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   Muchos ciudadanos afectados por su hipoteca IRPH, tienen muchas dudas y preguntas sobre el tema de reclamar IRPH. ¿Cómo reclamar IRPH? ¿Qué pasos se han de hacer para reclamar IRPH? ¿Qué documentos hacen falta en la reclamación del IRPH? ¿Cómo saber si mi hipoteca tiene cláusula IRPH? ¿Qué es la reclamación extrajudicial del IRPH? ¿Qué es la reclmación judicial del IRPH? ¿Cómo poner una demanda por el IRPH? En el presente foro podrás fórmular todas las preguntas y plantear todas las dudas que tengas sobre el tema de reclamar IRPH. Como te hemos indicado, en el presente foro, hay abogados expertos y especializados en el IRPH que te ayudaran y te asesorarán.

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    Esperemos que sea de utilidad y que sirva de ayuda a muchos.

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Qué es el IRPH y cómo reclamarlo si está en nuestra hipoteca

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    Comenta Olmo de Soria
    Martes, 17 Sept. 2019 | 04:45:27 PM
    Com. nº: 5429
    -42
    +44
    Después de hacer una consulta a los de Reclamapormi,esto es lo que me contestaron. Es un copia y pega: En referencia al IRPH, indicarle que es el momento de comenzar con la reclamación. El abogado de la UE se pronunció favorablemente el día 10 de Septiembre, por lo que existen muchas probabilidades que la sentencia del TJUE sea favorable. Es recomendable comenzar con la reclamación extrajudicial, ya que los bancos están intentando que prescriban los casos. De esta forma, congelaríamos el plazo y si el TJUE fallara en contra por sorpresa, todo el proceso extrajudicial sería gratuito. Para comenzar, necesitaríamos que nos envíe la siguiente información: Copia de la escritura original del préstamo hipotecario. Por otro lado, le adjuntamos la hoja de encargo que puede usted devolvernos firmada para comenzar con el proceso.No dude en contactarnos con cualquier pregunta. Puede enviarnos esta documentación contestando a este correo electrónico. Quedamos a la espera. Atentamente, Javier M$#@^0 Departamento Jurídico Bancario Reclama Por Mí
    Comenta Ana de Madrid
    Martes, 17 Sept. 2019 | 04:20:50 PM
    Com. nº: 5428
    -42
    +44
    Hola PABLO DE SEGOVIA, Referente a la utilización de IRPH en viviendas VPO, dado que la utilización del IRPH venía impuesta por disposición imperativa - DECRETO- , va a ser dificil defender su nulidad a la luz de a Directiva Europea 93/13. No obstante, entiendo que en el caso de Sentencia Europea favorable a los intereses de los consumidores, el GOBIERNO DE TURNO debería adoptar cualquier medida / hacer algo con las VPO. DE LO CONTRARIO SERIA INJUSTO que las VPO quedarais desamparadas.
      Responde Pablo de Segovia
      Miércoles, 18 Sept. 2019 | 02:28:12 PM
      -54
      +54
      Gracias Ana, entiendo que la devolución del dinero a las hipotecas de las VPO con IRPH es difícil por no decir imposible. Como mucho podrían cambiar por ejemplo a euríbor no?. Saludos y gracias de nuevo.
      Respuesta nº 1
      Responde RAQUEL VPO ELCHE de ELCHE-ALICANTE
      Jueves, 19 Sept. 2019 | 05:33:38 PM
      -54
      +54
      Pues no entiendo nada, osea que los de VPO no vamos a poder reclamar nada???? cuando en realidad somos todavía mas estafados, puesto como has dicho nos lo metieron de modo IMPERATIVO por los planes estatales de vivienda? peor me lo pones, es ESTADO NOS ESTAFÓ, NO EL BANCO
      Respuesta nº 2
      Responde Alfonso de Madrid
      Sábado, 21 Sept. 2019 | 06:52:33 AM
      -54
      +54
      Pues menudo mazazo para los que tenemos IRPH a traves de las VPO ... que es mi caso.
      Respuesta nº 3
    Comenta eric de Barcelona
    Martes, 17 Sept. 2019 | 04:01:19 PM
    Com. nº: 5427
    -42
    +45
    Visto lo visto , voy a esperar a la sentencia . Creo que ahora mismo hay mucho ruido acerca de poner reclamación extrajudicial , juzgados saturados y temas que desconozco. Llevo 18 años esperando ,así que, un poco más creo que no me hará daño. Tomar decisiones con prisas o bajo presión me preocupa más que esperar unos meses más.
    Comenta Isabel de Madrid
    Martes, 17 Sept. 2019 | 02:55:57 PM
    Com. nº: 5426
    -42
    +44
    Hola Ana, Cuando dices a qué la cláusula se especifique en las escrituras, sería válido.?, y como lo tienen que especificar en las escrituras, yo en las mia pone irph conjunto de entidades, por otra parte estoy intentando vender el piso, si lo vendo, puedo reclamar si la sentencia sale favorable.? No se como está el irph de septiembre, pero en vista de como están las cosas, pensáis que lo pueden seguir subiendo? Gracias por responderme. También podemos manifestarnos todos los que tenemos Estel índice, hacer y programarlo bien. Me comentáis saludos
    Comenta Javier - Reclama Por Mí de Bizkaia
    Martes, 17 Sept. 2019 | 06:58:46 AM
    Com. nº: 5425
    -42
    +44
    Hola Ana,

