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Reclamar IRPH 2026: guía paso a paso para afectados | IRPH.es

Reclamar el IRPH en 2026: guía clara para afectados

Si tu hipoteca está referenciada al IRPH, es posible que hayas pagado más intereses que con una referencia al Euríbor. Reclamar no es un trámite automático ni garantizado, pero en 2026 sigue siendo una vía real cuando se puede acreditar falta de transparencia o un desequilibrio relevante. Esta guía te ordena los pasos.

1. Confirma que tienes IRPH

Revisa la escritura de préstamo hipotecario (y posibles novaciones). Busca expresiones como “IRPH Entidades”, “índice de referencia de préstamos hipotecarios”, o antiguas menciones a IRPH Cajas/Bancos. Si te subrogaste en un préstamo de promotora, el índice puede venir de la escritura original del promotor.

2. Reúne la documentación

  • Escritura de la hipoteca (y subrogación, si existe).
  • Cuadro de amortización o recibos de cuotas.
  • Oferta vinculante, folletos o correos previos a la firma (si los conservas).
  • Extractos que permitan ver el tipo aplicado en cada revisión.

Cuanta más prueba de la información (o la falta de información) que recibiste, más sólido suele ser el expediente.

3. Cuantifica el posible sobrecoste

Antes de reclamar conviene tener una idea del orden de magnitud: diferencia entre lo pagado con IRPH y lo que habrías pagado con Euríbor (más el diferencial contractual, según el caso). En IRPH.es puedes apoyarte en:

Estas cifras son estimaciones: un perito o abogado ajustará el cálculo al contrato real.

4. Reclamación extrajudicial al banco

Es habitual presentar una reclamación previa al servicio de atención al cliente / defensor del cliente de la entidad, dejando constancia fehaciente (y, si procede, ante el Banco de España en el ámbito de conductas de mercado). Muchas entidades rechazan o dilatan; aun así, la reclamación documenta tu posición y puede ser útil después.

5. Vía judicial (cuando procede)

Si no hay acuerdo, la vía civil permite solicitar la nulidad de la cláusula por falta de transparencia o abusividad y las consecuencias económicas derivadas. El resultado depende de:

  • La prueba de lo informado en la contratación.
  • La jurisprudencia del Supremo y del TJUE aplicada al caso.
  • El criterio de la audiencia provincial correspondiente.

Resumen del marco legal: IRPH, TJUE y Tribunal Supremo.

6. ¿Qué se suele pedir?

  • Nulidad de la cláusula IRPH.
  • Sustitución por otro índice (con frecuencia Euríbor) u otra consecuencia que fije la sentencia.
  • Devolución de cantidades cobradas de más, con intereses legales cuando proceda.

En algunos supuestos específicos (p. ej. ciertos préstamos de promotora) la consecuencia puede ser distinta. Lo decide el tribunal.

7. ¿Y si ya terminé de pagar la hipoteca?

En muchos casos se sigue explorando la reclamación de cantidades indebidamente pagadas, especialmente cuando se alega nulidad por condiciones generales no transparentes. Los plazos y el tipo de acción son cuestiones técnicas: un abogado debe revisar fechas de firma, cancelación y actos interruptivos.

8. Costes y riesgos

Valora honorarios, posible condena en costas y tiempo del procedimiento. Compara el importe estimado a recuperar con el coste de litigar. Algunas demandas colectivas o despachos especializados ofrecen condiciones distintas a las del procedimiento individual clásico; examina siempre el contrato de servicios.

9. Checklist rápido

  1. Localizar IRPH en la escritura.
  2. Archivar recibos y cuadro de amortización.
  3. Estimar sobrecoste con herramientas de IRPH.es.
  4. Consultar abogado de derecho bancario en tu provincia.
  5. Reclamación al banco y, si procede, demanda.

Herramientas y comunidad

Aviso legal

IRPH.es ofrece información y herramientas de cálculo con carácter divulgativo. No somos un despacho de abogados y no asumimos la dirección letrada de reclamaciones. Para cualquier acción concreta, acude a un profesional colegiado.

