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IRPH y el BOE: cómo usar el PDF oficial en una reclamación o en una revisión de cuota

IRPH y el BOE: cómo usar el PDF oficial en una reclamación o en una revisión de cuota

El valor del IRPH no es un número que “sale de internet”: es un tipo oficial que el Banco de España publica y que el BOE recoge en un PDF. Saber usar ese documento marca la diferencia entre discutir opiniones y aportar una prueba pública.

Clave: el IRPH habitual en hipotecas es el tipo medio de los préstamos hipotecarios a más de tres años, para adquisición de vivienda libre, concedidos por las entidades de crédito en España. Ese es el texto que debes localizar en el BOE.

IRPH en el BOE PDF oficial

Cuando llega una revisión de cuota, el banco comunica un nuevo tipo. Esa comunicación puede ser correcta… o no. El PDF del BOE no sustituye a un abogado ni a un informe pericial completo, pero cumple tres funciones muy concretas: fija el dato oficial del mes de referencia, permite contrastar lo que dice la entidad con lo publicado por el Banco de España, y se puede adjuntar a una reclamación como fuente pública.

Por qué el PDF del BOE importa tanto

  • Fija el dato oficial del mes de referencia del índice.
  • Permite contrastar lo que dice la entidad con lo publicado por el Banco de España.
  • Se puede adjuntar a una reclamación o a un escrito al servicio de atención al cliente.

Muchas personas guardan capturas de webs o de hojas de cálculo. Orientan, pero el BOE es el soporte que las instituciones reconocen como publicación oficial. En la página IRPH en el BOE tienes enlaces directos a PDFs de 2025 y 2026.

Qué buscar exactamente en el documento

Las resoluciones del Banco de España en el BOE suelen ocupar una sola página. Aparecen varios tipos oficiales. El que interesa para el IRPH de entidades es el del tipo medio a más de tres años con la redacción completa citada arriba.

No lo confundas con el Euríbor a distintos plazos, el IRS a cinco años, el tipo medio de la zona euro u otros índices de compensación por cancelación anticipada.

Clave: si el PDF habla de Euríbor o de IRS y no incluye el párrafo del “tipo medio… a más de tres años… entidades de crédito en España”, no es el documento para contrastar el IRPH de tu escritura.

Cómo usarlo en una revisión de cuota

  1. 1
    Localiza en tu escritura qué mes del índice se aplica y con qué periodicidad se revisa.
  2. 2
    Descarga el PDF del BOE de ese mes desde IRPH en el BOE.
  3. 3
    Anota el valor del tipo medio y compáralo con la notificación del banco.
  4. 4
    Revisa diferencial y redondeo: tipo final = índice ± diferencial ± posibles redondeos.
  5. 5
    Guarda PDF + notificación juntos, con fecha.

Clave: un desfase de un mes en el índice puede mover la cuota más de lo que parece. El PDF fija el número; la escritura fija qué mes se usa.

Cómo usarlo en una reclamación

Si reclamas por IRPH o pides que te expliquen el cálculo, el PDF refuerza el relato de hechos: indica el mes de referencia, cita el valor del BOE y la referencia BOE-A-…, adjunta el PDF completo y, si procede, señala la diferencia respecto a otro índice con fuentes oficiales.

Esto no garantiza el resultado de una reclamación, pero evita que la conversación se quede en “yo he visto otro número en una web”.

Tabla de trabajo para contrastar

Qué mirasDóndePara qué
Mes del índiceEscrituraSaber qué BOE descargar
Valor del tipo medioPDF del BOEContrastar con la notificación
DiferencialEscrituraCalcular el tipo final
RedondeoEscrituraVer si hay ajuste al alza
Nueva cuotaSimulador / bancoTraducir el tipo a euros

Ejemplo orientativo de impacto en cuota

Supón un capital pendiente de 100.000 €, 20 años restantes y diferencial 0 %. Una subida del índice de 0,20 puntos no parece dramática en el papel, pero se nota en la letra mensual. Usa siempre tus cifras reales en el simulador.

Los 484 € y 496 € son un caso tipo didáctico; no son tu cuota. Calcula la tuya con el simulador de revisión.