    Entiendo que animas a que la gente tenga cuidado y hemos leído tus comentarios anteriores y suelen ir en una línea prudente.

    Cierto es que nadie debe firmar nada si no entiende lo que le dicen y las implicaciones que conlleva y en el mundo que vivimos se ha demostrado que es un buen aviso.

    Solo por aclarar ciertos puntos por si hay interpretaciones erróneas:

    1- Lo ideal sería que una abogado os asesorara: Para eso hay que hablar con uno. Nuestra opinión sería hablar con uno sin compromiso. Pensamos que no es lo ideal enviar una reclamación extrajudicial para un tema tan complejo como el IRPH basado en un modelo sin saber lo que uno hace. Si uno siente seguridad haciéndolo así adelante. Es su decisión. Pero, ¿tienes garantías de estar haciéndolo bien? ¿Sabes el plazo que hay que esperar? ¿Lo estás enviado a la entidad adecuada? ¿Y si ha desaparecido? ¿Conoces las trabas al correo ordinario o electrónico de las entidades? ¿Y si me responden algo? ¿Y si no lo hacen?

    El consejo de Reclama Por Mí es primero hablar con un abogado, que analice las escrituras y atienda a las particularidades del caso y luego haga una reclamación extrajudicial (sin errores y basada en experiencia previa) que no compromete a nada si la sentencia no es favorable.

    2- Sobre los plazos y atasco en los juzgados: La realidad es que todo lo que se adelante es buena noticia. Especialmente quien esté es una situación delicada económicamente. No es un tema menor. Erauskin (de quien no tenemos una sola mala palabra) habla de que puede tardar 8 o 9 años. En Reclama Por Mí creemos que no se estirará tantos años, pero lo que sí sabemos por experiencia, es que tardar un par de meses más que otra persona en reclamar puede suponer que el caso se juzgue un año más tarde fácilmente. Lo hemos vivido. Además, Erauskin habla de que la banca está a tiempo de evitar la "judialización del proceso". Esto, atendiendo al pasado, es en nuestra opinión, es poco probable. Si las entidades tienen que devolver el dinero cobrado de más por IRPH, tienen que hacer un desembolso enorme de dinero y, en cambio, las costas judiciales son una pequeña parte proporcionalmente. Es probable que les compense pagarlo a lo largo de los años aunque tengan que pagar más. El pasado habla por sí mismo frente a otros cláusulas. ¿Será esta vez diferente?

    Es verdad que podría haber juzgados especializados por temas hipotecarios como se han creado hasta ahora pero esto no es garantía de más rapidez. Quien no lo sepa, muchos están más atascados aún en plazos.

    Por este motivo insistimos que es importante dar pasos, SIN INICIAR LA VÍA JUDICIAL. ANA DICE: "Por estos motivos, no es conveniente presentar la demanda, ya que el sustento de la misma dependerá de lo que exprese la futura Sentencia. Os dirán que, es mejor presentarla (la demanda) ya, porque tras la Sentencia se van a colapsar los Juzgados y así vais adelantando."

    Coincidimos en que sin conocer la sentencia no se debe ir por la vía judicial. Entendemos que Ana en ningún momento se refiere a Reclama Por Mí, que lleva avisando de este tema desde el inicio y que no presenta una demanda. Efectivamente desaconsejamos iniciar la demanda, pero una vez más, una cosa es la vía judicial y otra es iniciar conversaciones con un abogado especializado, enviarle las escrituras y hacer una reclamación extrajudicial sin compromiso si la sentencia no es favorable. Creemos que esto es esencial.



