IRPH

IRPH: qué es, valor actual y evolución histórica | IRPH.es

IRPH: Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios

El IRPH (Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios) es uno de los índices oficiales que se usan en España para revisar el tipo de interés de muchas hipotecas a tipo variable. Durante años ha sido más estable que el Euríbor, pero también históricamente más caro para el consumidor. En IRPH.es centralizamos el dato actual, la evolución, la comparación con el Euríbor y las herramientas para entender el impacto en tu cuota.

IRPH actual (junio 2026)

El último dato de referencia que mostramos en portada es el IRPH Entidades de junio 2026: 3,049% (aprox. +0,063 puntos respecto a mayo y +0,247 en tasa interanual). El índice se publica mensualmente a partir de la información que reportan las entidades al Banco de España.

Puedes ver la serie y la comparación con el Euríbor en:

Qué es exactamente el IRPH Entidades

El IRPH Entidades (también conocido como IRPH del conjunto de entidades) se calcula como una media de los tipos de interés de los préstamos hipotecarios a más de tres años concedidos por el conjunto de las entidades de crédito en España. Es un índice oficial, publicado y supervisado, pero eso no implica automáticamente que la cláusula que lo incorpora en tu escritura sea transparente ni libre de control judicial.

Existen (o existieron) variantes históricas como IRPH Cajas o IRPH Bancos. En la práctica, la mayoría de las reclamaciones y del debate jurídico actual se centran en el IRPH Entidades y en cómo se explicó (o no) al firmar.

Cómo se calcula (idea clara, sin tecnicismos innecesarios)

De forma simplificada:

  1. Las entidades comunican tipos medios de sus préstamos hipotecarios.
  2. Se elabora una media según la metodología oficial.
  3. El resultado se publica y sirve de referencia para las revisiones de las hipotecas ligadas a ese índice.

La clave para el consumidor no es solo la fórmula, sino entender el efecto económico: el IRPH suele situarse por encima del Euríbor, de modo que, a igualdad de diferencial, la cuota tiende a ser más alta.

IRPH vs Euríbor: por qué importa la diferencia

El Euríbor refleja el tipo al que los bancos se prestan entre sí en el mercado interbancario. El IRPH refleja una media de tipos de préstamos ya concedidos. Por su construcción, el IRPH ha tendido a ser menos volátil, pero también más elevado en largos periodos.

Esa diferencia acumulada, mes a mes y año a año, es lo que muchos afectados cuantifican al plantear una reclamación o al valorar una novación. En IRPH.es puedes:

¿Es legal el IRPH? Transparencia y control judicial

El índice en sí es un referente oficial. La controversia jurídica se centra en la cláusula contractual que lo impone: si el banco informó de forma clara, comprensible y con datos suficientes sobre el coste y las alternativas (por ejemplo, Euríbor), o si la cláusula no supera el control de transparencia y puede considerarse abusiva.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha insistido en que el carácter oficial del índice no excluye el control de transparencia. El Tribunal Supremo español, por su parte, ha rechazado una nulidad automática y general de todas las cláusulas IRPH, y apunta a un análisis caso por caso. Amplíamos el detalle en:

Quién puede estar afectado

En general, personas con hipoteca a tipo variable referenciada a IRPH (Entidades u otras denominaciones antiguas), firmada sobre todo en los años del boom inmobiliario y posteriores, incluyendo casos de subrogación en préstamos de promotora. También hay afectados que ya cancelaron el préstamo y se preguntan si aún pueden reclamar: depende del tipo de acción y de la jurisprudencia aplicable; conviene asesoramiento profesional.

Herramientas útiles en IRPH.es

Aviso importante

La información de esta página es orientativa y divulgativa. No constituye asesoramiento jurídico ni financiero personalizado. Las decisiones sobre reclamaciones, novaciones o cambios de hipoteca deben tomarse con un profesional colegiado que revise tu escritura y tu caso concreto.