Errores frecuentes

  • Usar el PDF del mes de publicación como si fuera el mes del índice.
  • Confundir índices dentro del mismo BOE.
  • Olvidar el diferencial y pensar que “el IRPH del BOE es mi tipo”.
  • Adjuntar solo una captura sin identificador BOE-A-…
  • No guardar la notificación del banco junto al PDF.

Dónde encontrar los PDFs

  • IRPH en el BOE en este sitio.
  • Buscador del BOE con la frase del tipo medio a más de tres años.
  • Tabla de tipos del Banco de España (Cliente Bancario).

Para el valor reciente: IRPH hoy. Para comparar: Euríbor hoy e IRPH vs Euríbor.

Resumen

Clave final: el PDF del BOE no gana un juicio por sí solo, pero ancla el dato. Sin él discutes recuerdos; con él discutes cifras publicadas.

También: redondeo y diferencial · subrogación con IRPH · reclamar IRPH.

Comentarios

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sufrido · abrera barna · Viernes, 21 Sept. 2018 | 08:56:24 AM · nº 4408
¿ no lo se si al final se hace justicia si podríamos
alegrar después de muchos meses sufriendo para
llegar fin de mes ?
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sufrido · abrera barna · Viernes, 21 Sept. 2018 | 08:34:21 AM · nº 4407
¿ no lo se si al final se hace justícia
si podrim os alegrar despues de sufrir
muchos meses para llegar fin de mes ?
Responder
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Agonei · Fuerteventura · Jueves, 20 Sept. 2018 | 09:42:56 AM · nº 4405
Mira que noticia mutiatio!!

https://www.eldiario.es/canariasahora/especial/abusos_bancarios/Comision_Europea-afectados-IRPH-abusos_bancarios-Euribor-devolucion-intereses_0_816118959.html

Ahora hay más esperanza!!! si se puede si se puede!
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RC · Badajoz · Jueves, 20 Sept. 2018 | 07:21:50 AM · nº 4404
BUENAS NOTICIAS
http://www.elmundo.es/economia/2018/09/20/5ba29857e2704e95ab8b45cf.html
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Belen · Cadiz · Miércoles, 19 Sept. 2018 | 06:26:10 PM · nº 4403
Buenas noticias!! Yo estoy pendiente de vender vivienda,si la vendo puedo reclamar el irph desde el 2000 que lo tengo? Gracias
Responder
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Javier - Reclama Por Mí · Bizkaia · Miércoles, 19 Sept. 2018 | 03:11:36 PM · nº 4402
Hola a todos los afectados,



Hemos ampliado la información sobre IRPH de nuestra web donde además de poder informaros sobre todo lo referente al índice, hemos incluido un apartado sobre el informe basándonos en su lectura y en otras informaciones recibidas.


Lo podéis ver aquí: https://www.reclamapormi.com/reclama-por-mi/hipoteca/irph-que-es-y-como-reclamar-irph-abogado/154-que-es-y-como-reclamar-irph.html#informe





A todo aquél que tenga dudas sobre qué hacer podemos asesorar a quien lo desee sobre el tema para que conozca los pros y los contras antes de tomar la decisión.



Recomendamos antes de iniciar cualquier contratación, reclamación extrajudicial, demanda judicial o acuerdo con el banco que antes se asesore a que hay decisiones que tienen consecuencias legales importantes.



Esperamos ser de ayuda. Reclama Por Mí.
Responder
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JoseG · Gijon-Asturias · Lunes, 17 Sept. 2018 | 06:35:56 PM · nº 4400
Y de paso os dejo una muy buena noticia, para alegrar el dia,
https://irphhipotecas.wordpress.com/2018/09/17/importante-avance-en-la-cuestion-europea-respecto-al-indice-irph-la-comision-europea-se-posiciona-a-favor-del-consumidor/
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Miguel Company Lozano · ELCHE · Martes, 18 Sept. 2018 | 08:00:58 AM · resp. nº 584
Enserio ese es el informe de la Comisión?Si eso es cierto no es que sea buena noticia,es un milagro que ha venido a vernos...Ojalá de verdad sea asi..Ojalá.Me has animado el dia
Martin · Santa Coloma · Miércoles, 19 Sept. 2018 | 06:19:47 AM · resp. nº 585
Gracias gracias, mil gracias por el enlace y por las pequeñas esperanzas que esta noticia alberga para todos los afectados por este índice maldito. Un fuerte abrazo JoseG
Esperanza · Malaga · Miércoles, 19 Sept. 2018 | 10:05:36 AM · resp. nº 586
Os dejo otro enlace de la noticia.
http://www.finanzas.com/noticias/economia/20180919/propone-tjue-inste-supremo-3911423_age.html

