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Bonificaciones de hipoteca: nómina, seguros y el coste real de la “oferta”

Bonificaciones de hipoteca: nómina, seguros y el coste real de la “oferta”

La hipoteca “bonificada” parece más barata en el escaparate. Nómina, seguros, tarjetas o plan de pensiones rebajan el diferencial… a cambio de productos que también cuestan. Aquí aprendes a ver el precio real, no solo el tipo anunciado.

Clave: una bonificación no es un regalo eterno: suele exigirse cada año y, si falla un producto, el diferencial sube.

En préstamos a tipo variable (Euríbor o IRPH) el diferencial bonificado puede bajar varias décimas. La pregunta útil no es “¿cuánto baja el tipo?”, sino “¿cuánto me cuestan los productos que me lo bajan?”.

Compara siempre dos escenarios: con todas las bonificaciones cumplidas y sin ninguna. La diferencia de cuota y de coste a 5–10 años es el mapa real de la oferta.

Revisión de oferta hipotecaria con bonificaciones y productos vinculados

Qué productos suelen bonificar

Nómina domiciliada, seguro de hogar, seguro de vida, tarjetas con uso mínimo, alarmas, planes de pensiones o fondos. Cada banco publica su tabla; lee el detalle de importes mínimos y permanencia.

  • Anota cuántas décimas baja cada producto.
  • Anota la prima anual estimada de cada seguro.
  • Comprueba si la bonificación se revisa cada año.

Cómo calcular el coste real

Tipo efectivo = índice + diferencial (bonificado o no).

Cuota mensual con el simulador de hipoteca.

Suma el coste anual de seguros y productos (prima − posibles descuentos).

Compara “cuota + productos” frente a una oferta sin bonificar o con menos vínculos.

Clave: si el seguro de vida cuesta más de lo que ahorras en diferencial, la “oferta” es un espejismo.

Ejemplo orientativo

ConceptoCon bonificaciónSin bonificación
Diferencial0,50 %1,10 %
Tipo (ejemplo índice 2,80 %)3,30 %3,90 %
Cuota orientativa*Más bajaMás alta
Seguros / productos / año600–1.200 €0–300 €

*Usa números de tu oferta real en la calculadora de bonificaciones.

Qué pasa si dejas de cumplir

El diferencial suele subir al tramo no bonificado en la siguiente revisión de condiciones. No siempre es inmediato, pero el contrato lo detalla. Lee también diferencial y redondeo en la escritura.

Consejos prácticos

  • Pide la tabla de bonificaciones por escrito.
  • Compara seguros del banco con el mercado libre (hogar y vida).
  • Simula 12 meses con y sin productos.
  • Si tienes IRPH, el diferencial bonificado sigue sumándose al índice: mira IRPH hoy.
  1. 1
    Lista cada décima de bonificación y su producto asociado.
  2. 2
    Pon precio anual a cada producto.
  3. 3
    Calcula cuota bonificada y no bonificada.
  4. 4
    Quédate solo con los vínculos que de verdad te compensan.

Clave final: la mejor hipoteca no es la del diferencial más bajo en el folleto, sino la del menor coste total que puedas mantener sin forzar tu economía.

