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IRPH y el BOE: cómo usar el PDF oficial en una reclamación o en una revisión de cuota

IRPH y el BOE: cómo usar el PDF oficial en una reclamación o en una revisión de cuota

El valor del IRPH no es un número que “sale de internet”: es un tipo oficial que el Banco de España publica y que el BOE recoge en un PDF. Saber usar ese documento marca la diferencia entre discutir opiniones y aportar una prueba pública.

Clave: el IRPH habitual en hipotecas es el tipo medio de los préstamos hipotecarios a más de tres años, para adquisición de vivienda libre, concedidos por las entidades de crédito en España. Ese es el texto que debes localizar en el BOE.

IRPH en el BOE PDF oficial

Cuando llega una revisión de cuota, el banco comunica un nuevo tipo. Esa comunicación puede ser correcta… o no. El PDF del BOE no sustituye a un abogado ni a un informe pericial completo, pero cumple tres funciones muy concretas: fija el dato oficial del mes de referencia, permite contrastar lo que dice la entidad con lo publicado por el Banco de España, y se puede adjuntar a una reclamación como fuente pública.

Por qué el PDF del BOE importa tanto

  • Fija el dato oficial del mes de referencia del índice.
  • Permite contrastar lo que dice la entidad con lo publicado por el Banco de España.
  • Se puede adjuntar a una reclamación o a un escrito al servicio de atención al cliente.

Muchas personas guardan capturas de webs o de hojas de cálculo. Orientan, pero el BOE es el soporte que las instituciones reconocen como publicación oficial. En la página IRPH en el BOE tienes enlaces directos a PDFs de 2025 y 2026.

Qué buscar exactamente en el documento

Las resoluciones del Banco de España en el BOE suelen ocupar una sola página. Aparecen varios tipos oficiales. El que interesa para el IRPH de entidades es el del tipo medio a más de tres años con la redacción completa citada arriba.

No lo confundas con el Euríbor a distintos plazos, el IRS a cinco años, el tipo medio de la zona euro u otros índices de compensación por cancelación anticipada.

Clave: si el PDF habla de Euríbor o de IRS y no incluye el párrafo del “tipo medio… a más de tres años… entidades de crédito en España”, no es el documento para contrastar el IRPH de tu escritura.

Cómo usarlo en una revisión de cuota

  1. 1
    Localiza en tu escritura qué mes del índice se aplica y con qué periodicidad se revisa.
  2. 2
    Descarga el PDF del BOE de ese mes desde IRPH en el BOE.
  3. 3
    Anota el valor del tipo medio y compáralo con la notificación del banco.
  4. 4
    Revisa diferencial y redondeo: tipo final = índice ± diferencial ± posibles redondeos.
  5. 5
    Guarda PDF + notificación juntos, con fecha.

Clave: un desfase de un mes en el índice puede mover la cuota más de lo que parece. El PDF fija el número; la escritura fija qué mes se usa.

Cómo usarlo en una reclamación

Si reclamas por IRPH o pides que te expliquen el cálculo, el PDF refuerza el relato de hechos: indica el mes de referencia, cita el valor del BOE y la referencia BOE-A-…, adjunta el PDF completo y, si procede, señala la diferencia respecto a otro índice con fuentes oficiales.

Esto no garantiza el resultado de una reclamación, pero evita que la conversación se quede en “yo he visto otro número en una web”.

Tabla de trabajo para contrastar

Qué mirasDóndePara qué
Mes del índiceEscrituraSaber qué BOE descargar
Valor del tipo medioPDF del BOEContrastar con la notificación
DiferencialEscrituraCalcular el tipo final
RedondeoEscrituraVer si hay ajuste al alza
Nueva cuotaSimulador / bancoTraducir el tipo a euros

Ejemplo orientativo de impacto en cuota

Supón un capital pendiente de 100.000 €, 20 años restantes y diferencial 0 %. Una subida del índice de 0,20 puntos no parece dramática en el papel, pero se nota en la letra mensual. Usa siempre tus cifras reales en el simulador.

Los 484 € y 496 € son un caso tipo didáctico; no son tu cuota. Calcula la tuya con el simulador de revisión.

Errores frecuentes

  • Usar el PDF del mes de publicación como si fuera el mes del índice.
  • Confundir índices dentro del mismo BOE.
  • Olvidar el diferencial y pensar que “el IRPH del BOE es mi tipo”.
  • Adjuntar solo una captura sin identificador BOE-A-…
  • No guardar la notificación del banco junto al PDF.

Dónde encontrar los PDFs

  • IRPH en el BOE en este sitio.
  • Buscador del BOE con la frase del tipo medio a más de tres años.
  • Tabla de tipos del Banco de España (Cliente Bancario).

Para el valor reciente: IRPH hoy. Para comparar: Euríbor hoy e IRPH vs Euríbor.

