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IRPH Entidades, índices y simuladores de hipoteca

Consulta el IRPH actual, su evolución histórica y compara el IRPH con el Euríbor. Simuladores de hipoteca, amortización y reclamación del IRPH.

Miércoles, 19 de Agosto de 2026
IRPH ACTUAL (Junio 2026)
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Euríbor hoy: valor diario, media del mes y diferencia con el IRPH | IRPH.es

Euríbor hoy: el índice diario que luego se convierte en media

Último día cargado · Euríbor 12 meses 2,956% Fecha: 2026-08-18
Media del mes (días cargados) 2,927%
Euríbor mensual (serie) 2,855% · julio de 2026
IRPH mismo mes —%

Clave: el Euríbor a 12 meses sí tiene valor cada día hábil. Para muchas hipotecas, lo que acaba aplicándose no es “el de un martes suelto”, sino una media mensual (o el valor de un día concreto si la escritura lo dice). Fórmula orientativa de la media:

Media del mes ≈ (suma de los Euríbor diarios del mes) ÷ (número de días con valor publicados hasta hoy)

En esta página usamos los valores diarios publicados del mes en curso (ahora mismo: 12 días, suma 35,128, media 2,927%). También mostramos la serie mensual histórica, coherente con el resto de gráficos de IRPH.es.

Pulso diario del Euríbor a 12 meses

Cada jornada hábil deja huella. Aquí ves el valor del día, si subió o bajó respecto al anterior, y cómo va la media del mes (suma ÷ días publicados).

Sube Baja Igual
03/08/2026 Inicio del mes
2,939%
Media hasta hoy: 2,939% · Suma: 2,939 · Día 1
04/08/2026 -0,012 pts
2,927%
Media hasta hoy: 2,933% · Suma: 5,866 · Día 2
05/08/2026 +0,003 pts
2,930%
Media hasta hoy: 2,932% · Suma: 8,796 · Día 3
06/08/2026 -0,046 pts
2,884%
Media hasta hoy: 2,920% · Suma: 11,680 · Día 4
07/08/2026 +0,014 pts
2,898%
Media hasta hoy: 2,916% · Suma: 14,578 · Día 5
10/08/2026 +0,007 pts
2,905%
Media hasta hoy: 2,914% · Suma: 17,483 · Día 6
11/08/2026 +0,008 pts
2,913%
Media hasta hoy: 2,914% · Suma: 20,396 · Día 7
12/08/2026 +0,044 pts
2,957%
Media hasta hoy: 2,919% · Suma: 23,353 · Día 8
13/08/2026 -0,014 pts
2,943%
Media hasta hoy: 2,922% · Suma: 26,296 · Día 9
14/08/2026 -0,004 pts
2,939%
Media hasta hoy: 2,924% · Suma: 29,235 · Día 10
17/08/2026 -0,002 pts
2,937%
Media hasta hoy: 2,925% · Suma: 32,172 · Día 11
18/08/2026 +0,019 pts
2,956%
Media hasta hoy: 2,927% · Suma: 35,128 · Día 12

Por qué el Euríbor “de hoy” no se parece al IRPH “de hoy”

Es la pregunta que más se cruza en el foro y en las búsquedas. Respuesta corta: porque no se fabrican igual.

  • Euríbor 12 meses: panel de bancos, mercado interbancario, publicación diaria en días hábiles.
  • IRPH Entidades: media de tipos de préstamos hipotecarios reales a más de 3 años, un valor al mes, Banco de España, ~ día 20.

Clave: el Euríbor te deja seguir el pulso día a día. El IRPH te obliga a esperar el dato mensual. Comparar el Euríbor del martes con el IRPH del mes anterior es como comparar la temperatura de una hora con la media del mes: útil si sabes qué estás mirando; confuso si no.

En las hipotecas a Euríbor, la escritura suele indicar si se usa la media del mes anterior, el valor de un día concreto u otra regla. En IRPH, la escritura apunta al índice mensual y al diferencial. Por eso en IRPH.es mantenemos páginas hermanas: IRPH hoy y esta de Euríbor hoy.

Euríbor mensual (últimos 24 meses)

Euríbor vs IRPH y la diferencia

Misma ventana temporal. Rojo = IRPH, naranja = Euríbor. Debajo, barras de la diferencia (IRPH − Euríbor).

