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Domingo, 16 de Agosto de 2026
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IRPH y TJUE: sentencias europeas y del Supremo (2020-2026) | IRPH.es

IRPH y el TJUE: qué han dicho Europa y el Supremo

El debate sobre el IRPH no se resuelve con un titular único. Hay una línea de sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) y otra del Tribunal Supremo español. Entender ambas es esencial antes de decidir si reclamas, negocias o esperas.

Idea central (para no perderse)

  • El IRPH es un índice oficial, pero eso no impide controlar si la cláusula del contrato fue transparente.
  • El TJUE ha reforzado el deber de información al consumidor (impacto económico, funcionamiento del índice, accesibilidad de la información).
  • El Supremo español no ha declarado nulas de forma automática todas las cláusulas IRPH: el análisis es caso por caso.
  • En la práctica, muchas audiencias provinciales siguen estimando reclamaciones cuando falta transparencia o hay desequilibrio relevante.

Cronología esencial

3 de marzo de 2020 — TJUE (asunto C-125/18)

El TJUE corrigió la idea de que el carácter oficial del IRPH bastaba para excluir el control. Dejó claro que los jueces nacionales pueden examinar la transparencia de la cláusula y, si procede, su carácter abusivo.

13 de julio de 2023 — TJUE (asunto C-265/22)

Se insiste en que no basta con que el índice se publique en el BOE. El consumidor debe haber podido comprender el funcionamiento y las consecuencias económicas de referenciar la hipoteca al IRPH.

12 de diciembre de 2024 — TJUE (asunto C-300/23)

Se refuerza la línea de que la información debe ser suficiente para valorar el coste y el riesgo. La publicación oficial ayuda, pero no sustituye por sí sola una explicación comprensible en el contexto de la contratación.

11 de noviembre de 2025 — Tribunal Supremo (plenarios)

En sentencias de noviembre de 2025, el Supremo adapta su doctrina a los pronunciamientos europeos. Mensaje clave: no hay nulidad general y automática de todas las cláusulas IRPH; hay que examinar transparencia y, en su caso, abusividad según las circunstancias de cada préstamo. También se discuten aspectos como la accesibilidad de la información y el papel de la publicación en el BOE.

2026 — Nuevos matices (promotoras y transparencia material)

En 2026 continúan resoluciones relevantes. Destaca, entre otras, doctrina sobre préstamos de promotora y subrogaciones, donde el control de incorporación y transparencia puede ser especialmente estricto si el consumidor no negoció realmente las condiciones. Cada supuesto exige prueba y análisis del contrato concreto.

¿Qué miran los tribunales en la práctica?

  1. Información precontractual y contractual: ¿se explicó que el IRPH tiende a situarse por encima del Euríbor?
  2. Comprensión del índice: ¿el consumidor podía entender, con un nivel medio de atención, cómo afectaría a su cuota?
  3. Alternativas: ¿se ofrecieron o mencionaron otras referencias (p. ej. Euríbor)?
  4. Prueba del caso concreto: escritura, ofertas vinculantes, folletos, testigos, historial de cuotas.

Consecuencias si se declara la nulidad de la cláusula

Cuando un tribunal estima la nulidad por falta de transparencia o abusividad, las consecuencias dependen del fallo y de la doctrina aplicable en ese momento. En muchos procedimientos se ha acordado la sustitución por Euríbor (u otro criterio) y la devolución de cantidades cobradas de más. En supuestos particulares (p. ej. ciertos préstamos promotor) la consecuencia puede ser aún más intensa. Nada de esto es automático: lo decide el juez con los hechos del expediente.

Relación con tu reclamación

Si tienes IRPH, la lectura útil de estas sentencias no es “ya está ganado” ni “ya está perdido”, sino:

  • Documentar bien tu escritura y la información que recibiste.
  • Cuantificar el diferencial respecto al Euríbor (puedes usar nuestras calculadoras y el comparador).
  • Valorar con un abogado especializado la viabilidad en tu provincia y según tu fecha de firma.

Guía práctica: Cómo reclamar el IRPH en 2026.

Aviso

Esta página resume el estado del debate con fines informativos. La jurisprudencia evoluciona y cada hipoteca es distinta. Consulta siempre a un profesional colegiado antes de iniciar acciones legales.

