IRPH

Revisión de hipoteca en septiembre 2026: Euríbor de agosto o IRPH de julio

Revisión de hipoteca en septiembre 2026: Euríbor de agosto o IRPH de julio

Septiembre es mes de cartas de revisión. El Euríbor de agosto ya cerró. El IRPH de agosto, todavía no.

Si tu hipoteca se revisa en septiembre, la entidad no usa “el valor de hoy”. Usa el mes que diga la escritura. En la práctica, para una revisión anual de septiembre, lo habitual es tomar el Euríbor a 12 meses de agosto o el IRPH del mes que el contrato fije (a menudo el anterior publicado). Mezclar los dos es el error que más cuota fantasma genera.

A 1 de septiembre de 2026 el Euríbor a 12 meses ya tiene media de agosto: 2,954 %. El IRPH publicado más reciente en IRPH.es es el de julio: 3,077 %. El de agosto saldrá en el entorno del día 20, cuando el Banco de España lo publique y el BOE recoja la resolución.

Revisión de hipoteca en septiembre 2026

Clave: la cuota nueva no depende del Euríbor del martes ni del titular del periódico. Depende del mes concreto que pone tu escritura y de si ese índice es Euríbor o IRPH.

Qué número entra si tu hipoteca es a Euríbor

La media mensual de agosto 2026 del Euríbor a 12 meses queda en 2,954 %. Julio quedó en 2,855 %. La diferencia intermensual es de +0,099 puntos. Quien revise con agosto frente a quien revisó con julio notará esa décima, más el diferencial de la escritura.

Lee la cláusula de revisión. Unas hipotecas dicen “Euríbor del mes anterior a la revisión”. Otras, “del último mes publicado”. No es lo mismo si la carta llega el día 3 o el día 28. Si duda, el cuadro de amortización y la carta anterior suelen aclarar qué mes usaron el año pasado.

Con el dato encima de la mesa, el siguiente paso no es firmar nada: es simular. En revisión de hipoteca metes capital pendiente, años que quedan, diferencial y el índice viejo frente al nuevo. El resultado es la letra, no un titular.

Qué número entra si tu hipoteca es IRPH

El IRPH no tiene valor diario. Se publica una vez al mes, hacia el día 20. Por eso, el 1 de septiembre aún no hay IRPH de agosto. Quien tenga revisión “con el último IRPH publicado” en los primeros días de septiembre estará mirando julio 2026 = 3,077 %, no agosto.

Julio frente a julio del año anterior es lo que mueve una revisión anual. No compares el IRPH de julio con el Euríbor de agosto y llames a eso “lo que me cobran de más” sin restar diferenciales. Para esa cuenta está cuánto pagas de más IRPH vs Euríbor y la serie de IRPH hoy.

El PDF del mes está en IRPH en el BOE. Si la carta del banco no coincide con la cifra oficial, el primer sitio donde contrastar es ese PDF, no el SMS.

ÍndiceÚltimo mes cerrado útil a 1-sep-2026ValorCuándo sale el siguiente
Euríbor 12 mesesAgosto 20262,954 %Media de septiembre: 1 de octubre
IRPH entidadesJulio 20263,077 %Agosto: ~20 de septiembre (BdE / BOE)

Los tres papeles que hay que tener juntos

Escritura (cláusula de índice, diferencial, redondeo y mes de revisión). Último recibo o cuadro. Carta de revisión. Sin esos tres, cualquier reclamación o queja al banco empieza coja.

En la carta busca: índice utilizado, mes de ese índice, diferencial, nuevo TIN y nueva cuota. Si el mes no es el de tu cláusula, pide por escrito que lo expliquen. No hace falta un tono de denuncia: basta la cita de la página de la escritura.

Si la letra no entra, el camino no es “dejar de pagar y ya”. Mira antes qué hacer si no llega la cuota. Carencia, aplazamiento o novación son cosas distintas y no se firman del mismo modo.

Clave: una revisión mal aplicada se discute con la escritura y el valor oficial del mes, no con la media de lo que “ha dicho el telediario”.

Simular antes de decidir si amortizas

Si tras la revisión te queda margen, amortizar no es automático. Hay que ver si reduce cuota o plazo y cuánto interés te evitas. Eso está en la calculadora de amortización parcial, no en una regla de tres de servilleta.

Si el banco te ofrece pasar a fijo “por la revisión”, compara el TIN fijo con el TIN variable nuevo más un escenario a 12 meses. La comparativa fijo vs variable sirve para no firmar un fijo alto solo porque la carta da miedo.

En el foro IRPH hay gente que ya ha recibido la carta de su entidad. No sustituye a un abogado, pero sí evita que creas que tu caso es el único del código postal.

Preguntas cortas de esta revisión

¿El Euríbor de hoy, 1 de septiembre, cambia mi cuota de septiembre? Casi nunca. El valor diario sirve para ver tendencia. La revisión anual usa la media del mes que marque el contrato.