Qué es el Euríbor (sin jerga innecesaria)

El Euríbor (Euro Interbank Offered Rate) refleja, en esencia, el tipo al que un conjunto de entidades europeas se prestarían dinero entre sí a distintos plazos. El plazo que más aparece en hipotecas variables en España es el de 12 meses.

No lo publica el Banco de España como “tipo medio de hipotecas españolas”. Lo administra el ecosistema de referencia europeo (EMMI y el marco regulado de índices). Por eso puede moverse con las expectativas de política monetaria del BCE, la liquidez del mercado y el sentimiento del interbancario.

Cuando el BCE sube o baja tipos oficiales, el Euríbor suele reaccionar antes y con más nervio que el IRPH. El IRPH, al provenir de tipos ya aplicados en hipotecas, a menudo se mueve con más “inercia”.

Cómo se cuela en tu cuota

Tipo orientativo de revisión:

Tipo ≈ Euríbor de referencia (día o media según escritura) + diferencial

Si tu diferencial es 0,99 y la media del Euríbor del mes de referencia es 2,80 %, el tipo nominal rondaría el 3,79 % antes de comisiones y productos vinculados. Luego entra el sistema de amortización (cuota constante, etc.).

Herramientas útiles en IRPH.es:

Media del mes: paso a paso

Supongamos que en el mes llevamos 10 días hábiles con Euríbor publicado. Sumas los 10 valores y divides entre 10. Esa es la media aritmética simple de los días transcurridos. No es la única regla posible en el mundo financiero, pero es la más fácil de entender y la que mucha gente usa para anticipar la revisión.

  1. Anota cada Euríbor diario del mes (solo días con publicación).
  2. Suma todos.
  3. Divide por el número de días sumados.
  4. Compara con el diferencial de tu escritura.

Clave: la media del mes en curso es una foto provisional hasta que el mes cierra. La media del mes cerrado es la que a menudo entra en las revisiones (si tu contrato habla de media del mes natural anterior, por ejemplo).

Euríbor, IRPH y reclamaciones

El debate judicial del IRPH no se traslada automáticamente al Euríbor. Son índices distintos, con orígenes y transparencia diferentes. Si tu hipoteca es Euríbor, el foco suele estar en diferencial, productos vinculados, suelo (si lo hubo) o gastos; si es IRPH, el foco histórico ha sido la información precontractual y la comprensibilidad del índice.

Más contexto: IRPH y TJUE, reclamar IRPH, IRPH vs Euríbor.

Checklist Euríbor hoy

  • Mira el último valor diario cargado (arriba).
  • Revisa la media del mes con la fórmula suma ÷ días.
  • Confirma en tu escritura si usan media o día fijo.
  • Compara con el IRPH hoy del mismo mes.
  • Simula la cuota antes de la carta del banco.

Del día a la media: un ejemplo numérico sencillo

Imagina cinco días hábiles con estos Euríbor a 12 meses (ejemplo didáctico): 2,800 · 2,790 · 2,785 · 2,770 · 2,760. La suma es 13,905. Dividido entre 5 = 2,781 %. Esa sería la media de esos cinco días.

Si mañana el Euríbor cierra a 2,750, la nueva suma es 16,655 y la media de seis días baja a unos 2,776 %. Así de literal es la fórmula que mostramos arriba. No hay magia: hay suma y división.

Clave: la media del mes en curso cambia cada día hábil nuevo. La media del mes cerrado ya no se mueve. Para la revisión de hipoteca, lo habitual es mirar el mes que marque el contrato (a menudo el anterior natural), no el día en que te llega el SMS del banco.

BCE, tipos oficiales y el nervio del Euríbor

Cuando el Banco Central Europeo señala el precio oficial del dinero, el mercado interbancario reacciona. El Euríbor, al estar más cerca de ese pulso, suele anticipar o reflejar con rapidez el tono de la política monetaria. El IRPH, al mirar tipos ya cerrados en hipotecas, a veces llega con más calma.

Eso no significa que el Euríbor sea “mejor” o “peor” en abstracto. Significa que volatilidad y método son distintos. Una hipoteca a Euríbor puede beneficiarse antes de un ciclo bajista… y sufrir antes un ciclo alcista. Una hipoteca a IRPH puede sentirse más “estable” y, a la vez, más cara en tramos largos de la historia reciente.

Preguntas frecuentes del Euríbor hoy

¿Hay Euríbor los sábados y domingos? No suele publicarse en fines de semana ni en festivos del calendario TARGET.

