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Consulta el IRPH actual, su evolución histórica y compara el IRPH con el Euríbor. Simuladores de hipoteca, amortización y reclamación del IRPH.

Martes, 18 de Agosto de 2026
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Reclamar IRPH 2026: guía paso a paso para afectados | IRPH.es

Reclamar el IRPH en 2026: guía clara para afectados

Si tu hipoteca está referenciada al IRPH, es posible que hayas pagado más intereses que con una referencia al Euríbor. Reclamar no es un trámite automático ni garantizado, pero en 2026 sigue siendo una vía real cuando se puede acreditar falta de transparencia o un desequilibrio relevante. Esta guía te ordena los pasos.

1. Confirma que tienes IRPH

Revisa la escritura de préstamo hipotecario (y posibles novaciones). Busca expresiones como “IRPH Entidades”, “índice de referencia de préstamos hipotecarios”, o antiguas menciones a IRPH Cajas/Bancos. Si te subrogaste en un préstamo de promotora, el índice puede venir de la escritura original del promotor.

2. Reúne la documentación

  • Escritura de la hipoteca (y subrogación, si existe).
  • Cuadro de amortización o recibos de cuotas.
  • Oferta vinculante, folletos o correos previos a la firma (si los conservas).
  • Extractos que permitan ver el tipo aplicado en cada revisión.

Cuanta más prueba de la información (o la falta de información) que recibiste, más sólido suele ser el expediente.

3. Cuantifica el posible sobrecoste

Antes de reclamar conviene tener una idea del orden de magnitud: diferencia entre lo pagado con IRPH y lo que habrías pagado con Euríbor (más el diferencial contractual, según el caso). En IRPH.es puedes apoyarte en:

Estas cifras son estimaciones: un perito o abogado ajustará el cálculo al contrato real.

4. Reclamación extrajudicial al banco

Es habitual presentar una reclamación previa al servicio de atención al cliente / defensor del cliente de la entidad, dejando constancia fehaciente (y, si procede, ante el Banco de España en el ámbito de conductas de mercado). Muchas entidades rechazan o dilatan; aun así, la reclamación documenta tu posición y puede ser útil después.

5. Vía judicial (cuando procede)

Si no hay acuerdo, la vía civil permite solicitar la nulidad de la cláusula por falta de transparencia o abusividad y las consecuencias económicas derivadas. El resultado depende de:

  • La prueba de lo informado en la contratación.
  • La jurisprudencia del Supremo y del TJUE aplicada al caso.
  • El criterio de la audiencia provincial correspondiente.

Resumen del marco legal: IRPH, TJUE y Tribunal Supremo.

6. ¿Qué se suele pedir?

  • Nulidad de la cláusula IRPH.
  • Sustitución por otro índice (con frecuencia Euríbor) u otra consecuencia que fije la sentencia.
  • Devolución de cantidades cobradas de más, con intereses legales cuando proceda.

En algunos supuestos específicos (p. ej. ciertos préstamos de promotora) la consecuencia puede ser distinta. Lo decide el tribunal.

7. ¿Y si ya terminé de pagar la hipoteca?

En muchos casos se sigue explorando la reclamación de cantidades indebidamente pagadas, especialmente cuando se alega nulidad por condiciones generales no transparentes. Los plazos y el tipo de acción son cuestiones técnicas: un abogado debe revisar fechas de firma, cancelación y actos interruptivos.

8. Costes y riesgos

Valora honorarios, posible condena en costas y tiempo del procedimiento. Compara el importe estimado a recuperar con el coste de litigar. Algunas demandas colectivas o despachos especializados ofrecen condiciones distintas a las del procedimiento individual clásico; examina siempre el contrato de servicios.

9. Checklist rápido

  1. Localizar IRPH en la escritura.
  2. Archivar recibos y cuadro de amortización.
  3. Estimar sobrecoste con herramientas de IRPH.es.
  4. Consultar abogado de derecho bancario en tu provincia.
  5. Reclamación al banco y, si procede, demanda.

Herramientas y comunidad

Aviso legal

IRPH.es ofrece información y herramientas de cálculo con carácter divulgativo. No somos un despacho de abogados y no asumimos la dirección letrada de reclamaciones. Para cualquier acción concreta, acude a un profesional colegiado.

