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La cuota IRPH ha subido: qué hacer este mes paso a paso

La cuota IRPH ha subido: qué hacer este mes paso a paso

Cuando llega la revisión y la letra sube, el primer impulso es buscar culpables. El segundo, más útil, es comprobar cifras y elegir una acción concreta en los próximos siete días. Esta página es ese plan de trabajo.

Clave: no firmes nada con el banco hasta tener capital pendiente, IRPH de la carta y una simulación propia.

El IRPH Entidades se publica una vez al mes, habitualmente en torno al día 20, por el Banco de España. No se mueve a diario como el Euríbor. Si tu revisión usa el valor de un mes concreto, ese es el número que debe aparecer en la notificación. Consulta el último dato en IRPH hoy y el histórico en IRPH histórico.

Familia revisando la carta de subida de cuota IRPH

Día 1–2: verificar la carta de revisión

Anota en un papel: mes de referencia del IRPH, valor del índice, diferencial, nuevo TIN, capital sobre el que calculan y nueva cuota. Si el índice no coincide con el oficial de ese mes, reclama la corrección al banco por escrito adjuntando el dato de IRPH.es o del Banco de España.

Replica el cálculo con la calculadora de impacto de la revisión: verás la diferencia en euros al mes y al año. Si además quieres el peso sobre tu sueldo, usa el esfuerzo de la cuota con IRPH.

Día 3: decidir si amortizas

Una entrega a cuenta reduce intereses futuros. Puedes pedir bajar la cuota (más aire cada mes) o acortar plazo (terminar antes). Prueba ambas en la amortización parcial. No vacíes el colchón de emergencias: tres a seis meses de gastos fijos deberían quedar fuera de la amortización.

Clave: amortizar con tipo alto multiplica el ahorro de intereses; amortizar dejando la cuenta a cero multiplica el estrés.

Día 4–5: hablar con el banco con números

Pide por escrito una de estas opciones (o varias): bajar diferencial, pasar a Euríbor, pasar a fijo, alargar plazo o una carencia temporal. Lleva la simulación impresa. Para valorar un fijo, usa IRPH a tipo fijo; para cambiar de entidad, la subrogación.

Desconfía de bonificaciones que exigen seguros caros: el diferencial baja en el papel y el coste total puede subir. Suma primas anuales antes de aceptar.

Día 6–7: elegir y dejar constancia

SituaciónAcción prioritaria
Tienes ahorro holgadoAmortizar (cuota o plazo)
La cuota supera ~35 % de ingresosNegociar plazo / fijo o subrogar
Error en el IRPH de la cartaReclamación de corrección al banco
Quieres cerrar el riesgo del índiceOferta a fijo con gastos calculados
Sospechas falta de transparencia en origenArchivar papeles y valorar reclamación IRPH

Ejemplo orientativo de conversación con el banco

Puedes estructurar el correo así: identifica el contrato, adjunta la carta de revisión, indica el IRPH oficial del mes de referencia (enlace o captura de IRPH hoy), muestra tu simulación de cuota y pide respuesta escrita sobre novación a Euríbor, a fijo o reducción de diferencial en un plazo concreto (por ejemplo 15 días hábiles).

Adjunta solo lo necesario: escritura (páginas del tipo de interés), último recibo y la simulación. No envíes DNI por canales inseguros; usa la banca electrónica o registro formal si el volumen del asunto lo requiere.

Si el banco propone alargar el plazo, exige una tabla con la nueva cuota, los intereses totales añadidos y la fecha de finalización. Alargar es un respiradero: reduce la letra y aumenta el coste global. Compáralo con amortizar una cantidad menor hoy.

Cuando la subida coincide con otros gastos (colegio, comunidad, IBI), prioriza no acumular descubiertos. Un plan de tres partidas —cuota, fondo de reserva, resto del mes— evita decisiones impulsivas de consolidar deudas caras.

Lo que empeora el problema

  • Dejar de pagar sin avisar: genera demora, comisiones y peores condiciones de negociación.
  • Aceptar una novación verbal “que ya te mandan el contrato”.
  • Comparar solo el TIN y olvidar comisiones de apertura, subrogación o cancelación.

Si necesitas contrastar con otros casos

Publica tu duda (sin datos sensibles) en el foro IRPH. Incluye banco, año de firma, diferencial y si la revisión es anual o semestral. Cuanto más concreto, mejor la respuesta.

Clave final: una subida de cuota se gestiona con verificación, simulación y una sola decisión escrita. El resto es ruido.

