yo llevaré a mi entidad ante el juez cuando crea yo que es el momento, no cuando me lo diga ningún abogado. Con esto doy por concluida mi participación en este foro, les seguiré leyendo. Que Dios reparta suerte. Un saludo a todos.
Iván · Barcelona · Jueves, 05 Marzo 2020 | 06:14:11 PM · resp. nº 2006
Hola Juan disculpe si le he ofendido en ese aspecto tiene razón, pero no todos los abogados piensan igual
Ana · Madrid · Jueves, 05 Marzo 2020 | 10:06:06 PM · resp. nº 2007
IVÁN, no se ofenda , simplemente le he respondido con claridad a su DESACERTADO COMENTARIO SOBRE LOS AFECTADOS QUE NO HAN INICIADO LA VÍA JUDICIAL y, a las especulaciones sobre lo que hecho o he dejado de hacer yo, en particular . Como verá tengo el defecto de ser muy pero que muy clara. Que NO SE PUEDE PREJUZGAR, como hace Ud y, luego hacerse “el ofendidito”. Cada cual es libre de hacer lo que quiere y, si una gran parte de los afectados NO ha demandado -a fecha de hoy- sus razones tendrá y, Ud no es quien para juzgarles. Decisión de no demandar , por cierto, muy acertada que, esto no es como quien va a la peluquería…etc. Y aquí, nadie tiene que darle la gracias por haber demandado, no vaya de "hermanita de la caridad" que, si ud demandó lo hizo en propio interés Y EN EL DE NADIE MÁS. Finalmente, no tergiverse mi comentario, que yo no he nombrado a ningún despacho o abogado.

Ver las 6 respuestas →

avatar
Ana · Tarragona · Jueves, 05 Marzo 2020 | 01:48:29 PM · nº 5859
Hola....que tal gente de irph!! Yo por mi parte estoy contenta..solo hace falta sentencia 8 marzo lo de ts...nadie tendria que pagar mas el irph...mientra los demas tiene eurivo y bajo..Asido esto un desastres para los afectado...animo y para adelante...yo de una forma o otra mando a tomar porculo el IRPH....bravo por el tj...hay una puerta abierta gracias a los abogado eurosqui..lo vamos a conseguir y si no ala calle....an rrobado que pagen....
Responder
Laia · Malgrat de Mar · Jueves, 05 Marzo 2020 | 03:20:27 PM · resp. nº 2002
Hola Ana, por supuesto que hay que seguir adelante, yo no me pienso rendir, hemos llegado muy lejos,son muchos años de sufrimiento, y ahora se nos ha abierto una ventana para poder empezar a ver la luz. Yo seguiré hasta el final, y se que voy a ganar, después de 18 años pagando hipoteca, no voy a tirar la toalla para recuperar lo mío, mis derechos, mi dinero y mi futuro. Así que para adelante !!!! Y ni caso a los comentarios negativos, hay mucho currante de banca por aquí con ganas de meter cizaña! Ánimos que saldremos de ésta y recuperaremos lo nuestro

avatar
Miguel · Barcelona · Jueves, 05 Marzo 2020 | 12:34:40 PM · nº 5858
Buenas, en primer lugar los bancos hoy pierden un 4% aprox sinceramente, dp de leer muchos comentarios, enlaces... creo q nuestras posibilidades han aumentado de manera evidente , yo estoy en casación TS , esperando mi última posibilidad , y a pesar q los bancos están muy “ satisfechos” creo q vamos a ganar , ya q no conozco a nadie con comparativas de irph con Euribor en escrituras para empezar , a partir de aquí, son los bancos quienes deben de demostrar ( prueba de carga ) q hicieron las cosas con arreglo de ley ( muy discutible ) empieza una nueva y larga etapa q esperemos q vaya muy bien a todos los perjudicados en esta ESTAFA , mucha suerte a todos y paciencia
Responder
avatar
javiko · barcelona · Jueves, 05 Marzo 2020 | 12:26:16 PM · nº 5857
prevaricación del supremo
Responder
avatar
javiko · barcelona · Jueves, 05 Marzo 2020 | 12:20:56 PM · nº 5856
Jose maría erauskin corrígeme si me equivoco
Responder

Mostrando 1591–1600 de 5750 comentarios · Página 160 de 575

Dejar comentario

Visitas: 943