IRPH

IRPH: qué es, valor actual y evolución histórica | IRPH.es

IRPH: Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios

El IRPH (Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios) es uno de los índices oficiales que se usan en España para revisar el tipo de interés de muchas hipotecas a tipo variable. Durante años ha sido más estable que el Euríbor, pero también históricamente más caro para el consumidor. En IRPH.es centralizamos el dato actual, la evolución, la comparación con el Euríbor y las herramientas para entender el impacto en tu cuota.

IRPH actual (junio 2026)

El último dato de referencia que mostramos en portada es el IRPH Entidades de junio 2026: 3,049% (aprox. +0,063 puntos respecto a mayo y +0,247 en tasa interanual). El índice se publica mensualmente a partir de la información que reportan las entidades al Banco de España.

Puedes ver la serie y la comparación con el Euríbor en:

Qué es exactamente el IRPH Entidades

El IRPH Entidades (también conocido como IRPH del conjunto de entidades) se calcula como una media de los tipos de interés de los préstamos hipotecarios a más de tres años concedidos por el conjunto de las entidades de crédito en España. Es un índice oficial, publicado y supervisado, pero eso no implica automáticamente que la cláusula que lo incorpora en tu escritura sea transparente ni libre de control judicial.

Existen (o existieron) variantes históricas como IRPH Cajas o IRPH Bancos. En la práctica, la mayoría de las reclamaciones y del debate jurídico actual se centran en el IRPH Entidades y en cómo se explicó (o no) al firmar.

Cómo se calcula (idea clara, sin tecnicismos innecesarios)

De forma simplificada:

  1. Las entidades comunican tipos medios de sus préstamos hipotecarios.
  2. Se elabora una media según la metodología oficial.
  3. El resultado se publica y sirve de referencia para las revisiones de las hipotecas ligadas a ese índice.

La clave para el consumidor no es solo la fórmula, sino entender el efecto económico: el IRPH suele situarse por encima del Euríbor, de modo que, a igualdad de diferencial, la cuota tiende a ser más alta.

IRPH vs Euríbor: por qué importa la diferencia

El Euríbor refleja el tipo al que los bancos se prestan entre sí en el mercado interbancario. El IRPH refleja una media de tipos de préstamos ya concedidos. Por su construcción, el IRPH ha tendido a ser menos volátil, pero también más elevado en largos periodos.

Esa diferencia acumulada, mes a mes y año a año, es lo que muchos afectados cuantifican al plantear una reclamación o al valorar una novación. En IRPH.es puedes:

¿Es legal el IRPH? Transparencia y control judicial

El índice en sí es un referente oficial. La controversia jurídica se centra en la cláusula contractual que lo impone: si el banco informó de forma clara, comprensible y con datos suficientes sobre el coste y las alternativas (por ejemplo, Euríbor), o si la cláusula no supera el control de transparencia y puede considerarse abusiva.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha insistido en que el carácter oficial del índice no excluye el control de transparencia. El Tribunal Supremo español, por su parte, ha rechazado una nulidad automática y general de todas las cláusulas IRPH, y apunta a un análisis caso por caso. Amplíamos el detalle en:

Quién puede estar afectado

En general, personas con hipoteca a tipo variable referenciada a IRPH (Entidades u otras denominaciones antiguas), firmada sobre todo en los años del boom inmobiliario y posteriores, incluyendo casos de subrogación en préstamos de promotora. También hay afectados que ya cancelaron el préstamo y se preguntan si aún pueden reclamar: depende del tipo de acción y de la jurisprudencia aplicable; conviene asesoramiento profesional.

Herramientas útiles en IRPH.es

Aviso importante

La información de esta página es orientativa y divulgativa. No constituye asesoramiento jurídico ni financiero personalizado. Las decisiones sobre reclamaciones, novaciones o cambios de hipoteca deben tomarse con un profesional colegiado que revise tu escritura y tu caso concreto.

