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Cómo conocer bien mi hipoteca para mejorarla

Cómo conocer bien mi hipoteca para mejorarla

Es importante conocer las características de nuestra hipoteca, si queremos intentar mejorar sus condiciones o hacer operaciones ventajosas con ella, como subrogaciones, novaciones, reclamaciones  y en definitiva conseguir cambiar las condiciones para mejorarlas y hacerlas más asumibles

En Irph.es somos conocedores de los conceptos y variables relacionados con el mundo hipotecario, pero somos conscientes de que por muy familiarizados que nosotros estemos con toda su terminología, los legos en la materia y los que se dedican a otros sectores y profesiones puede no resultarle todo tan sencillo.

Cómo conocer bien mi hipoteca para mejorarla

También queremos poner de relieve, que muchos ciudadanos firmaron en su día una hipoteca sin acabar de entender de forma clara algunos o muchos conceptos clave y que ello les ha resultado muy perjudicial. Y esto lo sabemos por la multitud de procedimientos judiciales que se han llevado a cabo durante los últimos años en relación a contratos hipotecarios.

Las demandas muchas veces se han originado porque los profesionales de las entidades financieras no fueron todo lo transparentes que la ley les exige con sus clientes, pero también muchas otras veces, porque los consumidores firmaron hipotecas con un claro desconocimiento de muchas de sus condiciones o de sus aspectos más relevantes.

Pero, incluso en este último caso, comprendemos a los ciudadanos, porque cuando a una persona le llega el momento de firmar una hipoteca, puede verse fácilmente abrumada por la gran cantidad de información y de nociones que surgen de forma repentina en su contrato hipotecario y de las que nunca antes había oído hablar.

Asesores y profesionales de la hipoteca

Nosotros siempre recomendamos el asesoramiento de profesionales a la hora de firmar una hipoteca, pues se trata de una inversión en la que seguramente se va a invertir una gran suma de dinero.

Desde Irph.es, queremos informarte, asesorarte y darte los mejores consejos para que la hipoteca que firmes sea la que más se adapte a tus necesidades y posibilidades y a que no cometas errores que personas sin el asesoramiento adecuado pueden fácilmente cometer.

Te explicamos ahora, unas variables y conceptos básicos sobre la hipoteca que debes de conocer si pronto vas a firmarla.

Diferencias entre Inmueble, vivienda, préstamo hipotecario e hipoteca

Muchas veces, estos conceptos se confunden, especialmente entre préstamo hipotecario e hipoteca.

Así muchas veces podemos decir o escuchar frases como: Ya me han aprobado la hipoteca o Me acaban de conceder la hipoteca. Con estas afirmaciones, seguramente se quiere hacer mención a que la entidad financiera ya ha dado el visto bueno y se le va a conceder el préstamo hipotecario a la persona solicitante del mismo. Pero no es lo mismo, el préstamo hipotecario que la hipoteca.

Préstamo hipotecario

El préstamo hipotecario es un producto financiero mediante el que una entidad financiera nos presta dinero a cambio de que le devolvamos toda la cantidad prestada, más unos intereses, en un plazo determinado, a través de unos pagos periódicos llamados cuotas, que generalmente son mensuales. Para que el banco nos conceda el préstamo hipotecario requerirá la garantía real de un inmueble.

Inmueble

Muchas hipotecas se firman con el fin de poder comprar una vivienda. Pero no siempre se trata de una vivienda, ya que puede ser un bajo comercial, un terreno, una plaza de garaje, etc.

Hipoteca

Todos los ejemplos anteriores son inmuebles y el inmueble que se hipoteca, es el que se convierte en la garantía real para la entidad financiera.

La entidad financiera quiere tener la garantía de que le vamos a devolver la suma de dinero concedida más los intereses estipulados y esa garantía se establece sobre el inmueble.

 Esta garantía real sobre el inmueble, es lo que denomina hipoteca.

Diferencias entre índice hipotecario, tipo de interés y TAE

Los términos, índice hipotecario, tipo de interés y TAE, suelen confundirse y conviene diferenciarlos claramente.

Índice hipotecario

El índice hipotecario es un parámetro variable que se utiliza para referenciar una hipoteca de tipo variable.

Así podemos tener una hipoteca vinculada al Euribor, al IRPH, al Mibor…  Son índices que mensualmente cambian de valor y pueden subir, bajar o mantenerse estables. De este modo, nuestra hipoteca puede estar ligada al Euribor o al IRPH.

