IRPH

Revisión de hipoteca en septiembre 2026: Euríbor de agosto o IRPH de julio

Revisión de hipoteca en septiembre 2026: Euríbor de agosto o IRPH de julio

Septiembre es mes de cartas de revisión. El Euríbor de agosto ya cerró. El IRPH de agosto, todavía no.

Si tu hipoteca se revisa en septiembre, la entidad no usa “el valor de hoy”. Usa el mes que diga la escritura. En la práctica, para una revisión anual de septiembre, lo habitual es tomar el Euríbor a 12 meses de agosto o el IRPH del mes que el contrato fije (a menudo el anterior publicado). Mezclar los dos es el error que más cuota fantasma genera.

A 1 de septiembre de 2026 el Euríbor a 12 meses ya tiene media de agosto: 2,954 %. El IRPH publicado más reciente en IRPH.es es el de julio: 3,077 %. El de agosto saldrá en el entorno del día 20, cuando el Banco de España lo publique y el BOE recoja la resolución.

Revisión de hipoteca en septiembre 2026

Clave: la cuota nueva no depende del Euríbor del martes ni del titular del periódico. Depende del mes concreto que pone tu escritura y de si ese índice es Euríbor o IRPH.

Qué número entra si tu hipoteca es a Euríbor

La media mensual de agosto 2026 del Euríbor a 12 meses queda en 2,954 %. Julio quedó en 2,855 %. La diferencia intermensual es de +0,099 puntos. Quien revise con agosto frente a quien revisó con julio notará esa décima, más el diferencial de la escritura.

Lee la cláusula de revisión. Unas hipotecas dicen “Euríbor del mes anterior a la revisión”. Otras, “del último mes publicado”. No es lo mismo si la carta llega el día 3 o el día 28. Si duda, el cuadro de amortización y la carta anterior suelen aclarar qué mes usaron el año pasado.

Con el dato encima de la mesa, el siguiente paso no es firmar nada: es simular. En revisión de hipoteca metes capital pendiente, años que quedan, diferencial y el índice viejo frente al nuevo. El resultado es la letra, no un titular.

Qué número entra si tu hipoteca es IRPH

El IRPH no tiene valor diario. Se publica una vez al mes, hacia el día 20. Por eso, el 1 de septiembre aún no hay IRPH de agosto. Quien tenga revisión “con el último IRPH publicado” en los primeros días de septiembre estará mirando julio 2026 = 3,077 %, no agosto.

Julio frente a julio del año anterior es lo que mueve una revisión anual. No compares el IRPH de julio con el Euríbor de agosto y llames a eso “lo que me cobran de más” sin restar diferenciales. Para esa cuenta está cuánto pagas de más IRPH vs Euríbor y la serie de IRPH hoy.

El PDF del mes está en IRPH en el BOE. Si la carta del banco no coincide con la cifra oficial, el primer sitio donde contrastar es ese PDF, no el SMS.

ÍndiceÚltimo mes cerrado útil a 1-sep-2026ValorCuándo sale el siguiente
Euríbor 12 mesesAgosto 20262,954 %Media de septiembre: 1 de octubre
IRPH entidadesJulio 20263,077 %Agosto: ~20 de septiembre (BdE / BOE)

Los tres papeles que hay que tener juntos

Escritura (cláusula de índice, diferencial, redondeo y mes de revisión). Último recibo o cuadro. Carta de revisión. Sin esos tres, cualquier reclamación o queja al banco empieza coja.

En la carta busca: índice utilizado, mes de ese índice, diferencial, nuevo TIN y nueva cuota. Si el mes no es el de tu cláusula, pide por escrito que lo expliquen. No hace falta un tono de denuncia: basta la cita de la página de la escritura.

Si la letra no entra, el camino no es “dejar de pagar y ya”. Mira antes qué hacer si no llega la cuota. Carencia, aplazamiento o novación son cosas distintas y no se firman del mismo modo.

Clave: una revisión mal aplicada se discute con la escritura y el valor oficial del mes, no con la media de lo que “ha dicho el telediario”.

Simular antes de decidir si amortizas

Si tras la revisión te queda margen, amortizar no es automático. Hay que ver si reduce cuota o plazo y cuánto interés te evitas. Eso está en la calculadora de amortización parcial, no en una regla de tres de servilleta.

Si el banco te ofrece pasar a fijo “por la revisión”, compara el TIN fijo con el TIN variable nuevo más un escenario a 12 meses. La comparativa fijo vs variable sirve para no firmar un fijo alto solo porque la carta da miedo.

En el foro IRPH hay gente que ya ha recibido la carta de su entidad. No sustituye a un abogado, pero sí evita que creas que tu caso es el único del código postal.

Preguntas cortas de esta revisión

¿El Euríbor de hoy, 1 de septiembre, cambia mi cuota de septiembre? Casi nunca. El valor diario sirve para ver tendencia. La revisión anual usa la media del mes que marque el contrato.

¿Puedo exigir el IRPH de agosto el día 2 de septiembre? No: todavía no está publicado. Quien tenga revisión esos días trabajará, salvo cláusula rara, con julio.

¿La diferencia 3,077 − 2,954 es “lo que me roban”? No. Hay que restar diferenciales, comisiones y el mes exacto de cada índice. La resta cruda de portada no es un peritaje.