Resumen

Clave final: el PDF del BOE no gana un juicio por sí solo, pero ancla el dato. Sin él discutes recuerdos; con él discutes cifras publicadas.

También: redondeo y diferencial · subrogación con IRPH · reclamar IRPH.

Comentarios

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Alfonso · Madrid · Domingo, 07 Octubre 2018 | 09:02:08 AM · nº 4439
Si se declarase nulo el IRPH ... ¿que pasaria con las hipotecas VPP y VPO vinculadas al IRPH?


El banco puede argumentar que con tipos de interes que establece el congreso



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Paco · Valencia · Domingo, 07 Octubre 2018 | 02:00:50 AM · nº 4438
Por favor difundid este video tanto como podáis para que se haga viral https://youtu.be/IEW15AUIJq8
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Alfonso · Madrid · Domingo, 07 Octubre 2018 | 08:25:01 AM · resp. nº 622
Tremendo el video.
Alejandro · Las palmas de gran Canaria · Martes, 09 Octubre 2018 | 01:28:41 PM · resp. nº 629
Muy bien biviana, has mirado si tu vivienda está titulizada? Búscalo, y si es así no tienen legitimidad para reclamar nada. Deja de pagar
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Pamida · Cadiz · Sábado, 06 Octubre 2018 | 09:17:57 AM · nº 4437
creo que lleva toda la razón y alguien debería tomar notahttps://m.publico.es/columnas/110592131755/econonuestra-irph-un-tribunal-supremo-antiespanol-1
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susana · ciudad rodrigo · Lunes, 08 Octubre 2018 | 05:23:50 PM · resp. nº 626
no he podido conectar con este enlace que indicas, da error en la dirección...
susana · ciudad rodrigo · Lunes, 08 Octubre 2018 | 06:21:21 PM · resp. nº 627
vale, ya está, le sobra "nota" Muy interesante. Gracias
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Veronica · Granada · Viernes, 05 Octubre 2018 | 08:11:04 AM · nº 4436
Hola a todos tengo tamb hipoteca IRPH entidades desde el minuto 0 de la hipoteca sin saberlo hasta 2012 en la cual me incluyeron gastos de hipoteca, comision de apertura, seguro de vida de 8 años el cual anule a los 3 años de haberlos consumido y los otros 5 me los devolvieron. Pero claro ese dinero sigue metido en la hipoteca. Tendria derecho a reclamarlo tamb? Y podria cambiar al beneficiario en el seguro que 5tengo contratado y que esta como beneficiario el banco? Si lo pago yo no entiendo porque tienen que ser ellos los beneficiarios. Gracias
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Isabel Montiel Perez · Cadiz · Jueves, 04 Octubre 2018 | 11:33:55 AM · nº 4435
Esther, ánimo para mañana, creo estar en lo cierto si todos te deseamos lo mejor, comentanos, cómo ha ido, mucha fuerza, Isa
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Chamaco · La Coruña · Jueves, 04 Octubre 2018 | 07:25:56 AM · nº 4434
Hola, es cierto que el fallo del TSJE será en las próximas semanas??????
Mirad este artículo donde lo dice:

https://www.diariojuridico.com/proximo-fallo-del-tjue-sobre-irph-en-hipotecas/
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Miquel · Barcelona · Jueves, 04 Octubre 2018 | 07:51:06 PM · resp. nº 618
No se... si fuera en las próximas semanas, estaría anunciado en algún sitio, no? O es que una sentencia puede caer un día de repente sin que nadie la espere en ese momento... no se me suena un poco raro, quizas sea que dentro de unas semanas sabremos la fecha de la sentencia, pero tampoco esta claro... en fin... a ver si alguien puede arrojar luz sobre esto del IRPH y la sentencia de Europa.
Ivan Molero · Corralejo · Viernes, 05 Octubre 2018 | 07:36:11 AM · resp. nº 619
Buenos días. Según leí el abogado general tiene de 2 demás a 3 meses para remitir su informe, y después de eso el tribunal tiene que dictar sentencia, no antes. Otra cosa es que las sentencias suelen ir encaminadas como el informe del abogado general. Un saludo
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JOSE - VALENCIA · Manises - VALENCIA · Miércoles, 03 Octubre 2018 | 04:37:09 PM · nº 4432
Hola, mi caso ya fue juzgado. IRPH ganado por mi en Juzgado de lo Mercantil de valencia y recurrido por el banco ante la audiencia para posteriormente ganarlo ellos. Ese es el resumen de 3 años de espera mas o menos. Mis dudas son las siguientes; ¿alguien podría decirme si mi caso puede volver a iniciarse una vez se pronuncie el Tribunal de Justicia Europeo? La primera vez fuí yo el denunciante, ¿Podría ser en este caso mi esposa la denunciante, ya que ella no figuró en ningún caso en la primera denuncia? ¿Podría de este modo evitar lo de la "cosa juzgada"?

