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IRPH y TJUE: sentencias europeas y del Supremo (2020-2026) | IRPH.es

IRPH y el TJUE: qué han dicho Europa y el Supremo

El debate sobre el IRPH no se resuelve con un titular único. Hay una línea de sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) y otra del Tribunal Supremo español. Entender ambas es esencial antes de decidir si reclamas, negocias o esperas.

Idea central (para no perderse)

  • El IRPH es un índice oficial, pero eso no impide controlar si la cláusula del contrato fue transparente.
  • El TJUE ha reforzado el deber de información al consumidor (impacto económico, funcionamiento del índice, accesibilidad de la información).
  • El Supremo español no ha declarado nulas de forma automática todas las cláusulas IRPH: el análisis es caso por caso.
  • En la práctica, muchas audiencias provinciales siguen estimando reclamaciones cuando falta transparencia o hay desequilibrio relevante.

Cronología esencial

3 de marzo de 2020 — TJUE (asunto C-125/18)

El TJUE corrigió la idea de que el carácter oficial del IRPH bastaba para excluir el control. Dejó claro que los jueces nacionales pueden examinar la transparencia de la cláusula y, si procede, su carácter abusivo.

13 de julio de 2023 — TJUE (asunto C-265/22)

Se insiste en que no basta con que el índice se publique en el BOE. El consumidor debe haber podido comprender el funcionamiento y las consecuencias económicas de referenciar la hipoteca al IRPH.

12 de diciembre de 2024 — TJUE (asunto C-300/23)

Se refuerza la línea de que la información debe ser suficiente para valorar el coste y el riesgo. La publicación oficial ayuda, pero no sustituye por sí sola una explicación comprensible en el contexto de la contratación.

11 de noviembre de 2025 — Tribunal Supremo (plenarios)

En sentencias de noviembre de 2025, el Supremo adapta su doctrina a los pronunciamientos europeos. Mensaje clave: no hay nulidad general y automática de todas las cláusulas IRPH; hay que examinar transparencia y, en su caso, abusividad según las circunstancias de cada préstamo. También se discuten aspectos como la accesibilidad de la información y el papel de la publicación en el BOE.

2026 — Nuevos matices (promotoras y transparencia material)

En 2026 continúan resoluciones relevantes. Destaca, entre otras, doctrina sobre préstamos de promotora y subrogaciones, donde el control de incorporación y transparencia puede ser especialmente estricto si el consumidor no negoció realmente las condiciones. Cada supuesto exige prueba y análisis del contrato concreto.

¿Qué miran los tribunales en la práctica?

  1. Información precontractual y contractual: ¿se explicó que el IRPH tiende a situarse por encima del Euríbor?
  2. Comprensión del índice: ¿el consumidor podía entender, con un nivel medio de atención, cómo afectaría a su cuota?
  3. Alternativas: ¿se ofrecieron o mencionaron otras referencias (p. ej. Euríbor)?
  4. Prueba del caso concreto: escritura, ofertas vinculantes, folletos, testigos, historial de cuotas.

Consecuencias si se declara la nulidad de la cláusula

Cuando un tribunal estima la nulidad por falta de transparencia o abusividad, las consecuencias dependen del fallo y de la doctrina aplicable en ese momento. En muchos procedimientos se ha acordado la sustitución por Euríbor (u otro criterio) y la devolución de cantidades cobradas de más. En supuestos particulares (p. ej. ciertos préstamos promotor) la consecuencia puede ser aún más intensa. Nada de esto es automático: lo decide el juez con los hechos del expediente.

Relación con tu reclamación

Si tienes IRPH, la lectura útil de estas sentencias no es “ya está ganado” ni “ya está perdido”, sino:

  • Documentar bien tu escritura y la información que recibiste.
  • Cuantificar el diferencial respecto al Euríbor (puedes usar nuestras calculadoras y el comparador).
  • Valorar con un abogado especializado la viabilidad en tu provincia y según tu fecha de firma.

Guía práctica: Cómo reclamar el IRPH en 2026.

Aviso

Esta página resume el estado del debate con fines informativos. La jurisprudencia evoluciona y cada hipoteca es distinta. Consulta siempre a un profesional colegiado antes de iniciar acciones legales.