Comentarios

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Fernando R. · Sevilla · Domingo, 14 Octubre 2018 | 05:45:45 PM · nº 4452
Imaginemos...Supuestamente Europa considerarà nulo el Irph que se aplicara sin transparencia.(En mi caso fue asì).Yo ahora tendrìa que demandar al banco,ganar el pleito y esperar el recurso del banco a la audiencia.Total...3 años màs.Eso es lo que estàmos esperando?Eso nos puede contentar?.Que error amigos,o empujamos para que lo declaren nulo totalmente o la guerra no tendrà fin.Yo no podria esperar màs y menos esperar para seguir acudiendo al juzgado.Ahì os dejo mi reflexiòn.
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Ivan Molero · Corralejo · Lunes, 15 Octubre 2018 | 07:33:09 AM · resp. nº 636
Buenos días. Creo que se equivoca, las sentencias del TJUE son de obligado cumplimiento voy no se recurren se aplica en única instancia,.
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Alfonso · Madrid · Jueves, 11 Octubre 2018 | 07:28:14 PM · nº 4451
Si se declarase nulo el IRPH ... ¿que pasaria con las hipotecas VPP y VPO vinculadas al IRPH?


El banco puede argumentar que con tipos de interes que establece el congreso



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Irph · Madrid · Jueves, 18 Octubre 2018 | 01:14:56 PM · resp. nº 642
Yo tengo la misma pregunta. Alguien que nos diga algo?
olga · valencia · Martes, 30 Octubre 2018 | 01:23:53 PM · resp. nº 670
Me pasa igual, tengo hipoteca IRPH de VPO ¿Que pasa con nosotros?

Somos perjudicados por partida doble, los abogados pasan de nosotros porque es vivienda protegida y dicen que "es cosa del estado" pero en cambio estamos atados de pies y manos sin poder vender ni alquilar durante x años.

Alguien con VPO que me de algo mas de informacion por favor ¿Tenemos posiblidades??
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Javier - Reclama Por Mí · Bizkaia · Jueves, 11 Octubre 2018 | 04:47:54 PM · nº 4450
Hola a todos,



Estamos recibiendo muchos contactos de clientes en Reclama Por Mí (http://www.reclamapormi.com) que nos comunican qué hacer con el IRPH y ESPECIALMENTE NOS PREOCUPA que hay muchos clientes que están recibiendo comunicaciones por parte del banco en el que les ofrecen un acuerdo.



Queremos poner sobre aviso a todos los afectados que ANTES DE ACEPTAR EL ACUERDO SE ASESOREN.



Esto mismo sucedió con las cláusulas suelo y muchos afectados firmaron acuerdos sin consultar sin tener en cuentas las repercusiones. Si los bancos empiezan a moverse y empezar a llegar a acuerdos es porque ven venir algo similar al suelo donde han perdido el 97% de los casos y han tenido que devolver todas las cantidades + intereses a los clientes.



Lo que debéis saber:



1- El banco ofrece un acuerdo mucho menor de lo que se podría reclamar si se considera nulo el IRPH por falta de transparencia (hecho que se ha demostrado en innumerables casos de cláusula suelo y que es posible que al IRPH le suceda lo mismo si nos basamos en el Informe de la Comisión Europea sobre IRPH a fecha del 19/9/2018: leer más aquí: https://www.reclamapormi.com/reclama-por-mi/hipoteca/irph-que-es-y-como-reclamar-irph-abogado/154-que-es-y-como-reclamar-irph.html)



2- El banco en el acuerdo firmado incluye una cláusula en la que se imposibilita reclamar en el futuro tal y como sucedió con el suelo.





Por estos motivos desde Reclama Por Mí asesoramos a los clientes a tomar la mejor decisión. La consulta es gratuita.
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mourad · cadiz · Viernes, 12 Octubre 2018 | 03:56:53 AM · resp. nº 635
Buenos dias.

alguien me puede decir si en cadiz los jueces estan a favor del cliente o bancos en el tema de irph .

