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Reclamar IRPH 2026: guía paso a paso para afectados | IRPH.es

Reclamar el IRPH en 2026: guía clara para afectados

Si tu hipoteca está referenciada al IRPH, es posible que hayas pagado más intereses que con una referencia al Euríbor. Reclamar no es un trámite automático ni garantizado, pero en 2026 sigue siendo una vía real cuando se puede acreditar falta de transparencia o un desequilibrio relevante. Esta guía te ordena los pasos.

1. Confirma que tienes IRPH

Revisa la escritura de préstamo hipotecario (y posibles novaciones). Busca expresiones como “IRPH Entidades”, “índice de referencia de préstamos hipotecarios”, o antiguas menciones a IRPH Cajas/Bancos. Si te subrogaste en un préstamo de promotora, el índice puede venir de la escritura original del promotor.

2. Reúne la documentación

  • Escritura de la hipoteca (y subrogación, si existe).
  • Cuadro de amortización o recibos de cuotas.
  • Oferta vinculante, folletos o correos previos a la firma (si los conservas).
  • Extractos que permitan ver el tipo aplicado en cada revisión.

Cuanta más prueba de la información (o la falta de información) que recibiste, más sólido suele ser el expediente.

3. Cuantifica el posible sobrecoste

Antes de reclamar conviene tener una idea del orden de magnitud: diferencia entre lo pagado con IRPH y lo que habrías pagado con Euríbor (más el diferencial contractual, según el caso). En IRPH.es puedes apoyarte en:

Estas cifras son estimaciones: un perito o abogado ajustará el cálculo al contrato real.

4. Reclamación extrajudicial al banco

Es habitual presentar una reclamación previa al servicio de atención al cliente / defensor del cliente de la entidad, dejando constancia fehaciente (y, si procede, ante el Banco de España en el ámbito de conductas de mercado). Muchas entidades rechazan o dilatan; aun así, la reclamación documenta tu posición y puede ser útil después.

5. Vía judicial (cuando procede)

Si no hay acuerdo, la vía civil permite solicitar la nulidad de la cláusula por falta de transparencia o abusividad y las consecuencias económicas derivadas. El resultado depende de:

  • La prueba de lo informado en la contratación.
  • La jurisprudencia del Supremo y del TJUE aplicada al caso.
  • El criterio de la audiencia provincial correspondiente.

Resumen del marco legal: IRPH, TJUE y Tribunal Supremo.

6. ¿Qué se suele pedir?

  • Nulidad de la cláusula IRPH.
  • Sustitución por otro índice (con frecuencia Euríbor) u otra consecuencia que fije la sentencia.
  • Devolución de cantidades cobradas de más, con intereses legales cuando proceda.

En algunos supuestos específicos (p. ej. ciertos préstamos de promotora) la consecuencia puede ser distinta. Lo decide el tribunal.

7. ¿Y si ya terminé de pagar la hipoteca?

En muchos casos se sigue explorando la reclamación de cantidades indebidamente pagadas, especialmente cuando se alega nulidad por condiciones generales no transparentes. Los plazos y el tipo de acción son cuestiones técnicas: un abogado debe revisar fechas de firma, cancelación y actos interruptivos.

8. Costes y riesgos

Valora honorarios, posible condena en costas y tiempo del procedimiento. Compara el importe estimado a recuperar con el coste de litigar. Algunas demandas colectivas o despachos especializados ofrecen condiciones distintas a las del procedimiento individual clásico; examina siempre el contrato de servicios.

9. Checklist rápido

  1. Localizar IRPH en la escritura.
  2. Archivar recibos y cuadro de amortización.
  3. Estimar sobrecoste con herramientas de IRPH.es.
  4. Consultar abogado de derecho bancario en tu provincia.
  5. Reclamación al banco y, si procede, demanda.

Herramientas y comunidad

Aviso legal

IRPH.es ofrece información y herramientas de cálculo con carácter divulgativo. No somos un despacho de abogados y no asumimos la dirección letrada de reclamaciones. Para cualquier acción concreta, acude a un profesional colegiado.

Comentarios

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Alfonso · Madrid · Domingo, 07 Octubre 2018 | 09:02:08 AM · nº 4439
Si se declarase nulo el IRPH ... ¿que pasaria con las hipotecas VPP y VPO vinculadas al IRPH?


