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IRPH Entidades, índices y simuladores de hipoteca

Consulta el IRPH actual, su evolución histórica y compara el IRPH con el Euríbor. Simuladores de hipoteca, amortización y reclamación del IRPH.

Sábado, 22 de Agosto de 2026
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Reclamar IRPH 2026: guía paso a paso para afectados | IRPH.es

Reclamar el IRPH en 2026: guía clara para afectados

Si tu hipoteca está referenciada al IRPH, es posible que hayas pagado más intereses que con una referencia al Euríbor. Reclamar no es un trámite automático ni garantizado, pero en 2026 sigue siendo una vía real cuando se puede acreditar falta de transparencia o un desequilibrio relevante. Esta guía te ordena los pasos.

1. Confirma que tienes IRPH

Revisa la escritura de préstamo hipotecario (y posibles novaciones). Busca expresiones como “IRPH Entidades”, “índice de referencia de préstamos hipotecarios”, o antiguas menciones a IRPH Cajas/Bancos. Si te subrogaste en un préstamo de promotora, el índice puede venir de la escritura original del promotor.

2. Reúne la documentación

  • Escritura de la hipoteca (y subrogación, si existe).
  • Cuadro de amortización o recibos de cuotas.
  • Oferta vinculante, folletos o correos previos a la firma (si los conservas).
  • Extractos que permitan ver el tipo aplicado en cada revisión.

Cuanta más prueba de la información (o la falta de información) que recibiste, más sólido suele ser el expediente.

3. Cuantifica el posible sobrecoste

Antes de reclamar conviene tener una idea del orden de magnitud: diferencia entre lo pagado con IRPH y lo que habrías pagado con Euríbor (más el diferencial contractual, según el caso). En IRPH.es puedes apoyarte en:

Estas cifras son estimaciones: un perito o abogado ajustará el cálculo al contrato real.

4. Reclamación extrajudicial al banco

Es habitual presentar una reclamación previa al servicio de atención al cliente / defensor del cliente de la entidad, dejando constancia fehaciente (y, si procede, ante el Banco de España en el ámbito de conductas de mercado). Muchas entidades rechazan o dilatan; aun así, la reclamación documenta tu posición y puede ser útil después.

5. Vía judicial (cuando procede)

Si no hay acuerdo, la vía civil permite solicitar la nulidad de la cláusula por falta de transparencia o abusividad y las consecuencias económicas derivadas. El resultado depende de:

  • La prueba de lo informado en la contratación.
  • La jurisprudencia del Supremo y del TJUE aplicada al caso.
  • El criterio de la audiencia provincial correspondiente.

Resumen del marco legal: IRPH, TJUE y Tribunal Supremo.

6. ¿Qué se suele pedir?

  • Nulidad de la cláusula IRPH.
  • Sustitución por otro índice (con frecuencia Euríbor) u otra consecuencia que fije la sentencia.
  • Devolución de cantidades cobradas de más, con intereses legales cuando proceda.

En algunos supuestos específicos (p. ej. ciertos préstamos de promotora) la consecuencia puede ser distinta. Lo decide el tribunal.

7. ¿Y si ya terminé de pagar la hipoteca?

En muchos casos se sigue explorando la reclamación de cantidades indebidamente pagadas, especialmente cuando se alega nulidad por condiciones generales no transparentes. Los plazos y el tipo de acción son cuestiones técnicas: un abogado debe revisar fechas de firma, cancelación y actos interruptivos.

8. Costes y riesgos

Valora honorarios, posible condena en costas y tiempo del procedimiento. Compara el importe estimado a recuperar con el coste de litigar. Algunas demandas colectivas o despachos especializados ofrecen condiciones distintas a las del procedimiento individual clásico; examina siempre el contrato de servicios.

