IRPH

IRPH: qué es, valor actual y evolución histórica | IRPH.es

IRPH: Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios

El IRPH (Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios) es uno de los índices oficiales que se usan en España para revisar el tipo de interés de muchas hipotecas a tipo variable. Durante años ha sido más estable que el Euríbor, pero también históricamente más caro para el consumidor. En IRPH.es centralizamos el dato actual, la evolución, la comparación con el Euríbor y las herramientas para entender el impacto en tu cuota.

IRPH actual (junio 2026)

El último dato de referencia que mostramos en portada es el IRPH Entidades de junio 2026: 3,049% (aprox. +0,063 puntos respecto a mayo y +0,247 en tasa interanual). El índice se publica mensualmente a partir de la información que reportan las entidades al Banco de España.

Puedes ver la serie y la comparación con el Euríbor en:

Qué es exactamente el IRPH Entidades

El IRPH Entidades (también conocido como IRPH del conjunto de entidades) se calcula como una media de los tipos de interés de los préstamos hipotecarios a más de tres años concedidos por el conjunto de las entidades de crédito en España. Es un índice oficial, publicado y supervisado, pero eso no implica automáticamente que la cláusula que lo incorpora en tu escritura sea transparente ni libre de control judicial.

Existen (o existieron) variantes históricas como IRPH Cajas o IRPH Bancos. En la práctica, la mayoría de las reclamaciones y del debate jurídico actual se centran en el IRPH Entidades y en cómo se explicó (o no) al firmar.

Cómo se calcula (idea clara, sin tecnicismos innecesarios)

De forma simplificada:

  1. Las entidades comunican tipos medios de sus préstamos hipotecarios.
  2. Se elabora una media según la metodología oficial.
  3. El resultado se publica y sirve de referencia para las revisiones de las hipotecas ligadas a ese índice.

La clave para el consumidor no es solo la fórmula, sino entender el efecto económico: el IRPH suele situarse por encima del Euríbor, de modo que, a igualdad de diferencial, la cuota tiende a ser más alta.

IRPH vs Euríbor: por qué importa la diferencia

El Euríbor refleja el tipo al que los bancos se prestan entre sí en el mercado interbancario. El IRPH refleja una media de tipos de préstamos ya concedidos. Por su construcción, el IRPH ha tendido a ser menos volátil, pero también más elevado en largos periodos.

Esa diferencia acumulada, mes a mes y año a año, es lo que muchos afectados cuantifican al plantear una reclamación o al valorar una novación. En IRPH.es puedes:

¿Es legal el IRPH? Transparencia y control judicial

El índice en sí es un referente oficial. La controversia jurídica se centra en la cláusula contractual que lo impone: si el banco informó de forma clara, comprensible y con datos suficientes sobre el coste y las alternativas (por ejemplo, Euríbor), o si la cláusula no supera el control de transparencia y puede considerarse abusiva.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha insistido en que el carácter oficial del índice no excluye el control de transparencia. El Tribunal Supremo español, por su parte, ha rechazado una nulidad automática y general de todas las cláusulas IRPH, y apunta a un análisis caso por caso. Amplíamos el detalle en:

Quién puede estar afectado

En general, personas con hipoteca a tipo variable referenciada a IRPH (Entidades u otras denominaciones antiguas), firmada sobre todo en los años del boom inmobiliario y posteriores, incluyendo casos de subrogación en préstamos de promotora. También hay afectados que ya cancelaron el préstamo y se preguntan si aún pueden reclamar: depende del tipo de acción y de la jurisprudencia aplicable; conviene asesoramiento profesional.

Herramientas útiles en IRPH.es

Aviso importante

La información de esta página es orientativa y divulgativa. No constituye asesoramiento jurídico ni financiero personalizado. Las decisiones sobre reclamaciones, novaciones o cambios de hipoteca deben tomarse con un profesional colegiado que revise tu escritura y tu caso concreto.