Comentarios

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Dori · Alcalá de Henares -Madrid · Viernes, 13 Dic. 2024 | 08:26:39 AM · nº 7133
Os adjunto interesante video
https://youtu.be/asgiJ7PI1VE?si=M-V3oE5VSaTWy50V
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David · Barcelona · Viernes, 13 Dic. 2024 | 05:41:53 PM · resp. nº 3121
minuto 16:20 , Lo de anular la reforma de la ley de enjuiciamiento civil, ya que esta causaba conflicto con el caso Puigdemont, aunque perjudicase a miles de personas que tengan ejecución hipotecaria con clausula IRPH, es la manera como actuan estos políticos corruptos, todos los partidos, no se salva ninguno.
No olvidar cuando todos los partidos políticos se pusieron de acuerdo, para votar en el congreso a favor de que el gobierno se posicionara a favor de la banca en el juicio del IRPH, también hace poco se llevo a cabo en el congreso una petición (la cual no estoy muy informado) para eliminar las cuestiones prejudiciales.
Seguramente hay muchas casos mas que desconocemos y como no olvidar las promesas y fotos que se hicieron muchos cuando recién empezaban como políticos, con los afectados de clausulas abusivas.
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Ana abogada · Madrid · Jueves, 12 Dic. 2024 | 09:24:53 PM · nº 7132
Yo esperaría a ver qué dice el Supremo. Todo es un sinsentido. Aclara , a la vez que se contradice con anteriores sentencias que, el hecho de que la escritura no haga remision expresa a la Circular 5/94 y a su publicación en el BOE concreto donde se encuentra publicada ,-BOE 3- 08-1994,puede comprometer la accesibilidad de la correspondiente información para un consumidor
medio y conllevar a la falta de transparencia

OJO, algunos préstamos como los de la CAIXA se remiten a la Circular 8/90 que no es la que define el IRPH, TIENE QUE SER LA CIRCULAR 5/94 que es la que contiene la definición de IRPH.Este sería el PRIMER FILTRO

Os recomiendo esperar a la Sentencia del TS , lo demás es hablar por hablar.

De poco sirve que un Juzgado o Audiencia declaren la nulidad si cuando llegue al Supremo lo desestiman.









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Mariano · Valladolid · Jueves, 12 Dic. 2024 | 10:15:24 PM · resp. nº 3114
Buenas,en mi escritura hace referencia a la circular 8/90,entonces quiere decir que yo ya no podría reclamar o si. Gracias
angeles2325 · Puertollano - Ciudad Real · Jueves, 12 Dic. 2024 | 10:55:47 PM · resp. nº 3115
Buenas,en mi escritura hace referencia a la circular 8/90,entonces quiere decir que yo ya no podría reclamar o si. Gracias
angeles2325 · Puertollano - Ciudad Real · Jueves, 12 Dic. 2024 | 11:04:02 PM · resp. nº 3116
Aunque se acoja a la ley 8/90, mi tipo de interés siempre ha sido superior al 2%. Gracias. Un saludo

Ver las 6 respuestas →

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Eduardo · MANZANARES EL REAL · Jueves, 12 Dic. 2024 | 08:45:13 PM · nº 7131
Posible anulación de la cláusula IRPH por goleada al Supremo
La posible anulación de las cláusulas IRPH no solo representa una victoria para los consumidores, sino también un recordatorio de la importancia de la transparencia en el sector bancario. El camino legal aún es largo, pero la decisión del TJUE marca
https://www.aquimicasa.net/blog/economia/bancos/posible-anulacion-de-la-clausula-irph-por-goleada-al-supremo/
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Ana abogada · Madrid · Jueves, 12 Dic. 2024 | 09:28:34 PM · resp. nº 3112
Pues parece ser que, últimamente el TJUE NO es CLARO y, le da alas al Supremo para diversas interpretaciones, véase IRPH cuántas cuestiones prejudiciales llevamos....