Comentarios

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francvives · barcelona · Viernes, 17 Abril 2020 | 06:44:29 PM · nº 5957
IRPH MARZO 2020 1,765
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Cristina · Barcelon-barcelona · Viernes, 17 Abril 2020 | 04:18:46 PM · nº 5956
Buenas, firme una hipoteca en 2009.plan Estatal 2005-2008.Con un interés nominal de 4'975. Tengo Irph porque lo he consultado. Es piso de VPO concertado. No se si puedo reclamar algo o no... Tengo 25 años de hipoteca, firme con la caixa Catalunya ahora BBVA. No se que hacer ni a donde dirigirme y si realmente tiene solución. Gracias
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Javier · Barcelona · Sábado, 18 Abril 2020 | 04:04:48 PM · resp. nº 2122
Buenas cristina, yo también estoy en el mismo caso que tú por desgracia. Leyendo algún artículo por internet, tengo la sensación de los que tenemos irph con pisos de protección oficial somos los que peor lo tenemos para reclamar algo. Porque si quieres reclamarle al banco, el banco te dirá que ellos te aplican lo que les marca el gobierno cada año para las VPO, y entonces tendrías que reclamar al gobierno, cosa que veo complicado. Solo tienes que ver que ya está fijado el interés para este año, no sé si lo han publicado en el BOE a día de hoy, pero el interés nos lo han puesto al 1.66.
Yo voy a esperar acontecimientos haber si al final con la presión social nos lo cambian, creo desde mi opinión que poco más podemos hacer los de VPO. Pero si alguien sabe algo más sobre el tema espero que nos responda y nos ayude .
Un saludo
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Javier Lema · La Coruña · Miércoles, 15 Abril 2020 | 09:04:33 PM · nº 5955
Hola,
Yo tengo una hipoteca 2005/2008 y en la banca online veo que pone que el tipo de interés es fijo del 1,84.
Cómo puedo saber si tengo Irph? Por más que busco no veo ni euribor no Irph por ningún lado.

Muchas gracias
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Julio · Zaragoza · Jueves, 16 Abril 2020 | 05:38:39 PM · resp. nº 2120
No lo veras. Yo, en mi ibercaja online tampoco lo veo.
Si es una VPO no es IRPH, es lo que fija no sé quien para las VPO's en función del IRPH
No creo que sea fijo... a mi ne lo suelen revisar anualmente y toca este mes.
Pablo · VALLADA · Sábado, 18 Abril 2020 | 01:17:46 AM · resp. nº 2121
TIENES VPO 100% SEGURO....TODAS LAS VPO TIENEN IRPH MENOS LOS DEL ULTIMO PLAN, PERO 2002/2005 Y 2005/2008 SEGURO QUE SI
Javier Lema · Coruña · Jueves, 23 Abril 2020 | 06:06:05 PM · resp. nº 2131
Pablo de VALLADA estás seguro de que llevan IRPH 100% seguro?

A mi lo que más me está llamando la atención es que al entrar en la banca electrónica me ponga en los datos del contrato hipotecario: Tipo de interés Fijo, y cambia cada puñetero año!
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Jose · Nava de la asuncion-segovia · Lunes, 13 Abril 2020 | 04:43:07 PM · nº 5954
Yo tengo Irph entidades con caja rural de Segovia ,he echo reclamación extrajudicial y me han contestado que según la sentencia solo es para Irph cajas
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Ismael · Sevilla · Miércoles, 15 Abril 2020 | 11:58:07 AM · resp. nº 2118
¡Que graciosos!

Para empezar ahora mismo nadie tiene el IRPH Cajas, porque despareció en 2013.

Pero si que hay mucha gente que lo tuvo y le pasaron al IRPH Entidades o le congelaron el IRPH Cajas directamente dejándole el último valor publicado y conviertiéndo su hipoteca en fija, con el valor del IRPH Cajas de 2013 que era mucho más alto que el IRPH Entidades de ahora.

El IRPH Entidades es el que éxiste ahora.


IRPH cajas, IRPH Bancos e IRPH Entidades son prácticamente iguales, solo variaban un poco sus valores entre ellos, pero la fórmula, la posición siempre por encima del Euribor y todas sus peculiaridades son las mismas.

¿O es que ahora tenemos que esperar a que llegue otro procedimiento, en este caso IRPH Entidades al TJUE, para que digan exactamente lo mismo?

