IRPH

La cuota IRPH ha subido: qué hacer este mes paso a paso

La cuota IRPH ha subido: qué hacer este mes paso a paso

Cuando llega la revisión y la letra sube, el primer impulso es buscar culpables. El segundo, más útil, es comprobar cifras y elegir una acción concreta en los próximos siete días. Esta página es ese plan de trabajo.

Clave: no firmes nada con el banco hasta tener capital pendiente, IRPH de la carta y una simulación propia.

El IRPH Entidades se publica una vez al mes, habitualmente en torno al día 20, por el Banco de España. No se mueve a diario como el Euríbor. Si tu revisión usa el valor de un mes concreto, ese es el número que debe aparecer en la notificación. Consulta el último dato en IRPH hoy y el histórico en IRPH histórico.

Familia revisando la carta de subida de cuota IRPH

Día 1–2: verificar la carta de revisión

Anota en un papel: mes de referencia del IRPH, valor del índice, diferencial, nuevo TIN, capital sobre el que calculan y nueva cuota. Si el índice no coincide con el oficial de ese mes, reclama la corrección al banco por escrito adjuntando el dato de IRPH.es o del Banco de España.

Replica el cálculo con la calculadora de impacto de la revisión: verás la diferencia en euros al mes y al año. Si además quieres el peso sobre tu sueldo, usa el esfuerzo de la cuota con IRPH.

Día 3: decidir si amortizas

Una entrega a cuenta reduce intereses futuros. Puedes pedir bajar la cuota (más aire cada mes) o acortar plazo (terminar antes). Prueba ambas en la amortización parcial. No vacíes el colchón de emergencias: tres a seis meses de gastos fijos deberían quedar fuera de la amortización.

Clave: amortizar con tipo alto multiplica el ahorro de intereses; amortizar dejando la cuenta a cero multiplica el estrés.

Día 4–5: hablar con el banco con números

Pide por escrito una de estas opciones (o varias): bajar diferencial, pasar a Euríbor, pasar a fijo, alargar plazo o una carencia temporal. Lleva la simulación impresa. Para valorar un fijo, usa IRPH a tipo fijo; para cambiar de entidad, la subrogación.

Desconfía de bonificaciones que exigen seguros caros: el diferencial baja en el papel y el coste total puede subir. Suma primas anuales antes de aceptar.

Día 6–7: elegir y dejar constancia

SituaciónAcción prioritaria
Tienes ahorro holgadoAmortizar (cuota o plazo)
La cuota supera ~35 % de ingresosNegociar plazo / fijo o subrogar
Error en el IRPH de la cartaReclamación de corrección al banco
Quieres cerrar el riesgo del índiceOferta a fijo con gastos calculados
Sospechas falta de transparencia en origenArchivar papeles y valorar reclamación IRPH

Ejemplo orientativo de conversación con el banco

Puedes estructurar el correo así: identifica el contrato, adjunta la carta de revisión, indica el IRPH oficial del mes de referencia (enlace o captura de IRPH hoy), muestra tu simulación de cuota y pide respuesta escrita sobre novación a Euríbor, a fijo o reducción de diferencial en un plazo concreto (por ejemplo 15 días hábiles).

Adjunta solo lo necesario: escritura (páginas del tipo de interés), último recibo y la simulación. No envíes DNI por canales inseguros; usa la banca electrónica o registro formal si el volumen del asunto lo requiere.

Si el banco propone alargar el plazo, exige una tabla con la nueva cuota, los intereses totales añadidos y la fecha de finalización. Alargar es un respiradero: reduce la letra y aumenta el coste global. Compáralo con amortizar una cantidad menor hoy.

Cuando la subida coincide con otros gastos (colegio, comunidad, IBI), prioriza no acumular descubiertos. Un plan de tres partidas —cuota, fondo de reserva, resto del mes— evita decisiones impulsivas de consolidar deudas caras.