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Jose · Puebla de Vícar · Jueves, 12 Dic. 2024 | 03:14:11 PM · nº 7130
La Sentencia es muy clara y creo que corrige al T.S. Ya no caben más interpretaciones y esa doctrina del IRPH del TJUE es de obligadoooooooo cumplimiento. Siendo vinculanteeeeeee para todos los Jueces Eiropeosssssss. Un saludo para todos los afectados.
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Ivan · Las Palmas · Jueves, 12 Dic. 2024 | 03:58:54 PM · resp. nº 3111
La sentencia es clara. ¿Pero la aplicará correctamente elTS?
Yo me guardo la alegría hasta la próxima sentencia del TS
Ana abogada · Madrid · Jueves, 12 Dic. 2024 | 09:37:49 PM · resp. nº 3113
Yo tb me guardo la alegría para la próxima sentencia del TS que es el que decide en última instancia
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David · Barcelona · Jueves, 12 Dic. 2024 | 02:52:29 PM · nº 7129
Acabo de ver el video de Erauskin, como siempre, análisis muy claro y comprensible de cara al ciudadano que no es profesional en derecho financiero.
Solo resaltar unas palabras, en la cuales hace referencia a muchos pseudo profesionales que solo buscan captar, confundir y porque no decirlo, engañar a los consumidores, hay pocos abogados y muy buenos y por supuesto diario 16.
La noticias son bastante buenas, según dijo Erauskin, en videos de anteriores sentencias, no hace falta que se pronuncie el supremo, ya que cada juzgado/audiencia provincial son independientes y autónomas, que lo único que han de hacer, es seguir la jurisprudencia del TJUE, pero es ahí donde esta el problema, casi todas las audiencias provinciales prevarican por orden y mandato del supremo.
Suerte a todos y a esperar la santa paciencia del supremo.
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ANGEL · LA RAPITA -TARRAGONA · Jueves, 12 Dic. 2024 | 03:18:53 PM · resp. nº 3110
Hola es una gran noticia espero que ahora digan algo por la TV porque esto ha sido una ESTAFA PREMEDITADA AL CONSUMIDOR por la BANCA aprobechando el BOE IMPONIENDO LOQUE LE INTERESABA A LA BANCA DESDE 1994 CREO QUE ESTO ERA DELITO espero que el TRIBUNAL SUPREMO LO RECONOZCA bueno que pasa con aquellos que han perdido la casa o que su caso sea cosa juzgada no pueden reclamar DAÑOS Y PERJUCIOS y muchos que ademas tengan estas hipotecas TITULIZADAS Y CON IRPH cuanto debemos de ser indemnizados ademas quiero saber como despues de salvar a la BANCA con nuestra HUCHA DE LAS PENSIONES,LA TITULIZACIONES que la BANCA HIZO y gano mas de un BILLON DE EUROS,LAS PREFERENTES,CLAUSULAS ABUSIVAS,SWAPS,DESAHUCIOSY AHORA EL IRPH CUANTO HEMOS APORTADO A LA BANCA LOS CIUDADANOS DE LA PENINSULA IBERICA
EL TRIBUNAL DE CUENTAS DEBERIA HACER UN ESTUDIO POR TRANPARENCIA
EZ HORA DE RECLAMAR Y PEDIR JUSTICIA



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Ron · El Vendrell- Tarragona · Jueves, 12 Dic. 2024 | 01:48:02 PM · nº 7128
Vídeo reciente de Erauskin https://youtu.be/mIOLYRpOY_U?si=z_6J25HE1TrNZvXR
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yo mismo · irph · Jueves, 12 Dic. 2024 | 02:05:58 PM · resp. nº 3109
por el amor de dios, que look más terrible lleva nuestro querido abogado! Quien le ha sugerido que llevar una cinta negra en la frente era un look apropiado para dar una gran noticia como ésta?
Así nadie va a tomar en serio su palabra.
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Megan · Valladolid · Jueves, 12 Dic. 2024 | 11:27:09 AM · nº 7127
Bravo! ya hemos ganado! ahora a luchar en los juzgados, tenemos la razon los afectados por este índice cruel
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Ron · El Vendrell- Tarragona · Jueves, 12 Dic. 2024 | 11:20:16 AM · nº 7126
Según lo que pone aquí hemos ganado,pero yo esperaría al Erauskin,haber lo que dice https://www.eleconomista.es/legal/noticias/13130193/12/24/el-tjue-abre-la-puerta-a-devoluciones-de-mas-de-15000-millones-de-euros-por-las-hipotecas-ligadas-al-irph.html
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jardinero · jarinera · Jueves, 12 Dic. 2024 | 10:48:32 AM · nº 7125
EMOS PERDIDO ERA DE ESPERAR nosotros ya abandomamos este litijio para siempre

Suerte a los que quedan
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Monica · Vicar · Jueves, 12 Dic. 2024 | 10:43:35 AM · nº 7124
https://www.economistjurist.es/actualidad-juridica/jurisprudencia/el-tjue-condiciona-la-nulidad-del-irph-a-que-se-cumplan-varios-requisitos/


Otra vez la pelota en el supremo....esto es inadmisible...llevamos años con esta lucha y seguimos igual!! me voy a cortar las venas



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Alex · Tarragona · Jueves, 12 Dic. 2024 | 10:52:38 AM · resp. nº 3108
Otra vez si, a esperar años al supremo para que luego diga que está todo igual.

Los bancos estaban, están y estarán muy trabquilos

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