Comentarios

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Javier - Reclama Por Mí · Bizkaia · Miércoles, 28 Marzo 2018 | 05:32:46 PM · nº 4279
Guías para los afectados por IRPH:

1- Si tu caso aún no ha sido juzgado: En vista de todos los comentarios y sobre todo tras la sentencia del Supremo sobre el IRPH, recomendamos desde www.reclamapormi.com mantenerse a la espera de la sentencia del TJUE. Sabemos que hay que esperar y que en muchos casos puede suponer pagar unas cuotas en la hipoteca muy altas. No obstante, el riesgo de iniciar un trámite por la vía judicial es altísimo ya que el TJUE puede no pronunciarse a tiempo y el coste de apelar es alto y además limitado. No recomendamos iniciar ningún proceso. Quien quiera saber cómo proceder que deje su reclamación aquí y le explicaremos como hacerlo: https://www.reclamapormi.com/reclamacion/

2- A todos aquellos que hayáis iniciado el trámite:Lamentablemente tenéis que tomar una decisión muy difícil. Tenéis que valorar el riesgo/beneficio conociendo el coste de apelar el primera y segunda instancia llegado el caso frente al coste de oportunidad que supone dejar de reclamar por IRPH si el TJUE le da la vuelta.

A todo aquél que tenga dudas sobre qué hacer podemos asesorar a quien lo desee sobre el tema para que conozca los pros y los contras antes de tomar la decisión.



Recomendamos antes de iniciar cualquier contratación, reclamación extrajudicial, demanda judicial o acuerdo con el banco que antes se asesore a que hay decisiones que tienen consecuencias legales importantes.

Esperamos ser de ayuda.
Reclama Por Mí.
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Juan Antonio · Almería-Almeria · Martes, 27 Marzo 2018 | 04:40:28 PM · nº 4278
Hola Raquel,siento mucho que hayas perdido,yo lo voy a pelear también y si pierdo recurriré porque creo que al final el TJUE nos dará la razón, pero es un decisión complicada. Pero nos podrías decir que era lo que reclamabas de irph (nulidad, cambio a Euribor,qué tipo de irph era, ...) Y en qué se ha basado el juez para dar la razón al banco y no a ti.
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Raquel · Sabadell-Barcelona · Martes, 27 Marzo 2018 | 06:02:48 PM · resp. nº 500
Pues reclamamos el cambio de IRPH a Euribor y que nos devolvieran todo lo que pagamos de más desde el 2005. Y las cláusulas de intereses de demora.Era IRPH + 0 luego pasó a ser IRPH+ 0,14.
El juez ha dictaminado que el IRPH ha sido totalmente transparente y que nosotros sabíamos las consecuencias posibles sobre este índice.
El abogado nos ha hecho una estimación y calcula que si perdemos tenemos que pagar unos 3000€ más los honorarios de él.
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Raquel · Sabadell-Barcelona · Martes, 27 Marzo 2018 | 12:01:30 PM · nº 4277
Hola a todos el pasado jueves perdimos el juicio contra BBVA sobre el IRPH. Lo que sí dió el juez como nulo ha sido el interés de demora por tanto no nos cobran costas. Nuestro abogado nos recomienda no apelar ya que posiblemente perderíamos y tendríamos que pagar las costas. La duda es si seguir adelante o no y esperar que el Tribunal Europeo dicte sentencia sobre el IRPH.















































































































































































