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Reclamar el IRPH en 2026: documentos, plazos y cuándo compensa

Reclamar el IRPH en 2026: documentos, plazos y cuándo compensa

Reclamar el IRPH no empieza en el juzgado: empieza en la mesa de casa, con la escritura, los recibos y una cuenta realista de lo cobrado de más. Esta guía ordena el proceso para 2026 sin promesas mágicas y con pasos que puedes ejecutar tú mismo antes de contratar a nadie.

Clave: sin papeles completos y sin una estimación del perjuicio, cualquier reclamación nace débil. Primero archivo, después estrategia.

El debate jurídico sobre el IRPH Entidades ha pasado por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea y por el Tribunal Supremo. Las resoluciones no convierten automáticamente cada hipoteca en “nula”: examinan transparencia, información precontractual y el comportamiento del índice frente a alternativas como el Euríbor. Por eso dos vecinos del mismo banco pueden tener resultados distintos.

Documentación de hipoteca IRPH preparada para reclamar

Qué documentos necesitas (y por qué)

Escritura de préstamo hipotecario completa: identifica el índice (IRPH Entidades u otra modalidad), el diferencial, el redondeo si existe, las comisiones y las cláusulas de revisión.

Oferta vinculante o FIPER / FEIN si las conservas. Sirven para demostrar qué te explicaron (o no) antes de firmar.

Recibos de al menos 24–36 meses y, si puedes, un histórico más largo. Con ellos reconstruyes cuotas y contrastas revisiones.

Notificaciones de revisión del banco: mes de referencia del IRPH, nuevo tipo y nueva cuota.

Si el banco no te facilita el cuadro de amortización, solicítalo por escrito. Mientras tanto, usa la calculadora de cuánto pagas de más con IRPH con capital, plazo y diferenciales orientativos.

Cómo contrastar tu escritura en 20 minutos

  1. 1
    Localiza la cláusula del tipo de interés variable y anota el nombre exacto del índice.
  2. 2
    Anota el diferencial y si hay suelo, techo o redondeo al alza.
  3. 3
    Comprueba la periodicidad de la revisión (anual o semestral) y el mes de referencia.
  4. 4
    Compara el IRPH de esa revisión con el valor oficial en IRPH histórico o en IRPH hoy.
  5. 5
    Simula la misma hipoteca con Euríbor en la calculadora de diferencia de cuotas.

Clave: un error de índice en la carta de revisión se reclama al banco con el dato oficial. Un problema de transparencia se plantea con la escritura y la información previa a la firma.

Estimar el perjuicio (sin inventar cifras)

El “extra” pagado no es el IRPH solo: es la diferencia entre lo abonado con IRPH + diferencial y lo que habrías abonado con un índice alternativo razonable (a menudo Euríbor + el diferencial de mercado de la época, o el que fije un perito). La herramienta de IRPH.es te da una foto orientativa mes a mes.

Esa cifra no es sentencia. Sirve para decidir si el coste de abogados, procura y tiempo compensa el importe en juego.

Vías habituales en 2026

VíaQué implicaCuándo tiene sentido
Reclamación previa al bancoEscrito formal pidiendo anulación de cláusula / recalculoSiempre como primer paso documental
Negociación / novaciónPasar a Euríbor o fijo, quitas parcialesSi priorizas cerrar ya y la oferta es clara
Demanda judicialPrueba de transparencia y perjuicioCuando el importe y la documentación lo sostienen

Amplía el marco jurídico en IRPH y TJUE y el recorrido práctico en reclamar IRPH.

Plazos y caducidad: no te fíes del rumor

Los plazos de acción pueden depender de cuándo se firmó, de si el préstamo sigue vivo y de cómo se interprete el dies a quo en cada caso. No copies fechas de foros antiguos. Si el capital pendiente es alto o la hipoteca sigue activa, prioriza consulta profesional con tu carpeta ya ordenada.

Evita firmar renuncias amplias a cambio de una novación sin calcular antes el valor de lo que abandonas.