Comentarios

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José miguel · Palma de Mallorca · Martes, 03 Marzo 2020 | 05:44:30 PM · nº 5821
Hola, os dejo este enlace que me sirve para aclarar mi anterior comentario, o sea lo que ha dicho la patronal de la banca sobre la sentencia.
Irph stop guipuzcua está muy relacionado con el abogado que ha llevado el caso a Europa, que por cierto se retira a su farmacia, con lo cual me parece que es interesante estas conclusiones.
https://www.irphstop.eus/es/banketxeak-gezurretan-ari-dira-europako-epaiaren-inuguruko-beraien-oharra-gezurtatzen-dugu/
Un saludo
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federico mingo · poyales del hoyo-avila · Martes, 03 Marzo 2020 | 04:51:06 PM · nº 5820
Hoy saben ustedes quien son los verdaderos ganadores del día??? Ni los afectados ni la banca, los agraciados de verdad son los abogados, me acaban de llamar arraiga y me dice que ha sido un éxito rotundo, que hay que volver a pleitear y por supuesto 1200 de provisión de fondos eso si. Y luego llaman ustedes a los bancos, jueces o políticos sinvergüenzas.... En fin sin comentarios... Tengo 63 años y mi camino se de lucha se acaba aquí.... Suerte a todos... Adios
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Manuel Jesús · San Agustín del Guadalix-Madrid · Martes, 03 Marzo 2020 | 05:41:28 PM · resp. nº 1960
Con Arriaga son 250 al principio.El resto después del juicio o acuerdo extrajudicial.
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Consuelo · Granada · Martes, 03 Marzo 2020 | 04:40:40 PM · nº 5819
Hola, yo también me he animado a reclamar pero prefiero que sea algún abogado/a en Granada. Si alguien me quiere recomendar un buen profesional os lo agradecería.
Un saludo
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juan · Sevilla · Martes, 03 Marzo 2020 | 04:24:58 PM · nº 5818
Necesito abogado con esperiencia en irph en Sevilla
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Paco · Camas - Sevilla · Martes, 03 Marzo 2020 | 04:45:44 PM · resp. nº 1958
Hola, Juan:
A nosotros nos lo está llevando Giraldez Calzado Asesores en Sevilla. A mí me habló muy claro , el que más, y fui a unos cuantos. No es caro y solo cobra si se recupera algo. Saludos.
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Kika · Valencia · Martes, 03 Marzo 2020 | 04:06:12 PM · nº 5817
Buenas, yo estoy pendiente este mes de la sentencia de la Audiencia provincial de Valencia, así que a esperar con qué nos sorprenden... Ánimo a tod@s.
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Kika · Valencia · Martes, 03 Marzo 2020 | 04:00:45 PM · nº 5816
Buenas, yo estoy pendiente este mes de la sentencia de la Audiencia provincial de Valencia, así que a esperar con qué nos sorprenden... Ánimo a tod@s.
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José miguel · Palma de Mallorca · Martes, 03 Marzo 2020 | 03:42:52 PM · nº 5815
Quisiera que alguien entendido me contestara si la sentencia solo afecta al IRPH CAJAS, o bien a todos los IRPH.Los bancos se escudan en que afecta solo a IRPH CAJAS, así que como sustituto pondrían IRPH ENTIDADES, o sea continuaría el atraco.
https://www.elconfidencial.com/empresas/2020-03-03/banca-ganadora-tendra-aplicar-irph-incluso-sentencias-contra_2479800/
En este enlace se ve la reacción de los bancos.
Dicho esto yo voy a comenzar a informarme bien de como está el asunto para poner en marcha el tema judicial.
En mi opinión es conveniente esperar la reacción del supremo y sobretodo las sentencias que ello conlleve.
Un saludo, y averiguaré si todo va bien..
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Paco · Camas-Sevilla · Martes, 03 Marzo 2020 | 04:50:53 PM · resp. nº 1959
Lo que se ha juzgado es si el IRPH se comercializó de forma transparente o no. Evidentemente, en los casos en los que el banco no pueda demostrar que se hizo así, 99%, no se va a sustituir por el de entidades. En todo caso, por Euribor, siempre que haya acuerdo entre las partes. Si no, interés 0 y listo. Eso sí, el banco podría ejecutar el préstamo pq entiendo que el TS no entenderá un préstamo sin interés. De aquí al final queda mucho, incluso podría haber más cuestiones prejudiciales al TJUE como la que se ha sentenciado hoy.
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Ron · El Vendrell- Tarragona · Martes, 03 Marzo 2020 | 03:17:58 PM · nº 5814
Bueno ahora está pasando como las cláusulas suelo, estaban contentos los bancos, pero el 95% de las sentencias son a favor del consumidor. Los bancos tienen lo que querían, pagar en cómodos plazos, para que los accionistas no se vayan, podrán ir pagando con subidas de comisiones y otras historias que sacarán para exprimir al cliente, es su trabajo. Suerte a todos y no tengáis miedo a reclamar lo que os han robado. Se hará largo, pero todo llegará.
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Juan Antonio · CadiZ · Martes, 03 Marzo 2020 | 02:42:08 PM · nº 5813
Muy buenas noticias creo que no son, no anulan el índice no condenan a los bancos a nada y hay que empezar de nuevo desde cero, nos quedamos igual y ya en cada reclamación Decidirá el tribunal que corresponda, muy mal todo uno no tiene 7 vidas para continuar con esto
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Miguel · ELCHE · Martes, 03 Marzo 2020 | 01:33:20 PM · nº 5812
NORTHROP En el caso de las cláusulas suelo fue exactamente igual,cada juez debía decidir,al igual que con el irph.La casilla de salida estaba con el supremo diciendo que no se tenía que pasar ningún control,ahora estamos en la casilla de si debe pasar ese control,ya es una ganancia. Lo del alivio de los bancos como dice El Mundo es que no era real esos 44 millones que supuestamente iban a perder,así que lo titulan así y parece una derrota pie nuestra parte.El alivio que sentirán los bancos es igual que cuando te ponen una multa de tráfico y pone "si la pagas en menos de 2 semanas te descontamos el 50%"...Claro,piensas bueno me ahorro la mitad,si amigo si,pero la pagas igual.Ahi tienes el alivio
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