El banco puede argumentar que con tipos de interes que establece el congreso



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Paco · Valencia · Domingo, 07 Octubre 2018 | 02:00:50 AM · nº 4438
Por favor difundid este video tanto como podáis para que se haga viral https://youtu.be/IEW15AUIJq8
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Alfonso · Madrid · Domingo, 07 Octubre 2018 | 08:25:01 AM · resp. nº 622
Tremendo el video.
Alejandro · Las palmas de gran Canaria · Martes, 09 Octubre 2018 | 01:28:41 PM · resp. nº 629
Muy bien biviana, has mirado si tu vivienda está titulizada? Búscalo, y si es así no tienen legitimidad para reclamar nada. Deja de pagar
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Pamida · Cadiz · Sábado, 06 Octubre 2018 | 09:17:57 AM · nº 4437
creo que lleva toda la razón y alguien debería tomar notahttps://m.publico.es/columnas/110592131755/econonuestra-irph-un-tribunal-supremo-antiespanol-1
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susana · ciudad rodrigo · Lunes, 08 Octubre 2018 | 05:23:50 PM · resp. nº 626
no he podido conectar con este enlace que indicas, da error en la dirección...
susana · ciudad rodrigo · Lunes, 08 Octubre 2018 | 06:21:21 PM · resp. nº 627
vale, ya está, le sobra "nota" Muy interesante. Gracias
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Veronica · Granada · Viernes, 05 Octubre 2018 | 08:11:04 AM · nº 4436
Hola a todos tengo tamb hipoteca IRPH entidades desde el minuto 0 de la hipoteca sin saberlo hasta 2012 en la cual me incluyeron gastos de hipoteca, comision de apertura, seguro de vida de 8 años el cual anule a los 3 años de haberlos consumido y los otros 5 me los devolvieron. Pero claro ese dinero sigue metido en la hipoteca. Tendria derecho a reclamarlo tamb? Y podria cambiar al beneficiario en el seguro que 5tengo contratado y que esta como beneficiario el banco? Si lo pago yo no entiendo porque tienen que ser ellos los beneficiarios. Gracias
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Isabel Montiel Perez · Cadiz · Jueves, 04 Octubre 2018 | 11:33:55 AM · nº 4435
Esther, ánimo para mañana, creo estar en lo cierto si todos te deseamos lo mejor, comentanos, cómo ha ido, mucha fuerza, Isa
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Chamaco · La Coruña · Jueves, 04 Octubre 2018 | 07:25:56 AM · nº 4434
Hola, es cierto que el fallo del TSJE será en las próximas semanas??????
Mirad este artículo donde lo dice:

https://www.diariojuridico.com/proximo-fallo-del-tjue-sobre-irph-en-hipotecas/
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Miquel · Barcelona · Jueves, 04 Octubre 2018 | 07:51:06 PM · resp. nº 618
No se... si fuera en las próximas semanas, estaría anunciado en algún sitio, no? O es que una sentencia puede caer un día de repente sin que nadie la espere en ese momento... no se me suena un poco raro, quizas sea que dentro de unas semanas sabremos la fecha de la sentencia, pero tampoco esta claro... en fin... a ver si alguien puede arrojar luz sobre esto del IRPH y la sentencia de Europa.
Ivan Molero · Corralejo · Viernes, 05 Octubre 2018 | 07:36:11 AM · resp. nº 619
Buenos días. Según leí el abogado general tiene de 2 demás a 3 meses para remitir su informe, y después de eso el tribunal tiene que dictar sentencia, no antes. Otra cosa es que las sentencias suelen ir encaminadas como el informe del abogado general. Un saludo
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JOSE - VALENCIA · Manises - VALENCIA · Miércoles, 03 Octubre 2018 | 04:37:09 PM · nº 4432
Hola, mi caso ya fue juzgado. IRPH ganado por mi en Juzgado de lo Mercantil de valencia y recurrido por el banco ante la audiencia para posteriormente ganarlo ellos. Ese es el resumen de 3 años de espera mas o menos. Mis dudas son las siguientes; ¿alguien podría decirme si mi caso puede volver a iniciarse una vez se pronuncie el Tribunal de Justicia Europeo? La primera vez fuí yo el denunciante, ¿Podría ser en este caso mi esposa la denunciante, ya que ella no figuró en ningún caso en la primera denuncia? ¿Podría de este modo evitar lo de la "cosa juzgada"?

Somos muchos los que ya tenemos sentencias negativas del IRPH. ¿hemos perdido los que empezamos en esto pronto?