9. Checklist rápido

  1. Localizar IRPH en la escritura.
  2. Archivar recibos y cuadro de amortización.
  3. Estimar sobrecoste con herramientas de IRPH.es.
  4. Consultar abogado de derecho bancario en tu provincia.
  5. Reclamación al banco y, si procede, demanda.

Herramientas y comunidad

Aviso legal

IRPH.es ofrece información y herramientas de cálculo con carácter divulgativo. No somos un despacho de abogados y no asumimos la dirección letrada de reclamaciones. Para cualquier acción concreta, acude a un profesional colegiado.

Comentarios

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Ron · El Vendrell- Tarragona · Domingo, 01 Marzo 2020 | 05:42:40 PM · nº 5742
Hay periódicos que dan por ganadores a la banca y otros que dan por ganadores a los consumidores, todo se verá el día 3. Yo me quedo con lo que dice Erausquin el abogado,que dice que probablemente den la razón a los consumidores. Suerte a todos.
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Álvaro Rodrigo · Sevilla · Domingo, 01 Marzo 2020 | 04:20:40 PM · nº 5741
Hola...irph con caja Granada desde 2006, ni idea de lo que era el irph, nadie ni notario explico nada..menos el banco o caja ..empecé a enterarme de lo que era al ver que el euribor caía y caía ..y nuestro maldito irph nada, por lo que empecé a buscar y darme cuenta del gran robo que nos estaban haciendo, y lo injusto que es,

