La cuota IRPH ha subido: qué hacer este mes paso a paso
Cuando llega la revisión y la letra sube, el primer impulso es buscar culpables. El segundo, más útil, es comprobar cifras y elegir una acción concreta en los próximos siete días. Esta página es ese plan de trabajo.
Clave: no firmes nada con el banco hasta tener capital pendiente, IRPH de la carta y una simulación propia.
El IRPH Entidades se publica una vez al mes, habitualmente en torno al día 20, por el Banco de España. No se mueve a diario como el Euríbor. Si tu revisión usa el valor de un mes concreto, ese es el número que debe aparecer en la notificación. Consulta el último dato en IRPH hoy y el histórico en IRPH histórico.

Día 1–2: verificar la carta de revisión
Anota en un papel: mes de referencia del IRPH, valor del índice, diferencial, nuevo TIN, capital sobre el que calculan y nueva cuota. Si el índice no coincide con el oficial de ese mes, reclama la corrección al banco por escrito adjuntando el dato de IRPH.es o del Banco de España.
Replica el cálculo con la calculadora de impacto de la revisión: verás la diferencia en euros al mes y al año. Si además quieres el peso sobre tu sueldo, usa el esfuerzo de la cuota con IRPH.
Día 3: decidir si amortizas
Una entrega a cuenta reduce intereses futuros. Puedes pedir bajar la cuota (más aire cada mes) o acortar plazo (terminar antes). Prueba ambas en la amortización parcial. No vacíes el colchón de emergencias: tres a seis meses de gastos fijos deberían quedar fuera de la amortización.
Clave: amortizar con tipo alto multiplica el ahorro de intereses; amortizar dejando la cuenta a cero multiplica el estrés.
Día 4–5: hablar con el banco con números
Pide por escrito una de estas opciones (o varias): bajar diferencial, pasar a Euríbor, pasar a fijo, alargar plazo o una carencia temporal. Lleva la simulación impresa. Para valorar un fijo, usa IRPH a tipo fijo; para cambiar de entidad, la subrogación.
Desconfía de bonificaciones que exigen seguros caros: el diferencial baja en el papel y el coste total puede subir. Suma primas anuales antes de aceptar.
Día 6–7: elegir y dejar constancia
| Situación | Acción prioritaria |
|---|---|
| Tienes ahorro holgado | Amortizar (cuota o plazo) |
| La cuota supera ~35 % de ingresos | Negociar plazo / fijo o subrogar |
| Error en el IRPH de la carta | Reclamación de corrección al banco |
| Quieres cerrar el riesgo del índice | Oferta a fijo con gastos calculados |
| Sospechas falta de transparencia en origen | Archivar papeles y valorar reclamación IRPH |
Ejemplo orientativo de conversación con el banco
Puedes estructurar el correo así: identifica el contrato, adjunta la carta de revisión, indica el IRPH oficial del mes de referencia (enlace o captura de IRPH hoy), muestra tu simulación de cuota y pide respuesta escrita sobre novación a Euríbor, a fijo o reducción de diferencial en un plazo concreto (por ejemplo 15 días hábiles).
Adjunta solo lo necesario: escritura (páginas del tipo de interés), último recibo y la simulación. No envíes DNI por canales inseguros; usa la banca electrónica o registro formal si el volumen del asunto lo requiere.
Si el banco propone alargar el plazo, exige una tabla con la nueva cuota, los intereses totales añadidos y la fecha de finalización. Alargar es un respiradero: reduce la letra y aumenta el coste global. Compáralo con amortizar una cantidad menor hoy.
Cuando la subida coincide con otros gastos (colegio, comunidad, IBI), prioriza no acumular descubiertos. Un plan de tres partidas —cuota, fondo de reserva, resto del mes— evita decisiones impulsivas de consolidar deudas caras.
Lo que empeora el problema
- Dejar de pagar sin avisar: genera demora, comisiones y peores condiciones de negociación.
- Aceptar una novación verbal “que ya te mandan el contrato”.
- Comparar solo el TIN y olvidar comisiones de apertura, subrogación o cancelación.
Si necesitas contrastar con otros casos
Publica tu duda (sin datos sensibles) en el foro IRPH. Incluye banco, año de firma, diferencial y si la revisión es anual o semestral. Cuanto más concreto, mejor la respuesta.
Clave final: una subida de cuota se gestiona con verificación, simulación y una sola decisión escrita. El resto es ruido.
Últimamente hay mucho movimiento en este foro, especialmente en relación a las devoluciones de cantidades sin especificar y/o de ofertas de bancos modificando las condiciones de la hipoteca A CAMBIO DE NO RECLAMAR EN EL FUTURO.
Desde Reclama Por Mí https://www.reclamapormi.com/ ya hemos hablado de este tema, pero lo recordamos porque es sumamente importante.
Tened en cuenta:
Si simplemente habéis visto que os han abonado una cantidad a vuestra cuenta pero NO FIRMÁIS NINGÚN DOCUMENTO POSTERIORMENTE con nuevas condiciones de hipoteca, no tenéis riesgo (como sucedió con las cláusulas suelo) de que no podáis reclamar en el futuro. Si no hay nuevo contrato o nueva firma podréis reclamar. POR ESO, OJO! NO FIRMÉIS NADA SIN ASESORAROS. NO FIRMÉIS NADA POR COMPLETO. EL motivo es claro... si un día os dijeron que el IRPH sería lo mejor para vosotros ¿Podéis fiaros de cualquier nuevo acuerdo con el banco?
Sabed que si firmáis ese acuerdo dejaríais de poder reclamar en el futuro todas la cantidades abonadas de más en caso de que se declare nulo el IRPH de vuestro contrato. Además, en el futuro, el hecho de que se declare nulo podría hacer que el interés de vuestra hipoteca sea nulo para el futuro y/o que haya un sustitutivo. Por lo tanto, no solo perdéis la oportunidad de reclamar todo lo cobrado de más, sino que como acordáis un nuevo contrato fijo con el banco, perdéis la oportunidad de que en el futuro no tengáis que pagar intereses en caso de que sea nulo y no tengáis sustitutivo, o si tenéis sustitutivo (por ejemplo euribor), que se os quede por ejemplo a un pequeño diferencial + euribor y sean mucho mejores condiciones que las que acordáis con el banco al firmar.
Como dijimos: Por una hipoteca de 180.000€, firmada en el año 2000 a 30 años, afectada por IRPH Entidades con un diferencial de 0,5%, se podría recuperar si se declara nulo el IRPH, 134.000€ y si se sustituye por Euribor 34.000€ y a esto se le suma que en el futuro tengáis probablemente unas condiciones mejores.
Nuestro consejo desde Reclama Por Mí es que esperéis al TJUE para saber cómo proceder. Podéis poneros ya en contacto en https://www.reclamapormi.com/ para que , como otros miles de afectados que ya han contactado, tengamos todo preparado si sale la sentencia favorable y llevemos adelante la reclamación.
Un saludo, Javier