Comentarios

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María · tarragona · Viernes, 23 Junio 2017 | 10:55:49 AM · nº 3856
Tengo una ipoteca irph identidades sustituto cajas y ceca no tengo oferta vinculante .185.000€ desde el 2001 .ke posibilidad tengo de ganar si demando?
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Fernanado · Bilbao · Viernes, 23 Junio 2017 | 11:12:57 AM · resp. nº 177
Buenas Maria, puedes reclamar perfectamente, necesitas el prestamo hipotecario y el cuadro de amortizacion del banco.

Las posibilidad de ganar la demanda son muy altas, actualmente nos estan dando muchisimas sentencias favorables y si no tienes oferta vinculante mas a tu favor.

saludos
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Fernando · Cadiz · Viernes, 23 Junio 2017 | 10:52:26 AM · nº 3855
Las diferencias entre los afectados por el IRPH y las clausulas suelo se basan en la aplicación de un índice o de un interés en sus préstamos hipotecarios pero en realidad, tienen muchas similitudes, ya que se trata de un abuso bancario que los juzgados reconocen. Por ejemplo, Bankia pierde más del 93% de los juicios por clausulas suelo, y las decenas de fallos favorables a los afectados por el IRPH como el juzgado de Barcelona que ha declarado nulo el IPRH por ser abusivo para el consumidor.
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Laura · Cordoba · Viernes, 23 Junio 2017 | 10:47:53 AM · nº 3854
Hola Tengo IRPH, creo... estoy confusa. Pensaba que tenía suelo. No es lo mismo parece.
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Isabel · Madrid · Jueves, 22 Junio 2017 | 10:04:46 PM · nº 3853
Hola, estoy afectada por la clausula suelo en mi hipoteca y necesito encontrar la tabla con el tipo de interes IRPH CAJAS desde el año 2000. ¿Álguien sabe donde puedo encontrarla?
Muchas gracias.
Isabel
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José María · Asturias · Jueves, 22 Junio 2017 | 07:56:09 AM · nº 3852
Quería saber si hay alguna sentencia de la Audiencia Provincial de Asturias sobre el IRPH
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carlos · Sevilla · Martes, 20 Junio 2017 | 02:46:52 PM · nº 3851
Tengo la aplicación de IRPH en mi hipoteca, hace un mes y a raiz de conocer este foro e interesarme por las diferentes noticias. Le escribí una carta a mi banco reclamándole la aplicación de dicho IRPH, a la que me han contestado que es correcto y que si no estoy de acuerdo me aplicarían ahora si yo quiero el EURIBOR más un diferencial de un 1%. Ya me queda solo un año y medio de hipoteca. Me pregunta es sería conveniente contestar a la nueva carta aclarando mi postura sobre la aplicación de dicho tipo, a todas las luces ilegal por la manipulación de las entidades bancarias.
¿Cómo lo veis?
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Oscar · Irún, Gipuzkoa · Miércoles, 21 Junio 2017 | 02:50:25 PM · resp. nº 170
Hola Carlos.

Yo en tu lugar no efectuaría el cambio. El banco sabe que en no mucho tiempo declararán el irph entidades como interés abusivo y por lo tanto estarán condenados a pagar a todo aquel que se lo reclame, amparándose claro está en el Supremo. Si puedes aguantar, aguanta. Ponte en manos de un abogado que te informe de las diferentes opciones que tienes y si en un futuro, esperemos que cercano, el TS declara abusivo el IRPH podras pedir la devolución de todo lo que te han cobrado. Un saludo
Javier · Bilbao · Jueves, 22 Junio 2017 | 07:19:14 AM · resp. nº 171
Efectivamente tiene razón Oscar. Un acuerdo extrajudicial es vinculante y seguro que cuando lo firmes, entre otras te meten una cláusula en el contrato por la que no puedas reclamar en el futuro aceptando los términos del banco. A falta de que el supremo diga algo, el IRPH es muy similar a las cláusulas suelo y muy probablemente se pronuncie igual. Así que es muy robable que ganes si demandas.En cuanto a lo que dice Oscar de esperar matizo: En muchas Comunidades Autónomas ya están dando la razón y se podría ganar ya. En estos casos en www.reclamapormi.com te explican su manera de funcionar: piden extrajudicialmente la restitución de todas las cantidades abonadas de más incluidos los intereses. El banco no acepta en la mayoría de los casos. Así que meten la demanda ya y la paralizan para que cuando el supremo dicte sentencia estés "el primero en la cola" y no detrás de miles de personas. Creo que es la mejor manera de hacerlo.
Pedro Martin · Madrid · Jueves, 22 Junio 2017 | 10:44:21 AM · resp. nº 174
Javier de reclamapormi......las demandas NO LAS PUEDES PARALIZAR....y tú bien lo sabes o deberias saber. Por lo que veo, lo que pretendeis es captar al cliente bajo esa consigna y, así vincularle a vuestro despacho bajo el pretexto de que la demanda está Yacpresentada para que no puedan cambiar de abogado cuando se pronuncie el TS. VOSOTROS perfectamente sabéis que las demandas no se paralizan. No me parece LEAL para con.los afectados esa forma de proceder.