La cuota de nuestra hipoteca se encarecerá o abaratará en función de si este índice de referencia al que está vinculada nuestra hipoteca, ha subido o bajado de valor respectivamente, desde la anterior revisión hasta la nueva.

Tipo de interés o precio

El tipo de interés o precio en una hipoteca variable, es el índice de referencia más el diferencial.

El diferencial es un número que se suma al valor del índice hipotecario para constituir el tipo de interés. Así tenemos, por ejemplo, hipotecas al Euribor más el 1% de diferencial sobre el mismo.

En una hipoteca fija, el tipo de interés carece de diferencial, y así por ejemplo podemos tener una hipoteca fija al 1,5% de tipo de interés.

TAE

El TAE o Tasa Anual Equivalente, es el tipo de interés más los gastos y las comisiones.

Así pues, el TAE constituye el coste de la hipoteca.

Por ello, entre dos hipotecas al mismo plazo para compararlas, conviene muy bien fijarse en el TAE. Puede ser que una hipoteca tenga un diferencial menor que otra, pero los gastos y las comisiones pueden hacerla más cara con respecto aquella que tiene el diferencial mayor.

Para que la comparación de hipotecas a través del TAE sea efectiva, las hipotecas deben tener el mismo plazo.

Hipoteca fija, variable y mixta

Hipoteca fija

La hipoteca fija se caracteriza porque se fija un tipo de interés para toda la vida la hipoteca y la cuota mensual no variará.

La única manera de variar la cuota de la hipoteca fija es realizando amortizaciones parciales de la misma en la modalidad de reducir la cuota, en otras palabras, adelantando cantidades de dinero de forma extraordinaria para que nuestra cuota mensual sea más reducida.

Hipoteca variable

La hipoteca variable, como su nombre indica varía, y esta variación se realiza de acuerdo a la evolución de un índice hipotecario que en la inmensa mayoría de las hipotecas es el Euribor.

Como se trata de una hipoteca variable, esta periódicamente será revisada por la entidad financiera. Este proceso se denomina revisión de la hipoteca y en el contrato hipotecario se indica si la revisión se producirá de forma trimestral, semestral o anual.

Si durante este periodo de tiempo estipulado, el índice hipotecario ha subido o bajado, la cuota mensual que nos cobrará el banco por nuestra hipoteca, tras la correspondiente revisión de la misma se encarecerá o se abaratará respectivamente.

Hipoteca mixta

La hipoteca mixta se caracteriza porque durante un periodo de tiempo es una hipoteca fija y posteriormente se convierte en variable.

Generalmente el tipo fijo se aplica en los primeros años de la hipoteca, muchas veces la hipoteca solo es fija durante el primero año.

La modalidad de hipoteca mixta se hizo frecuente a partir de que el Euribor alcanzó valores muy bajos, y la banca queriendo protegerse de estos bajos valores y pensando que tendrían un final temprano, quisieron salvar el periodo de Euribor bajo con un tipo fijo en los inicios de la hipoteca.

Simular, revisar o amortizar hipoteca

Simular hipoteca

Una simulación de hipoteca consiste en utilizar una calculadora hipotecaria e introducir las variables de capital, plazo y tipo de interés.

A partir de estas variables introducidas sabemos cual será la cuota mensual de la hipoteca.

Revisar hipoteca

Revisar una hipoteca se refiere a que la entidad financiera adapta la cuota mensual que pagamos por la misma, a la evolución del índice de referencia al que se encuentra vinculada.

Si nuestra hipoteca está ligada al Euribor, la cuota mensual será mayor o menor si el valor del Euribor ha subido o bajado respecto al valor que tenía en la anterior revisión.

Amortizar hipoteca

Respecto a amortizar hipoteca debemos diferenciar entre amortización total y amortización parcial.

Si amortizamos totalmente la hipoteca significa que liquidamos totalmente la deuda hipotecaria y ya no pagaremos más cuotas.

Si amortizamos parcialmente la hipoteca significa que hemos aportado una cantidad extraordinaria, es decir, una cantidad a parte de las cuotas mensuales, con el fin de reducir la cuota mensual o el plazo restante de hipoteca.

Generalmente, las entidades financieras ante esa cantidad de dinero que queremos adelantar de nuestra deuda, nos deja elegir entre disminuir la cuota mensual o rebajar el plazo pendiente.