De verdad, cuando no saben por donde salir, se inventan cualquier excusa que se les ocurre al momento.
Javier - Reclama Por Mí · Bizkaia · Miércoles, 15 Abril 2020 | 11:59:08 AM · resp. nº 2119
Hola Jose de Nava,

En primer lugar indicarle que las entidades bancarias suelen rechazar las reclamaciones extrajudiciales y en muchos casos se justifican así. No obstante, aunque su índice esté referenciado al IRPH entidades puede seguir reclamando, además actualmente solo está vigente este tipo de índice.  La sentencia del TJUE permite realizar el control de transparencia sobre la cláusula que regula el interés de referencia del préstamo ya sea Irph entidades, como en los desaparecidos cajas y bancos que ahora estarían congelados, funcionando como un tipo fijo en aquellos casos donde no hay un índice sustitutivo vigente. Por este motivo, las entidades deben demostrar entre otras cosas que se informó al cliente de manera clara de cómo se calcula, de su evolución y de la comparativa con otro tipo de índices. Si no supera el control de transparencia, como le ha pasado a la mayoría de los afectados, ese Irph es susceptible de ser considerado nulo y por tanto, conseguir que le devuelvan las cantidades abonadas en exceso. 

Si quiere más información, puede llamarnos al 691917964 o entrar en nuestra página web https://www.reclamapormi.com/.
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juanjo · valencia · Lunes, 13 Abril 2020 | 10:13:31 AM · nº 5953
Dabitxu de BARCELONA:no crees en la justicia española ( que visto lo visto es muy logico). pero por lo contrario veo que QUE SI CREES EL DE DE EUROPA!!!!
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Ron · El Vendrell- Tarragona · Viernes, 10 Abril 2020 | 04:00:35 AM · nº 5952
Hola, lo que me da mal rollo de todo esto es que el TS tenga que decir algo,creo que tardará bastante, le dará tiempo a los bancos para poder pagar a pequeños plazos. Y a lo que tengo más miedo es a que le hagan ellos mismos una pregunta al TJUE, y se tiren dos años más para contestarla. Son tácticas para alargar procesos y que la gente se heche atrás o firme acuerdos con la banca, pero sin ver un euro, que es lo que ofrecen ahora. Cuidaros y suerte.
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María Rodríguez · Granada · Jueves, 09 Abril 2020 | 11:53:06 AM · nº 5951
Hola. Tengo intención de reclamar al banco por irph y el abogado me da un presupuesto de 700€ y me añade los siguientes párrafos y me gustaría saber si es
la práctica normal o por el contrario puede haber otra posibilidades. El cliente reconoce haber recibido información en relación a que los procedimientos judiciales cuyo resultado sea infructuoso pueden llevar
aparejada la condena en costas, que obligaría a satisfacer las causadas a la parte contraria. Un saludo
En caso de condena en costas a la parte contraria, el cliente cede estas a favor del despacho de Xxxxxxx
Quedan excluidos de este presupuesto, los honorarios de otros profesionales, notarios o peritos que, en caso de ser necesaria su intervención,
devengaran sus honorarios independientemente a los aquí calculados, así como los gastos y suplidos por desplazamiento y dietas. Quedan
también excluidos de éste presupuesto, el importe de Tasas y depósitos judiciales que se tengan que pagar al inicio o a lo largo del proceso, así
como las costas procesales de la parte contraria, para el hipotético caso de que se pierda el asunto con imposición de costas al cliente.
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Hmg · Zaragoza · Sábado, 11 Abril 2020 | 05:44:56 PM · resp. nº 2117
Ten en cuenta que si hay condena en costas, Hacienda las computa como una ganancia patrimonial tuya, y pagarás IRPF por eso. Independientemente de que las cobre el abogado, ya que se las has cedido. Tenlo en cuenta
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Dabitxu · BARCELONA · Jueves, 09 Abril 2020 | 09:56:35 AM · nº 5950
Hola, Ya he enviado la reclamación extrajudicial a CaixaBankdidos y en unas 2 o 3 semanas interpondremos la demanda. Empieza la guerra.
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Antonio Dominguez · Bollullos del Condado_ Huelva · Jueves, 09 Abril 2020 | 06:41:56 PM · resp. nº 2113
Hola buenas tardes, yo tambien tengo hipoteca con Caixabank y quiero presentar reclamacion y no se si esperar a que se pronuncie el TS.
Bien te he leido y has puesto reclamacion y vas a emprender proceso judicial, ¿sin esperar a que te contesten?, ¿te han dicho en la Caixa cuando te contestaran a la reclamacion?.
Me gustaria que si puedes me contestara a estas prguntas y que escribas la resolucion que te da la Caixa si es que te la da.
Gracias de antemano y espero tu comentario
Dabitxu · BARCELONA · Jueves, 09 Abril 2020 | 11:21:20 PM · resp. nº 2114
Hola Antonio,
Les he enviado la reclamación a través de su muro.
No espero respuesta de ellos, por lo que ni me he molestado en ir a su sucursal que además la tengo muy lejos. Tampoco voy a gastar ni un euro en un burofax.
Sé que los mensajes del muro les llega y los leen porque durante años siempre me han contestado. Soy de Barcelona e Independentista catalán radical y no creo en la "justicia espanyola", por lo que no voy a esperar al TS. Además ya cuento que esto va a durar unos 8 años, pero no pasa nada, tengo tiempo. Saludos
Julio · Tarragona · Viernes, 10 Abril 2020 | 07:52:34 AM · resp. nº 2115
Tengamos paciencia que la justicia española no hará nada.... serán los bancos catalanes los que nos devuelvan lo robado... como buenos europeos