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Ana · Madrid · Martes, 20 Junio 2017 | 01:54:20 PM · nº 3850
Madre mía, esto está degenerando en un foro de publicitario. Sólo publicidad y cero información. Una pena
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sonia · Santander · Martes, 20 Junio 2017 | 03:56:31 PM · resp. nº 164
Ana,es cierto que el supremo tardara en pronunciarse dos o tres años sobre el tema irph?
Jose Luis · Madrid · Martes, 20 Junio 2017 | 07:59:23 PM · resp. nº 165
Sí Ana y tu fuistes la primera que empezo a hacerse publicidad y a dejar su numero se movil en el foro. Vaya tela lo tuyo!!
Ana · Madrid · Martes, 20 Junio 2017 | 08:46:38 PM · resp. nº 166
Mi única pretensión fue INFORMAR y a la vista está, no limitándome a dejar simplemente mi número de teléfono. Al que por cierto me ha llamado mucha gente y les he informado sobre su caso en concreto y he hecho escritos, de forma totalmente DESINTERESADA y, ello a pesar de que me querían pagar la consulta, cuyo pago evidentemente NO he aceptado, ya que como expresé en su dia en el foro lo hacía sin compromiso alguno.
En cualquier caso, ahora que estás tú seguramente informaras puntualmente pq hasta la fecha sólo has intervenido con este comentario, por cierto "muy ilustrativo". Un saludo.

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Erika · Barcelona · Martes, 20 Junio 2017 | 12:38:06 PM · nº 3849
Hola tengo una hipoteca irph desde 2004 con Caixa penedes q ahora es Sabadell y me ofrecen un contrato privado para poner a irph variable ya que lo tenía fijo desde 2014 al 3,50
Como lo veis acepto o que puedo hacer
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Alfonso · Madrid · Lunes, 19 Junio 2017 | 08:36:56 PM · nº 3848
IRPH MAYO: 1,947
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m herrera · sevilla · Martes, 20 Junio 2017 | 09:00:04 AM · resp. nº 163
Ese va a ser el indice de mi revisión anual, por lo tanto voy a pagar mas, me lo voy a tomar con filosofía, a mas dinero me metan de interés, mas dinero me van a tener que devolver.
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Minobu · Barcelona · Domingo, 18 Junio 2017 | 04:40:19 PM · nº 3847
Hola , soy un afectado por la Hipoteca "Tranquilidad" Banesto (Ahora Santander), en mayo me cumplieron los 10 años que me clavaron al 5% fijo (+2.5% de subida anual de cuota) , mi sorpresa ha sido al actualizarse la cuota resulta que esta referenciado al IRPH B1-Conjunto de entidades con un diferencial +0.1 , quedandome en:1.979% , durante mucho tiempo me he estado informando , para reclamar pensando en que era Euribor y ahora me encuentro que no es asi, ¿Que me podriais aconsejar? Gracias.
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javier · bilbao · Lunes, 19 Junio 2017 | 11:54:13 AM · resp. nº 159
Puedes reclamar por este caso. Lo mejor es hacer una reclamación extrajudicial primero para ver si te responden afirmativamente. No será el caso porque te mandarán una carta tipo en la que te lo rechazarán. Posteriormente se puede demandar. De pendiendo de cual sea tu comunidad autónoma es aconsejable esperar. Si quieres en www.reclamapormi.com te asesoran y hacen todo el proceso por ti. Te indican cómo proceder. La consulta es gratuita.

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