Checklist antes de llamar a un abogado

  • Escritura escaneada completa (no solo la primera hoja).
  • FEIN/FIPER u oferta vinculante si existe.
  • Serie de recibos y cartas de revisión.
  • Simulación orientativa IRPH vs Euríbor.
  • Capital pendiente y años restantes.
  • Pregunta concreta: ¿quieres recuperar pasado, cambiar futuro, o ambos?

Experiencias reales y contraste

En el foro de IRPH.es encontrarás dudas sobre bancos concretos y revisiones. Úsalo para contrastar trámites, no como sustituto de un dictamen jurídico personalizado.

Clave final: reclamar bien es archivar, medir y elegir vía. El IRPH se publica cada mes; tu estrategia no debería improvisarse cada vez que sube la cuota.

Comentarios

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Ron · El Vendrell- Tarragona · Domingo, 01 Marzo 2020 | 05:42:40 PM · nº 5742
Hay periódicos que dan por ganadores a la banca y otros que dan por ganadores a los consumidores, todo se verá el día 3. Yo me quedo con lo que dice Erausquin el abogado,que dice que probablemente den la razón a los consumidores. Suerte a todos.
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Álvaro Rodrigo · Sevilla · Domingo, 01 Marzo 2020 | 04:20:40 PM · nº 5741
Hola...irph con caja Granada desde 2006, ni idea de lo que era el irph, nadie ni notario explico nada..menos el banco o caja ..empecé a enterarme de lo que era al ver que el euribor caía y caía ..y nuestro maldito irph nada, por lo que empecé a buscar y darme cuenta del gran robo que nos estaban haciendo, y lo injusto que es,

