¿Cuánto pagas de más con el IRPH?
Compara tu hipoteca referenciada al IRPH con la misma operación si el índice fuera el Euríbor. Introduce capital, plazo y diferenciales; la calculadora aplica el sistema francés y muestra cuotas, intereses y lo que pagarías de más (o de menos) mes a mes y al final del préstamo.
Qué mide esta calculadora
Muchas hipotecas en España se referenciaron al IRPH en lugar del Euríbor. Esta herramienta estima, con tus cifras, cuánto supone de más (o de menos) pagar el tipo IRPH + diferencial frente a un tipo Euríbor + diferencial sobre el mismo capital y el mismo plazo, usando el sistema de amortización francés.
No predice el futuro de los índices ni sustituye una oferta bancaria. Sirve para dimensionar el sobrecoste con los valores actuales (o los que tú indiques) y para preparar una conversación con el banco o con un profesional.
Cómo rellenar los datos
- Capital pendiente: lo que aún debes (extracto o app del banco).
- Plazo: años y meses que quedan (o convierte letras aquí).
- IRPH y Euríbor: vienen prellenados con el último dato de IRPH.es; cámbialos si quieres simular otro mes.
- Diferencial IRPH: el de tu escritura (a veces 0,25; a veces más).
- Diferencial Euríbor: el de una hipoteca Euríbor comparable o el que te cotizarían al cambiar de índice (suele ser más alto que el del IRPH).
El tipo aplicado es índice + diferencial. Ejemplo: IRPH 3,049 % + 0,25 % = 3,299 %.
Cómo interpretar el resultado
- Si la diferencia de cuota es positiva, con IRPH pagas más cada mes que en el escenario Euríbor.
- La cifra “en intereses en todo el plazo” asume que los tipos se mantienen (simulación estática). En la realidad los índices se revisan.
- Un diferencial Euríbor más alto puede compensar parte de la ventaja del Euríbor: prueba varios valores.
Para ver la evolución de los índices: IRPH comparado. Para la nueva cuota tras una revisión: simulador de revisión. Para adelantar capital: amortización parcial.
Aviso: simulación orientativa. No incluye comisiones, seguros ni productos vinculados. No constituye asesoramiento financiero ni jurídico. Verifica siempre tu escritura y la liquidación del banco.

Un fallo a favor del cliente abriría la puerta a reclamaciones masivas
El sector financiero afronta un golpe de, al menos, 15.000 millones
El TJUE abrió la puerta a anular el índice por falta de transparencia
Tribunal Supremo
Tribunal Supremo. | EP
Eva Díaz
Eva Díaz
7/10/2025 - 14:03
El Tribunal Supremo (TS) mantiene en vilo tanto a la banca como al millón de familias con hipotecas ligadas al Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios (IRPF) ante la falta de sentencia que abra o cierre la puerta a su nulidad por falta de transparencia.
El alto tribunal deliberó el pasado 1 de octubre varios asuntos sobre estas hipotecas IRPH para decidir si mantiene su jurisprudencia, que aboga por la transparencia y oficialidad del índice al publicarse su método de cálculo y evolución en el BOE o si se alinea con el Tribunal de Justicia de la Unión Europea que abrió la puerta a anular el índice por falta de transparencia en su comercialización.
La deliberación del asunto no implica que haya sentencia de inmediato ni que se avance el fallo ese mismo día, aunque, en determinadas ocasiones lo adelanten. Sin embargo, en esta hay que esperar a que haya sentencia para conocer su resolución, algo para lo que aún no hay fecha, según las fuentes jurídicas consultadas.
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No obstante, esta espera se encuentra entre los tiempos habituales del alto tribunal. Un ejemplo cercano es el de la macrodemanda de 840 clientes contra 40 entidades por las cláusulas suelo que el Supremo deliberó el pasado 4 de junio sin avanzar el fallo y la sentencia se conoció quince días después, el 19 de junio.
Devoluciones millonarias
La relevancia del fallo del tribunal es clave tanto para el sector financiero como para los clientes. Se estima que entorno a un millón de familias tienen hipotecas IRPH y la exposición de las principales entidades cotizadas a estos préstamos oscila en los 15.600 millones de euros, según los datos avanzados por los propios bancos en 2019. Sin embargo, Goldman Sachs apuntó ese mismo año que el golpe para la banac podría ascender a 44.000 millones de euros entre devoluciones y costas procesales.
Estas hipotecas han vuelto al primer plano después de la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) del 12 de diciembre que abrió la puerta a anular este índice por falta de transparencia. Concretamente, instó a los jueces españoles a revisar caso por caso para comprobar especialmente dos asuntos: uno, que el contrato hiciera referencia a que el índice, su método de cálculo y evolución se publican periódicamente en el BOE; y dos, que aludiera a la Circular que emitió el Banco de España sobre el IRPH en 1994.
Esta Circular recordaba a las entidades que el índice se calcula en base a la TAE (Tasa Anual Equivalente) media a la que los bancos y cajas daban hipotecas en los últimos tres años. La TAE, además de intereses, engloba las comisiones y gastos que pagan los usuarios por los crédito. Por tanto, el órgano supervisor avisaba a la banca de que, en caso de que los préstamos se encarecieran mucho, debían aplicar un diferencial negativo sobre el IRPH para ayudar a bajar el precio. El TJUE concluyó que, a falta de mención directa en el contrato a estos elementos, el IRPH podía declararse nulo.
En caso de que el Supremo acoja esta jurisprudencia, abriría un melón para bancos y clientes, porque debería aclarar si las entidades deben sustituir el IRPH por el euríbor en caso de que se declare nulo; así como la posibilidad de devolverles los intereses pagados de más.
Reclamaciones masivas
Del mismo modo, y en base a la jurisprudencia del propio TJUE y del Supremo, abriría la puerta a demandas masivas de los clientes ya que ambos tribunales han aclarado que el plazo para reclamar (y por tanto la prescripción)comienza a correr una vez que el usuario medio y considerablemente informado tiene constancia de que la cláusula era abusiva, hecho que se da con la firmeza de la sentencia, a menos que el banco pueda demostrar lo contrario.