Consideraciones finales

Hemos hecho mención a conceptos hipotecarios básicos.

Es muy importante, si pronto vas a firmar una hipoteca que estos conceptos al menos sí que los conozcas.

Comentarios

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Vgg · Salamanca · Lunes, 20 Abril 2020 | 08:11:38 PM · nº 5959
Buenas noches.Aqui os dejo esta noticia.
https://www.ultimahora.es/noticias/local/2020/04/20/1158685/juzgado-palma-anula-intereses-hipoteca-indice-irph.html
Un saludo.
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dabitxu · BARCELONA · Martes, 21 Abril 2020 | 08:00:44 PM · resp. nº 2127
Es una sentencia muy positiva, pero muy lejos de la sentencia del TJUE. En la sentencia del TJUE dicen que como última opción que se aplique un índice sustitutivo para no perjudicar al consumidor (en el caso que se tenga que retornar todo el dinero del préstamo de golpe). Y aquí en espanya se pasan la sentencia por el forro para beneficiar a la banca. En espanyistan siempre sale a cuenta a los mismos robar y estafar. Según la banca "yo estafo y robo y si me pillan sólo tengo que retornar lo que he robado y si no me pillan todo eso que les mango a estos desgraciados".
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Paco · Alicante · Domingo, 19 Abril 2020 | 08:40:11 AM · nº 5958
Superad ésto mio porque no tiene nombre:hipoteca 2006 en pleno boom por 179.000 euros con irph La Caixa, quedándome fijo en 2013 al 4.13%. Mujer y tres hijos pequeños,en Diciembre mi exmujer me pide el divorcio, pago mitad hipoteca más manutención, los crios los veo una tarde cada 5 dias ya que ella se queda en el piso. Hace 4 semanas el negocio de la hosteleria donde trabajo cierra por Covid estando en Erte aun sin confirmar.el sabado pasado voy al super a buscar provisiones en mi motocicleta porque el coche se lo queda mi exmujer por los crios, me caigo en cruce intersecciones y me rompo rodilla izquierda y codo derecho, escayolado en piso de alquiler sin ayuda porque mis familiares viven a 150 km y son colectivo de riesgo con lo cual no me puedo acercar a ellos.asi tengo el panorama. No tengo dinero para llevar mi caso ante los tribunales porquw mi caso esta ganado fijo
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julio · Jaen · Domingo, 19 Abril 2020 | 12:18:11 PM · resp. nº 2123
a perro flaco todos son pulgas
Pariente · Santander · Lunes, 20 Abril 2020 | 05:09:18 AM · resp. nº 2124
Pues muy bien Paco, ánimo. Pero creo que este foro para contar tu vida, no es.
Rafa · Burgos · Lunes, 20 Abril 2020 | 09:30:23 AM · resp. nº 2125
Si en vez de Paco te llamaras Paca, mil asociaciones habrían salido en tu ayuda para luchar contra el patriarcado. Pero como te llamas Paco, te dicen que te aguantes y que te calles, que eres hombre y, por tanto, el gran beneficiado del sistema.

Saludos y disculpen la ironía.

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francvives · barcelona · Viernes, 17 Abril 2020 | 06:44:29 PM · nº 5957
IRPH MARZO 2020 1,765
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Cristina · Barcelon-barcelona · Viernes, 17 Abril 2020 | 04:18:46 PM · nº 5956
Buenas, firme una hipoteca en 2009.plan Estatal 2005-2008.Con un interés nominal de 4'975. Tengo Irph porque lo he consultado. Es piso de VPO concertado. No se si puedo reclamar algo o no... Tengo 25 años de hipoteca, firme con la caixa Catalunya ahora BBVA. No se que hacer ni a donde dirigirme y si realmente tiene solución. Gracias
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Javier · Barcelona · Sábado, 18 Abril 2020 | 04:04:48 PM · resp. nº 2122
Buenas cristina, yo también estoy en el mismo caso que tú por desgracia. Leyendo algún artículo por internet, tengo la sensación de los que tenemos irph con pisos de protección oficial somos los que peor lo tenemos para reclamar algo. Porque si quieres reclamarle al banco, el banco te dirá que ellos te aplican lo que les marca el gobierno cada año para las VPO, y entonces tendrías que reclamar al gobierno, cosa que veo complicado. Solo tienes que ver que ya está fijado el interés para este año, no sé si lo han publicado en el BOE a día de hoy, pero el interés nos lo han puesto al 1.66.
Yo voy a esperar acontecimientos haber si al final con la presión social nos lo cambian, creo desde mi opinión que poco más podemos hacer los de VPO. Pero si alguien sabe algo más sobre el tema espero que nos responda y nos ayude .
Un saludo
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Javier Lema · La Coruña · Miércoles, 15 Abril 2020 | 09:04:33 PM · nº 5955
Hola,
Yo tengo una hipoteca 2005/2008 y en la banca online veo que pone que el tipo de interés es fijo del 1,84.
Cómo puedo saber si tengo Irph? Por más que busco no veo ni euribor no Irph por ningún lado.