Comentarios

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Jose Feliciano · Pasaia Guipúzcoa · Martes, 14 Abril 2026 | 08:36:12 PM · nº 7497
Buenos días en junio me cumple el periodo para reclamar a ver si algún abogado me puede ayudar , gane el juicio por vicio de consentimiento en primera instancia y en el provincial dijeron que el supremo decía otra cosa y desestimaron y iba a recurrir al supremo y la procuradora no entregó los papeles a tiempo , entonces reclamé al seguro de la procuradora y respondieron que como el supremo decía eso que no tenía recorrido y solo me queda reclamar al seguro de la procuradora judicialmente y se cumple en junio el plazo , el abogado dice que si reclamo me pueden condenar en costas y como se reclama unos 50000euros dice que me pueden reclamar 6000€ y no comprendo muy bien porque tendría que pagar ya que es Neglijencias de la procuradora no entregar los papeles para que recurriera , puedo hacer algo ? Hay algún abogado que quiera hacer algo ? Me pueden condenar ayudar alguien ? Gracias a todos y espero que resuelvan esto de una vez ya que la gente lo pasa muy mal y se sienten abandonados por nuestro estado
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Ying · Yang · Miércoles, 15 Abril 2026 | 07:51:07 AM · resp. nº 3355
que pesado! que estamos todos igual, amigo Feliciano! no hace falta que publiques tantas veces el mismo discursito
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Jose Feliciano · Pasaia Guipúzcoa · Martes, 14 Abril 2026 | 01:55:13 PM · nº 7496
Buenos días en junio me cumple el periodo para reclamar a ver si algún abogado me puede ayudar , gane el juicio por vicio de consentimiento en primera instancia y en el provincial dijeron que el supremo decía otra cosa y desestimaron y iba a recurrir al supremo y la procuradora no entregó los papeles a tiempo , entonces reclamé al seguro de la procuradora y respondieron que como el supremo decía eso que no tenía recorrido y solo me queda reclamar al seguro de la procuradora judicialmente y se cumple en junio el plazo , el abogado dice que si reclamo me pueden condenar en costas y como se reclama unos 50000euros dice que me pueden reclamar 6000€ y no comprendo muy bien porque tendría que pagar ya que es Neglijencias de la procuradora no entregar los papeles para que recurriera , puedo hacer algo ? Hay algún abogado que quiera hacer algo ? Me pueden condenar ayudar alguien ? Gracias a todos y espero que resuelvan esto de una vez ya que la gente lo pasa muy mal y se sienten abandonados por nuestro estado
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Jose Feliciano · Pasaia Guipúzcoa · Martes, 14 Abril 2026 | 08:42:44 AM · nº 7495
Buenos días en junio me cumple el periodo para reclamar a ver si algún abogado me puede ayudar , gane el juicio por vicio de consentimiento en primera instancia y en el provincial dijeron que el supremo decía otra cosa y desestimaron y iba a recurrir al supremo y la procuradora no entregó los papeles a tiempo , entonces reclamé al seguro de la procuradora y respondieron que como el supremo decía eso que no tenía recorrido y solo me queda reclamar al seguro de la procuradora judicialmente y se cumple en junio el plazo , el abogado dice que si reclamo me pueden condenar en costas y como se reclama unos 50000euros dice que me pueden reclamar 6000€ y no comprendo muy bien porque tendría que pagar ya que es Neglijencias de la procuradora no entregar los papeles para que recurriera , puedo hacer algo ? Hay algún abogado que quiera hacer algo ? Me pueden condenar ayudar alguien ? Gracias a todos y espero que resuelvan esto de una vez ya que la gente lo pasa muy mal y se sienten abandonados por nuestro estado
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Jose Feliciano · Pasaia Guipúzcoa · Martes, 14 Abril 2026 | 07:41:03 AM · nº 7494
Buenos días en junio me cumple el periodo para reclamar a ver si algún abogado me puede ayudar , gane el juicio por vicio de consentimiento en primera instancia y en el provincial dijeron que el supremo decía otra cosa y desestimaron y iba a recurrir al supremo y la procuradora no entregó los papeles a tiempo , entonces reclamé al seguro de la procuradora y respondieron que como el supremo decía eso que no tenía recorrido y solo me queda reclamar al seguro de la procuradora judicialmente y se cumple en junio el plazo , el abogado dice que si reclamo me pueden condenar en costas y como se reclama unos 50000euros dice que me pueden reclamar 6000€ y no comprendo muy bien porque tendría que pagar ya que es Neglijencias de la procuradora no entregar los papeles para que recurriera , puedo hacer algo ? Hay algún abogado que quiera hacer algo ? Me pueden condenar ayudar alguien ? Gracias a todos y espero que resuelvan esto de una vez ya que la gente lo pasa muy mal y se sienten abandonados por nuestro estado
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Pacoli · Los palacios · Lunes, 13 Abril 2026 | 06:44:08 PM · nº 7493
https://es.investing.com/news/economic-indicators/un-juez-pregunta-al-tjue-sobre-el-control-de-transparencia-del-irph-del-supremo-3600855