¿Qué plazo debo mirar? En hipotecas españolas, el más citado es el de 12 meses. Existen 1 semana, 1, 3 y 6 meses, pero tu escritura dirá cuál aplica.

¿La media del mes coincide siempre con lo que aplica el banco? Solo si el contrato dice media del mes. Algunos usan el valor de un día concreto (por ejemplo, el último día hábil del mes anterior). Lee la cláusula.

¿Puedo fiarme solo de esta web? IRPH.es organiza y explica. El valor de referencia oficial del día conviene contrastarlo también con fuentes primarias cuando tomes una decisión económica importante.

¿El Euríbor negativo volverá? Nadie tiene la bola de cristal. Hubo años de Euríbor negativo; el escenario depende de inflación, BCE y ciclo económico. Por eso diseñamos estas páginas para mirar el dato, no para profetizar.

Ruta práctica el mes de tu revisión

  1. Consulta el Euríbor diario y la media del mes en esta página.
  2. Abre la escritura y confirma la regla exacta (media / día).
  3. Suma tu diferencial y estima el tipo.
  4. Pasa el tipo por el simulador de revisión.
  5. Si tienes IRPH en paralelo (comparación familiar, otra hipoteca, reclamación), mira IRPH hoy.

Cómo se actualiza el detalle diario

Los valores día a día se incorporan conforme se publican en el mercado de referencia. Con cada nuevo día hábil, la tabla, la suma y la media del mes se recalculan. Así puedes seguir el pulso del mes en curso sin esperar a que cierre el mes natural.

La serie mensual alimenta los gráficos de largo plazo y la comparación con el IRPH. Separamos el “pulso del mes” de la “foto histórica” para no mezclar peras con manzanas.

Para no perderse

El Euríbor hoy no tiene por qué ser un drama ni una fiesta. Es un número con método. Si lo entiendes —día, media, escritura, diferencial—, la carta del banco deja de ser un acertijo. Y si además lo pones junto al IRPH, empiezas a ver el mapa completo de lo que se cuece en las hipotecas variables en España.

Cuando quieras profundizar: histórico, duales, calculadoras y foro están a un clic. Nosotros ponemos el dato legible; tú pones la decisión.

Enlaces útiles

En pocas palabras: el Euríbor hoy es un dato que puede cambiar cada día hábil; la media del mes se construye sumando esos días y dividiendo por el número de observaciones; el IRPH, en cambio, llega como cifra mensual cerca del día 20. Entender las tres capas (día, media, IRPH) es la mejor forma de leer tu próxima revisión sin sustos innecesarios.

Comentarios

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Evaristo · Barcelona · Viernes, 16 Dic. 2022 | 10:14:06 AM · nº 6744
Sorprende de que todavía no se ha pronunciado José María Erauskin, que durante años llevaba la lucha contra los abusos de IRPH. En la página web https://irphstop.eus/es/ no hay artículos nuevos y la cuenta twitter https://twitter.com/irphstop_gpzkoa no tiene twits nuevos desde 11 de Noviembre. Espero que el hombre este bien. Él siempre era entre los primeros que explicaban las decisiones de los tribunales, etc.
Responder
maria · torrevieja · Lunes, 19 Dic. 2022 | 11:06:18 AM · resp. nº 2714
Evaristo no es raro puesto que no hay ninguna novedad reseñable ya veras en cuanto se pronuncie tjue como tanto el como arriaga lo comunican, ami me lleva arriaga y estan a la espera de la resolucion que la verdad como se nota que a los del tribunal n les afecta porque lo cogen con una calma que ya les vale,bueno paciencia que si ya llevamos años un poco mas lo mismo da,,bdia
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silvia · silvia · Miércoles, 14 Dic. 2022 | 03:22:43 PM · nº 6743
Abogacía del Estado se está convirtiendo en una parte más de los departamentos jurídicos (internos y externos) de las entidades bancarias. Si, además, el banco que está inmerso en un proceso judicial ante los tribunales europeos es el Santander, entonces, la Abogacía del Estado echa toda la carne en el asador para evitar que la entidad presidida por Ana Patricia Botín pueda sufrir el peso de la Justicia.



Esto no es una interpretación, es un hecho. En el Caso Banco Popular, los abogados que representan al Estado español llegaron a justificar la vulneración de derechos fundamentales ante el Tribunal General de la Unión Europea (TGUE) para salvar los intereses de Banco Santander.



