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La cuota IRPH ha subido: qué hacer este mes paso a paso

La cuota IRPH ha subido: qué hacer este mes paso a paso

Cuando llega la revisión y la letra sube, el primer impulso es buscar culpables. El segundo, más útil, es comprobar cifras y elegir una acción concreta en los próximos siete días. Esta página es ese plan de trabajo.

Clave: no firmes nada con el banco hasta tener capital pendiente, IRPH de la carta y una simulación propia.

El IRPH Entidades se publica una vez al mes, habitualmente en torno al día 20, por el Banco de España. No se mueve a diario como el Euríbor. Si tu revisión usa el valor de un mes concreto, ese es el número que debe aparecer en la notificación. Consulta el último dato en IRPH hoy y el histórico en IRPH histórico.

Familia revisando la carta de subida de cuota IRPH

Día 1–2: verificar la carta de revisión

Anota en un papel: mes de referencia del IRPH, valor del índice, diferencial, nuevo TIN, capital sobre el que calculan y nueva cuota. Si el índice no coincide con el oficial de ese mes, reclama la corrección al banco por escrito adjuntando el dato de IRPH.es o del Banco de España.

Replica el cálculo con la calculadora de impacto de la revisión: verás la diferencia en euros al mes y al año. Si además quieres el peso sobre tu sueldo, usa el esfuerzo de la cuota con IRPH.

Día 3: decidir si amortizas

Una entrega a cuenta reduce intereses futuros. Puedes pedir bajar la cuota (más aire cada mes) o acortar plazo (terminar antes). Prueba ambas en la amortización parcial. No vacíes el colchón de emergencias: tres a seis meses de gastos fijos deberían quedar fuera de la amortización.

Clave: amortizar con tipo alto multiplica el ahorro de intereses; amortizar dejando la cuenta a cero multiplica el estrés.

Día 4–5: hablar con el banco con números

Pide por escrito una de estas opciones (o varias): bajar diferencial, pasar a Euríbor, pasar a fijo, alargar plazo o una carencia temporal. Lleva la simulación impresa. Para valorar un fijo, usa IRPH a tipo fijo; para cambiar de entidad, la subrogación.

Desconfía de bonificaciones que exigen seguros caros: el diferencial baja en el papel y el coste total puede subir. Suma primas anuales antes de aceptar.

Día 6–7: elegir y dejar constancia

SituaciónAcción prioritaria
Tienes ahorro holgadoAmortizar (cuota o plazo)
La cuota supera ~35 % de ingresosNegociar plazo / fijo o subrogar
Error en el IRPH de la cartaReclamación de corrección al banco
Quieres cerrar el riesgo del índiceOferta a fijo con gastos calculados
Sospechas falta de transparencia en origenArchivar papeles y valorar reclamación IRPH

Ejemplo orientativo de conversación con el banco

Puedes estructurar el correo así: identifica el contrato, adjunta la carta de revisión, indica el IRPH oficial del mes de referencia (enlace o captura de IRPH hoy), muestra tu simulación de cuota y pide respuesta escrita sobre novación a Euríbor, a fijo o reducción de diferencial en un plazo concreto (por ejemplo 15 días hábiles).

Adjunta solo lo necesario: escritura (páginas del tipo de interés), último recibo y la simulación. No envíes DNI por canales inseguros; usa la banca electrónica o registro formal si el volumen del asunto lo requiere.

Si el banco propone alargar el plazo, exige una tabla con la nueva cuota, los intereses totales añadidos y la fecha de finalización. Alargar es un respiradero: reduce la letra y aumenta el coste global. Compáralo con amortizar una cantidad menor hoy.

Cuando la subida coincide con otros gastos (colegio, comunidad, IBI), prioriza no acumular descubiertos. Un plan de tres partidas —cuota, fondo de reserva, resto del mes— evita decisiones impulsivas de consolidar deudas caras.

Lo que empeora el problema

  • Dejar de pagar sin avisar: genera demora, comisiones y peores condiciones de negociación.
  • Aceptar una novación verbal “que ya te mandan el contrato”.
  • Comparar solo el TIN y olvidar comisiones de apertura, subrogación o cancelación.

Si necesitas contrastar con otros casos

Publica tu duda (sin datos sensibles) en el foro IRPH. Incluye banco, año de firma, diferencial y si la revisión es anual o semestral. Cuanto más concreto, mejor la respuesta.