Mucho ánimo para todos y suerte con esa sentencia, crucemos los dedos
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Luis · madrid · Domingo, 01 Marzo 2020 | 05:11:31 PM · resp. nº 1915
Lo que ya comentamos en su dia... No sera que el No teneiss Ni idea de que va la Sentencia sois vosotros dos... entre muchos de por aqui
La sentencia díra si el IRPH puede ser objeto de control de transparencía. En caso positivo, una vez admitido el control de transparencia, el Abogado General establece que el juez, en cada caso concreto, deberá valorar si la cláusula es abusiva o no en función de la información que las entidades bancarias hayan proporcionado al consumidor en el momento de firmar la hipoteca, de modo que el consumidor haya podido tomar una decisión prudente y con pleno conocimiento de causa respecto al método de cálculo del tipo de interés aplicable, siendo consciente de las consecuencias económicas, por lo que es preciso no sólo especificar la definición completa del índice de referencia, sino también las disposiciones de la normativa nacional pertinentes que determinen el índice. Por último, se deberá pronunciar sobre la tercera cuestión, las consecuencias de la declaración de nulidad. En su voto particular a la STS de 14 de noviembre de 2017 los magistrados discrepantes se decantaron por la sustitución del IRPH por el Euribor, que parece lo más razonable, pues económicamente no se comprendería un préstamo sin interés o quizás sí. No Cabe la posibilidad de declarar nulo el contrato de hipoteca entero El 99,9% existe una clausula que establece que en caso de desaparición de la referencia pactada y/o sustitutivos, se fija el último tipo nominal cobrado, en principio este es el tipo fijo que te aplicará el banco. Seguramente todos pasen a un "Tipo Fijo Pactado" caso por caso, medio punto por debajo de lo actual para satisfacer posibles demandas futuras que también estará incluido el no demandan.
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Luis · Madrid · Domingo, 01 Marzo 2020 | 09:41:52 AM · nº 5740
Aquí esta explicado a la Perfección todo lo que he defendido estos meses y que la sentencia teniendo un Abanico muy Amplio de posibilidades, de nuevo todo recaerá en España y en Supremo. -------------https://www.expansion.com/empresas/banca/2020/02/29/5e5905da468aebb15c8b4607.html
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eric · Barcelona · Domingo, 01 Marzo 2020 | 02:16:46 PM · resp. nº 1908
AQUÍ DECIDE EL TJUE Y LOS JUZGADOS ESPAÑOLES TENDRÁN QUE SEGUIR SU CRITERIO. NO EL DEL TRIBUNAL SUPREMO QUE YA CONOCEMOS NI EL QUE TE PAREZCA A TI O A MÍ MEJOR.Lo estás vendiendo como si decidiera el supremo por que le devuelven la pelota tal cual . SÓLO IMPORTA LO QUE DIGA EL TJUE .O HAS ESCUCHADO UNA SENTENCIA QUE DIGA : QUE DECIDA OTRO .CON LAS CLÁUSULAS SUELO PASO LO MISMO EL SUPREMO DIJO UNA COSA Y DECIDIÓ EL TJUE LO CONTRARIO , A FAVOR DE LOS CONSUMIDORES.
eric · Barcelona · Domingo, 01 Marzo 2020 | 02:27:49 PM · resp. nº 1909
Por que no buscas un foro de banqueros , amigos de la banca y resto de especuladores . Allí seguro que encuentras a más gente alineada en tus opiniones .Todas ellas claro está contrarias a los afectados por el IRPH . Entiendo que hay gente que cree que la sentencia será favorable , gente que piense que no , pero la gente como tú que afirma una y otravez ,que aquí decide el tribunal supremo y el resto de juzgados siguen su criterio es mentira . 9 AUDIENCIAS PROVINCIALES DAN LA RAZON AL CONSUMIDOR Y NI EN EL SUPREMO HAY UNANIMIDAD .Sólo tienes que esperar un par de dias así que no es necesario que seas tan cenizo .
Luis · Madrid · Domingo, 01 Marzo 2020 | 04:13:39 PM · resp. nº 1910
Eric de Barcelona....Llegas a ser cansino... de tu propia ignorancia. Cuando se dice que la sentencia ira en linea con lo que ya comento el Abogado del TJUE significa que dictaminó que el IRPH no es abusivo en sí mismo. Estimaba que las reclamaciones deben ser dilucidadas por los tribunales españoles analizando cada caso concreto y decidiendo sobre cada uno de ellos y no de manera general.. Para tu información que un caso se gane en la audiciencia provincial existe apelación hasta llegar al Supremo y el Supremo es el que tiene la ultima palabra dirá que no es Abusiva. Deja de Vende---humo pedazo ignorante que te lo esta diciendo el EXPANSION.COM. Resulta que todos nos equivocamos menos tu Criterio de Mierda que ya cansas... 9.AUDIENCIAS PROVINCIALES DAN LA RAZON AL CONSUMIDOR en este caso los Bancos apelaran hasta llegar al Supremo. Esto no te lo explica un Abogado por que si no no COBRAN. El Expansion te esta diciendo cual es entre todas las posibilidades la que mas se acerca a la realidad y casualmente es la misma que yo he opinado... Te joda o no.... Que a ti te den un duro significa que al resto se lo quitaran.

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Ana · Tarragona · Domingo, 01 Marzo 2020 | 08:57:46 AM · nº 5739
Buenos días...ánimo a todo!!Que injusticia hemos tenido que aguantar..por parte de los banco y lo que no son banco...brindó que cambié las cosa porque vamos de el peor a el peor...munchas a suerte a todos y gracias por compartir!! Esperemos que acabe ya estos desastres humano...por el bien de todo.
Verdaderamente noan liquidado mentalmente o sikikamente...Porque ya no se en que creer de esta mafia corrupta despiadada y sufrida..Que van cogida de la mano...aquien nosotro llamamos estado!!Dime con quien anda y yo te diré quien eres?estos fenómenos Aquien llamamos estado...suerte a todo.
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Juan Guerrero · Elche-Alicante · Sábado, 29 Febrero 2020 | 09:50:10 PM · nº 5738
Yo la verdad es que estoy algo negativo. Como Europa no deje las cosas claras, tendremos que ir al juzgado a reclamar, teniendo los bancos - yo estoy en el Santander, pero mi hipoteca viene del Banesto - capacidad de llegar al Supremo, y ya sabemos que piensa el Supremo.
Sólo nos queda esperar a ver si llega el fin de esta injusticia.