Comentarios

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junior · Miércoles, 16 Octubre 2013 | 09:35:16 AM · nº 2108
Hola a todos. Se supone que el 1 de noviembre muere el IRPH cajas. Mi índice sustitutivo es Euribor+1. Soy cliente de ese ladrón llamado Kutxabank. Mi última revisión es el irph de septiembre (que se publicará en octubre) a aplicar en las cuotas a partir del mes de diciembre, por lo que en teoría debería pagar el IRPH hasta marzo del 2014. ¿Esto es legal? ¿Pueden mantenerme esa revisión aunque el IRPH haya muerto?
¿Podría alguien indicarme si tengo derecho a reclamar a Kutxabank en el caso de que me lo apliquen o en el peor de los casos a denunciarles?. Gracias por toda la ayuda e información y comentarios. Un saludo
Responder
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cesar · Lunes, 14 Octubre 2013 | 05:27:19 PM · nº 2107
mensaje para maria...te aplicaran el entidades,yo estoy en el mismo caso que el tuyo y ya hable con ellos y me dijeron que los que revisamos en noviembre con indice de octubre,nos aplican la nueva ley.
Responder
Julio · Zaragoza · Domingo, 05 Abril 2020 | 05:55:47 PM · resp. nº 2107
Gracias.
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Maria · Viernes, 11 Octubre 2013 | 05:29:34 PM · nº 2106
Hola a todos, a ver si alguien me puede ayudar... Tengo hipoteca con UCI a 30 años de los que me quedan 23 años de penitencia. Me aplican IRPH CAJAS + 0.25 y me toca la revisión en Noviembre, pero me aplican el publicado en Octubre. He leído que 01 de Noviembre deja de funcionar el IRPH CAJAS y mi escritura pone que cuando desaparezca me aplican IRPH ENTIDADES. UCI no se ha puesto en contacto conmigo. Como me aplican el públicado en Octubre, cual me toca que me apliquen, IRPH CAJAS o el ENTIDANES. De todas formas el lunes les llamo, pero me gustaría saberlo por si intentan colarmela, porque ya me han timado bastante... Gracias de antemano.
Responder
Jose Antonio · Terrassa · Viernes, 03 Abril 2020 | 07:30:20 PM · resp. nº 2106
Sr. Amancio, supongo que usted no esta afectado por la clausula IRPH, por lo tanto, no entiendo que hace usted opinando en este chat. Si usted sí esta afectado por la clausula IRPH, entiendo menos sus comentarios. Si a estas alturas de la pelicula se pregunta usted porque puede considerarse abusiva la clausula IRPH, y considera que el TS a dictaminado correctamente sobre el IRPH, quedese tranquilo con la letra mensual de su hipoteca y deje que los demás tengamos la firme esparanza de recuperar todo el dinero que los bancos nos han robado. Gracias
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Maria · Viernes, 11 Octubre 2013 | 05:26:46 PM · nº 2105
Hola a todos, a ver si alguien me puede ayudar...
Tengo hipoteca con UCI a 30 años de los que me quedan 23 años de penitencia. Me aplican IRPH CAJAS + 0.25 y me toca la revisión en Noviembre, pero me aplican el publicado en Octubre. He leído que 01 de Noviembre deja de funcionar el IRPH CAJAS y mi escritura pone que cuando desaparezca me aplican IRPH ENTIDADES. UCI no se ha puesto en contacto conmigo. Como me aplican el públicado en Noviembre, cual me toca que me apliquen, IRPH CAJAS o el ENTIDANES. De todas formas el lunes les llamo, pero me gustaría saberlo por si intentan colarmela, pero ya me han timado bastante...
Gracias de antemano.
Responder
Larry Bird · Girona · Viernes, 03 Abril 2020 | 10:28:14 AM · resp. nº 2105
Hola Miguel.
Si, antes ya ofrecían el cambio a Euríbor pero sólo a algunos clientes dependiendo de su perfil. Ahora según parece lo haran de manera general. De todas maneras lo que yo haría sería reclamar, ya que según sus propios estudios (los de Caixabanc), hay muchas probabilidades de que den la razón a los afectados por IRPH.
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Raquel · Jueves, 10 Octubre 2013 | 07:06:11 PM · nº 2104
Hola!! Tengo irph, y en escrituras me aparece euribor+1... Asi que genial, lo unico es q mi banco me manda la carta de la revison del nuevo tipo de interes el dia 30 de octubre, es ahi donde me dicen mi nueva cupta que se aplica en diciembre.... Solo un dia antes de q desaparezca!!!! Puedo hacer algo? Por un dia, sigo pagando un año entero el irph.... Ya que mis revisiones son anuales, ...
Responder
Miguel · ELCHE · Viernes, 03 Abril 2020 | 08:45:18 AM · resp. nº 2104
Antes del Tjue ya ofrecían acuerdos con euribor,amigo me lo ofrecieron. Es un acuerdo trampa,ofrecen euribor +2,5 que es lo que estas pagando más o menos con Irph.Es una estafa más como todas.No pagarán nada hasta que se lo ordene un juez.Ya veremos después del covid como salimos de esta con los bancos y el tribunal Psoupremo
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ivan · Miércoles, 09 Octubre 2013 | 08:38:16 AM · nº 2103
En qué se basarán ahora para cálcular el irph entidades?
Responder
Amancio · Vigo · Viernes, 03 Abril 2020 | 08:02:11 AM · resp. nº 2103
Bufón, Troll, Bot...los descalificativos hacía el Sr. Marco Antonio han sido varios. ¿Porque estos descalificativos?¿Qué interés tienen estas personas de que Marco Antonio no opine?¿forman parte de la web y perderán clientes?

Aparte de los descalificativos no he leído una sola opinión de porque debe considerarse abusivo el índice irph, aparte de que el TS es muy malo y no sabe lo que dice.

No se precipiten señores a la hora de reclamar. Siempre hay tiempo de interponer demanda.
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maika · Miércoles, 09 Octubre 2013 | 07:38:24 AM · nº 2102
He llamado al Banco de España y me han dicho que el IRPH Cajas no debería ser aplicado más allá del 1/11/2013, que se podría demandar si el Banco lo aplicara. Después de 1/11 se aplica sustituto previsto en escrituras en la siguiente revisión, y en su defecto lo publicado en el BOE. Este abuso del IRPH ya lo han prorrogado 6 meses, pero estoy segura que aún quieren más, tenemos que estar atentos.
Responder
Marco Antonio · Villaviciosa de Odón · Jueves, 02 Abril 2020 | 04:43:27 PM · resp. nº 2102
Buenas tardes JoseG. Le contestaré porque me pregunta directamente una cuestión, pero seguramente será mi última intervención.