Mucho ánimo para todos y suerte con esa sentencia, crucemos los dedos
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Luis · madrid · Domingo, 01 Marzo 2020 | 05:11:31 PM · resp. nº 1915
Lo que ya comentamos en su dia... No sera que el No teneiss Ni idea de que va la Sentencia sois vosotros dos... entre muchos de por aqui
La sentencia díra si el IRPH puede ser objeto de control de transparencía. En caso positivo, una vez admitido el control de transparencia, el Abogado General establece que el juez, en cada caso concreto, deberá valorar si la cláusula es abusiva o no en función de la información que las entidades bancarias hayan proporcionado al consumidor en el momento de firmar la hipoteca, de modo que el consumidor haya podido tomar una decisión prudente y con pleno conocimiento de causa respecto al método de cálculo del tipo de interés aplicable, siendo consciente de las consecuencias económicas, por lo que es preciso no sólo especificar la definición completa del índice de referencia, sino también las disposiciones de la normativa nacional pertinentes que determinen el índice. Por último, se deberá pronunciar sobre la tercera cuestión, las consecuencias de la declaración de nulidad. En su voto particular a la STS de 14 de noviembre de 2017 los magistrados discrepantes se decantaron por la sustitución del IRPH por el Euribor, que parece lo más razonable, pues económicamente no se comprendería un préstamo sin interés o quizás sí. No Cabe la posibilidad de declarar nulo el contrato de hipoteca entero El 99,9% existe una clausula que establece que en caso de desaparición de la referencia pactada y/o sustitutivos, se fija el último tipo nominal cobrado, en principio este es el tipo fijo que te aplicará el banco. Seguramente todos pasen a un "Tipo Fijo Pactado" caso por caso, medio punto por debajo de lo actual para satisfacer posibles demandas futuras que también estará incluido el no demandan.
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Luis · Madrid · Domingo, 01 Marzo 2020 | 09:41:52 AM · nº 5740
Aquí esta explicado a la Perfección todo lo que he defendido estos meses y que la sentencia teniendo un Abanico muy Amplio de posibilidades, de nuevo todo recaerá en España y en Supremo. -------------https://www.expansion.com/empresas/banca/2020/02/29/5e5905da468aebb15c8b4607.html
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eric · Barcelona · Domingo, 01 Marzo 2020 | 02:16:46 PM · resp. nº 1908
AQUÍ DECIDE EL TJUE Y LOS JUZGADOS ESPAÑOLES TENDRÁN QUE SEGUIR SU CRITERIO. NO EL DEL TRIBUNAL SUPREMO QUE YA CONOCEMOS NI EL QUE TE PAREZCA A TI O A MÍ MEJOR.Lo estás vendiendo como si decidiera el supremo por que le devuelven la pelota tal cual . SÓLO IMPORTA LO QUE DIGA EL TJUE .O HAS ESCUCHADO UNA SENTENCIA QUE DIGA : QUE DECIDA OTRO .CON LAS CLÁUSULAS SUELO PASO LO MISMO EL SUPREMO DIJO UNA COSA Y DECIDIÓ EL TJUE LO CONTRARIO , A FAVOR DE LOS CONSUMIDORES.
eric · Barcelona · Domingo, 01 Marzo 2020 | 02:27:49 PM · resp. nº 1909
Por que no buscas un foro de banqueros , amigos de la banca y resto de especuladores . Allí seguro que encuentras a más gente alineada en tus opiniones .Todas ellas claro está contrarias a los afectados por el IRPH . Entiendo que hay gente que cree que la sentencia será favorable , gente que piense que no , pero la gente como tú que afirma una y otravez ,que aquí decide el tribunal supremo y el resto de juzgados siguen su criterio es mentira . 9 AUDIENCIAS PROVINCIALES DAN LA RAZON AL CONSUMIDOR Y NI EN EL SUPREMO HAY UNANIMIDAD .Sólo tienes que esperar un par de dias así que no es necesario que seas tan cenizo .
Luis · Madrid · Domingo, 01 Marzo 2020 | 04:13:39 PM · resp. nº 1910
Eric de Barcelona....Llegas a ser cansino... de tu propia ignorancia. Cuando se dice que la sentencia ira en linea con lo que ya comento el Abogado del TJUE significa que dictaminó que el IRPH no es abusivo en sí mismo. Estimaba que las reclamaciones deben ser dilucidadas por los tribunales españoles analizando cada caso concreto y decidiendo sobre cada uno de ellos y no de manera general.. Para tu información que un caso se gane en la audiciencia provincial existe apelación hasta llegar al Supremo y el Supremo es el que tiene la ultima palabra dirá que no es Abusiva. Deja de Vende---humo pedazo ignorante que te lo esta diciendo el EXPANSION.COM. Resulta que todos nos equivocamos menos tu Criterio de Mierda que ya cansas... 9.AUDIENCIAS PROVINCIALES DAN LA RAZON AL CONSUMIDOR en este caso los Bancos apelaran hasta llegar al Supremo. Esto no te lo explica un Abogado por que si no no COBRAN. El Expansion te esta diciendo cual es entre todas las posibilidades la que mas se acerca a la realidad y casualmente es la misma que yo he opinado... Te joda o no.... Que a ti te den un duro significa que al resto se lo quitaran.

Ver las 7 respuestas →

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Ana · Tarragona · Domingo, 01 Marzo 2020 | 08:57:46 AM · nº 5739
Buenos días...ánimo a todo!!Que injusticia hemos tenido que aguantar..por parte de los banco y lo que no son banco...brindó que cambié las cosa porque vamos de el peor a el peor...munchas a suerte a todos y gracias por compartir!! Esperemos que acabe ya estos desastres humano...por el bien de todo.
Verdaderamente noan liquidado mentalmente o sikikamente...Porque ya no se en que creer de esta mafia corrupta despiadada y sufrida..Que van cogida de la mano...aquien nosotro llamamos estado!!Dime con quien anda y yo te diré quien eres?estos fenómenos Aquien llamamos estado...suerte a todo.
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Juan Guerrero · Elche-Alicante · Sábado, 29 Febrero 2020 | 09:50:10 PM · nº 5738
Yo la verdad es que estoy algo negativo. Como Europa no deje las cosas claras, tendremos que ir al juzgado a reclamar, teniendo los bancos - yo estoy en el Santander, pero mi hipoteca viene del Banesto - capacidad de llegar al Supremo, y ya sabemos que piensa el Supremo.
Sólo nos queda esperar a ver si llega el fin de esta injusticia.