un saludo.
rodrigo · almeria · Miércoles, 17 Octubre 2018 | 03:31:04 PM · resp. nº 638
Lo que haga el juez de primera instancia, da igual, si luego el banco llega al supremo y el supremo te aplica su sentencia propia anterior, que es lo que va a hacer. Es una pérdida de tiempo. Y por otro lado, la sentencia del TJUE no va a impedir poder agotar los recursos legales, ahí está la clausula suelo de miles de personas que empezaron el procedimiento hace màs de diez años esperando la sentencia de la audiencia de madrid, y de la sentencia del TJUE de la claúsula suelo ya llovió. En este caso lo mas logico en primera instancia no es limitarse a darte la razón, es hacer lo que hizo el juez de barcelona, preguntando al TJUE, que impide que se pueda recurrir al supremo por esa sentencia anterior al menos, aunque no ha hecho las preguntas que se le pidieron.
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Francisco · Lucena-Cordoba · Jueves, 11 Octubre 2018 | 10:51:54 AM · nº 4448
Buenos días , alguien conoce el indice de referencia " TRH TOTAL ENTIDADES " ? Tengo la hipoteca referenciada a este indice, es equivalente al IRPH ? Gracias.
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Manu · A Coruña · Miércoles, 10 Octubre 2018 | 07:27:49 PM · nº 4447
Mucho ánimo a tod@s!
https://youtu.be/xe5fiHfXjtw
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Pedro · Parets del Vallés- Barcelona · Miércoles, 10 Octubre 2018 | 06:27:41 AM · nº 4446
Hoy tenía el juicio, contra el BBVA por Irph y al final ha quedado el caso visto para sentencia, ya que ellos solicitaron que testificara el director que tenía la caixa Sabadell cuando firmé la hipoteca y o bien el no quiere testificar o ves a saber que ha pasado.

Alguien sabe cuanto tiempo se tarda en saber la sentencia?
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Isabel · Cadiz · Miércoles, 10 Octubre 2018 | 09:30:09 AM · resp. nº 630
Pedro, buenos días que impresión, o que te ha dicho tu abogado,es bueno que no se presente? Hombre supuestamente, te está dando la razón, si puedes cuando sepas algo lo pones, confía y mucha suerte, Isa
Pedro · Parets del Vallés Barcelona · Miércoles, 10 Octubre 2018 | 08:59:24 PM · resp. nº 634
Buenas Isa, pues la verdad es que la impresión que me ha dado es buena ya que después del escrito de Europa después de pasarlo mal estos 12 años.... ESTO TE DEVUELVE LA ILUSIÓN Y más cuando he ido mirando por internet y esta jueza es de las que no hizo caso al Supremo y siguió anulando este interés que a tantos de nosotros nos está llevando por el camino la amargura!!!

Ahora a esperar la sentencia que sea favorable y que empiecen A devolvernos todo a tantos de nosotros que llevamos tantísimos años sufriendo!!!
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Fernando R. · Sevilla · Martes, 09 Octubre 2018 | 07:26:12 PM · nº 4445
Cualquier empresa de 400 o 500 trabajadores hace màs ruido que nosotros...joè,que somos 1000000.A cualquier idea ingeniosa me apuntaria de veras,ojalà la tuviera yo.Siento tener una opiniòn tan negativa pero es la que preveo.Movilzaciones amigos,videos virales,etc.Un algo o nos lo tragaremos de por vida.Unicamente seremos victoriosos si de manera total es declarado nulo en todos los coceptos y situaciones
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Juan · Las PanasG C · Miércoles, 10 Octubre 2018 | 06:15:01 PM · resp. nº 633
Tienes razón Fernando me apunto desde Canarias para una manifestación
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Fernando R. · Sevilla · Martes, 09 Octubre 2018 | 07:06:37 PM · nº 4444
Lo estàmos viendo venir,somos un millòn de personas de verlas venir.Con suerte declararàn nulos los de falta de transparencia.Y ahora que?.Al juzgado,primera instancia,gànalo primero y ahora espera la reclamaciòn del banco a la audiencia.Total dos años de Europa,año y medio de primera instancia y otro año de la audiencia.Èchale 4 o 5 años màs.Amigos,o hacemos añgo el millòn de perjudicados o ...paganini para siempre.Pagar,pagar y pagar.
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Alfonso · Madrid · Martes, 09 Octubre 2018 | 05:28:15 PM · nº 4443
Si se declarase nulo el IRPH ... ¿que pasaria con las hipotecas VPP y VPO vinculadas al IRPH?