Lo que empeora el problema

  • Dejar de pagar sin avisar: genera demora, comisiones y peores condiciones de negociación.
  • Aceptar una novación verbal “que ya te mandan el contrato”.
  • Comparar solo el TIN y olvidar comisiones de apertura, subrogación o cancelación.

Si necesitas contrastar con otros casos

Publica tu duda (sin datos sensibles) en el foro IRPH. Incluye banco, año de firma, diferencial y si la revisión es anual o semestral. Cuanto más concreto, mejor la respuesta.

Clave final: una subida de cuota se gestiona con verificación, simulación y una sola decisión escrita. El resto es ruido.

Comentarios

avatar
Montse · Ripoll,Girona · Jueves, 12 Abril 2018 | 05:13:22 PM · nº 4303
Buenas tardes,
Me gustaría saber cuato tiempo puede tarder el tribunal europeo en dictar sentencia,
Gracias
Responder
Pedro · Girona · Jueves, 12 Abril 2018 | 08:20:39 PM · resp. nº 512
Hola Montse.
Creo, según me ha dicho un abogado de Figueres, que se pronunciaran unos meses antes de los dos años que se han dado de margen... esperemos!!!
avatar
sonia · Santander · Jueves, 12 Abril 2018 | 09:39:55 AM · nº 4302
hola a todos alguien puede decirme cuanto tiempo puede tardar una ejecucion provisional de sentencia?
Responder
avatar
Oscar · Irun · Miércoles, 11 Abril 2018 | 02:29:49 PM · nº 4301
Hola, llevo escribiendo en este foro varios años. Estoy afectado por el irph y una abogada de gipuzkoa con varias sentencias ganadas, me aconsejo hace años, no denunciar. Basándose en que el supremo no se había pronunciado aun y que la audiencia provincial le había tumbado varias sentencias, casi todas relacionadas con Kutxabank.

Una vez pronunciado el supremo y con el varapalo que nos dio a todos los afectados, creo que el que no haya entrado mejor que no entre. Y el que está dentro que siga hasta el final, gane o pierda. Naturalmente cada uno por sus circunstancias personales habrá de valorarlo, pero si yo empiezo una guerra, la termino, o no la comienzo.

Solo espero que el tribunal europeo nos de la razón y podamos en un futuro reclamar lo que nos han robado. Ánimo a todos aquellos que se encuentran inmersos en las batallas judiciales y suerte para todos.
Responder
avatar
dolores · leon · Martes, 10 Abril 2018 | 01:42:34 PM · nº 4300
Lo del IRPH no es un ERROR en la comercialización, es un ENGAÑO puro y duro, puesto que el IRPH es una TAE, un precio TOTAL, cosa que los bancos saben perfectamente, y en los CONTRATOS no hay ningún apartado de precio TOTAL del préstamo, donde se pueda usar el oficial, el IRPH. Lo que hay, son distintos apartados, donde aparecen distintos costes PARCIALES, como COMISIONES, INTERESES, GASTOS, etc....Y en uno de esos costes PARCIALES, aparece el IRPH,como si fuera el precio oficial de ese coste PARCIAL. Y esto es un engaño puro y duro. Deberían estar en la cárcel por estafa masiva.
Responder
avatar
VÍCTOR · S/c De Tenerife · Lunes, 09 Abril 2018 | 06:46:41 PM · nº 4299
Alguien sabe cuando se vuelve a pronunciar el TJUE SOBRE EL IRPH, una saludo porque a mi me tienen frito


Responder
avatar
Oclamo · Soria · Sábado, 07 Abril 2018 | 09:35:00 PM · nº 4298
Y yo digo sí yo firme una hipoteca con interés variable y me están aplicando un interés fijo ¿eso no es incumplimiento de contrato?
Responder
avatar
Javier · La Linea-Cadiz · Viernes, 06 Abril 2018 | 11:25:40 PM · nº 4297
En mi caso tengo una estimación parcial, el juzgado me acaba de dar la razón en los gastos de hipoteca pero no me la da en cuanto al IRPH, en base a la sentencia del Supremo.
El abogado me aconseja que recurra a la audiencia Provincial de Cádiz, lo cual me supone un gasto y el riesgo de que me condenen en costas.
¿Cuanto suele tardar como mínimo una Audiencia Provincial en pronunciarse?
¿Que ocurre si se pronuncia antes que el TSJE?
Responder
avatar
Javier - Reclama Por Mí · Bizkaia · Viernes, 06 Abril 2018 | 07:10:25 AM · nº 4296
Hola a todos los afectados. Aprovechamos para recordar lo que dijimos hace algunos días desde reclamapormi.com en referencia a reclamar IRPH.