Muchas gracias a todos.
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Javier - Reclama Por Mí · Bizkaia · Miércoles, 03 Octubre 2018 | 11:12:55 AM · nº 4431
Hola a todos,



Estamos recibiendo muchos contactos de clientes en Reclama Por Mí (www.reclamapormi.com) que nos comunican qué hacer con el IRPH y ESPECIALMENTE NOS PREOCUPA que hay muchos clientes que están recibiendo comunicaciones por parte del banco en el que les ofrecen un acuerdo.

Queremos poner sobre aviso a todos los afectados que ANTES DE ACEPTAR EL ACUERDO SE ASESOREN.

Esto mismo sucedió con las cláusulas suelo y muchos afectados firmaron acuerdos sin consultar sin tener en cuentas las repercusiones. Si los bancos empiezan a moverse y empezar a llegar a acuerdos es porque ven venir algo similar al suelo donde han perdido el 97% de los casos y han tenido que devolver todas las cantidades + intereses a los clientes.



Lo que debéis saber:




1- El banco ofrece un acuerdo mucho menor de lo que se podría reclamar si se considera nulo el IRPH por falta de transparencia (hecho que se ha demostrado en innumerables casos de cláusula suelo y que es posible que al IRPH le suceda lo mismo si nos basamos en el Informe de la Comisión Europea sobre IRPH a fecha del 19/9/2018: leer más aquí: https://www.reclamapormi.com/reclama-por-mi/hipoteca/irph-que-es-y-como-reclamar-irph-abogado/154-que-es-y-como-reclamar-irph.html)



2- El banco en el acuerdo firmado incluye una cláusula en la que se imposibilita reclamar en el futuro tal y como sucedió con el suelo.



Por estos motivos desde Reclama Por Mí asesoramos a los clientes a tomar la mejor decisión. La consulta es gratuita.
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Isabel · Cadiz · Lunes, 01 Octubre 2018 | 06:13:06 PM · nº 4430
 Es cosa mía, o todas las noticias que salen,es como que pobre bancos, el coste tan elevado que van a tener que pagar, cómo si lo tuvieran que poner ellos, pero si, os lo habéis llevado por la cara, por no decir Ro.., ahora ha salido, otra clausulas, que es la que obliga a tener seguros de vida, pero que si nos morimos, ellos son los beneficiarios, que no entendía, si cada año que pasaba 4€ más, si se comprende que se debe menos y ojo se paga solo la mitad,blancos otra mitad queda que sigan pagando los herederos
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lorena · calahorra · Martes, 02 Octubre 2018 | 12:13:55 PM · resp. nº 615
Si, tengo la misma sensación, después de leer el informe de la comisión europea al tribunal de justicia de la unión europea, que después de decir que de acuerdo a la ley europea la clausula de interés es nula, y no se puede cambiar por el juez, como lo establecido en la clausula suelo, acaba por justificar dejarlo en cambiar el interés al Euribor. Alguien sabe por qué en lugar del art. 1303 del código civil, no se menciona el 1306 que es la excepción del anterior para cuando la culpa de que el contrato sea nulo es de alguno de los contratantes?
Calero · Narnia · Miércoles, 03 Octubre 2018 | 06:28:17 AM · resp. nº 616
Nueva noticia!!

https://www.vozpopuli.com/economia-y-finanzas/banca-reducira-exposicion-IRPH-evitar-TJUE_0_1177983311.html

Cuidado con las condiciones que aceptais, los bancos se empiezan a poner nerviosos y estan empezando a ofrecer abusos bancarios de nuevo, como por ejemplo tipos fijos o variables con diferenciales altos.

No os dejeis engañar! Reclamemos lo que es nuestro
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Veronica · Granada · Lunes, 01 Octubre 2018 | 11:47:35 AM · nº 4429
Hola buenas tardes alguien me ppdria decir que indice de IRPH me tienen que aplicar si mi revision es el 1 de agosto?? Es que creo que me han cogido el mas favorable para ellos para ser mas exacta el de junio que estaba a 1,862 y no el de julio que estaba a 1,854. Me podriais decir si puedo reclamar algo de esto o es legal? Gracias
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Montse · Barcelona · Lunes, 01 Octubre 2018 | 12:16:57 PM · resp. nº 613
Hola Verònica,

El índice te cogen el de 2 meses antes de comprarte el piso. Yo por ejemplo lo compre en junio y siempre me cogen el de abril. Espero te ayude.
Veronica · Granada · Lunes, 01 Octubre 2018 | 12:41:03 PM · resp. nº 614
Muchas gracias Montse si he entendido bien esta correcto pero me queda la duda lo mirare en las escrituras que supongo lo pondra mil gracias. Saludos desde Granada

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