El banco puede argumentar que con tipos de interes que establece el congreso



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maria · oviedo · Miércoles, 10 Octubre 2018 | 12:33:03 PM · resp. nº 632
El gobierno te establece un límite a todo el precio de la hipoteca ( interés simple, compuesto y comisiones) que es lo que es el llamado irph. Es el banco el que te lo usa como interés simple en tu contrato particular. Eso el gobierno no lo establece. El gobierno cree que el banco lo está usando como precio total de la hipoteca tal y como establece el banco de España a los bancos. Y cree que tú te estás quejando del valor del irph, suponiendo que el banco lo ha usado como tal. Sin embargo, el sobreprecio desorbitado de tu hipoteca, es por el uso que el banco le da en tu contrato, no por el valor en sí del irph, aunque a ti te lo pueda hacer parecer. Porque es verdad que es manipulable (el Euribor también), y que existe una desviación de la media en la formula del banco de España. pero eso no justifica ni de lejos un sobreprecio como el de tu contrato. El gobierno, ha cambiado al Euribor más el diferencial, es decir, al interés simple, pero eso deja libertad a los bancos para que te pongan el interés compuesto y las comisiones que quieran, lo que puede ser tan caro como quieran, incluso mas que el maluso del irph. Pero podía haber sido peor, que te hubiesen fijado sólo el Euribor, que era lo que tú en tu ignorancia pedías. Hay que tener cuidado con lo que se pide. Porque el banco te está arengando contra el gobierno, y el banco de España, y eso es falso.
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Miguel · ELCHE · Lunes, 08 Octubre 2018 | 10:33:09 PM · nº 4442
Por favor,no decir más que el Irph se declarara nulo.Lo que podría pasar o no,es que se declare que tenga que someterse al control de transparencia al igual que paso con las cláusulas suelo,que muchas son legítimas,siempre y cuando se explicará antes y el consumidor lo aceptase.Si alguien decidió por si mismo y aceptó ese Irph no podría reclamar pq supuestamente se lo explicaron y el lo acepto.Lo logico es que si te explican lo que es nunca lo aceptes,por eso se tiene que someter a ese control,y si el caso es que no te lo han explicado y no te han dado a elegir que tipo de interés quieres,se declare nulo en tu caso,NO NULO EN TODOS LOS CASOS. Por eso habría que reclamar pq no todos los casos son iguales.No confundamos a la gente
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Jose · Bilbao-Vizcaya · Martes, 09 Octubre 2018 | 09:50:05 AM · resp. nº 628
Se entiende que todo el que tiene IRPH lo acepto y no por ello tenía porque entender lo que estaba firmando,y menos cuando la banca te cuenta mentiras y el notario lee de carrerilla sin focalizar,haber si ahora vamos a tener que tener estudios que no los tienen ni quien nos gobierna o gobernó,la cosa está clara,nos engañaron con el IRPH y con otro montón de cláusulas abusivase ilegales,por ejemplo,como puede ser que un préstamo de interés variable se quede en fijo como le sucedio a muchas personas que tenían un crédito abierto con la Caixa,etc,etc
maria · oviedo · Miércoles, 10 Octubre 2018 | 12:14:29 PM · resp. nº 631
Yo opino lo mismo, esta sentencia del TJUE es para que no te apliquen directamente la sentencia del supremo. El juez de Barcelona pregunta si tiene que hacer lo que ha dicho el supremo o puede entrar a juzgar, porque la legislación de la UE se lo permite. Para que el TJUE declare abusiva la clausula, es cuando se ha aplicado la ley europea y se ha aplicado en contra. Aquí estamos en poder utilizar la ley europea, que el supremo ha dicho que no es aplicable, respondiendo a algo que no se le había preguntado. Y ahora la mayoría de los jueces lo aplican a todas las demandas, por más que no sea eso lo que se reclama. Lo que había que haber reclamado es la sentencia del supremo por incongruente, a ver si así aprenden a dejar de tomar el pelo a la gente, que esperas 4 años para llegar al supremo y luego contesta a lo que le da la real gana, lo hayas preguntado o no. Puesto que no tienen a nadie encima que se lo enmiende. El TC, está saturado prevaricando y resolviendo derechos inexistentes para los ilegales. Los españoles no tenemos este servicio.

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