IRPH

IRPH: qué es, valor actual y evolución histórica | IRPH.es

IRPH: Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios

El IRPH (Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios) es uno de los índices oficiales que se usan en España para revisar el tipo de interés de muchas hipotecas a tipo variable. Durante años ha sido más estable que el Euríbor, pero también históricamente más caro para el consumidor. En IRPH.es centralizamos el dato actual, la evolución, la comparación con el Euríbor y las herramientas para entender el impacto en tu cuota.

IRPH actual (junio 2026)

El último dato de referencia que mostramos en portada es el IRPH Entidades de junio 2026: 3,049% (aprox. +0,063 puntos respecto a mayo y +0,247 en tasa interanual). El índice se publica mensualmente a partir de la información que reportan las entidades al Banco de España.

Puedes ver la serie y la comparación con el Euríbor en:

Qué es exactamente el IRPH Entidades

El IRPH Entidades (también conocido como IRPH del conjunto de entidades) se calcula como una media de los tipos de interés de los préstamos hipotecarios a más de tres años concedidos por el conjunto de las entidades de crédito en España. Es un índice oficial, publicado y supervisado, pero eso no implica automáticamente que la cláusula que lo incorpora en tu escritura sea transparente ni libre de control judicial.

Existen (o existieron) variantes históricas como IRPH Cajas o IRPH Bancos. En la práctica, la mayoría de las reclamaciones y del debate jurídico actual se centran en el IRPH Entidades y en cómo se explicó (o no) al firmar.

Cómo se calcula (idea clara, sin tecnicismos innecesarios)

De forma simplificada:

  1. Las entidades comunican tipos medios de sus préstamos hipotecarios.
  2. Se elabora una media según la metodología oficial.
  3. El resultado se publica y sirve de referencia para las revisiones de las hipotecas ligadas a ese índice.

La clave para el consumidor no es solo la fórmula, sino entender el efecto económico: el IRPH suele situarse por encima del Euríbor, de modo que, a igualdad de diferencial, la cuota tiende a ser más alta.

IRPH vs Euríbor: por qué importa la diferencia

El Euríbor refleja el tipo al que los bancos se prestan entre sí en el mercado interbancario. El IRPH refleja una media de tipos de préstamos ya concedidos. Por su construcción, el IRPH ha tendido a ser menos volátil, pero también más elevado en largos periodos.

Esa diferencia acumulada, mes a mes y año a año, es lo que muchos afectados cuantifican al plantear una reclamación o al valorar una novación. En IRPH.es puedes:

¿Es legal el IRPH? Transparencia y control judicial

El índice en sí es un referente oficial. La controversia jurídica se centra en la cláusula contractual que lo impone: si el banco informó de forma clara, comprensible y con datos suficientes sobre el coste y las alternativas (por ejemplo, Euríbor), o si la cláusula no supera el control de transparencia y puede considerarse abusiva.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha insistido en que el carácter oficial del índice no excluye el control de transparencia. El Tribunal Supremo español, por su parte, ha rechazado una nulidad automática y general de todas las cláusulas IRPH, y apunta a un análisis caso por caso. Amplíamos el detalle en:

Quién puede estar afectado

En general, personas con hipoteca a tipo variable referenciada a IRPH (Entidades u otras denominaciones antiguas), firmada sobre todo en los años del boom inmobiliario y posteriores, incluyendo casos de subrogación en préstamos de promotora. También hay afectados que ya cancelaron el préstamo y se preguntan si aún pueden reclamar: depende del tipo de acción y de la jurisprudencia aplicable; conviene asesoramiento profesional.

Herramientas útiles en IRPH.es

Aviso importante

La información de esta página es orientativa y divulgativa. No constituye asesoramiento jurídico ni financiero personalizado. Las decisiones sobre reclamaciones, novaciones o cambios de hipoteca deben tomarse con un profesional colegiado que revise tu escritura y tu caso concreto.

Comentarios

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Sergio · Lunes, 25 Enero 2016 | 08:49:54 PM · nº 3309
Hola, una pregunta a los que tenemos interes vpo 2008. Si el banco permite cambiaros a euribor +1.55 os cambiariais?