Respecto al IRPH, en la actualidad se está instruyendo en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) un litigio contra la entidad presidida por Ana Patricia Botín. El proceso se inició con la elevación de una cuestión prejudicial por parte de la magistrada Margarita Isabel Poveda Bernal.



Diario16 ha tenido acceso a las alegaciones presentadas por la Abogacía del Estado ante el TJUE. Lamentablemente, no hay sorpresas y se coloca en favor de Banco Santander en vez de defender los intereses de la ciudadanía ante las cláusulas abusivas de la banca.




El verdadero problema está en que, además de colocarse en favor del Santander, manipula el sentido de la Circular 5/1994 del Banco de España en lo referente a los diferenciales que los bancos estaban obligados a aplicar cuando firmaran una hipoteca referenciada al IRPH.



Tal y como publicamos en Diario16, esta Circular del Banco de España, además de definir los índices IRPH, contiene una advertencia para el consumidor, que se deriva de calcular el índice con tasas efectivas.



Los tipos medios escogidos son, en último análisis, tasas anuales equivalentes. Los tipos medios de préstamos hipotecarios para adquisición de vivienda libre del conjunto de entidades lo son de forma rigurosa porque incorporan además el efecto de las comisiones.



Por tanto, su simple utilización directa como tipos contractuales implicaría situar la TAE de la operación por encima del tipo practicado por el mercado. Para igualar la TAE de esta última con la del mercado sería necesario aplicar un diferencial negativo, cuyo valor variaría según las comisiones de la operación y la frecuencia de las cuotas.



Según se indica en el Estudio sobre el Desequilibrio Financiero en la Contratación IRPH publicado por la Dirección General Consumo de la Conselleria de Salud y Consumo del Gobierno de las Islas Baleares «esta advertencia es fundamental. No hemos encontrado ningún contrato IRPH que la reproduzca. Cabe señalar que los contratos hipotecarios suelen tener un apartado final de ‘advertencias’, donde el notario avisa a los prestatarios de diversos aspectos financieros para que sepan qué están contratando. Pues bien, la advertencia más importante es la que no está en los contratos».



Antes de entrar a analizar el contenido del escrito de la Abogacía del Estado, sorprende sobremanera la portada del mismo, en el que, bajo el logotipo del Ministerio de Asuntos Exteriores, el título del documento sea «Observaciones del Reino de España en el Asunto C-265/22. BANCO SANTANDER. Al Tribunal de Justicia».




En principio, habría bastado con que hubiesen escrito sólo el número del asunto porque en él ya se da por entendido quién es el acusado. Sin embargo, la Abogacía del Estado coloca en mayúsculas, bien visible y con una tipografía diferente el nombre de Banco Santander. ¿Es una advertencia o un «recordatorio» para que los jueces del TJUE sepan con quién se enfrentan?



En el escrito, firmado por Álvaro Ballesteros Panizo, la Abogacía del Estado niega la existencia de mala fe por parte del Santander al no aplicar un diferencial negativo como indica la Circular del Banco de España.



Según se indica en las alegaciones, el auto de la magistrada Poveda Bernal entiende que del preámbulo de la Circular «resulta la obligación para las entidades prestamistas de aplicar un diferencial negativo. Sostiene que ‘si se omite que el Banco de España hace necesario que sea negativo se está actuando contra la buena fe y creando un desequilibrio entre las partes’. Afirma que, de la lectura del preámbulo se sigue que ‘la interpretación auténtica de la circular, con la regulación del IRPH se perseguía que se comercializara con índices negativos lo que lleva a esta juzgadora a plantear si esta práctica comercial es engañosa toda vez que se ha omitido en detrimento del consumidor y se han aplicado índices positivos’».



Para la Abogacía del Estado, la interpretación de la magistrada es «manifiestamente equivocada pues, por un lado, no resulta de la Circular 5/1994 esa pretendida obligación de aplicar índices negativos y, por otro lado, carece de sentido y de fundamento afirmar que con la Circular 5/1994 se perseguía la comercialización de índices negativos».



Para justificar su argumentación, la Abogacía del Estado se basa en que los preámbulos no tienen carácter normativo y lo justifica con una referencia a una doctrina del Tribunal Constitucional. Sin embargo, análisis de prestigiosos juristas y sentencias del Tribunal Supremo indican que nadie duda del valor normativo que tienen los preámbulos porque forman parte de la norma y tienen un carácter normativo que se manifiesta especialmente en la interpretación de los textos legales.



