Foro IRPH


Foro IRPH

Índices y simuladores de hipoteca

Acceso: nombre    y     contraseña

  Mostrar contraseña
   

¿No estás registrado? ¡Registrate aquí!

¿Olvidaste la contraseña?

IRPH 2024: IRPH actual. Índices hipotecarios. Simuladores de Hipoteca

Foro IRPH

   ¡Bienvenido al Foro IRPH!  

    En el presente foro IRPH se pueden dejar comentarios referentes al IRPH y todos los índices de referencia sobre los préstamos hipotecarios. El foro IRPH quiere ser realmente útil ante la multidud de casos de personas con hipoteca IRPH que esten afectadas por este índice o algún dia lo estuvieron. El foro IRPH es tuyo, puedes utilizarlo para indicar cual es tu problemática, solicitar ayuda a personas con situaciones iguales o parecidas. El foro IRPH quiere ser de mucha utilidad para que puedas asesorarte, compartir información y que encuentres aquí toda la ayuda que necesites.

    Las hipotecas y los préstamos suponen generalmente una importante cantidad de dinero y es muy importante conseguir información de expertos y analistas que nos asesoren adecuadamente para encontrar la mejor financiación y con las mejores condiciones posibles. También podemos encontrar excelentes herramientas online y acceder a un buen simulador de préstamos.

Reclamar IRPH

Calcular Hipoteca con IRPH

Foro Reclamar IRPH

    Este foro también resulta muy últil como foro de Reclamar IRPH. Esto es así porque puedes dejar todas tus dudas, recomendaciones, consejos, preguntas o novedades sobre el tema de Reclamar IRPH. Además el presente foro cuenta con abogados expertos que participan para dar consejos y soluciones sobre el tema de reclamar el IRPH en las hipotecas.

   Muchos ciudadanos afectados por su hipoteca IRPH, tienen muchas dudas y preguntas sobre el tema de reclamar IRPH. ¿Cómo reclamar IRPH? ¿Qué pasos se han de hacer para reclamar IRPH? ¿Qué documentos hacen falta en la reclamación del IRPH? ¿Cómo saber si mi hipoteca tiene cláusula IRPH? ¿Qué es la reclamación extrajudicial del IRPH? ¿Qué es la reclmación judicial del IRPH? ¿Cómo poner una demanda por el IRPH? En el presente foro podrás fórmular todas las preguntas y plantear todas las dudas que tengas sobre el tema de reclamar IRPH. Como te hemos indicado, en el presente foro, hay abogados expertos y especializados en el IRPH que te ayudaran y te asesorarán.

    Las dudas, opiniones, sugerencias e ideas sobre el IRPH, sobre reclamar IRPH, sobre reclamar tu hipoteca, sobre los índices hipotecarios y la hipoteca en general tienen cabida en el presente foro IRPH.

    Esperemos que sea de utilidad y que sirva de ayuda a muchos.

