IRPH

Novación de hipoteca con IRPH: cambiar plazo, diferencial o pasar a fijo sin cambiar de banco

Novación de hipoteca con IRPH: cambiar plazo, diferencial o pasar a fijo sin cambiar de banco

La novación permite cambiar condiciones de la hipoteca sin cambiar de banco: plazo, diferencial, titulares o incluso el tipo de interés. Si tu préstamo va referenciado al IRPH, los números merecen una revisión tranquila antes de firmar.

Clave: novación = mismo banco, contrato modificado. Subrogación = otro banco. No son lo mismo ni cuestan igual.

Muchas personas confunden novación y subrogación. En la novación negocias con tu entidad actual. Puede ser más rápida, pero no siempre más barata.

Con IRPH, una novación puede buscar bajar diferencial, alargar plazo para reducir cuota, acortar plazo si hay holgura, o pasar a fijo / mixto. Cada opción mueve la cuota de forma distinta: simúlala.

Novación de hipoteca IRPH en reunión con el banco

Qué se puede novar

  • Plazo (más años → cuota más baja, más intereses a largo plazo).
  • Diferencial o tipo fijo ofertado.
  • Titulares (entradas/salidas, divorcios, herencias).
  • Sistema de amortización o carencias puntuales.
  • Productos vinculados y bonificaciones.

Costes que no debes olvidar

Comisión por novación (si el contrato la contempla), notaría, gestoría y registro en cambios que afecten a la hipoteca inscrita. Pide desglose por escrito. La calculadora de novación te ayuda a sumar cuota nueva + gastos.

Clave: una cuota más baja no compensa si los gastos de novación tardan años en recuperarse.

Comparar antes / después

VariableAntesDespués (ejemplo)
ÍndiceIRPH entidadesIRPH o fijo
Diferencial0,50 %0,25 % / fijo 3,x %
Plazo18 años22 años
CuotaActualSimular
Gastos novaciónComisión + notaría…

Usa el simulador y la comparativa fijo vs variable si te ofrecen salir del IRPH hacia un fijo.

¿Compensa salir del IRPH en una novación?

Depende del diferencial nuevo, del fijo ofertado y de cuántos años queden. Calcula el sobrecoste histórico con pagas de más y mira la serie en IRPH vs Euríbor.

A veces el banco ofrece novar a Euríbor + diferencial o a fijo a cambio de productos vinculados: aplica entonces la lógica de bonificaciones y coste real.

Pasos recomendados

  1. 1
    Capital pendiente, plazo residual, IRPH + diferencial actual.
  2. 2
    Pide oferta de novación por escrito (tipo, plazo, comisión, vinculaciones).
  3. 3
    Simula cuota nueva y recupera de gastos.
  4. 4
    Compara con una subrogación a otra entidad.
  5. 5
    Firma solo si el ahorro neto es claro.

La novación es una herramienta poderosa cuando el banco está dispuesto a mejorar condiciones. No es obligatoria ni siempre ventajosa: los números deciden.

Clave final: negocia con la cuota simulada en la mano, no solo con el diferencial del folleto. El IRPH del mes lo puedes contrastar en el BOE.

Comentarios

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TJUE · Luxemburgo-Holanda · Domingo, 01 Marzo 2020 | 09:21:38 PM · nº 5746
Bueno, ya os veo el lunes, intentaré convencer a los jueces a vuestro favor, hasta luego
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dionisio · madrid · Lunes, 02 Marzo 2020 | 12:55:48 AM · resp. nº 1917
A los jueces no se les convence, se les compra.Suerte para todos.
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Dabitxu · BARCELONA · Domingo, 01 Marzo 2020 | 07:09:32 PM · nº 5745
Soy catalán independentista radical y conozco la "justicia" espanyola.

Que el IRPH es abusivo está claro, también lo dice la RAE.

abuso de confianza

1. m. abuso consistente en engañar o perjudicar a alguien que, por inexperiencia, afecto o descuido, le ha dado crédito.

Pero también sé que tendremos que acabar con abogados para recuperar algo de nuestro dinero.