Ver las 4 respuestas →

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Javier - Reclama Por Mí · Bizkaia · Lunes, 06 Abril 2020 | 04:54:23 PM · nº 5949
Desde Reclama Por Mí hemos detectado que muchos afectados han recibido tanto antes de la Sentencia del TJUE como posteriormente, una propuesta del banco a cambio de que renuncien a reclamar ante los tribunales en un futuro.
Por ejemplo, al afectado se le ofrece la oportunidad de cambiar su hipoteca referenciada al IRPH al Euribor más un diferencial. Este supuesto implica una bajada mínima de la cuota de hipoteca que realmente no compensa al afectado, además de perder la opción de reclamar todas las cantidades pagadas de más ya sea en comparación con el Euribor o incluso declarando el índice nulo. Es decir, puede dejar de recuperar entre 20.000 euros y 70.000 euros dependiendo de la decisión del juez.



Antes de aceptar uno de los acuerdos, consulte con un abogado especialista: https://www.reclamapormi.com/reclamacion/
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Antonio Dominguez · Bollullos del Condado_ Huelva · Lunes, 06 Abril 2020 | 07:11:51 PM · resp. nº 2110
Ese es el problema que queda a la decision del juez y hay jueces que ya sabemos con quien van, asi como que habra sentencias distintas de casos identicos, por lo tanto creo y espero que el Tribunal Supremo y el gobierno se pronuncien de alguna manera y cree jurisprudencia y se obligue a la banca a resolver las reclamaciones de los afectados de manera extrajudicial, porque sino esto no acabara nunca entre recursos de unos y de otros,
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javi · zaragoza · Domingo, 05 Abril 2020 | 03:26:49 PM · nº 5948
Nuevo interes VPO:

Tipo de interés anterior revisado
Programa 1996 (Plan 1996-1999) 2,50% 2,50%
Plan 1998-2001 1,91% 1,91%
Plan 2002-2005 1,86% 1,67%
Plan 2005-2008 1,86% 1,66%

fuente:

https://www.lamoncloa.gob.es/consejodeministros/referencias/paginas/2020/refc20200331.aspx#Viviendas
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Julio · Zaragoza · Domingo, 05 Abril 2020 | 05:55:47 PM · resp. nº 2107
Gracias.
Oscar · Palencia · Lunes, 06 Abril 2020 | 10:35:10 AM · resp. nº 2109
Vamos que el gobierno se pasa por el forro lo que ha dicho el TJUE, sigue aplicando el tipo de interés sobre el IRPH entidades...
De verdad que no se puede hacer nada cuando un estado miembro aplica algo que el TJUE ha dicho que no se aplicó correctamente??

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