Clave final: una subida de cuota se gestiona con verificación, simulación y una sola decisión escrita. El resto es ruido.

Comentarios

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vicenta · sagunto · Viernes, 24 Marzo 2017 | 10:48:46 AM · nº 3743
el banco por fin me ha dado la escritura del prestamo hipotecario es del 2006 co un interes del 4.70 mas 0.50 y si desapareciese el irph seria ceca ellos dicen que esta todo bien actualmente estoy pagando el 2.65 es asi o puedo reclamar puede alguien decirme algo
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Manuel Vargas Duran · El Prat de Llobregat-Barcelona · Viernes, 24 Marzo 2017 | 08:18:54 AM · nº 3742
Buenos días para los que se nos quedó fijo siendo un prestamo a interes variable este foro plantea alguna respuesta
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Ana · Madrid · Lunes, 27 Marzo 2017 | 11:43:40 AM · resp. nº 78
Hola Manuel,
En este supuesto existen dos vías una desde inicio préstamo y, otra desde 2013 fecha en que lo congelaron. Si desestiman nulidad irph te queda la otra vía, desde 2013 Un saludo
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Josu · irun-gipuzkoa · Viernes, 24 Marzo 2017 | 07:38:08 AM · nº 3741
Buenos días,

Yo tengo un préstamo IRPH con UCI. Estoy esperando la sentencia del supremo para comenzar las acciones legales. Veo alguna respuesta indicando que se cree que el supremo dictará sentencia este año, cuando a mi el abogado me indica que no se sabe a ciencia cierta, pero que pueden tardar entre dos o tres años todavía. Agradecería si alguien me puede indicar quién se aproxima más, si mi abogado o los que indican que este año. Gracias
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David · El ejido · Lunes, 27 Marzo 2017 | 12:41:37 PM · resp. nº 79
Yo creo que este año.
Porque hay presentado un recurso al supremo de una audiencia provincial de fecha marzo 2.015 y el supremo resuelve de media por lo civil 22 o 23 meses,por lo que debería de pronunciarse como mucho en unos meses,ya que hay muchas demandas en primera instancia acumuladas y no deben saturar más los juzgados
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MELCHOR · CORDOBA · Jueves, 23 Marzo 2017 | 07:25:12 PM · nº 3740
HOLA SOY MELCHOR.TENGO UNA DUDA QUE A VER SI PODEIS ACLARARMELA.YO TENIA IRPH DE CAJAS CON CAJASUR DESDE 2001 HASTA 2015 QUE DESAPARECIO DICHO INDICE Y APLICARON EL SUSTITUTIVO QUE ERA EURIBO +1.50 COMO PONIA EN LA ESCRITURA DE LA HIPOTECA.SI EL SUPREMO NOS DA LA RAZON Y DICE QUE ES UN INDICE ABUSIVO Y MANIPULABLE Y LO DECLARA NULO¿PODRE RECLAMAR AL BANCO QUE ME DEVUELVA LAS CANTIDADES COBRADAS DE MAS?¿PARA CUANDO MAS O MENOS SE PRONUNCIARA EL SUPREMO?UN SALUDO
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Manuel · Chiclana-Cadiz · Viernes, 24 Marzo 2017 | 07:14:12 AM · resp. nº 71
Pues si, podrias reclamarlo. Y hasta cuatro años despues de liquidar la hipoteca. Se supone que el Supremo se manifestará este año.
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Eli Gómez · Sevilla · Miércoles, 22 Marzo 2017 | 10:41:02 PM · nº 3739
Hola yo soy una afectada mas tenia irph de cajas y desapareció y el sustituto también y me lo han dejado congelado. Mi pregunta si se pronuncia el supremo favorable para que desaparezca el irph de entidades a mi me afecta a un que yo lo tenga congelado esque no lo se ya que yo lo tengo congela gracias si me lo podéis aclarara
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Adrián San Marcos · Getxo · Miércoles, 22 Marzo 2017 | 02:52:24 PM · nº 3738
Tengo hipoteca con IRPH desde 2004 y me han dicho ya que puedo empezar con el proceso de reclamación.
En mi caso (estoy con un despacho que funciona a través de una web, reclamapormi.com), van a empezar con la reclamación extrajudicial para coger más argumentos contra el banco (ya que según me dicen, no van a pagar ni de broma) y después enviar la demanda en cuanto el supremo saque su resolución.
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JOSE · valencia · Miércoles, 22 Marzo 2017 | 04:31:03 PM · resp. nº 67
Hola Adrián, que te cobran por hacerte los escritos al banco ? gracias y mucha suerte
Manuel Vargas Duran · El Prat de Llobregat-Barcelona · Viernes, 24 Marzo 2017 | 08:26:03 AM · resp. nº 72
Adrian mira de localizar las cláusulas abusivas de tu hipoteca (que seguro que tienes y no pocas)y las incluyes en tu reclamación extrajudicial eso te dará fuerza de cara a la negociación
Ana · Madrid · Domingo, 26 Marzo 2017 | 06:15:35 PM · resp. nº 75
Hola Adrián, si te corresponde Audiencia de Vizcaya (Getxo) en tu caso no es necesario esperar a Sentencia del Supremo, ya quee esa Audiencia lo declara nulo. Si necesitas más información no dudes en preguntar.
Al interponer demanda que aleguen falta transparencia y subsidiariamente vicio consentimiento. Un saludo
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Jesus · Baleares · Miércoles, 22 Marzo 2017 | 12:39:01 PM · nº 3734
Buenas hoy me ha contestado BBVA al por que me han congelado el interes al desaparecer el IRPH BANCOS y es segun ellos al no indicar un sustituto me aplican el ultimo vigente pero es que revisando la escritura esa es la ultima opcion y dice asi : Si dicha referencia dejara de publicarse en el futuro. se utilizará la que fuera equiparable y fuera publicada oficialmente por el Banco de España,Ministerio de Economía y Hacienda o en la UniónEuropea, por este orden. Si no existiera tal publicación,se utilizará la referencia que fuera equiparable,publicada privadamente por cualquier entidad española o de la Unión Europea, o si resultara imposible determinar el tipo de referencia por cualquier otra causa, el tipo de interés a aplicar a la operación será el último vigente. Entiendo que tendrian que aplicar cualquiera de los que hay vigentes antes congelarlo.¿que opinan los expertos? un saludo
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jose · valencia · Miércoles, 22 Marzo 2017 | 09:31:04 AM · nº 3732
Buenos dias: ¿creeis que esto es la clausula techo ?
veo que tengo clausula suelo 4% pero referente al techo solo leo esto " g) A efectos meramente hipotecarios, respecto a terceros el tipo máximo de interés a aplicar será el 7'875 por ciento anual" Gracias
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Ana · Madrid · Miércoles, 22 Marzo 2017 | 10:09:01 PM · resp. nº 68
Hola José,