Por otro lado, la Abogacía del Estado, para defender los intereses de Banco Santander, entra en una disyuntiva lingüística sobre el uso del tiempo condicional de la Circular del Banco de España y que, por tanto, no impone una obligación a la entidad presidida por Ana Patricia Botín de haber aplicado un diferencial negativo a las hipotecas referenciadas al IRPH.



«Por lo tanto, al decir [la Circular] que para ‘igualar la TAE de esta última con la del mercado sería necesario aplicar un diferencial negativo’ se está refiriendo a que, para poder comparar el IRPH con otros tipos que no se configuren como una TAE, sería necesario descontar del IRPH el efecto de las comisiones y gastos que se han tenido en cuenta para su cálculo. En efecto, es con el fin de realizar esa comparación para lo que ‘sería necesario’ aplicar ese ‘diferencial negativo’ a que hace referencia el preámbulo de la Circular 5/1994, y para lo que, ‘a título orientativo’, se acompaña en el Anexo IX de la Circular 5/1994 una tabla de diferenciales para las operaciones más frecuentes. Resulta relevante destacar que se utiliza el tipo condicional ‘sería’, para el caso de que se quisiera comparar con otro tipo. En consecuencia, no resulta posible deducir de esta mención una obligación para las entidades prestamistas de aplicar un diferencial negativo sobre el tipo de interés pactado», afirma el escrito.



Todo un ejemplo de retorcimiento de la interpretación de una norma. Sin embargo, no se queda ahí, sino que, a continuación, señala que «la Circular 5/1994, tras explicar la opción por un número limitado de referencias a utilizar en los préstamos hipotecarios, realiza una serie de indicaciones para el mejor entendimiento por los operadores del mercado del cálculo realizado sobre los índices escogido. Dichas indicaciones, se dirigían principalmente a las entidades supervisadas, para que estas tuvieran conocimiento preciso de que dichos índices eran, en rigor, tasas anuales equivalentes, por incorporar en su cálculo agregado el efecto de las comisiones. En el preámbulo se aclara que, por este motivo, para eliminar el impacto de las comisiones y gastos en el IRPH, a efectos de su comparación con otros índices (no calculados como TAE) se debería aplicar un diferencial negativo. Sin embargo, ello no significa que se pretendiera imponer una obligación de la entidad con respecto a los clientes que contraten un préstamo».



Sin embargo, la realidad y el sentido común se ubican en un estadio superior a las manipulaciones de picapleitos que utiliza la Abogacía del Estado para impedir que el Santander devuelva el dinero cobrado de más por «colocar» el IRPH. Esa información es clave para el consumidor, pues, a pesar de lo ordenado en la Circular, hubiera podido advertir que en su préstamo se iba aplicar un diferencial positivo como en un préstamo habitual referenciado a Euribor, cuando en realidad no era así.
Responder
piticli · Piticlin · Jueves, 15 Dic. 2022 | 06:37:55 AM · resp. nº 2712
Buenos días Silvia.


Si tu intención es difundir la noticia y viendo lo que da de sí el editor de texto de este chat: ¿No seria más práctico y efectivo el poner el enlace a la noticia que un corta y pega (varias veces de lo mismo) que no hay quien lo lea? o al menos partirlo en párrafos que se puedan leer.
Tu misma.
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maria · torrevieja · Domingo, 11 Dic. 2022 | 12:56:29 PM · nº 6740
a ver pensar que el no ya lo tenemos hay que buscar el si asiq mucho animo y palante
Responder
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ADORACION · Alcalá de Henares-Madrid · Domingo, 11 Dic. 2022 | 08:14:28 AM · nº 6739
https://confilegal.com/20221211-adrian-rebollo-las-observaciones-del-reino-de-espana-sobre-el-irph-son-incoherentes/?amp=Para vuestra información...
Responder
kikolg · Toledo · Domingo, 11 Dic. 2022 | 09:26:45 AM · resp. nº 2709
Un poco de esperanza para esos que ya la han perdido.


