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IRPH: qué es, valor actual y evolución histórica | IRPH.es

IRPH: Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios

El IRPH (Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios) es uno de los índices oficiales que se usan en España para revisar el tipo de interés de muchas hipotecas a tipo variable. Durante años ha sido más estable que el Euríbor, pero también históricamente más caro para el consumidor. En IRPH.es centralizamos el dato actual, la evolución, la comparación con el Euríbor y las herramientas para entender el impacto en tu cuota.

IRPH actual (junio 2026)

El último dato de referencia que mostramos en portada es el IRPH Entidades de junio 2026: 3,049% (aprox. +0,063 puntos respecto a mayo y +0,247 en tasa interanual). El índice se publica mensualmente a partir de la información que reportan las entidades al Banco de España.

Puedes ver la serie y la comparación con el Euríbor en:

Qué es exactamente el IRPH Entidades

El IRPH Entidades (también conocido como IRPH del conjunto de entidades) se calcula como una media de los tipos de interés de los préstamos hipotecarios a más de tres años concedidos por el conjunto de las entidades de crédito en España. Es un índice oficial, publicado y supervisado, pero eso no implica automáticamente que la cláusula que lo incorpora en tu escritura sea transparente ni libre de control judicial.

Existen (o existieron) variantes históricas como IRPH Cajas o IRPH Bancos. En la práctica, la mayoría de las reclamaciones y del debate jurídico actual se centran en el IRPH Entidades y en cómo se explicó (o no) al firmar.

Cómo se calcula (idea clara, sin tecnicismos innecesarios)

De forma simplificada:

  1. Las entidades comunican tipos medios de sus préstamos hipotecarios.
  2. Se elabora una media según la metodología oficial.
  3. El resultado se publica y sirve de referencia para las revisiones de las hipotecas ligadas a ese índice.

La clave para el consumidor no es solo la fórmula, sino entender el efecto económico: el IRPH suele situarse por encima del Euríbor, de modo que, a igualdad de diferencial, la cuota tiende a ser más alta.

IRPH vs Euríbor: por qué importa la diferencia

El Euríbor refleja el tipo al que los bancos se prestan entre sí en el mercado interbancario. El IRPH refleja una media de tipos de préstamos ya concedidos. Por su construcción, el IRPH ha tendido a ser menos volátil, pero también más elevado en largos periodos.

Esa diferencia acumulada, mes a mes y año a año, es lo que muchos afectados cuantifican al plantear una reclamación o al valorar una novación. En IRPH.es puedes:

¿Es legal el IRPH? Transparencia y control judicial

El índice en sí es un referente oficial. La controversia jurídica se centra en la cláusula contractual que lo impone: si el banco informó de forma clara, comprensible y con datos suficientes sobre el coste y las alternativas (por ejemplo, Euríbor), o si la cláusula no supera el control de transparencia y puede considerarse abusiva.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha insistido en que el carácter oficial del índice no excluye el control de transparencia. El Tribunal Supremo español, por su parte, ha rechazado una nulidad automática y general de todas las cláusulas IRPH, y apunta a un análisis caso por caso. Amplíamos el detalle en:

Quién puede estar afectado

En general, personas con hipoteca a tipo variable referenciada a IRPH (Entidades u otras denominaciones antiguas), firmada sobre todo en los años del boom inmobiliario y posteriores, incluyendo casos de subrogación en préstamos de promotora. También hay afectados que ya cancelaron el préstamo y se preguntan si aún pueden reclamar: depende del tipo de acción y de la jurisprudencia aplicable; conviene asesoramiento profesional.

Herramientas útiles en IRPH.es

Aviso importante

La información de esta página es orientativa y divulgativa. No constituye asesoramiento jurídico ni financiero personalizado. Las decisiones sobre reclamaciones, novaciones o cambios de hipoteca deben tomarse con un profesional colegiado que revise tu escritura y tu caso concreto.

Comentarios

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Jahipotecado · Jueves, 19 Marzo 2009 | 08:03:02 PM · nº 641
Paco, la solucion que te proponen si tienes dificultades para pagar es buena, siempre mejor que pedir un préstamos. Es fácil de entender, por lo que ahora no pagas te van a cobrar intereses al tipo del prestamo hipotecario, si pides otro prestamo tendra que se personal y será mucho más caro. Es evidente que lo mejor es pagar la cuota y si se puede más, asi se amortiza más rapido y se pagan menos intereses, pero si tienes problemas creo que es una buena solución.
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Jose · Bilbao-Vizcaya · Jueves, 18 Octubre 2018 | 10:39:10 AM · resp. nº 641
Tal vez te refieras a esto?
Miles de clientes podrán reclamar hasta 3.000 euros por el impuesto a las hipotecas desde 2014

https://www.lainformacion.com/amp/empresas/banca/miles-de-hipotecados-podran-pedir-el-ajd-que-pagaron-en-los-ultimos-cuatro-anos/6435007