Saludos a todos, también a ti Luis de Madrid
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Ron · El Vendrell- Tarragona · Domingo, 01 Marzo 2020 | 05:42:40 PM · nº 5742
Hay periódicos que dan por ganadores a la banca y otros que dan por ganadores a los consumidores, todo se verá el día 3. Yo me quedo con lo que dice Erausquin el abogado,que dice que probablemente den la razón a los consumidores. Suerte a todos.
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Álvaro Rodrigo · Sevilla · Domingo, 01 Marzo 2020 | 04:20:40 PM · nº 5741
Hola...irph con caja Granada desde 2006, ni idea de lo que era el irph, nadie ni notario explico nada..menos el banco o caja ..empecé a enterarme de lo que era al ver que el euribor caía y caía ..y nuestro maldito irph nada, por lo que empecé a buscar y darme cuenta del gran robo que nos estaban haciendo, y lo injusto que es,

Mucho ánimo para todos y suerte con esa sentencia, crucemos los dedos
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Luis · madrid · Domingo, 01 Marzo 2020 | 05:11:31 PM · resp. nº 1915
Lo que ya comentamos en su dia... No sera que el No teneiss Ni idea de que va la Sentencia sois vosotros dos... entre muchos de por aqui
La sentencia díra si el IRPH puede ser objeto de control de transparencía. En caso positivo, una vez admitido el control de transparencia, el Abogado General establece que el juez, en cada caso concreto, deberá valorar si la cláusula es abusiva o no en función de la información que las entidades bancarias hayan proporcionado al consumidor en el momento de firmar la hipoteca, de modo que el consumidor haya podido tomar una decisión prudente y con pleno conocimiento de causa respecto al método de cálculo del tipo de interés aplicable, siendo consciente de las consecuencias económicas, por lo que es preciso no sólo especificar la definición completa del índice de referencia, sino también las disposiciones de la normativa nacional pertinentes que determinen el índice. Por último, se deberá pronunciar sobre la tercera cuestión, las consecuencias de la declaración de nulidad. En su voto particular a la STS de 14 de noviembre de 2017 los magistrados discrepantes se decantaron por la sustitución del IRPH por el Euribor, que parece lo más razonable, pues económicamente no se comprendería un préstamo sin interés o quizás sí. No Cabe la posibilidad de declarar nulo el contrato de hipoteca entero El 99,9% existe una clausula que establece que en caso de desaparición de la referencia pactada y/o sustitutivos, se fija el último tipo nominal cobrado, en principio este es el tipo fijo que te aplicará el banco. Seguramente todos pasen a un "Tipo Fijo Pactado" caso por caso, medio punto por debajo de lo actual para satisfacer posibles demandas futuras que también estará incluido el no demandan.
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Luis · Madrid · Domingo, 01 Marzo 2020 | 09:41:52 AM · nº 5740
Aquí esta explicado a la Perfección todo lo que he defendido estos meses y que la sentencia teniendo un Abanico muy Amplio de posibilidades, de nuevo todo recaerá en España y en Supremo. -------------https://www.expansion.com/empresas/banca/2020/02/29/5e5905da468aebb15c8b4607.html
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eric · Barcelona · Domingo, 01 Marzo 2020 | 02:16:46 PM · resp. nº 1908
AQUÍ DECIDE EL TJUE Y LOS JUZGADOS ESPAÑOLES TENDRÁN QUE SEGUIR SU CRITERIO. NO EL DEL TRIBUNAL SUPREMO QUE YA CONOCEMOS NI EL QUE TE PAREZCA A TI O A MÍ MEJOR.Lo estás vendiendo como si decidiera el supremo por que le devuelven la pelota tal cual . SÓLO IMPORTA LO QUE DIGA EL TJUE .O HAS ESCUCHADO UNA SENTENCIA QUE DIGA : QUE DECIDA OTRO .CON LAS CLÁUSULAS SUELO PASO LO MISMO EL SUPREMO DIJO UNA COSA Y DECIDIÓ EL TJUE LO CONTRARIO , A FAVOR DE LOS CONSUMIDORES.
eric · Barcelona · Domingo, 01 Marzo 2020 | 02:27:49 PM · resp. nº 1909
Por que no buscas un foro de banqueros , amigos de la banca y resto de especuladores . Allí seguro que encuentras a más gente alineada en tus opiniones .Todas ellas claro está contrarias a los afectados por el IRPH . Entiendo que hay gente que cree que la sentencia será favorable , gente que piense que no , pero la gente como tú que afirma una y otravez ,que aquí decide el tribunal supremo y el resto de juzgados siguen su criterio es mentira . 9 AUDIENCIAS PROVINCIALES DAN LA RAZON AL CONSUMIDOR Y NI EN EL SUPREMO HAY UNANIMIDAD .Sólo tienes que esperar un par de dias así que no es necesario que seas tan cenizo .
Luis · Madrid · Domingo, 01 Marzo 2020 | 04:13:39 PM · resp. nº 1910
Eric de Barcelona....Llegas a ser cansino... de tu propia ignorancia. Cuando se dice que la sentencia ira en linea con lo que ya comento el Abogado del TJUE significa que dictaminó que el IRPH no es abusivo en sí mismo. Estimaba que las reclamaciones deben ser dilucidadas por los tribunales españoles analizando cada caso concreto y decidiendo sobre cada uno de ellos y no de manera general.. Para tu información que un caso se gane en la audiciencia provincial existe apelación hasta llegar al Supremo y el Supremo es el que tiene la ultima palabra dirá que no es Abusiva. Deja de Vende---humo pedazo ignorante que te lo esta diciendo el EXPANSION.COM. Resulta que todos nos equivocamos menos tu Criterio de Mierda que ya cansas... 9.AUDIENCIAS PROVINCIALES DAN LA RAZON AL CONSUMIDOR en este caso los Bancos apelaran hasta llegar al Supremo. Esto no te lo explica un Abogado por que si no no COBRAN. El Expansion te esta diciendo cual es entre todas las posibilidades la que mas se acerca a la realidad y casualmente es la misma que yo he opinado... Te joda o no.... Que a ti te den un duro significa que al resto se lo quitaran.