Gracias
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anonimo · anonimo · Martes, 25 Nov. 2025 | 07:15:03 AM · resp. nº 3309
¿No es mejor publicar la manifestación en las redes sociales donde la gente puede tener acceso "privado" a esa información?

¿Que sentido tiene hacer un grupo de whatsapp para reunir participantes y conseguir numeros de telefono y los consiguientes datos de la persona que hay detras de ellos?

¿Como se van a utilizar esos datos?

Una manifestación es mas efectiva cuando se hace con personal anonimo ya que la gente se siente realmente libre al manifestarse y no salir a la calle sabiendo que alguien tiene un listado de los que presuntamente van a participar.

Un grupo de whatsapp lo veo bien para la comunicación de los que van a dirigir la manifestación, pero no crear un grupo con sus participantes.

Solo espero que en caso de producirse la manifestación no se "politice" como se hace con todas las manifestaciones.

Ya se ha visto mas de una vez que se convocan manifestaciones sin orientación politica y despues se acoplan los de siempre con sus pancartitas y lemas y poniendose en primera linea para publicidad gratis y lo más grave: llamarsela suya la iniciativa.

En caso de se vaya a hacer la manifestación ya veré si voy o no (dependiendo de quien haya detras), pero lo que no voy a hacer es dar mis datos gratuitamente a no se sabe quien.

Pensando mal... ¿No se utilizara esta manifestación para atacar aun mas a los jueces "malos" y dividirnos como siempre hacen?

Espero que todo este hecho con la mejor intención, por grupos sin intereses particulares y que de sus frutos por el bien de todos.

Pero manifestarse y dar datos a saber quien se ha demostrado que en los últimos tiempos no sale muy bien.

Yo iré, o no, ya veré.
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Elena · Lunes, 25 Enero 2016 | 10:51:05 AM · nº 3308
Hola Fei,

¿esto es así?. Normalmente hasta que no hay consejo de ministros y sale publicado en el BOE no se actualiza. El año pasado el consejo fue en Enero y en Marzo ya se pagó con el nuevo valor.

Gracias.
Responder
Esther · ALCALA DE HENARES · Lunes, 24 Nov. 2025 | 07:30:38 PM · resp. nº 3308
Ismael
Permíteme decirte que te estás equivocando, esto no es nada des que estás diciendo
Primero verifica y después escribe
No estoy aquí para tonterías, si no para luchar por lo que es mío, creo que igual que los demás
Ahí lo dejo y os animo a la MANIFESTACIÓN Y LUCHÉIS POR LO VUESTRO