Comentarios

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Evaristo · Barcelona · Jueves, 27 Mayo 2021 | 08:05:54 AM · nº 6462
Un despacho logra la nulidad de 9 cláusulas IRPH en solo 10 días https://www.economistjurist.es/actualidad-juridica/jurisprudencia/un-despacho-logra-la-nulidad-de-9-clausulas-irph-en-solo-10-dias/
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Evaristo · Barcelona · Jueves, 03 Junio 2021 | 08:18:24 AM · resp. nº 2462
Un dato interesante relacionado con 9 sentencias: por primera vez en España, dejan en manos del cliente la compensación. Link: https://www.elconfidencial.com/vivienda/2021-06-02/clausulas-abusivas-irph-hipotecas-tjue-supremo_3110020/
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Eduardo · Galicia · Jueves, 27 Mayo 2021 | 06:59:54 AM · nº 6461
https://cadenaser.com/programa/2020/07/17/ser_consumidor/1594976597_165065.html
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JAIME · BARCELONA · Miércoles, 26 Mayo 2021 | 01:41:51 PM · nº 6460
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Manuel · Tarragona · Lunes, 24 Mayo 2021 | 10:52:03 PM · nº 6459
Hola un saludo,quiero matizar que si, por supuesto, la justicia debería de condenar los "atracos" de la banca con penas ejemplarizantes, es la única forma de hacerles desistir, pero por desgracia sabemos que esto no es así, esta mas que demostrado que la justicia y la banca tienen una eterna amistad, que por lo menos es muy sospechosa, y que en este caso esta tiene una férrea tarea de mitigar que sea siempre lo menos desfavorecida posible.Gracias
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Manuel · Tarragona · Viernes, 21 Mayo 2021 | 10:44:36 PM · nº 6458
En esta larga espera hasta que se vuelva a pronunciar el Tjue, es obvio que se pasa por todo tipo de momentos, días que lo ves más oscuros que otros , y viceversa, pero dicho esto yo ánimo a tener un atisbo de esperanza, aunque cueste mucho pensar que nos den lo que es nuestro, por lo menos que nos lo quiten en cuotas, o en años, que veamos un alivio,que no es lo suyo, pero con algo así,algunos ya nos conformariamos
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Dabitxu · BARCELONA · Lunes, 24 Mayo 2021 | 12:22:44 AM · resp. nº 2461
Estoy de acuerdo con usted, pero si existiera justicia tendrían que quitar todas las cláusulas abusivas del contrato, incluso el IRPH. Cuando cometes un delito, (como los que hace a diario la banca), y te pillan ha de tener consecuencias disuasorias, porque o sino los delincuentes siempre prueban. Si robo y no me pillan me forro y si me pillan solo tengo que retornar lo robado y así puedo volver a intentar robar.
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Alberto · Lleida · Jueves, 20 Mayo 2021 | 07:20:28 AM · nº 6457
Hola a todos, sigo pensando que esto no va acabar nunca y que si acaba será a favor de ellos con el apoyo del gobierno. Es vergonzoso que tengamos el dichoso irph, en mi caso a un 3,78% y diferencial +0.
Me hicieron una propuesta de bajarlo al 3,2 y mi respuesta fue a la señora directora del Sabadell que se riera de su madre. No se que va a pasar pero tengo pocas esperanzas de recuperar lo perdido, creo que lo mejor es cambiar de banco... Si se pronuncia a nuestro favor el TJSE sería un pepinazo, pero los bancos españoles se arrui arian, cosa que el gobierno no va a permitir. Mi única opinión y es u a barbaridad es que si los afectados no pagasemos ni una sola letra a lo mejor con esta rebeldía se nos haría más caso.
A ver que sucede en estos meses pero lo veo más negro cada vez
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Christian · Barcelona · Miércoles, 19 Mayo 2021 | 03:36:46 PM · nº 6456
IRPH ABRIL: 1,48
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Ron · El Vendrell- Tarragona · Martes, 18 Mayo 2021 | 07:48:20 AM · nº 6455
Perdón, no está en el BOE,era una circular lo que lo decía, lo que no ponen es la definición entera en las escrituras,donde tendrían que poner que se aplica una TAE,igualmente el banco de España está mirando para otro lado sabiendolo,y las asociaciones de consumidores tendrían que denunciar al banco de España por dejación de funciones y no mirar para otro lado también.
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Ron · El Vendrell- Tarragona · Martes, 18 Mayo 2021 | 06:36:42 AM · nº 6454
Hola, lo que no entiendo es, sabiendo que en el BOE pone, que se tiene que poner un diferencial negativo en el IRPH,y según dicen lo que pone en el BOE se a de cumplir,no hay ninguna asociación de consumidores que ponga una denuncia al banco de España, por dejación de funciones,por no hacer que se cumpla el BOE, ya que esa normativa la puso el banco de España.
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dionisio · madrid · Lunes, 17 Mayo 2021 | 02:20:47 PM · nº 6453
Nueva sentencia en Navarrahttps://www.economistjurist.es/actualidad-juridica/jurisprudencia/un-juzgado-anula-el-irph-y-deja-a-que-los-consumidores-elijan-entre-nulidad-o-subsistencia-del-contrato/
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