Enviado desde @updayESP
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Isabel · Jueves, 19 Marzo 2009 | 05:58:39 PM · nº 640
Tengo la hipoteca con el IRPH + 0,25, y pagare la nueva cuota revisada el dia 4 de abril.
Alguien me puede decir que tipo de interes pagaré, si me aplicaran el indice de febrero o marzo y cuales son estos indices???
Gracias
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J.Luis · Tarragona · Jueves, 18 Octubre 2018 | 10:12:02 AM · resp. nº 640
Hola Rodrigo.El problema no solo reside en la fórmula de cálculo,que también,si no en cómo se comercializó.
Las entidades aseguraban que era más estable que el euribor, evidentemente esto no es así y ellos lo sabían,es imposible precisamente por lo que está formado el irph,además se ha demostrado que es un índice fácilmente manipulable.
Europa ya ha instado a España en varias ocasiones a retirarlo,ya que entre otras cosas no existe ningún índice similar en la unión Europea.
Al igual que ocurrió con las clausulas suelo se ha incumplido en la mayoría de casos con el requisito de transparencia.
Por lo tanto si debería declararse nulo si no se informó correctamente.El irph es de facto una cláusula suelo encubierta.
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Elizabeth · Jueves, 19 Marzo 2009 | 07:34:04 AM · nº 637
Tengo una hipoteca a 40 años bueno, ya e cumplido 2 años solo pagando intereses. Ya que tengo 10 años de carencia. Hasta que punto es malo esto de la carencia.
Por otro lado mi hipoteca es de 210000 de la cual no e amortizado nada actualmente pago 1057 tengo el irph + cero. Mi revisión la hacen en septiembre es decir el 1 de Octubre cambiara mi cuota a mas o menos no lo se. Alguien me puede decir a que fecha tomaran el irph de referencia. Creo entender que el año pasado tomaron como fecha el 31 de julio puede ser?. Si es asi este año tiene que ser igual? Agradezco de antemano las repuestas recibidas.
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rodrigo · almeria · Miércoles, 17 Octubre 2018 | 03:15:46 PM · resp. nº 637
Anular este IRPH que es un precio total oficial de la hipoteca, es un error. Mejorar la fórmula es otra cosa. Como se anule este IRPH y no se sustituya por nada, te aseguro que el precio de las hipotecas se va a disparar para todos. Porque el banco lo haya usado como interes simple, no tienes que reclamar que desaparezca, sino denunciar el uso del banco de este indice. No que te lo explique a tí además, sino que lo use como lo que es para empezar. Es como si alguien usara la velocidad, que es un conjunto de espacio y tiempo, como velocidad o como tiempo.
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Tagleton · Miércoles, 18 Marzo 2009 | 05:08:36 PM · nº 635
Alvaro Borja, depende de si tienes revisión anual o semestral...te bajará seguro en ambos casos, pero la diferencia puede ser de más de 100 euros de ahorro (sobre lo que te baje la cuota) si lo revisaste hace seis meses
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mourad · cadiz · Viernes, 12 Octubre 2018 | 03:56:53 AM · resp. nº 635
Buenos dias.

alguien me puede decir si en cadiz los jueces estan a favor del cliente o bancos en el tema de irph .

un saludo.
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alvaro borja · Miércoles, 18 Marzo 2009 | 04:24:45 PM · nº 634
Hola, tengo una hipoteca con uci y me toca la revision en mayo, es una hipoteca de 135000e a 40 años, de la cual pago 820 e, el indice es irph cajas + 0.55 en cuanto se puede quedar la cuota con la revision de mayo? Muchas
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Pedro · Parets del Vallés Barcelona · Miércoles, 10 Octubre 2018 | 08:59:24 PM · resp. nº 634
Buenas Isa, pues la verdad es que la impresión que me ha dado es buena ya que después del escrito de Europa después de pasarlo mal estos 12 años.... ESTO TE DEVUELVE LA ILUSIÓN Y más cuando he ido mirando por internet y esta jueza es de las que no hizo caso al Supremo y siguió anulando este interés que a tantos de nosotros nos está llevando por el camino la amargura!!!