No, eso no es el techo. Generalmente, si hay suelo tb hay techo pero no siempre. Yo he tenido temas con techo sin suelo y viceversa.
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David · Sevilla · Martes, 21 Marzo 2017 | 12:52:12 PM · nº 3731
Alguien está o ha estado de sentencias relacionados con irph? Es que estoy comenzando y me gustaría saber opiniones, gracias.
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NELA · BARCELONA · Lunes, 27 Marzo 2017 | 09:42:44 PM · resp. nº 80
Yo he demandado por irph, y no solo no se ha conseguido nada favorable, si no que ahora tengo que pagar las costas, no sé aún lo que será, pero tengo entendido, que varios miles de euros, asi que no sé, hasta que punto vale la pena reclamar.
Un saludo.
NELA · BARCELONA · Lunes, 27 Marzo 2017 | 09:43:45 PM · resp. nº 81
Yo he demandado por irph, y no solo no se ha conseguido nada favorable, si no que ahora tengo que pagar las costas, no sé aún lo que será, pero tengo entendido, que varios miles de euros, asi que no sé, hasta que punto vale la pena reclamar.
Un saludo.
Ana · Madrid · Sábado, 01 Abril 2017 | 08:39:55 PM · resp. nº 93
Hola Nela, no te rindas ya que has empezado sigue hasta el final, quizá durante el tiempo en.que se resuelve la apelación, el TS se pronuncia. Las costas en apelación más o menos son el 50 por ciento de las de primera instancia.

Si recurres no tendrás que pagar las costas de primera instancia hasta que se resuelva la apelación.

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pablo · Palma de Mallorca · Martes, 21 Marzo 2017 | 10:46:06 AM · nº 3730
Hola a todos cuando se pronunciara el trbunal supremo sobre el IRPH mas o menos
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Lorena Romero · Murcia · Miércoles, 22 Marzo 2017 | 08:35:06 AM · resp. nº 63
¿Cuál es tu banco?

Con Caixabank ya han salido sentencias y con Cajamar también

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