Pues no queda otra a esperar otros dos años??
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ni fu ni fa · villanueva de la fortuna · Martes, 14 Abril 2026 | 09:20:39 AM · resp. nº 3353
Te explico: dos o tres añitos más, uno vez Europa dicte sentencia, el Supremo Español no lo pondrá en marcha. Otros siete o ocho meses más hasta que otro abogado eleve la cuestión a Europa. Europa dicte sentencia, el Supremo Español no lo pondrá en marcha. Otros siete o ocho meses más hasta que otro abogado eleve la cuestión a Europa. Europa dicte sentencia, el Supremo Español no lo pondrá en marcha. Otros siete o ocho meses más hasta que otro abogado eleve la cuestión a Europa.
Y así hasta agotar mentalmente a los afectados por IRPH. Unos podrán pagar sus hipotecas, otros se quedaran por el camino, otros pasaran a herencia a sus hijos porque habran muerto

FIN
nifu · nifa · Martes, 14 Abril 2026 | 12:05:54 PM · resp. nº 3354
Aqui todo va de dos en dos años cada vez que se lanza una pregunta a TJUE. Mas paciencia, señores.
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Pacoli · Los palacios · Lunes, 13 Abril 2026 | 06:44:03 PM · nº 7492
https://es.investing.com/news/economic-indicators/un-juez-pregunta-al-tjue-sobre-el-control-de-transparencia-del-irph-del-supremo-3600855

Pues no queda otra a esperar otros dos años??
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Ron · El Vendrell- Tarragona · Viernes, 10 Abril 2026 | 05:06:33 AM · nº 7491
Vuelta al tjue otra vez https://www.ultimahora.es/noticias/local/2026/04/10/2605953/juez-palma-vuelve-enviar-tribunal-polemico-irph.html
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Pacoli · Los palacios · Jueves, 09 Abril 2026 | 04:30:01 AM · nº 7490
Por mucho que se explique ara que lo entienda una persona atenta y perspicaz los ineptos del supremo no se enteran.https://youtu.be/tPilFEBv-W8?is=jzsTmO6guniK9n6j
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anonimo · anonimo · Jueves, 09 Abril 2026 | 07:30:27 AM · resp. nº 3350
Gracias Pacoli, a ver si "los del tribunal" lo entienden con ese ejemplo.
Miguel · Sagunto · Jueves, 09 Abril 2026 | 02:33:03 PM · resp. nº 3351
que esas palabras vengan del mismísimo Jose Maria me lleva al desánimo y la desesperación. Quien va a llevar el caso otra vez al tribunal, si ya lo han tumbado muchas veces? Que nos queda a los afectados por IRPH después de tantos años? A mi ya no me quedan fuerzas ni dinero para seguir luchando, la banca nos ha derrotado por desgracia.
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Manuel · Madrid · Miércoles, 08 Abril 2026 | 10:23:44 AM · nº 7489
Hablemos del glorioso IRPH, ese tesoro bancario que todo el mundo adora, comparado con ese aburrido Euribor. Mientras el Euribor fluctúa como cualquier índice moderno y transparente, reflejando la salud real del mercado, el IRPH permanece firme, constante… ¡casi como un monumento al pasado! ¿Quién necesita tasas bajas cuando puedes tener la estabilidad de ver cómo tu hipoteca no baja ni un euro, incluso cuando los mercados gritan “rebaja, rebaja”?

El Euribor es tan predecible como la meteorología: sube, baja, respira… ¡Qué emoción tan fugaz! Pero IRPH ofrece algo mucho más refinado: la seguridad de pagar siempre un poquito más. Nada como esa sensación de saber que tu banco nunca se quedará corto de ingresos gracias a tu hipoteca. Además, mientras los economistas explican el Euribor con gráficos y cálculos, el IRPH se explica solo: “siempre caro, siempre fiable”.