AHÍ LO DEJO
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Fei · Lunes, 25 Enero 2016 | 10:24:24 AM · nº 3307
El nuevo IRPH para viviendas protegidas del plan 05/08 se utilizan los meses de Octubre, noviembre y Diciembre de 2015 (2.127 , 2.132 y 2.054) mediados da: 2.104333 y ajustados con el oceficiente 0.9175 = 1,93%TAE centésima arriba o abajo. No se retrasará no te preocupes, empezará a aplicarse el mayo o junio.
Responder
Ismael · Madrid · Lunes, 24 Nov. 2025 | 02:35:26 PM · resp. nº 3307
no entreis al enlace, cuidado!!! te lleva a una web de robo de datos
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Elena · Sábado, 23 Enero 2016 | 04:31:04 PM · nº 3306
La actualización del irph para viviendas protegidas depende del consejo de ministros, el año pasado se hizo en estas fechas, ahora nos tocaría bajar casi 5 décimas.
Al no haber gobierno (y parece que esto se puede alargar) ¿hay algun plan para la renovación o esto se puede alargar en el tiempo?
Responder
Angelo · Cunit · Martes, 18 Nov. 2025 | 10:59:33 AM · resp. nº 3306
Yo te respondo.
Es viable, debe poner la circular 5/1994 y además decir de qué BOE es en este caso.
La mera alusión a esa orden ministerial es opaca.
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ángeles pozo · Viernes, 22 Enero 2016 | 01:52:15 PM · nº 3305
Hola yo tenia irph cajas con uci,
Y ahora me han pasado al irph entidades
Esto me parece una estafa ya que esta altísimo.
Me gustaría,saber que podemos hacer los que estamos perjudicados con este tipo de interés ydonde me puedo informar y si ahí alguna plataforma gracias
Responder
Angelo · Cunit · Lunes, 17 Nov. 2025 | 04:08:49 PM · resp. nº 3305
Perdona por repetir la noticia no me di cuenta.
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Malley Almería · Viernes, 22 Enero 2016 | 12:24:47 PM · nº 3303
Y si tengo IRPH y clausula suelo?
Responder
nifu · nifa · Domingo, 16 Nov. 2025 | 07:02:05 AM · resp. nº 3303
Pako, hay que ser mas especifico. Mucha de la gente que vive en España si son una mierda y efectivamente, desde fuera nos ven como una mierda. España como pais es de los mejores, el problema es la población, que la mayoría, especialmente sus políticos SI son una mierda.
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jj · Martes, 19 Enero 2016 | 03:07:45 PM · nº 3300
irph enero 2,054
Responder
LOBO SOLITARIO · BILBAO · Viernes, 14 Nov. 2025 | 06:43:59 PM · resp. nº 3300
Buena noches Andrés, simplemente decirte en conclusión que el TS quiere decir muy a pesar de unos, pero dejando la puerta abierta a revisar caso por caso y que sean los jueces de primera instancia los que decidan si existe o no abusividad. Los que en su hipoteca tengan referida la información como circular 5/1994 lo van ha tener más complicado, no así la que hace referencia a la de 1990. Espero que tu hipoteca esté en los parámetros que te beneficien.
Un saludo y espero que te haya servido de ayuda.
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Paco- Barcelona · Lunes, 04 Enero 2016 | 02:24:23 PM · nº 3297
Tengo una hipoteca con IRPH Cajas +0.
Antes, siempre me aplicaban un IRPH Cajas+0, pero ahora al cambio de IRPH entidades (2 años) me aplican un IRPH+0+(ajuste sustitutivo a la referencia = 0,278).
¿Alguien sabe si este \"Ajuste Sustitutivo\" es legal y se lo han sacado de la manga?

En la escritura hipotecaria me ponen que la hipoteca es con IRPH+0 y en su lugar el indice legal reemplazado (que entiendo que el indice sustitutivo legal es el IRPH entidades).
Alguien me puede ayudar a aclararme?

Muchas gracias!!
Responder
M José · Tarragona · Jueves, 13 Nov. 2025 | 04:58:23 PM · resp. nº 3297
Sí que es posible, de hecho, muchos afectados por irph e hipotecas crecientes ya lo estamos haciendo. Como más personas denuncien, mucho mejor. Animo a denunciar ante el TJUE.
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Juan Moreno de Cádiz · Miércoles, 23 Dic. 2015 | 10:45:52 PM · nº 3296
Eva, Tendrás que darnos más datos: capital pendiente, plazo, diferencial sobre el IRPH.
Además una vez que tengas estos datos resulta muy fácil ponerlos en la calculadora de revisión de hipoteca que aparece en esta web.
Suerte!!!
Responder
Álvaro · Laredo-Cantabria · Miércoles, 12 Nov. 2025 | 02:23:43 PM · resp. nº 3296
Totalmente de acuerdo. Lo que diga la prensa no dice nada. Hay que esperar a Erauskin a ver qué dice, pero me imagino que hasta que no se publique la sentencia poco podrá decir ya que lo que ha salido ha sido nota de prensa creo.
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Juan Moreno de Cádiz · Miércoles, 23 Dic. 2015 | 10:44:13 PM · nº 3295
Eva, Tendrás que darnos más datos: capital pendiente, plazo, diferencial sobre el IRPH.
Además una vez que tengas estos datos resulta muy fácil ponerlos en la calculadora de revisión de hipoteca que aparece en esta web.
Suerte!!!
Responder
Ron · El Vendrell- Tarragona · Lunes, 10 Nov. 2025 | 10:56:12 AM · resp. nº 3295
En este video te dicen como hacerlo,si picas en comentarios por ahí te dejan un enlace https://youtu.be/sNpKjM1N4v0?si=DwcHGv6oBYoqtaGs

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