Ahora a esperar la sentencia que sea favorable y que empiecen A devolvernos todo a tantos de nosotros que llevamos tantísimos años sufriendo!!!
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JUAN · Miércoles, 18 Marzo 2009 | 02:43:21 PM · nº 633
YA SE HA PUBLICADO EL DE FEBRERO
IRPH CAJAS ...4.492
BANCOS........4.120
ENTIDADES.....4.324
bde.es/infoest/a1901.pdf
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Juan · Las PanasG C · Miércoles, 10 Octubre 2018 | 06:15:01 PM · resp. nº 633
Tienes razón Fernando me apunto desde Canarias para una manifestación
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alberto · Miércoles, 18 Marzo 2009 | 12:43:57 PM · nº 632
Saludos Paco, la verdad es q cada uno conoce su situacion personal mejor q nadie y si te puedes permitir esperar hasta junio desde luego q esa seria la mejor opcion, ya que a partir de entonces el tipo de interes va a bajar hasta rondar el 2.5% mas o menos y la letra se te quedara alrededor de los 600 euros, de la otra manera vas a pagar menos ahora pero vas a aumentar la hipoteca en 552X17=9384 y a eso aumentale el interes que te va a aumentar de esa cantidad y ademas vas a dejar de amortizar prestamo. Piensalo friamente pero por 3 meses q quedan hasta junio yo creo que es mejor esperar y no pagar posteriormente ese paston, te aseguro q estos de uci no te van a hacer ningun favor con esa propuesta, por lo tanto si te es posible..¡¡¡¡RECHAZALA¡¡¡
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maria · oviedo · Miércoles, 10 Octubre 2018 | 12:33:03 PM · resp. nº 632
El gobierno te establece un límite a todo el precio de la hipoteca ( interés simple, compuesto y comisiones) que es lo que es el llamado irph. Es el banco el que te lo usa como interés simple en tu contrato particular. Eso el gobierno no lo establece. El gobierno cree que el banco lo está usando como precio total de la hipoteca tal y como establece el banco de España a los bancos. Y cree que tú te estás quejando del valor del irph, suponiendo que el banco lo ha usado como tal. Sin embargo, el sobreprecio desorbitado de tu hipoteca, es por el uso que el banco le da en tu contrato, no por el valor en sí del irph, aunque a ti te lo pueda hacer parecer. Porque es verdad que es manipulable (el Euribor también), y que existe una desviación de la media en la formula del banco de España. pero eso no justifica ni de lejos un sobreprecio como el de tu contrato. El gobierno, ha cambiado al Euribor más el diferencial, es decir, al interés simple, pero eso deja libertad a los bancos para que te pongan el interés compuesto y las comisiones que quieran, lo que puede ser tan caro como quieran, incluso mas que el maluso del irph. Pero podía haber sido peor, que te hubiesen fijado sólo el Euribor, que era lo que tú en tu ignorancia pedías. Hay que tener cuidado con lo que se pide. Porque el banco te está arengando contra el gobierno, y el banco de España, y eso es falso.
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PACO · Miércoles, 18 Marzo 2009 | 11:57:39 AM · nº 631
Hola,me han llamado de uci para ofrecerme una oferta,estoy pagando 179000 40 años +0.15 desde junio del el 2007,revision semestral,proxima revision en junio,diferencial:pago:1022,me esta costando bastante pagar,ya que mi mujer esta en paro y solo cobramos 1200 euros+coche 250 euros,mas de lo que gano,y con un hijo,la propuesta es la siguiente:durante 17 meses voy a pagar suba o baje 470 euros,estos con el interes de 6.13 durante ese periodo,lo cual si pago practicamente la mitad,me pondran el restante faltante en el capital pendiente,¿es aconsejable esta propuesta?o es mejor esperar a junio,aunque tenga que pedir un prestamo?,me podrian ayudar porfavor es urgente,no quiero hipotecar despues a mi hijo............+años.....
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maria · oviedo · Miércoles, 10 Octubre 2018 | 12:14:29 PM · resp. nº 631
Yo opino lo mismo, esta sentencia del TJUE es para que no te apliquen directamente la sentencia del supremo. El juez de Barcelona pregunta si tiene que hacer lo que ha dicho el supremo o puede entrar a juzgar, porque la legislación de la UE se lo permite. Para que el TJUE declare abusiva la clausula, es cuando se ha aplicado la ley europea y se ha aplicado en contra. Aquí estamos en poder utilizar la ley europea, que el supremo ha dicho que no es aplicable, respondiendo a algo que no se le había preguntado. Y ahora la mayoría de los jueces lo aplican a todas las demandas, por más que no sea eso lo que se reclama. Lo que había que haber reclamado es la sentencia del supremo por incongruente, a ver si así aprenden a dejar de tomar el pelo a la gente, que esperas 4 años para llegar al supremo y luego contesta a lo que le da la real gana, lo hayas preguntado o no. Puesto que no tienen a nadie encima que se lo enmiende. El TC, está saturado prevaricando y resolviendo derechos inexistentes para los ilegales. Los españoles no tenemos este servicio.
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arturo · Miércoles, 18 Marzo 2009 | 06:10:49 AM · nº 630
para david

te has leido la definicion de irph???
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Isabel · Cadiz · Miércoles, 10 Octubre 2018 | 09:30:09 AM · resp. nº 630
Pedro, buenos días que impresión, o que te ha dicho tu abogado,es bueno que no se presente? Hombre supuestamente, te está dando la razón, si puedes cuando sepas algo lo pones, confía y mucha suerte, Isa
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Fátima · Martes, 17 Marzo 2009 | 04:32:13 PM · nº 629
Hola
Alguien con hipoteca en caixa manlleu que me pueda confirmar el % de IRPH que le aplicaron desde 2006.
Gracias
Responder
Alejandro · Las palmas de gran Canaria · Martes, 09 Octubre 2018 | 01:28:41 PM · resp. nº 629
Muy bien biviana, has mirado si tu vivienda está titulizada? Búscalo, y si es así no tienen legitimidad para reclamar nada. Deja de pagar

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