Comentarios

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Loles · En un lugar de la mancha · Jueves, 23 Agosto 2018 | 06:59:25 AM · nº 4388
Noticias frescas, amigos del IRPH

http://www.legaltoday.com/practica-juridica/civil/civil/la-suspension-por-prejudicialidad-civil-en-los-procedimientos-judiciales-con-clausula-irph
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JoseG · Gijon-Asturias · Miércoles, 22 Agosto 2018 | 06:35:06 PM · nº 4387
Por cierto ya no me fio de las administradores de este foro.He querido explicar con mas detalle lo que hay en la direccion que os he enviado y por 3 veces me sale codigo erroneo o algo asi.No les gustaba lo que explicaba por lo visto ,En cuanto he puesto solo la direccion""oiga ningun problema""
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Pamida · Villamartín-Cádiz · Miércoles, 22 Agosto 2018 | 09:58:16 PM · resp. nº 571
De esa idea hay ya muchas gente. Solo tienes que ver las publicaciones que hay. Creamos un foro libre!!!!!
Isa · Madrid · Jueves, 23 Agosto 2018 | 07:01:01 AM · resp. nº 572
Creo que el problema lo tienes tu que no tienes ni idea de como poner mensajes
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JoseG · Gijon-Asturias · Miércoles, 22 Agosto 2018 | 06:31:22 PM · nº 4386
Solo entrad aqui si no quereis pagar de mas https://es-es.facebook.com/StopClausulaSueloHipotecas/
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Cristina · Humanes -Madrid · Miércoles, 15 Agosto 2018 | 01:21:48 PM · nº 4385
Buenas tardes,

Recientemente me enteré del tema este del IRPH. Pues bien, mis padres firmaron una hipoteca con UCI que se regía por este índice. Hace 2 años nos concedieron la dación en pago y posterior alquiler social.

Es posible reclamar en este supuesto?

Gracias
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maria · asturias · Lunes, 27 Agosto 2018 | 06:06:03 PM · resp. nº 574
Para enviar tu caso a las autoridades tecnicas europeas, puedes enviar una copia de la hipoteca a normastecnicas@economistas.org, es gratuito.
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Javier - Reclama Por Mí · Bizkaia · Martes, 14 Agosto 2018 | 07:34:02 AM · nº 4384
Hola a todos los afectados,



Aprovechamos para recordar lo que dijimos hace algunos días desde reclamapormi.com en referencia a reclamar IRPH.



Guías para los afectados por IRPH:



1- Si tu caso aún no ha sido juzgado recomendamos desde http://www.reclamapormi.com mantenerse a la espera de la sentencia del TJUE. Sabemos que hay que esperar y que en muchos casos puede suponer pagar unas cuotas en la hipoteca muy altas. No obstante, el riesgo de iniciar un trámite por la vía judicial es altísimo ya que el TJUE puede no pronunciarse a tiempo y el coste de apelar es alto y además limitado. No recomendamos iniciar ningún proceso. Quien quiera saber cómo proceder que deje su reclamación aquí y le explicaremos como hacerlo: https://www.reclamapormi.com/reclamacion/



2- A todos aquellos que hayáis iniciado el trámite:Lamentablemente tenéis que tomar una decisión muy difícil. Tenéis que valorar el riesgo/beneficio conociendo el coste de apelar el primera y segunda instancia llegado el caso frente al coste de oportunidad que supone dejar de reclamar por IRPH si el TJUE le da la vuelta.



Como sabréis la mayoría de los afectados por IRPH, puede reclamar por los gastos hipotecarios o incluso puede que tenga suelo además de IRPH.



Debéis saber que se puede empezar por reclamar los gastos hipotecarios o el suelo y posteriormente, si la justicia falla a nuestro favor, reclamar por el IRPH. No es necesario, y desde http://www.reclamapormi.com no recomendamos iniciar un proceso judicial por el IRPH hasta que se sepa más.



A todo aquél que tenga dudas sobre qué hacer podemos asesorar a quien lo desee sobre el tema para que conozca los pros y los contras antes de tomar la decisión.



Recomendamos antes de iniciar cualquier contratación, reclamación extrajudicial, demanda judicial o acuerdo con el banco que antes se asesore a que hay decisiones que tienen consecuencias legales importantes.