En resumen, ¿quién querría tasas flexibles y competitivas cuando puedes tener la elegante inmutabilidad del IRPH? Es perfecto para quienes disfrutan del suspense financiero: cada recibo de la hipoteca es una pequeña aventura. Euribor, con tu volatilidad aburrida, no tienes nada que hacer frente al glamour del IRPH.
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Nati · Teruel · Viernes, 10 Abril 2026 | 08:00:43 PM · resp. nº 3352
Pero crees que el problema del sobrecoste de tu contrato es porque te aplican el irph? No, el sobrecoste viene dado mayormente porque no te lo estan aplicando. Un ejemplo, si digo que la velocidad es igual al espacio+8, estoy referenciando la velocidad al espacio? No. El hecho de que ahi aparezca el espacio como variable no significa que este referenciando a esa variable. Para que se estuviera referenciado al espacio tendria que tener velocidad igual a espacio/8,(donde el tiempo es 8), pero si no sabes fisica ni que velocidad es igual a espacio partido por tiempo, pues te parecera validamente referenciado al espacio. Este es el problema de tu contrato. Te crees que porque interes es igual a irph+0'25, esta referenciado al irph, pero no es asi. Si sabes matematicas financieras para referenciar al irph calculas el diferencial negativo, como hacen los economistas del BdE en el anexo VIII de la circular. Si no tienes la menor idea ni obligacion de tenerla, como tu abogado, el juez o tu como consumidor, pues estas ahi buscando otras causas de tu sobrecoste,dando por hecho que te estan referenciando al irph, y echandole la culpa al indice. La pregunta es, si la clausula de interes referenciado al irph es una clausula financiera, y como es asi, lo que digas tu, tu abogado, el supremo o el tjue, dado que ninguna cualificacion al respecto se les requiere, sera cuestion de lo que prefieran, y al final de su jerarquia.Lo suyo es que alguien autorizado en marematicas financieras verifique si esa clausula financiera esta realmente referenciando el interes al irph o no, de acuerdo a las leyes o formulas financieras. Y todos los que se quejan de sobrecoste es en el 99% que no. Eso ya es inamovible para el abogado y para el juez, que no tienen ni tienen que tener esa cualificacion. Por lo que este trasiego del supremo al tjue y viceversa es totalmente innecesario como inefectivo. Con buena intencion, como con mala, se esta llevando al terreno de la opinion y de la jerarquia, algo que pertenece meramente a las formulas matematicas, es decir, totalmente objetivo e igual para todos. Ni el consumidor, ni el abogado, ni el juez lo tienen que entender ni dejarbde entender. El tecnico cualificado en matematicas financieras es el que lo entiende, lo comprueba y te dice el resultado. Y con eso vas al abogado y al juez y listo. Exactamente igual que si el coche no es lo eco que esperabas, el mecanico o el ingeniero te lo comprueba, y con eso vas al abogado y al juzgado. El problema aqui es que pensamos que si un abogado es experto bancario sabe matematicas financieras, o que una clausula de un contrato es cosa de abogados, pero en este caso no es asi. Los productos financieros aunque se expresen en contratos y clausulas contractuales se basan en cuanto a las clausulas financieras en matematicas financieras, como todo el sistema financiero y sus respectivos mercados Si a pesar de estar obligado como entidad financiera regulada a tener cualificados en esas matematicas, lo de as en manos de los no cualificados, como los tecnicos juridicos, pues por el mismo sueldo robaran contentamente a manos llenas para ti, y no se daran ni cuenta. Esto esta pasando en los bancos, y luego tristemente se repite fuera de ellos en los juzgados.
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jose · Cantabria · Domingo, 05 Abril 2026 | 08:44:10 PM · nº 7488
Veremos en que queda esto.
https://diariosabemos.com/analisis/irph-comision-europea-va-por-jueces-espanoles_516058_102.html?fbclid=IwY2xjawQ_gjBleHRuA2FlbQIxMQBzcnRjBmFwcF9pZBAyMjIwMzkxNzg4MjAwODkyAAEek9hhPgELuG2U987bsjxy1cxQ2VH-j381XJUnK2IgNFU8wnNY_kHIiXwP6HM_aem_Yx_e2x08tb2dSSrO7yJ-_g
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anonimo · anonimo · Lunes, 06 Abril 2026 | 01:16:27 PM · resp. nº 3349
Lo mismo digo, gracias.

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