¿Puedo exigir el IRPH de agosto el día 2 de septiembre? No: todavía no está publicado. Quien tenga revisión esos días trabajará, salvo cláusula rara, con julio.

¿La diferencia 3,077 − 2,954 es “lo que me roban”? No. Hay que restar diferenciales, comisiones y el mes exacto de cada índice. La resta cruda de portada no es un peritaje.

Comentarios

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afectadA · Viernes, 20 Sept. 2013 | 11:59:14 AM · nº 2084
Tengo ceca sustitutivo, ahora mi banco me ofrece euribor +2 ya no se ni a quien creer ni q hacer. Cual será el valor del nuevo indice? Y si estan jugando con nosotros y luego baja..
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Marco Antonio · Villaviciosa de Odón · Sábado, 28 Marzo 2020 | 04:36:47 PM · resp. nº 2084
Buenas tardes D. Dabitxu.

Bueno, dudo que todos los abogados de Barcelona tengan una opinión común al respecto, tampoco puedo preguntarles a todos, y en cualquier caso la opinión de cualquiera de ellos será una opinión más, tan válida como la mía o la suya.

En cuanto al símil futbolístico, será porque soy madridista y por eso veo normalidad donde otros ven complots. Saludos.
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gems · Viernes, 20 Sept. 2013 | 11:41:45 AM · nº 2083
y para los que tenemos como sustitutivo el último interés nominal anual que se haya podido calcular,
que se nos aplica?
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Dabitxu · BARCELONA · Sábado, 28 Marzo 2020 | 11:10:06 AM · resp. nº 2083
Hola Sr. Marco Antonio. Pregúntele a cualquier abogado en Catalunya si le parece parcial o imparcial el TS.
"presunción de parcialidad sobre los miembros del TS"."Existen sólidos argumentos estrictamente jurídicos para ambas posturas" Claro, pero lo veo como un partido Barça vs Real Madrid, el árbitro siempre se puede equivocar, pero que casualidad, siempre se equivoca a favor del Real Madrid.
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Raul · Viernes, 20 Sept. 2013 | 06:10:41 AM · nº 2079
Ya esta aprobado

elmundo.es/ elmundo/ 2013/09/19/ suvivienda/ 1379583557.html

expansion.com/ 2013/09/19/ empresas/ banca/1379602417.html

eleconomista.es/ empresas-finanzas/noticias/ 5156433/09/13/El-Gobierno -cambia -el -IRPH -por -otro-indice -hipotecario -como -afectara-la -medida.html



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Isabel · Valencia · Viernes, 27 Marzo 2020 | 05:48:42 PM · resp. nº 2079
Hola Marco Antonio:

Entonces, tu que crees sinceramente. ¿Qué el Tribunal Supremo volverá a dar la razón a la banca con el IRPH a pesar de que ahora cuenta con la información nueva del TJUE, que en 2017 no tenía?

¿O con la nueva sentencia es más probable que de la razón a los clientes con IRPH?

Porque yo, también confio en la Justicia... pero no me dirás que lo que pasó con el AJD, el impuesto de actos juridicos documentados, diciendo que debía de haberse pagado por las entidades y que unas horas después cambiara el criterio 180º, no me digas que no dejo que pensar....

Por favor, dime lo que piensas a mis preguntas y a esta última reflexión, porque para mi tus mensajes en el foro me resultan muy interesantes.
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javier canovas escoolar · Jueves, 19 Sept. 2013 | 04:46:09 PM · nº 2078
tengo una hipoteca concedida por U.C.I. a 25 años de los cuales ya llevo 7 pagados me calculan el interes por I.R.P.H cajas.Mi pregunta es si este indice desaparece en que forma me afectara ya que cada vez que me lo revisan me suben mas llevandome a una situacio insostenible.
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Marco Antonio · Villaviciosa de Odón · Viernes, 27 Marzo 2020 | 04:06:58 PM · resp. nº 2078
La noticia es un despropósito de inicio a fin. Una lástima el disfavor que el mal periodismo hace a la población en la que inoculan poco a poco una idea equivocada que solo hace aún mayor la decepción posterior y la dificultad de aceptar las decisiones judiciales.
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Fernando · Jueves, 19 Sept. 2013 | 03:13:39 PM · nº 2077
Buenas,

a los que tienen la hipoteca referenciada al IRPH ENTIDADES, le modifica el cálculo del mismo? creéis que va a empeorar o se va a mantener en la misma línea?