Guías para los afectados por IRPH:



1- Si tu caso aún no ha sido juzgado: En vista de todos los comentarios y sobre todo tras la sentencia del Supremo sobre el IRPH, recomendamos desde http://www.reclamapormi.com mantenerse a la espera de la sentencia del TJUE. Sabemos que hay que esperar y que en muchos casos puede suponer pagar unas cuotas en la hipoteca muy altas. No obstante, el riesgo de iniciar un trámite por la vía judicial es altísimo ya que el TJUE puede no pronunciarse a tiempo y el coste de apelar es alto y además limitado. No recomendamos iniciar ningún proceso. Quien quiera saber cómo proceder que deje su reclamación aquí y le explicaremos como hacerlo: https://www.reclamapormi.com/reclamacion/



2- A todos aquellos que hayáis iniciado el trámite:Lamentablemente tenéis que tomar una decisión muy difícil. Tenéis que valorar el riesgo/beneficio conociendo el coste de apelar el primera y segunda instancia llegado el caso frente al coste de oportunidad que supone dejar de reclamar por IRPH si el TJUE le da la vuelta.



Como sabréis la mayoría de los afectados por IRPH, puede reclamar por los gastos hipotecarios o incluso puede que tenga suelo además de IRPH.

Debéis saber que se puede empezar por reclamar los gastos hipotecarios o el suelo y posteriormente, si la justicia falla a nuestro favor, reclamar por el IRPH. No es necesario, y desde www.reclamapormi.com no recomendamos iniciar un proceso judicial por el IRPH hasta que se sepa más.



A todo aquél que tenga dudas sobre qué hacer podemos asesorar a quien lo desee sobre el tema para que conozca los pros y los contras antes de tomar la decisión.





Recomendamos antes de iniciar cualquier contratación, reclamación extrajudicial, demanda judicial o acuerdo con el banco que antes se asesore a que hay decisiones que tienen consecuencias legales importantes.



Esperamos ser de ayuda. Reclama Por Mí.
Responder
avatar
francisco · sevilla · Jueves, 05 Abril 2018 | 03:52:55 PM · nº 4295
Buenas tardes , en mi caso mi abogado ha solicitado solo clausula suelo y gastos de notaria .... ya que con la negativa del supremo pues me comento que es mejor esperar a que se pronuncie el europeo para no perder el juicio y todo lo que conlleva en cuanto a gastos de costas y sentencia la cual ya no podría reclamar , pero vamos mi opinión es que tenemos que tener esperanza en que nos den la razón , y den un golpe sobre la mesa de estos bancos y cajas que han estado engañando , lucrándose del desconocimiento de los clientes .
Responder
avatar
María · Granada - Granada · Lunes, 02 Abril 2018 | 09:16:58 PM · nº 4294
Yo pronto tendré el juicio, ya tuve la vista previa de una ejecución hipotecaria y mi abogado alego cláusulas abusivas sin especificar cuáles, ahora reclamaré solo por intereses de demora abusivos, cláusula suelo y otras cláusulas abusivas , pero el IRPH no lo voy a reclamar, voy a renunciar a reclamarlo por ahora porque si lo pierdo se me considerará causa juzgada y no podré reclamarlo después si el TJUE nos diese opción a reclamarlo. Si se da esa opción lo podré reclamar mas adelante ya que esa cláusula no la voy a reclamar ahora. Espero que sea así.
Responder

Mostrando 3001–3010 de 5752 comentarios · Página 301 de 576

Dejar comentario

Visitas: 1.536