Muchas gracias
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Julio · Zaragoza · Jueves, 16 Abril 2020 | 05:38:39 PM · resp. nº 2120
No lo veras. Yo, en mi ibercaja online tampoco lo veo.
Si es una VPO no es IRPH, es lo que fija no sé quien para las VPO's en función del IRPH
No creo que sea fijo... a mi ne lo suelen revisar anualmente y toca este mes.
Pablo · VALLADA · Sábado, 18 Abril 2020 | 01:17:46 AM · resp. nº 2121
TIENES VPO 100% SEGURO....TODAS LAS VPO TIENEN IRPH MENOS LOS DEL ULTIMO PLAN, PERO 2002/2005 Y 2005/2008 SEGURO QUE SI
Javier Lema · Coruña · Jueves, 23 Abril 2020 | 06:06:05 PM · resp. nº 2131
Pablo de VALLADA estás seguro de que llevan IRPH 100% seguro?

A mi lo que más me está llamando la atención es que al entrar en la banca electrónica me ponga en los datos del contrato hipotecario: Tipo de interés Fijo, y cambia cada puñetero año!
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Jose · Nava de la asuncion-segovia · Lunes, 13 Abril 2020 | 04:43:07 PM · nº 5954
Yo tengo Irph entidades con caja rural de Segovia ,he echo reclamación extrajudicial y me han contestado que según la sentencia solo es para Irph cajas
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Ismael · Sevilla · Miércoles, 15 Abril 2020 | 11:58:07 AM · resp. nº 2118
¡Que graciosos!

Para empezar ahora mismo nadie tiene el IRPH Cajas, porque despareció en 2013.

Pero si que hay mucha gente que lo tuvo y le pasaron al IRPH Entidades o le congelaron el IRPH Cajas directamente dejándole el último valor publicado y conviertiéndo su hipoteca en fija, con el valor del IRPH Cajas de 2013 que era mucho más alto que el IRPH Entidades de ahora.

El IRPH Entidades es el que éxiste ahora.


IRPH cajas, IRPH Bancos e IRPH Entidades son prácticamente iguales, solo variaban un poco sus valores entre ellos, pero la fórmula, la posición siempre por encima del Euribor y todas sus peculiaridades son las mismas.

¿O es que ahora tenemos que esperar a que llegue otro procedimiento, en este caso IRPH Entidades al TJUE, para que digan exactamente lo mismo?

De verdad, cuando no saben por donde salir, se inventan cualquier excusa que se les ocurre al momento.
Javier - Reclama Por Mí · Bizkaia · Miércoles, 15 Abril 2020 | 11:59:08 AM · resp. nº 2119
Hola Jose de Nava,

En primer lugar indicarle que las entidades bancarias suelen rechazar las reclamaciones extrajudiciales y en muchos casos se justifican así. No obstante, aunque su índice esté referenciado al IRPH entidades puede seguir reclamando, además actualmente solo está vigente este tipo de índice.  La sentencia del TJUE permite realizar el control de transparencia sobre la cláusula que regula el interés de referencia del préstamo ya sea Irph entidades, como en los desaparecidos cajas y bancos que ahora estarían congelados, funcionando como un tipo fijo en aquellos casos donde no hay un índice sustitutivo vigente. Por este motivo, las entidades deben demostrar entre otras cosas que se informó al cliente de manera clara de cómo se calcula, de su evolución y de la comparativa con otro tipo de índices. Si no supera el control de transparencia, como le ha pasado a la mayoría de los afectados, ese Irph es susceptible de ser considerado nulo y por tanto, conseguir que le devuelvan las cantidades abonadas en exceso. 