    Reclama Por Mí.
    Comenta Maria de Barcelona
    Martes, 17 Sept. 2019 | 06:16:04 AM
    Com. nº: 5424
    -43
    +44
    Ayer por la tarde llamé vía telefónica a una de las comerciales trabajadoras de Caixabank para solicitar la escritura de mi préstamo hipotecario. Sin pensárselo dos veces me dijo que desde que hicieron la mudanza a la nueva entidad tipo futurista han perdido parte de la documentación de sus clientes.

    Y yo me pregunto: ¿ No se les ha ocurrido digitalizar todos estos documentos? ¿O es que no les interesa entregarlos al cliente?

    Tan panchamente y sin inmutarse lo más mínimo me dijo que me dirigiera a la notaría dónde firmamos hace 15 años la hipoteca para solicitar dicha documentación. Y me vuelvo a preguntar: ¿ Accederá la tal notaria a entregarme la documentación requerida o quizás también la hayan perdido en algún momento?

    Voy leyendo artículos a diario sobre el IRPH y hoy al levantarme leí el siguiente:

    Copio y pego párrafo.

    «No tener los papeles no quiere decir que no se cumplieran las condiciones. Puede haber, por ejemplo, casos en los que los papeles no están digitalizados y no aparecen porque años después se llevó a cabo una mudanza, pero los juzgados están admitiendo como material probatorio otros factores, como los testimonios de testigos, con lo que la inmensa mayoría de sentencias están siendo favorables para los bancos», añaden estas mismas fuentes.

    De una sinvergüenzura TOTAL! Ahí lo dejo.
      Responde Jordi de Mollet- Barcelona
      Martes, 17 Sept. 2019 | 10:14:30 AM
      -54
      +54
      Hola, a mi me ocurrido lo mismo, fui a la Notaria donde firme la hipoteca y sin ningún problema me lo han dado, eso si, no sin antes pagar 60 euros... cosa que en la notaria me han dicho que el banco me lo tendría que facilitar completamente gratis ya que en su día ya lo pague y ellos se quedan una copia.
      Respuesta nº 1
      Responde Maria de Barcelona
      Martes, 17 Sept. 2019 | 11:13:15 AM
      -54
      +54
      Hola Jordi.

      ¿ No me digas que te han cobrado 60 euros por cuatro papeles de mala calidad?He llamado esta mañana y me han dicho que si tienen la escritura del préstamo hipotecario aunque ya hayan pasado 15 años desde la firma de la hipoteca; sin embargo no me han comentado nada de que por esta escritura tenga que abonar ese importe tan elevado. En su día ya aboné una cantidad tremendamente alta por unas escrituras que ni tan siquiera se molestaron en entregarme.

      Firmé un crédito y préstamo hipotecario para una misma vivienda, 153.000 del 1º y 31.000 del 2º. No tengo la más mínima intención de pagar por algo que en su día no me entregaron, por 2ª vez.

      HONORARIOS NOTARÍA

      Derechos de matriz_ 127,77 Exceso de folios_ 135,23 Copia autorizada_ 58,60 Copias simples(4)_ 64,91 Papel matriz y copia_ 11,79 Registro: Notas y asientos_ 37,05 Impresos_ 0,30 Un total de 435,65 euros por estos conceptos anteriores.435,65 euros por el préstamo hipotecario de 31.000; pero es que por el crédito de 153.000 euros me clavaron otros 578,62 euros por los mismos conceptos.