Somos muchos los que ya tenemos sentencias negativas del IRPH. ¿hemos perdido los que empezamos en esto pronto?

Muchas gracias a todos.
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Javier - Reclama Por Mí · Bizkaia · Miércoles, 03 Octubre 2018 | 11:12:55 AM · nº 4431
Hola a todos,



Estamos recibiendo muchos contactos de clientes en Reclama Por Mí (www.reclamapormi.com) que nos comunican qué hacer con el IRPH y ESPECIALMENTE NOS PREOCUPA que hay muchos clientes que están recibiendo comunicaciones por parte del banco en el que les ofrecen un acuerdo.

Queremos poner sobre aviso a todos los afectados que ANTES DE ACEPTAR EL ACUERDO SE ASESOREN.

Esto mismo sucedió con las cláusulas suelo y muchos afectados firmaron acuerdos sin consultar sin tener en cuentas las repercusiones. Si los bancos empiezan a moverse y empezar a llegar a acuerdos es porque ven venir algo similar al suelo donde han perdido el 97% de los casos y han tenido que devolver todas las cantidades + intereses a los clientes.



Lo que debéis saber:




1- El banco ofrece un acuerdo mucho menor de lo que se podría reclamar si se considera nulo el IRPH por falta de transparencia (hecho que se ha demostrado en innumerables casos de cláusula suelo y que es posible que al IRPH le suceda lo mismo si nos basamos en el Informe de la Comisión Europea sobre IRPH a fecha del 19/9/2018: leer más aquí: https://www.reclamapormi.com/reclama-por-mi/hipoteca/irph-que-es-y-como-reclamar-irph-abogado/154-que-es-y-como-reclamar-irph.html)



2- El banco en el acuerdo firmado incluye una cláusula en la que se imposibilita reclamar en el futuro tal y como sucedió con el suelo.



Por estos motivos desde Reclama Por Mí asesoramos a los clientes a tomar la mejor decisión. La consulta es gratuita.
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Isabel · Cadiz · Lunes, 01 Octubre 2018 | 06:13:06 PM · nº 4430
 Es cosa mía, o todas las noticias que salen,es como que pobre bancos, el coste tan elevado que van a tener que pagar, cómo si lo tuvieran que poner ellos, pero si, os lo habéis llevado por la cara, por no decir Ro.., ahora ha salido, otra clausulas, que es la que obliga a tener seguros de vida, pero que si nos morimos, ellos son los beneficiarios, que no entendía, si cada año que pasaba 4€ más, si se comprende que se debe menos y ojo se paga solo la mitad,blancos otra mitad queda que sigan pagando los herederos
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lorena · calahorra · Martes, 02 Octubre 2018 | 12:13:55 PM · resp. nº 615
Si, tengo la misma sensación, después de leer el informe de la comisión europea al tribunal de justicia de la unión europea, que después de decir que de acuerdo a la ley europea la clausula de interés es nula, y no se puede cambiar por el juez, como lo establecido en la clausula suelo, acaba por justificar dejarlo en cambiar el interés al Euribor. Alguien sabe por qué en lugar del art. 1303 del código civil, no se menciona el 1306 que es la excepción del anterior para cuando la culpa de que el contrato sea nulo es de alguno de los contratantes?
Calero · Narnia · Miércoles, 03 Octubre 2018 | 06:28:17 AM · resp. nº 616
Nueva noticia!!

https://www.vozpopuli.com/economia-y-finanzas/banca-reducira-exposicion-IRPH-evitar-TJUE_0_1177983311.html

Cuidado con las condiciones que aceptais, los bancos se empiezan a poner nerviosos y estan empezando a ofrecer abusos bancarios de nuevo, como por ejemplo tipos fijos o variables con diferenciales altos.

No os dejeis engañar! Reclamemos lo que es nuestro
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Veronica · Granada · Lunes, 01 Octubre 2018 | 11:47:35 AM · nº 4429
Hola buenas tardes alguien me ppdria decir que indice de IRPH me tienen que aplicar si mi revision es el 1 de agosto?? Es que creo que me han cogido el mas favorable para ellos para ser mas exacta el de junio que estaba a 1,862 y no el de julio que estaba a 1,854. Me podriais decir si puedo reclamar algo de esto o es legal? Gracias
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Montse · Barcelona · Lunes, 01 Octubre 2018 | 12:16:57 PM · resp. nº 613
Hola Verònica,

El índice te cogen el de 2 meses antes de comprarte el piso. Yo por ejemplo lo compre en junio y siempre me cogen el de abril. Espero te ayude.
Veronica · Granada · Lunes, 01 Octubre 2018 | 12:41:03 PM · resp. nº 614
Muchas gracias Montse si he entendido bien esta correcto pero me queda la duda lo mirare en las escrituras que supongo lo pondra mil gracias. Saludos desde Granada

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