Un saludo a todos.
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sergio48 · madrid · Sábado, 29 Febrero 2020 | 04:30:11 PM · nº 5737
Hola a todos me hipoteque hace tres años tengo alguna opción de reclamar algo? gracias.

https://mejoresprestamospersonales.es/
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Raúl · Sabadell · Sábado, 29 Febrero 2020 | 12:32:34 PM · nº 5736
El último fin de semana antes de la setencia IRPH del TJUE. ¡¡¡A cruzar los dedos!!!
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jose antonio · HOSPITALET LLOBREGAT (L') · Viernes, 28 Febrero 2020 | 06:52:32 PM · nº 5735
pues si es un sablazo, porque encima ese dinero también ahi que declararlo a hacienda,
otro sablazo mas,
no si al final aqui los que van a ganar van a ser los abogados,
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Manuel Jesús · San Agustín del Guadalix-Madrid · Viernes, 28 Febrero 2020 | 08:00:25 PM · resp. nº 1905
A Hacienda se declara los rendimientos del trabajo. Las cantidades que ganes el el juicio no hay que declararlas
Frasquito Roc · Elda-Alicante · Sábado, 29 Febrero 2020 | 12:41:23 AM · resp. nº 1906
Los 4 últimos años se tienen que declarar, el resto prescribe.
Miguel Ángel · Badalona-Barcelona · Sábado, 29 Febrero 2020 | 09:39:40 PM · resp. nº 1907
En realidad lo que reclamaría Hacienda sería lo desgravado de más los últimos 4 años, pues lo anterior ya ha prescrito.
Eso sí pagaran dinero, porque si se usara ese dinero en la amortización de capital pendiente no tendrían nada que reclamar.
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manuel · barcelona · Viernes, 28 Febrero 2020 | 05:54:30 PM · nº 5734
muy buenas me estan llamando de reclama por mi te cobran el 15% + iva pero lo que no entiendo es si condenan al banco a pagar costas se lo quedan tambien alegando por buen trabajo y si pierdo y me condenan acostas lo pago yo lo del buen trabajo digo yo que por eso cobran el onorario porque tienen que cobrar las costas
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eric · Barcelona · Viernes, 28 Febrero 2020 | 06:32:13 PM · resp. nº 1903
Si te recuperan 25.000 EUROS Y te cobran 15% + iva = 4537.5 ( si no me equivoco ) La condena en costas al banco no se cuanto es , pero si en total se llevan unos 6000 euros y tu recuperas 20000 . La verdad que si es un sablazo .
eric · Barcelona · Viernes, 28 Febrero 2020 | 06:51:30 PM · resp. nº 1904
He leído que la condena en costas puede ascender a 3000 euros dependiendo del territorio .La verdad que estaría bien que alguien que supiera del tema pusiera UNA SIMULACIÓN DEL COSTE DE UNA DEMANDA POR IRPH , DESGLOSADA Y CON EJEMPLOS ETC...
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jose antonio · HOSPITALET LLOBREGAT (L') · Viernes, 28 Febrero 2020 | 11:10:49 AM · nº 5733
hola, alguien podria poner con que abogados esta y lo que se llevan, y si tienen buen trato de momento,
es que estoy echo un lio con que abogado coger para no esquivicarme,
gracias
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Cris · Tarragona · Viernes, 28 Febrero 2020 | 02:40:31 PM · resp. nº 1902
Hola! desde 2016 (después de informarnos muuuucho)decidimos no unirnos a ninguna demanda colectiva y lo tenemos en manos del despacho: Solà Galvé Advocats (Barcelona), estamos contentos: muy profesionales, atención individualizada, nos han explicado cada paso...en otras palabras: con la seguridad y tranquilidad que estamos en buenas manos. Ahora solo nos cabe esperar la tan deseada Sentencia y que el Juzgado especializado en asuntos bancarios nos cite.

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