Si quiere más información, puede llamarnos al 691917964 o entrar en nuestra página web https://www.reclamapormi.com/.
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juanjo · valencia · Lunes, 13 Abril 2020 | 10:13:31 AM · nº 5953
Dabitxu de BARCELONA:no crees en la justicia española ( que visto lo visto es muy logico). pero por lo contrario veo que QUE SI CREES EL DE DE EUROPA!!!!
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Ron · El Vendrell- Tarragona · Viernes, 10 Abril 2020 | 04:00:35 AM · nº 5952
Hola, lo que me da mal rollo de todo esto es que el TS tenga que decir algo,creo que tardará bastante, le dará tiempo a los bancos para poder pagar a pequeños plazos. Y a lo que tengo más miedo es a que le hagan ellos mismos una pregunta al TJUE, y se tiren dos años más para contestarla. Son tácticas para alargar procesos y que la gente se heche atrás o firme acuerdos con la banca, pero sin ver un euro, que es lo que ofrecen ahora. Cuidaros y suerte.
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María Rodríguez · Granada · Jueves, 09 Abril 2020 | 11:53:06 AM · nº 5951
Hola. Tengo intención de reclamar al banco por irph y el abogado me da un presupuesto de 700€ y me añade los siguientes párrafos y me gustaría saber si es
la práctica normal o por el contrario puede haber otra posibilidades. El cliente reconoce haber recibido información en relación a que los procedimientos judiciales cuyo resultado sea infructuoso pueden llevar
aparejada la condena en costas, que obligaría a satisfacer las causadas a la parte contraria. Un saludo
En caso de condena en costas a la parte contraria, el cliente cede estas a favor del despacho de Xxxxxxx
Quedan excluidos de este presupuesto, los honorarios de otros profesionales, notarios o peritos que, en caso de ser necesaria su intervención,
devengaran sus honorarios independientemente a los aquí calculados, así como los gastos y suplidos por desplazamiento y dietas. Quedan
también excluidos de éste presupuesto, el importe de Tasas y depósitos judiciales que se tengan que pagar al inicio o a lo largo del proceso, así
como las costas procesales de la parte contraria, para el hipotético caso de que se pierda el asunto con imposición de costas al cliente.
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Hmg · Zaragoza · Sábado, 11 Abril 2020 | 05:44:56 PM · resp. nº 2117
Ten en cuenta que si hay condena en costas, Hacienda las computa como una ganancia patrimonial tuya, y pagarás IRPF por eso. Independientemente de que las cobre el abogado, ya que se las has cedido. Tenlo en cuenta
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Dabitxu · BARCELONA · Jueves, 09 Abril 2020 | 09:56:35 AM · nº 5950
Hola, Ya he enviado la reclamación extrajudicial a CaixaBankdidos y en unas 2 o 3 semanas interpondremos la demanda. Empieza la guerra.
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Antonio Dominguez · Bollullos del Condado_ Huelva · Jueves, 09 Abril 2020 | 06:41:56 PM · resp. nº 2113
Hola buenas tardes, yo tambien tengo hipoteca con Caixabank y quiero presentar reclamacion y no se si esperar a que se pronuncie el TS.
Bien te he leido y has puesto reclamacion y vas a emprender proceso judicial, ¿sin esperar a que te contesten?, ¿te han dicho en la Caixa cuando te contestaran a la reclamacion?.
Me gustaria que si puedes me contestara a estas prguntas y que escribas la resolucion que te da la Caixa si es que te la da.
Gracias de antemano y espero tu comentario
Dabitxu · BARCELONA · Jueves, 09 Abril 2020 | 11:21:20 PM · resp. nº 2114
Hola Antonio,
Les he enviado la reclamación a través de su muro.
No espero respuesta de ellos, por lo que ni me he molestado en ir a su sucursal que además la tengo muy lejos. Tampoco voy a gastar ni un euro en un burofax.
Sé que los mensajes del muro les llega y los leen porque durante años siempre me han contestado. Soy de Barcelona e Independentista catalán radical y no creo en la "justicia espanyola", por lo que no voy a esperar al TS. Además ya cuento que esto va a durar unos 8 años, pero no pasa nada, tengo tiempo. Saludos
Julio · Tarragona · Viernes, 10 Abril 2020 | 07:52:34 AM · resp. nº 2115
Tengamos paciencia que la justicia española no hará nada.... serán los bancos catalanes los que nos devuelvan lo robado... como buenos europeos

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