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Daniel · Madrid · Martes, 27 Marzo 2018 | 09:59:36 AM · nº 4276
Alguien sabe si han puesto ya fecha para el juicio del TJUE.Gracias
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Ivan · Fuerteventura · Martes, 27 Marzo 2018 | 12:23:16 PM · resp. nº 498
No hay fecha todavia. Acabo de mirar la pagina del tjue y no pone nada.
Iván · Barcelona · Martes, 27 Marzo 2018 | 03:20:28 PM · resp. nº 499
Hola ,pero no tenían que dar respuesta en 15 días???
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María · Granada - Granada · Viernes, 23 Marzo 2018 | 09:16:51 AM · nº 4275
Perdón, hay un error en el mensaje anterior,la abogada del banco hablaba de Euribor al referirse al tipo de interés y el tipo de interés es el irph entidades y sustitutivo el irph cajas, el Euribor no está puesto en la escritura, es del año 2003 y ha habido una novacion en 2007 pero solo de capital, todo lo demás sigue igual
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María · Granada - Granada · Viernes, 23 Marzo 2018 | 09:09:18 AM · nº 4274
Hola, yo tengo unas dudas a ver si alguien me las puede aclarar, yo estoy en un proceso de ejecución hipotecaria con Unicaja,mi abogado para paralizar la ejecucion alego que tenia cláusulas abusivas, en la vista previa mi abogado no expecifico que cláusulas eran, la juez se lo pregunto varias veces pero él solo decía que cláusulas abusivas, y la abogada del banco al referirse al tipo de interés hablaba de dirigir y yo tengo irph, en la escritura las clausulas abusivas son varias
(hay irph + 1,cláusula suelo de 4.5%, interés de demora del 18%,pudiendo llegar a ser del 25%,cláusula de que todos los gastos corren a mi cargo, ...)
Estoy esperando la fecha del juicio, yo no la sé aún, no se si mi abogado la sabe, el banco se ha puesto en contacto conmigo y me han hecho una propuesta de dación en pago, he tenido que firmar la solicitud y han tasado la vivienda, me han dicho que la tasación la paga el banco que es quien la ha pedido, mis dudas son muchas, pero una es en la que espero que me podáis ayudar, en el juicio puede mi abogado reclamar solo algunas cláusulas abusivas?
La idea es renunciar, por ahora, a reclamar el irph,
y más adelante en función a lo que diga el TJUE reclamar por el irph
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revisamostuhipoteca.com · Valencia · Viernes, 23 Marzo 2018 | 10:58:15 PM · resp. nº 495
Hola María,
En mi opinión debes valorar si el acuerdo que te ofrece el banco te conviene o no. El hecho de que haya cláusulas abusivas puede reducir la deuda, retrasar la ejecución e incluso obligar a que tengan que empezar de nuevo entre otras posibilidades, pero, logicamente, la deuda persistirá.
En casos como el tuyo, lo que nosotros consideramos prioritario es valorar si es nula la cláusula del vencimiento anticipado, porque su nulidad es bastante común y su efecto sobre la ejecución puede ser determinante. Y si solicitas la petición de decisión prejudicial, o al menos la suspension del procedimiento a la espera de la resolución del TJUE, se puede paralizar la ejecución durante mucho tiempo.
Además analizamos si se trata de una hipoteca titulizada, que normalmente supone la pérdida del juicio para el banco.
Desde luego la cláusula de los intereses de demora al 18% es abusiva, y en tu caso será un ahorro importante. Además de la cláusula suelo y los gastos. Todo ello es un ahorro.
Y en cuanto al irph, yo no lo dejaría pasar, por supuesto pidiendo el,pronunciamiento del TJUE y la suspensión. Aunque el Tribunal ignore la petición (lo que es habitual -demasiado trabajo-) y pierdas, si el TJUE falla a favor de los clientes siempre quedará la posibilidad de reclamar contra el Estado por no aplicar correctamente la Directiva comunitaria.
Tienes muchas opciones y tu abogado mucho trabajo por delante. Aun así, aceptar o no la oferta del banco es una decisión tuya. Haz números, valora tu situación.
Buena suerte.
revisamostuhipoteca.com
Alejandro · Las palmas · Miércoles, 28 Marzo 2018 | 11:28:32 AM · resp. nº 502
Hola maria, como te dice el abogado, comprueba si la vivienda está titulizada lo primero de todo, ya que de ser así no tienen legitimidad activa para nada, ya que no son los dueños de la deuda
Los bancos son unos sinvergüenzas, y no tienen la razón en casi nada, roban las casas a sus propietarios, no devuelven lo cobrado de más y encima cobran las hipotecas varias veces
Comprueba aquí, mi hipiteca titulizada y que te localicen si fue vendida que seguro que sí
La mía lo está y también me ofrecen dacion en pago, pero porque les voy a regalar una vivienda que no es de ellos? Dile a tu abogada que si esta titulizada alege falta de legitimación activa y a luchar, no cedas
Un saludo
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JOSE JOAQUIN ARIAS MATEOS · PUERTO DE SANTA MARIA(EL)-CADIZ · Viernes, 23 Marzo 2018 | 08:57:17 AM · nº 4273
Tengo el IRPH desde el 93. Lo hice con ayuda de MUFACe por ser funcionario. El bbva nunca me dio solución. Me decía que era un tipo de interés muy estable y seguro. Cierto que hasta la mitad me fue bien pero últimamente no. Ya me queda poco. Pidremos recuperar lo perdido?. Alguien está en mi misma situación?
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Javier - Reclama Por Mí · Bizkaia · Jueves, 22 Marzo 2018 | 01:49:36 PM · nº 4272
Hola a todos los afectados por IRPH,

Queremos aclarar unos puntos de gran interés para los afectados por IRPH.