Un saludo a todos.
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sergio48 · madrid · Sábado, 29 Febrero 2020 | 04:30:11 PM · nº 5737
Hola a todos me hipoteque hace tres años tengo alguna opción de reclamar algo? gracias.

https://mejoresprestamospersonales.es/
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Raúl · Sabadell · Sábado, 29 Febrero 2020 | 12:32:34 PM · nº 5736
El último fin de semana antes de la setencia IRPH del TJUE. ¡¡¡A cruzar los dedos!!!
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jose antonio · HOSPITALET LLOBREGAT (L') · Viernes, 28 Febrero 2020 | 06:52:32 PM · nº 5735
pues si es un sablazo, porque encima ese dinero también ahi que declararlo a hacienda,
otro sablazo mas,
no si al final aqui los que van a ganar van a ser los abogados,
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Manuel Jesús · San Agustín del Guadalix-Madrid · Viernes, 28 Febrero 2020 | 08:00:25 PM · resp. nº 1905
A Hacienda se declara los rendimientos del trabajo. Las cantidades que ganes el el juicio no hay que declararlas
Frasquito Roc · Elda-Alicante · Sábado, 29 Febrero 2020 | 12:41:23 AM · resp. nº 1906
Los 4 últimos años se tienen que declarar, el resto prescribe.
Miguel Ángel · Badalona-Barcelona · Sábado, 29 Febrero 2020 | 09:39:40 PM · resp. nº 1907
En realidad lo que reclamaría Hacienda sería lo desgravado de más los últimos 4 años, pues lo anterior ya ha prescrito.
Eso sí pagaran dinero, porque si se usara ese dinero en la amortización de capital pendiente no tendrían nada que reclamar.
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manuel · barcelona · Viernes, 28 Febrero 2020 | 05:54:30 PM · nº 5734
muy buenas me estan llamando de reclama por mi te cobran el 15% + iva pero lo que no entiendo es si condenan al banco a pagar costas se lo quedan tambien alegando por buen trabajo y si pierdo y me condenan acostas lo pago yo lo del buen trabajo digo yo que por eso cobran el onorario porque tienen que cobrar las costas
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eric · Barcelona · Viernes, 28 Febrero 2020 | 06:32:13 PM · resp. nº 1903
Si te recuperan 25.000 EUROS Y te cobran 15% + iva = 4537.5 ( si no me equivoco ) La condena en costas al banco no se cuanto es , pero si en total se llevan unos 6000 euros y tu recuperas 20000 . La verdad que si es un sablazo .
eric · Barcelona · Viernes, 28 Febrero 2020 | 06:51:30 PM · resp. nº 1904
He leído que la condena en costas puede ascender a 3000 euros dependiendo del territorio .La verdad que estaría bien que alguien que supiera del tema pusiera UNA SIMULACIÓN DEL COSTE DE UNA DEMANDA POR IRPH , DESGLOSADA Y CON EJEMPLOS ETC...
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jose antonio · HOSPITALET LLOBREGAT (L') · Viernes, 28 Febrero 2020 | 11:10:49 AM · nº 5733
hola, alguien podria poner con que abogados esta y lo que se llevan, y si tienen buen trato de momento,
es que estoy echo un lio con que abogado coger para no esquivicarme,
gracias
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Cris · Tarragona · Viernes, 28 Febrero 2020 | 02:40:31 PM · resp. nº 1902
Hola! desde 2016 (después de informarnos muuuucho)decidimos no unirnos a ninguna demanda colectiva y lo tenemos en manos del despacho: Solà Galvé Advocats (Barcelona), estamos contentos: muy profesionales, atención individualizada, nos han explicado cada paso...en otras palabras: con la seguridad y tranquilidad que estamos en buenas manos. Ahora solo nos cabe esperar la tan deseada Sentencia y que el Juzgado especializado en asuntos bancarios nos cite.

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