Usuarios como Hernan de Santa Pola, José Antonio de Terrasa, Eric y Dabitxu de Barcelona, colman la paciencia de cualquiera. Uno no interviene en un foro como este para ser insultado, está claro que aquí no se viene a exponer información objetiva sobre el estado de la cuestión -al menos según las normas impuestas por aquéllos, no por ningún moderador-, sino a verbalizar las soflamas de rabia y frustración indefectiblemente subjetivas, y además, al parecer, según marca algún usuario, si se es abogado, solo vale si es para buscar clientes, pues buena suerte con ello. Lo que no entienden es que sí me hago cargo de la delicada situación de cualquier afectad@ y solo advierto de las consecuencias de un posible resultado negativo, o lo que es lo mismo, no sólo una nueva frustración de expectativas sino un aún mayor perjuicio por hacer frente a condena en costas. Pero qué se le va hacer...

En cuanto a la concreta pregunta, el anatocismo es una cláusula menos discutida ya que el Código de Comercio la permitía cuando había pacto expreso al respecto, de tal forma que si se ataca la falta de transparencia de la misma se podría lograr su nulidad, máxime al tratarse de una cláusula condición general de la contratación predispuesta a un consumidor adherente que claramente causa un desequilibrio en perjuicio de éste. Más recientemente (15/05/20013) la reformada Ley Hipotecaria, en determinado supuesto, la ha prohibido expresamente. En todo caso, en el hipotético caso de lograr la nulidad de la cláusula IRPH, por vinculación podría hacer decaer también la validez de la cláusula de anatocismo.

Saludos y mucha suerte a Vd. y a los demás afectados de buena fe que aún no han perdido la cordura.
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josemoso · Viernes, 04 Octubre 2013 | 08:57:09 PM · nº 2101
Un ejemplo es el que haya revisado en Agosto del 2013 como un servidor, me aplicarían el sustitutivo que dicta mi escritura o el gobierno de Rajoy para Agosto del 2014. Ahí queda eso...............
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hernan · Santa Pola · Jueves, 02 Abril 2020 | 10:15:08 AM · resp. nº 2101
Hay que ver que bien funciona el TROLL center de la banca.... Esos supuestos afectados, intoxicando una de las pocas paginas que existen de damnificados por esta estafa... pónganle el nombre que quieran, solo hay que hacerse una pregunta... ¿¿¿¿si no son afectados, si no son abogados que buscan legítimamente clientes... que coño pintan aquí????? La respuesta es muy simple... desmoralizar, confundir, intoxicar, en definitiva hacer todo lo posible para que quien este en dudas no reclame y de esa forma con que solo uno se eche para atras, su sueldo mínimo interprofesional de "tecladista parásito" ya estará amortizado... Ya somos grandes todos por aqui, y ya nos han visto la cara de idiotas una vez, cuando firmamos la hipoteca con irph... no dejemos que un par de imbéciles a sueldo sin escrúpulos, nos permitan recuperar lo que es nuestro... Se haga llamar Luis de madris, Jose de torrelodones. o Chupitoelpame de perindola...
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josemoso · Viernes, 04 Octubre 2013 | 08:53:38 PM · nº 2100
Según la enmienda nº 365 de emprendedores, publicada en el BOE recientemente, se aplicará el sustitutivo que refleja las escrituras y el que dicta el Gobierno de Rajoy, junto con los bancos en cada revisión.
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hernan · Santa Pola · Jueves, 02 Abril 2020 | 10:14:18 AM · resp. nº 2100
Hay que ver que bien funciona el TROLL center de la banca.... Esos supuestos afectados, intoxicando una de las pocas paginas que existen de damnificados por esta estafa... pónganle el nombre que quieran, solo hay que hacerse una pregunta...

¿¿¿¿si no son afectados, si no son abogados que buscan legítimamente clientes... que coño pintan aquí?????

La respuesta es muy simple... desmoralizar, confundir, intoxicar, en definitiva hacer todo lo posible para que quien este en dudas no reclame y de esa forma con que solo uno se eche para atras, su sueldo mínimo interprofesional de "tecladista parásito" ya estará amortizado...

Ya somos grandes todos por aqui, y ya nos han visto la cara de idiotas una vez, cuando firmamos la hipoteca con irph... no dejemos que un par de imbéciles a sueldo sin escrúpulos, nos permitan recuperar lo que es nuestro... Se haga llamar Luis de madris, Jose de torrelodones. o Chupitoelpame de perindola...
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fernando · Jueves, 03 Octubre 2013 | 01:16:01 PM · nº 2099
hola haber si alguien me puede asesorar tengo irph cajas+025 i la hipoteca me lan revisado el 1 octubre 2013 i me as subido pues aora el 1 de noviembre desaparece el indice i en mi prestamo no pone nada de indice sustitutivo a cual pasare porque mi banco no me dice nada gracias
Responder
Rafael · Cordoba · Miércoles, 01 Abril 2020 | 10:45:54 PM · resp. nº 2099
Soy abogado especializado en derecho bancario y consumidores, y estamos presentando reckamaciones extrajudiciales y demandas contra los bancos por las clausulas abusivas y el IRPH.

Lo hacemos GRATUITAMENTE.

Movil 671 384671
www.legalspain.es (despacho abogados a nivel nacional).

e-mail: ramepe25@gmail.com

Saludos

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