Ver las 4 respuestas →

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JoseG · Gijon-Asturias · Lunes, 17 Sept. 2018 | 06:33:24 PM · nº 4399
Juan de Tudela,perdon por el retraso.Solo te puedo decir que no cobran porcentajes sobre lo recuperado.Todo lo recuperado es para el cliente,ellos cobrab de las costas al banco.Si te puede servir de algo yo ya he puesto en sus manos la reclamacion sobre gastos hiporecarios,notaria,registro,tasacion,ect.He estado con la abogada y me ha quedado muy claro que a mi no me cobran.Solo cobran de las costas del banco.Mas claro aun.Tengo que abonarles sobre 300 euros por todo el proceso.Dinero que me devuelven cuando ganemos el juicio.Y tengo la posibilidad de pagar todo ahora o bien puedo pagar a plazos o bien puedo pagar al final del proceso que es la opcion que yo he elegido.No caigais en las garras de aprovechados que hay por ahi.Hay abogados con etica todavia y ganan igual cuando cobran las costas del juicio al banco.Los demas solo quieren aprovecharse cobrando porcentajes sobre lo recuperado,JETAS LOS LLAMO YO
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Juan · Tudela · Viernes, 21 Sept. 2018 | 03:09:55 AM · resp. nº 588
Gracias JoseG, lei en el enlace que pudiste colgar la informacion que daban sobre el asunto y condiciones en las que se podia presentar el caso con su ayuda y me ha parecido interesante ampliar info con tu criterio , ahora mas que ademas le das solidez con tu propia experiencia, te animo a seguir hasta el final y espero poder acompañarte en esta aventura incomoda que nos ha tocado sufrir, gracias a tu testimonio creo que acabare solicitando sus servicios , con la esperanza de que todo acabe bien y podamos recuperar esa parte que a todas nos vendria muy bien no haber invertido innecesariamente. De nuevo gracias por la informacion aportada. Seguiremos esperando con impaciencia y esperanza que todo acabe bien.Saludos.
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Manuel Barrios Pascual · Mostoles Madrid · Sábado, 15 Sept. 2018 | 11:22:44 AM · nº 4398
Hola a todos:
Sigo observando que cada día que pasa, los afectados por el IRPH seguimos solamente contando
los días para ver cuando se pronuncia el TJUE.

y por supuesto seguimos estando desesperados, pero
sin manifestarnos de forma masiva ante las cortes
como han hecho otros colectivos.

Como sabéis la unión hace la fuerza y como está el
panorama es más importante para nuestros políticos es más importante los Másteres de unos y otros, y por supuesto ellos protegiendo a la banca porque en su momento suelen ser los que compran deuda del Estado ya que no la quiere nadie y así ellos salen adelante.

No me refiero al gobierno actual ( que no se quien manda en nuestro denostado País sino a todos en general.
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Rodri · Valencia · Viernes, 14 Sept. 2018 | 05:56:41 PM · nº 4397
Hola a todos, llevo mucho tiempo visitando esta página y me gustaría saber cuanto tiempo más tenemos que esperar para que Europa finalmente se decida. Dependemos muchas familias de esta importante decisión del IRPH y no entiendo como un tema como este puede tardar tanto tiempo. Ya ha pasado casi dos años desde el duro golpe del Tribunal Supremo si no recuerdo mal. ¿No había que esperar dos años más? ¿Cuanto tiempo entonces falta por esperar la nueva sentencia? Gracias de antemano.
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Ivan Molero · Corralejo · Sábado, 15 Sept. 2018 | 03:45:38 PM · resp. nº 583
Buenas tardes. Los aproximadamente 2 años que puede tardar el TJUE A
en resolver se cuentan desde el 2 de febrero,creo recordar, de ESTE año 2018. Un saludo

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