Hola a todos.
Mi caso es el siguiente. En el 2005 firme en su día con Caixa Penedés, tenía IRPH cajas + 0,0% y como sustitutivo el CECA, hasta el 2014 . A partir del 2014 fue cuando solicité una ampliación de capital y no me digas como pero Banco Sabadell aprovechó para quitarse el muerto del IRPH de encima y dejarme una coletilla de diferencial del 3,5% que antes no tenía, o sea un suelo encubierto.
¿Puedo reclamar solo por el tiempo que estuve referencia-do con IRPH cajas (2005 hasta 2014) aunque ya no exista la entidad con la que suscribí la hipoteca?
Buenos días,
Claro que puede reclamar, aún está a tiempo. El plazo de prescripción para la acción de anulabilidad del IRPH es de 4 años desde que terminó de pagar la última cuota del préstamo de Caixa Penedés.
Puede reclamar además del IRPH los gastos de hipoteca (plazo prescripción art. 1964 CC), yo aprovecharía en la misma reclamación y posterior demanda.
Si está interesado en que lo estudie por favor contacte conmigo en el correo electrónico:
info@rpbabogados.com
Un saludo.
Respuesta nº 1
Responde pedro de Madrid
Viernes, 21 Abril 2017 | 02:14:15 PM
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Buenas Tardes,
La acción a ejercitar es de NULIDAD DE PLENO DERECCHO y en principio NO PRESCRIBE.
No hay que confundir NULIDAD con ANULABILIDAD. Un lapsus supongo
Comenta Javier de Alcarràs
Jueves, 13 Abril 2017 | 12:06:39 PMResponde Alberto Rey de Carlet-Valencia
Viernes, 21 Abril 2017 | 10:53:09 AMResponde pedro de Madrid
Viernes, 21 Abril 2017 | 02:14:15 PMResponde Erika de Barcelona
Lunes, 19 Junio 2017 | 07:11:50 PM