1- Toda persona afectada por IRPH debe saber que hoy por hoy con la sentencia del Supremo las posibilidades de perder son altas por lo que desde www.reclamapormi.com NO RECOMENDAMOS iniciar un proceso legal que nos comprometa para poder reclamar si el TJUE nos da la razón. Kika y Bruno, sentimos que esteis en esta situación. Tenéis que valorar los pros y los contras atendiendo a vuestro caso particular. Si queréis os podemos dar nuestra opinión.




2- Ahora bien, que todavía no tengamos la sentencia del TJUE no significa que no podamos iniciar los trámites de nuestra reclamación SIN RIESGO. Sin comprometernos legalmente. Podemos iniciar el proceso de manera extrajudicial que es bien visto por los jueces a la hora de presentar una demanda. Como generalmente los bancos rechazan la reclamación tendremos una prueba de que intentamos un acuerdo de buena fe y no fue posible. Así ahorramos tiempo, vamos preparando una posible demanda y lo dejamos todo listo ya que se espera un colapso en los juzgados si el TJUE falla a favor de los afectados.



Seréis conscientes de que además la mayoría que tenga IRPH puede reclamar por los gastos hipotecarios. LOS MEDIOS HAN CUBIERTO MUY MAL ESTE TEMA diciendo que no se puede reclamar por gastos y no es así. El Supremo hace unas semanas dijo que no se podría reclamar por el AJD que es 1 de los gastos, pero todavía existe notaría, registro, gestoría, tasación e incluso la comisión de apertura...

En www.reclamapormi.com podemos revisar vuestro IRPH y los gastos y asesoraros sobre cómo proceder.

Espero que esto aclare ciertos puntos importantes y os ayude a plantearos vuestro caso.

Quien tenga dudas puede ponerse en contacto sin compromiso en Reclama Por Mí.
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bruno · barcelona · Jueves, 22 Marzo 2018 | 09:26:25 AM · nº 4271
Hola,

os informo que yo acabo de perder el juicio por IRPH contra BBVA (antes con UNIM y antes con CAIXA TERRASSA).
Tengo hasta el 9 de abril para recurrir a la audiencia provincial de Barcelona, me debato entre tirar adelante o no, dado que las costas en caso de perder serán bastante elevadas.
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Juan Antonio · Almería-Almeria · Viernes, 23 Marzo 2018 | 08:25:57 AM · resp. nº 492
Hola Bruno,si puedes, me podrías decir cuánto pueden ser las costas de reclamar y perder.
Y en la sentencia en que se ha basado el juez para dar la razón al banco y no a ti.
Gracias
jesy · barcelona · Viernes, 23 Marzo 2018 | 02:20:28 PM · resp. nº 493
Buenas Bruno, yo tambien he perdido en primera instancia, ahora me estoy plantando si recurrir o no, a dias lo veo claro pero a ratos lo veo muy negro, mis abogados me hicieron el calculo en costas en caso de perder en el provincial de Barcelona, serian unos 4000 euroazos, pero claro si no recurro tampoco podré reclamar en el caso que la justicia nos diera la razón en europa.
Tu que vas hacer?
Angel · Badalona · Domingo, 25 Marzo 2018 | 11:54:51 AM · resp. nº 497
Hola Bruno,
Que reclamabas exactamente?
La nulidad del Irph y cambio a euribor?
Los gastos?
La cláusula suelo?
Te lo pregunto porque casi todos los que venimos de las caixas ( Terrasa,Sabadell,Manlleu y luego Unim) = ahora BBVA. Nos colocaron lo mismo con el rollo que eran más estables y estrangularon con muchísima vinculaciones que en 15 años no han mejorado en nada a diferencia del Eur.
Animo a todos y gracias.
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Kika2012 · Mislata-Valencia · Miércoles, 21 Marzo 2018 | 04:41:36 PM · nº 4270
Hola, yo ya inicié proceso de demanda por Irph, la cosa se ha demorado más de 2 años por diferentes motivos. Ahora mi abogado ha solicitado aplazamiento hasta que se pronuncie el TJUE y la jueza lo ha desestimado, así que tuvo lugar la vista previa y ya ha puesto fecha de juicio para Octubre. Esto es posible que ocurra? Porque en este caso, a no ser que el TJUE se pronuncie antes, creo que la causa la puedo ya dar por perdida y sin opción a reclamar después...
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