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Jose · Puebla de Vícar · Jueves, 01 Dic. 2022 | 06:59:41 PM · nº 6738
B. Tardes amigos. El Tema de las hipotecas IRPH, parece que tiene buena pinta. El consejo de Europa ha actuado y le ha pedido al TJUE, que con la mayor celeridad se pronuncie de forma clara sobre la abusividad o no de las hipotecas referenciadas a este índice.
Responder
maria · torrevieja · Jueves, 01 Dic. 2022 | 11:01:42 PM · resp. nº 2706
hola jose ,a ver si es verdad que lo hacen con celeridad porque ya les vale
Pepon · Alcatraz · Miércoles, 07 Dic. 2022 | 08:21:17 AM · resp. nº 2707
Jose amigo, como se nota que eres nuevo en ésto . Llevo desde 2002 con IRPH y desde entonces siempre hay noticias esperanzadoras que después se truncan, yo ya he perdido la esperanza
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Nopuedopagarhipoteca · Cáceres · Miércoles, 30 Nov. 2022 | 02:25:09 PM · nº 6737
Que puedo hacer si no puedo pagar la hipoteca? Tengo IRPH fijo desde hace casi 10 años.
Gracias
Responder
Ron · El Vendrell- Tarragona · Jueves, 01 Dic. 2022 | 08:27:36 PM · resp. nº 2705
Yo lo denuncie con asufin,también tenía el irph fijo,y gané el juicio,me quitaron el fijo por el irph entidades,me devolvieron más de 8000€ y los gatos de hipoteca.
Los que los tenéis fijo el irph,se les puede ganar denunciando,no te quitan el irph pero por lo menos no se paga tanto,yo tenía un 3,72 fijo.
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maria · torrevieja · Miércoles, 30 Nov. 2022 | 10:01:52 AM · nº 6736
a ver si no tardan otro año en contestar que ya esta bien
Responder
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monica · lleida · Martes, 29 Nov. 2022 | 09:14:35 AM · nº 6735
El TJUE podría revisar el IRPH de las hipotecas españolas


MADRID, 28 Nov. (EUROPA PRESS) - El Tribunal de Justicia Europeo (TJUE) podría revisar la cláusula IRPH en contratos hipotecarios, según sostiene un escrito de alegaciones de la Comisión Europea dirigido a dicho tribunal, que abre la puerta a que Europa valore si los bancos incurrieron en una práctica abusiva al comercializar las hipotecas referenciadas a dicho índice sin aplicar un diferencial negativo. "La Comisión es de la opinión que el juez nacional deberá valorar si la necesida ...

Leer más: https://www.europapress.es/economia/finanzas-00340/noticia-tjue-podria-revisar-irph-hipotecas-espanolas-20221128150010.html

(c) 2022 Europa Press. Está expresamente prohibida la redistribución y la redifusión de este contenido sin su previo y expreso consentimiento.
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Victoria · Sevilla · Lunes, 28 Nov. 2022 | 08:28:45 PM · nº 6734
Un poco de luz o esperanza. La comisión europea ha emitido un escrito al tribunal pidiendo reabrir el caso y decidir si la no implantación de direfencial negativo tal y como recomendó el banco de España en su circular de 1994 constituye falta de transparencia y por tanto es abusivo el irph. Buscad en San Google irph y leed las últimas noticias. Las cuestiones de la jueza mallorquina han sido escuchadas.
Responder
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Ron · El Vendrell- Tarragona · Lunes, 28 Nov. 2022 | 03:01:51 PM · nº 6733
Hola,se tendría que denunciar al banco de España por dejación de funciones,hace años que sabe el banco de España que se tendría que dejar un diferencial negativo en las hipotecas irph y ha estado mirando para otro lado,para que queremos el banco de España si no protege al usuario de la banca.
Responder
Jose Antonio · Alicante · Martes, 29 Nov. 2022 | 07:03:23 PM · resp. nº 2704
Buenas tardes, Llevo años siguiendo el tema del IRPH y voy a actuar ya.
Compre un piso y un local en 2003.. pues bien en un préstamo me aplicaron euribor al ir subvencionado y en el otro me aplicaron el IRPH de cajas...la verdad que en su momento nadie me explicó nada. Con el tiempo, me he dado cuenta, que no han sido transparentes. Me han intentado cambiar el préstamo al euribor, incluso vender un tipo fijo en el momento anterior a que el tj dictaminara. Por lo que entiendo mala fe por el banco. De colmo llevo meses que me ha desaparecido el préstamo de la web, solo me lo cobran... Estoy dispuesto ya a realizar un escrito al Banco Sabadell y al banco de España....tengo incluso conversaciones con ellos haciendoles saber en alguna ocasióltn la no transparencia....me quedan pocos años ya y por tanto voy a por todas....el temor de no hacerlo antes era evitar que me imponieran comisiones por otros servicios....pero ya está bien

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