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Ana · Tarragona · Domingo, 01 Marzo 2020 | 08:57:46 AM · nº 5739
Buenos días...ánimo a todo!!Que injusticia hemos tenido que aguantar..por parte de los banco y lo que no son banco...brindó que cambié las cosa porque vamos de el peor a el peor...munchas a suerte a todos y gracias por compartir!! Esperemos que acabe ya estos desastres humano...por el bien de todo.
Verdaderamente noan liquidado mentalmente o sikikamente...Porque ya no se en que creer de esta mafia corrupta despiadada y sufrida..Que van cogida de la mano...aquien nosotro llamamos estado!!Dime con quien anda y yo te diré quien eres?estos fenómenos Aquien llamamos estado...suerte a todo.
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Juan Guerrero · Elche-Alicante · Sábado, 29 Febrero 2020 | 09:50:10 PM · nº 5738
Yo la verdad es que estoy algo negativo. Como Europa no deje las cosas claras, tendremos que ir al juzgado a reclamar, teniendo los bancos - yo estoy en el Santander, pero mi hipoteca viene del Banesto - capacidad de llegar al Supremo, y ya sabemos que piensa el Supremo.
Sólo nos queda esperar a ver si llega el fin de esta injusticia.

Un saludo a todos.
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sergio48 · madrid · Sábado, 29 Febrero 2020 | 04:30:11 PM · nº 5737
Hola a todos me hipoteque hace tres años tengo alguna opción de reclamar algo? gracias.

https://mejoresprestamospersonales.es/
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Raúl · Sabadell · Sábado, 29 Febrero 2020 | 12:32:34 PM · nº 5736
El último fin de semana antes de la setencia IRPH del TJUE. ¡¡¡A cruzar los dedos!!!
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jose antonio · HOSPITALET LLOBREGAT (L') · Viernes, 28 Febrero 2020 | 06:52:32 PM · nº 5735
pues si es un sablazo, porque encima ese dinero también ahi que declararlo a hacienda,
otro sablazo mas,
no si al final aqui los que van a ganar van a ser los abogados,
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Manuel Jesús · San Agustín del Guadalix-Madrid · Viernes, 28 Febrero 2020 | 08:00:25 PM · resp. nº 1905
A Hacienda se declara los rendimientos del trabajo. Las cantidades que ganes el el juicio no hay que declararlas
Frasquito Roc · Elda-Alicante · Sábado, 29 Febrero 2020 | 12:41:23 AM · resp. nº 1906
Los 4 últimos años se tienen que declarar, el resto prescribe.
Miguel Ángel · Badalona-Barcelona · Sábado, 29 Febrero 2020 | 09:39:40 PM · resp. nº 1907
En realidad lo que reclamaría Hacienda sería lo desgravado de más los últimos 4 años, pues lo anterior ya ha prescrito.
Eso sí pagaran dinero, porque si se usara ese dinero en la amortización de capital pendiente no tendrían nada que reclamar.

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