      ¿Qué os parece compañeros?
      Respuesta nº 2
    Comenta Pariente de Santander
    Lunes, 16 Sept. 2019 | 04:01:13 PM
    Com. nº: 5422
    -42
    +47
    Os pongo el enlace de García Erauskin, me parece importante porque da su explicación al pronunciamiento del abogado del TJUE, los pasos a seguir y lo que más me sorprende es que es un farmacéutico de profesión que se aventuró a defender los abusos bancarios a los 53 años. Buen ejemplo de humildad, perseverancia y talento. Enlace
    Comenta Ana de Madrid
    Lunes, 16 Sept. 2019 | 02:19:24 PM
    Com. nº: 5421
    -42
    +46
    RECOMENDACIÓN,Si bien vamos por el buen camino, a fecha de hoy y, HASTA QUE NO SE DICTE SENTENCIA, no sabemos lo que va a ocurrir. Es más, en el supuesto de que la Sentencia sea favorable a nuestros intereses, tampoco sabemos cual es el criterio que va adoptar el Tribunal a la hora de declarar la nulidad de IRPH. Como os comenté, el Abogado General, además de la declaración de NULIDAD por FALTA DE TRANSPARENCIA ha abierto la posibilidad de LA DECLARACIÓN DE NULIDAD vía desequilibrio entre los derechos y deberes de las partes . Y como tb os expliqué, los criterios que recomienda para declarar la falta de transparencia son diferentes a los que se pedían/solicitaban. Por estos motivos, no es conveniente presentar la demanda, ya que el sustento de la misma dependerá de lo que exprese la futura Sentencia. Os dirán que, es mejor presentarla ya, porque tras la Sentencia se van a colapsar los Juzgados y así vais adelantando. Esto es incierto, los Juzgados ya están colapsados por el tema gastos y cláusulas suelo. Y seguramente, tras el fallo y en el caso de que sea positiva se adoptará alguna medida al respecto - de reforzar juzgados etc- . Recordad que, con el tema de las clausulas suelo al colapsarse los juzgados de lo mercantil, atribuyeron competencia en este tema a los civiles. Finalmente, tened cuidado con las HOJAS DE ENCARGO que firmáis, ya que en supuesto de que por cualquier causa, si en un futuro no os conviene o decidis no demandar o llegais a un acuerdo con el Banco, os podrían vincular. POR ESO; RECOMIENDO NO HACER NADA NI FIRMAR HOJAS DE ENCARGO hasta la Sentencia. LO ÚICO QUE TENÉIS QUE HACER HASTA QUE SALGA LA SENTENCIA es PRESENTAR RECLAMACIÓN EXTRAJUDICIAL EN EL BANCO - en la que os limitéis a reclamar POR NULIDAD sin dar mayor tipo de explicaciones- ya que las explicaciones a dar dependeran de la ST y, además no se tienen que poner en la reclamación. SI QUERÉIS QUE OS PASE UN MODELO, NO DUDÉIS EN PEDIRMELO. Y PARA CUALQUIER DUDA , os dejo mi teléfono 659 47 39 02
      Responde Consuelo de Granada
      Lunes, 16 Sept. 2019 | 02:36:28 PM
      -54
      +54
      Mejor explicado imposible. Gracias por la advertencia ya que me consta que han empezado a mandarnos esos emails con las hojas de encargo cuando lo que tendrían que hacer es lo que usted ha hecho, aconsejarnos a esperar sentencia como así les respondí. Lo digo porque a mí me han quitado las ganas de contratarlos. Un saludo
      Respuesta nº 1
      Responde Julia-Castellón de Vall de Uxó-Castellón
      Lunes, 16 Sept. 2019 | 03:03:28 PM
      -54
      +54
      Gracias Ana !! Por favor, nos puedes adjuntar el modelo ??. Saludos
      Respuesta nº 2
      Responde Maria de Barcelona
      Lunes, 16 Sept. 2019 | 04:36:55 PM
      -54
      +54
      Hola, Ana. Según bufetes de abogados, recomiendan desde ya iniciar la vía extrajudicial porque llegado el momento y siempre que el TJUE dicte sentencia a favor de los afectados los juzgados se van a colapsar más aún si cabe.

      Por otro lado,¿Qué diferencia existe (si es que la hay) entre una hoja de encargo y una autorización legal?