Esperamos ser de ayuda. Reclama Por Mí.
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Juan · Reus - Tarragona · Lunes, 06 Agosto 2018 | 06:57:17 PM · nº 4383
Hola a todos, solo quiero hacer una pequeña puntualización, que aunque parezca una tonteria, es y puede ser muy relevante para muchos afectados por el IRPH. Cuando se comenta en el foro que cuanto tiempo falta para que se pronuncie Europa, se responde de forma generalizada "2 años". Pues bien, desde el mes de febrero que se admitio a tramite por el Tribunal de Justicia Eutopeo, ya han pasado 6 meses, y creo que esa esperanza que tenemos todos se merece que digamos que actualmente seria un año y medio, mas o menos lo que tenemos que esperar.
Por supuesto ojala fuera un poco antes.
Un saludo, y animo a todos !!!
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David · BARCELONA · Jueves, 16 Agosto 2018 | 01:01:10 AM · resp. nº 569
Hola Juan,
Yo soy muy negativo y creo que después de este año y medio que tenemos que esperar, la banca recurrirá y luego otro recurso de casación y eso nos llevará a 5 o 6 años.
kikolg · Toledo · Jueves, 16 Agosto 2018 | 12:26:36 PM · resp. nº 570
Pues yo David, al contrario que tú, aún tengo esperanza y no perderé la ilusión de que esta vez sí nos den la razón.
Entre todos debemos de animarnos hasta que llegue el dia, en que nos den o quiten la razón.
Pero mientras (al menos yo) trataré de dar palabras de ánimo a la gente, que para sufrir y llorar ya tendremos tiempo y para desanimarnos ya tenemos a nuestro "querido" banco.

David, como dicen: "Todo tiene solución menos la muerte." (Y por lo que tengo entendido estan en ello )

Animos!!!!


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ESTHER · BARCELONA · Viernes, 03 Agosto 2018 | 06:56:13 AM · nº 4382
buenos dias Monste, he leido que europa por lo menos en dos años no van a dictar sentencia, los bancos quieren que los jueces españoles dicten sentencia a favor de ellos, y luego tambien saben los bancos que el euribor esta empezando a subir. son unos listos
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Montse · Rubí-Barcelona · Viernes, 03 Agosto 2018 | 06:14:07 AM · nº 4381
Buenos días,

Alguien sabe cuánto puede tardar en salir la sentencia del TJUE? Nosotros nos han puesto la apelación en septiembre no todos los juzgados están parando los procedimientos y venga a pagar nos quieren arruinar antes para que lo dejemos estar. Como alguien ha dicho en el foro los que estamos luchando desde el principio aún seremos los más perjudicados. Yo también creo que vamos a ganar pero espero que sea este 2018. Feliz día a todo el mundo.
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Alfonso · Madrid · Viernes, 03 Agosto 2018 | 04:15:24 AM · nº 4380
Euribor Junio: 1,862 bajando con cuentagotas ... pero para alguno sera un pequeño alivio.





A ver si Europa se pronuncia y nos da la razon YA.
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David · Alcalá de guadaira · Jueves, 02 Agosto 2018 | 10:49:41 PM · nº 4379
Mi duda es la siguiente que opciónes tenemos los que estamos ya juzgados pues somo los que hemos construido este camino y parece que vamos a hacer los más perjudicados, se me podría aclarar? Gracias y ánimos a todos estamos en la recta final
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Oscar · Irun (Gipuzkoa) · Sábado, 04 Agosto 2018 | 01:36:20 PM · resp. nº 567
Hola, no quiero ser el malo de la película. Pero ten por seguro que aunque intentes denunciar de nuevo, el banco alegará que cosa juzgada no puede volver a ser juzgada.
Espero que de alguna manera lo que decida el TJUE te pueda servir por lo menos para no seguir pagando de mas. Un saludo
maria · asturias · Miércoles, 08 Agosto 2018 | 02:11:16 PM · resp. nº 568
Para saber si tu contrato incumple las normas técnicas puedes enviar una copia a normastecnicas@economistas.org es gratuito. Las normas técnicas son formulas matemáticas estandarizadas que establecen correspondencias entre distintas clausulas o especificaciones de los contratos. Se trata de un motivo distinto por el que tu contrato puede ser nulo.
Ana · Madrid · Viernes, 21 Sept. 2018 | 10:30:39 PM · resp. nº 589
Hola, los que habéis iniciado la vía judicial TENÉIS QUE SEGUIR ya que, en el supuesto de que el TJUE falle a nuestro favor -NO PODRÉIS VOLVER A RECLAMAR-

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