gracias y saludos
Responder
Pedro · Bizkaia · Viernes, 27 Marzo 2020 | 08:04:11 AM · resp. nº 2077
Buenos días Marco Antonio, y gracias por tu respuesta. Yo también espero y deseo que el TS actúe de la manera que tú mencionas. De todos modos creo que en breve saldremos de dudas. Un saludo
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Fernando · Jueves, 19 Sept. 2013 | 02:36:37 PM · nº 2076
Buenas,

a los que tienen la hipoteca referenciada al IRPH ENTIDADES, le modifica el cálculo del mismo? creéis que va a empeorar o se va a mantener en la misma línea?

gracias y saludos
Responder
Marco Antonio · Villaviciosa de Odón · Jueves, 26 Marzo 2020 | 07:02:29 PM · resp. nº 2076
Buenos días Pedro. No soy un experto pero le doy mi opinión. A lo mejor soy un iluso, sin duda muchos pensarán que sí, pero estimo que no cabe una presunción de parcialidad sobre los miembros del TS, así que el criterio que se adopte respecto al IRPH será, sin duda, objetivo, fundado en el más estricto rigor técnico como corresponde, y no trufado por factores exógenos como el que comenta. Ahora bien, eso no quiere decir que la decisión no sea discutida ni discutible cualquiera que sea, ya que, en estos momentos, existen sólidos argumentos estrictamente jurídicos para ambas posturas. En cualquier caso, me temo que el comprensible sesgo cognitivo del público en general, y de un afectado en particular, haga más sangrante e inaceptable una decisión contraria a sus intereses, que en la de la posición contraria.
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sonia · Jueves, 19 Sept. 2013 | 12:17:05 PM · nº 2075
Jordi siento decirte q salvo q en tus escrituras ponga otra cosa, al desaparecer los dos ,irph cajas y CECA te van a colocar irph entidades, mas el diferencial q les salga de los hue.. , q es lo mismo q lo q tenemos ahora.
Osea q como yo estas jod..

Pasate por el grupo de Facebook de \"IRPH Cajas y su..\". ahí te informaras de todo
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Javier - Reclama Por Mí · Bizkaia · Jueves, 26 Marzo 2020 | 09:15:11 AM · resp. nº 2075
Buenos días Antonio,



De momento es legal y en principio no se podría reclamar. No obstante, esperamos que en un futuro podamos reclamar esos acuerdos para que se declaren nulos. Su situación y la de muchos de este foro, es muy similar al caso de las cláusulas suelo. Muchos también firmaron acuerdos transaccionales en los que renunciaban a reclamar las cantidades si les eliminaban la cláusula suelo. Y ahora están pendientes de la resolución por parte del Tribunal de Justicia de la UE sobre este tema. La sentencia aportará luz sobre su caso y podría clarificar cómo proceder en los acuerdos del IRPH y utilizarlo de manera análoga y reclamar si hubiera jurisprudencia a favor.



Para más información puede consultar nuestra página web: https://www.reclamapormi.com/

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Jordi · Miércoles, 18 Sept. 2013 | 09:12:07 PM · nº 2074
Hola buenas ¡
Haber si alguien sabe lo siguiente :
Tengo hipoteca con irph cajas y mi sustitutivo es ceca +0
si el ceca también desaparece que interés me aplicarán ami.?
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Dabitxu · BARCELONA · Miércoles, 25 Marzo 2020 | 06:28:59 PM · resp. nº 2074
Hola José. He oído que puede ser en junio-julio pero yo apuesto que será entre noviembre-diciembre, pero no tengo ni idea, sólo comento en plan "porra".
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Santiago Martínez- Echevarría · Miércoles, 18 Sept. 2013 | 03:08:07 PM · nº 2073
Consideramos que si el IRPH sustitutivo es Euribor más un diferencial razonable y el índice principal es uno de los IRPH que desaparecen, se encuentra en una situación ampliamente favorable. Aún así tendría cabida, si merece la pena, estudiar la devolución de las cantidades pagadas hasta el momento por encima de ese índice sustitutivo.

Cualquier afectado que tenga interés en un estudio gratuito y personalizado le insto a que envíe sus escrituras a santiago.diaz@martinezechevarria.com o sí el tamaño del archivo adjunto no lo admite este correo la reenvíe a sdiazpache@gmail.com

Un saludo y quedo a su disposición
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Marco Antonio · Villaviciosa de Odón · Miércoles, 25 Marzo 2020 | 05:40:53 PM · resp. nº 2073
Buenas tardes.
Para ese mismo supuesto, en el caso de las cláusulas suelo, el TS dictaminó que se trataba de una transacción válida, es decir, un acuerdo exigible que impedía reclamar por aquello que expresamente se había renunciado. Ahora bien, esa cuestión está pendiente de resolver por el TJUE. Lo más prudente, esperar esa resolución. De todas formas, si decide demandar habría que atacar igualmente ese acuerdo instando su nulidad por falta de transparencia o erro por vicio en el consentimiento.
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Andrea · Martes, 17 Sept. 2013 | 05:38:43 PM · nº 2072
Ya no queda tanto para noviembre. Veremos!
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