      Gracias por tus aportaciones. Un saludo.
      Respuesta nº 3
      Responde Pedro de Madrid
      Lunes, 16 Sept. 2019 | 04:42:28 PM
      -54
      +54
      Por favor, no repitas los mensajes, y menos uno tan largo. Ya has puesto tu publicidad. Vale, pero no agobies.
      Respuesta nº 4
      Responde Raul de Madrid
      Lunes, 16 Sept. 2019 | 06:37:22 PM
      -54
      +54
      Buenas Ana, Lo primero darte las gracias por los buenos consejos que estas dando a todos los afectados. Y en segundo lugar, preguntarte si es mucha molestia que nos adjuntaras un modelo de reclamación extrajuducial del IRPH. Por cierto, este modelo, una vez que lo rellenemos, ¿lo llevamos nosotros mismos en mano al banco y dejamos una copia allí y quedamos una selladas por el banco nosotros? ¿se envía un burofax?.. Según tu criterio ¿que es lo más aconsejable? Gracias de nuevo por tu ayuda. Un saludo
      Respuesta nº 5
      Responde kikolg de Toledo
      Lunes, 16 Sept. 2019 | 07:26:00 PM
      -54
      +54
      Buenas tardes Ana. ¿Puedes poner un enlace del modelo? Gracias por tus consejos.
      Respuesta nº 6
      Responde Ana de Madrid
      Lunes, 16 Sept. 2019 | 09:29:30 PM
      -54
      +54
      Buenas noches, Raúl y KILGOK Desde aquí no se puede adjuntar el archivo, no me deja. ENVIADME UN WHATSAPP al 659 47 39 02 y os adjunto MODELO DE RECLAMACIÓN junto con las INSTRUCCIONES Y ACLARACIONES para su presentación.
      Respuesta nº 7
      Responde Pblo de Segovia
      Lunes, 16 Sept. 2019 | 09:45:14 PM
      -54
      +54
      Hola Ana, gracias por todo. Yo tengo una vivienda VPO con hipoteca IRPH y me gustaría saber si nosotros podremos reclamar algo o es distinto a las hipotecas con IRPH pero de viviendas libres. A nosotros el IRPH fué impuesto si o si por ser vivienda VPO. Saludos y gracias.
      Respuesta nº 8
      Responde JoseG de Gijon-Asturias
      Lunes, 16 Sept. 2019 | 10:14:28 PM
      -54
      +54
      Hola Ana ,en tu post comentas""la posibilidad de LA DECLARACIÓN DE NULIDAD vía desequilibrio entre los derechos y deberes de las partes"". ¿Esto quiere decir que un juez tiene que declarar la nulidad ,si o si?Pregunto desde la ignorancia, Ana. Por otra parte entiendo que tu, como abogada,has visto alguna grieta en el informe del abogado general del TJUE,por donde se puede reclamar por otra via.Saludos
      Respuesta nº 9
    Comenta Ana de Madrid
    Lunes, 16 Sept. 2019 | 01:48:01 PM
    Com. nº: 5420
    -42
    +44
    RECOMENDACIÓN,Si bien vamos por el buen camino, a fecha de hoy y, HASTA QUE NO SE DICTE SENTENCIA, no sabemos lo que va a ocurrir. Es más, en el supuesto de que la Sentencia sea favorable a nuestros intereses, tampoco sabemos cual es el criterio que va adoptar el Tribunal a laora de declarar la nulidad de IRPH. Como os comenté, el Abogado General, además de la declaración de NULIDAD por FALTA DE TRANSPARENCIA ha abierto la posibilidad de LA DECLARACIÓN DE NULIDAD vía desequilibrio entre los derechos y deberes de las partes . Y como tb os expliquécon que lo, los criterios que recomienda para declarar la falta de transparencia son diferentes a los que se pedían. Por estos motivos, no es conveniente presentar la demanda, ya que el sustento de la misma dependerá de lo que exprese la futura Sentencia. Os dirán que, es mejor presentarla ya, porque tras la Sentencia se van a colapsar los Juzgados y así vais adelantando. Esto es incierto, los Juzgados ya están colapsados por el tema gastos y cláusulas suelo. Y seguramente, tras el fallo y en el caso de que sea positiva se adoptará alguna medida al respecto - de reforzar juzgados etc- . Recordad que, con el tema de las clausulas suelo al colapsarse los juzgados de lo mercantil, atrbuyeron competencia en este tema a los civiles. Finalmente, tened cuidado con las HOJAS DE ENCARGO que firmáis, ya que en supuesto de que por cualquier causa, si en un futuro no os conviene o decidis no demandar o llegais a un acuerdo con el Banco, os podrían vincular. POR ESO; RECOMIENDO NO HACER NADA NI FIRMAR HOJAS DE ENCARGO hasta la Sentencia. LO ÚICO QUE TENÉIS QUE HACER HASTA QUE SALGA LA SENTENCIA es PRESENTAR RECLAMACIÓN EXTRAJUDICIAL EN EL BANCO - en la que os limitéis a reclamar POR NULIDAD sin dar mayor tipo de explicaciones- ya que las explicaciones a dar dependeran de la ST y, además no se tienen que poner en la reclamación. SI QUERÉIS QUE OS PASE UN MODELO, NO DUDÉIS EN PEDIRMELO. Y PARA CUALQUIER DUDA , os dejo mi teléfono 659 47 39 02
      Responde Gaspar de Mallorca
      Lunes, 16 Sept. 2019 | 01:58:30 PM
      -55
      +54
      Que son honas d encargo
      Respuesta nº 1
      Responde Ana de Madrid
      Lunes, 16 Sept. 2019 | 02:22:12 PM
      -54
      +54
      HOJAS DE ENCARGO, contrato que firmas con los abogados a través del cual les encomiendas el caso.
      Respuesta nº 2
    Comenta González González de León - León
    Lunes, 16 Sept. 2019 | 09:57:53 AM
    Com. nº: 5419
    -42
    +44
    Buenos días, soy periodista del Diario de León y estoy buscando casos de personas de León que se vean afectadas por el IRPH. Por favor, si conocen a alguien que pueda estar interesado pónganse en contacto conmigo, mediante el teléfono *** ** ** ** o mediante el correo electrónico **********************
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