    Compara y solicita las mejores hipotecas en Hipotecas Topcredi.com

Qué es el IRPH y cómo reclamarlo si está en nuestra hipoteca

-->
Foro IRPH

Deja tus comentarios

    Comenta Ana de Madrid
    Lunes, 16 Sept. 2019 | 02:19:24 PM
    Com. nº: 5421
    -42
    +46
    RECOMENDACIÓN,Si bien vamos por el buen camino, a fecha de hoy y, HASTA QUE NO SE DICTE SENTENCIA, no sabemos lo que va a ocurrir. Es más, en el supuesto de que la Sentencia sea favorable a nuestros intereses, tampoco sabemos cual es el criterio que va adoptar el Tribunal a la hora de declarar la nulidad de IRPH. Como os comenté, el Abogado General, además de la declaración de NULIDAD por FALTA DE TRANSPARENCIA ha abierto la posibilidad de LA DECLARACIÓN DE NULIDAD vía desequilibrio entre los derechos y deberes de las partes . Y como tb os expliqué, los criterios que recomienda para declarar la falta de transparencia son diferentes a los que se pedían/solicitaban. Por estos motivos, no es conveniente presentar la demanda, ya que el sustento de la misma dependerá de lo que exprese la futura Sentencia. Os dirán que, es mejor presentarla ya, porque tras la Sentencia se van a colapsar los Juzgados y así vais adelantando. Esto es incierto, los Juzgados ya están colapsados por el tema gastos y cláusulas suelo. Y seguramente, tras el fallo y en el caso de que sea positiva se adoptará alguna medida al respecto - de reforzar juzgados etc- . Recordad que, con el tema de las clausulas suelo al colapsarse los juzgados de lo mercantil, atribuyeron competencia en este tema a los civiles. Finalmente, tened cuidado con las HOJAS DE ENCARGO que firmáis, ya que en supuesto de que por cualquier causa, si en un futuro no os conviene o decidis no demandar o llegais a un acuerdo con el Banco, os podrían vincular. POR ESO; RECOMIENDO NO HACER NADA NI FIRMAR HOJAS DE ENCARGO hasta la Sentencia. LO ÚICO QUE TENÉIS QUE HACER HASTA QUE SALGA LA SENTENCIA es PRESENTAR RECLAMACIÓN EXTRAJUDICIAL EN EL BANCO - en la que os limitéis a reclamar POR NULIDAD sin dar mayor tipo de explicaciones- ya que las explicaciones a dar dependeran de la ST y, además no se tienen que poner en la reclamación. SI QUERÉIS QUE OS PASE UN MODELO, NO DUDÉIS EN PEDIRMELO. Y PARA CUALQUIER DUDA , os dejo mi teléfono 659 47 39 02
      Responde Consuelo de Granada
      Lunes, 16 Sept. 2019 | 02:36:28 PM
      -54
      +54
      Mejor explicado imposible. Gracias por la advertencia ya que me consta que han empezado a mandarnos esos emails con las hojas de encargo cuando lo que tendrían que hacer es lo que usted ha hecho, aconsejarnos a esperar sentencia como así les respondí. Lo digo porque a mí me han quitado las ganas de contratarlos. Un saludo
      Respuesta nº 1
      Responde Julia-Castellón de Vall de Uxó-Castellón
      Lunes, 16 Sept. 2019 | 03:03:28 PM
      -54
      +54
      Gracias Ana !! Por favor, nos puedes adjuntar el modelo ??. Saludos
      Respuesta nº 2
      Responde Maria de Barcelona
      Lunes, 16 Sept. 2019 | 04:36:55 PM
      -54
      +54
      Hola, Ana. Según bufetes de abogados, recomiendan desde ya iniciar la vía extrajudicial porque llegado el momento y siempre que el TJUE dicte sentencia a favor de los afectados los juzgados se van a colapsar más aún si cabe.

      Por otro lado,¿Qué diferencia existe (si es que la hay) entre una hoja de encargo y una autorización legal?

      Gracias por tus aportaciones. Un saludo.
      Respuesta nº 3
      Responde Pedro de Madrid
      Lunes, 16 Sept. 2019 | 04:42:28 PM
      -54
      +54
      Por favor, no repitas los mensajes, y menos uno tan largo. Ya has puesto tu publicidad. Vale, pero no agobies.
      Respuesta nº 4
      Responde Raul de Madrid
      Lunes, 16 Sept. 2019 | 06:37:22 PM
      -54
      +54
      Buenas Ana, Lo primero darte las gracias por los buenos consejos que estas dando a todos los afectados. Y en segundo lugar, preguntarte si es mucha molestia que nos adjuntaras un modelo de reclamación extrajuducial del IRPH. Por cierto, este modelo, una vez que lo rellenemos, ¿lo llevamos nosotros mismos en mano al banco y dejamos una copia allí y quedamos una selladas por el banco nosotros? ¿se envía un burofax?.. Según tu criterio ¿que es lo más aconsejable? Gracias de nuevo por tu ayuda. Un saludo
      Respuesta nº 5
      Responde kikolg de Toledo
      Lunes, 16 Sept. 2019 | 07:26:00 PM
      -54
      +54
      Buenas tardes Ana. ¿Puedes poner un enlace del modelo? Gracias por tus consejos.
      Respuesta nº 6
      Responde Ana de Madrid
      Lunes, 16 Sept. 2019 | 09:29:30 PM
      -54
      +54
      Buenas noches, Raúl y KILGOK Desde aquí no se puede adjuntar el archivo, no me deja. ENVIADME UN WHATSAPP al 659 47 39 02 y os adjunto MODELO DE RECLAMACIÓN junto con las INSTRUCCIONES Y ACLARACIONES para su presentación.
      Respuesta nº 7
      Responde Pblo de Segovia
      Lunes, 16 Sept. 2019 | 09:45:14 PM
      -54
      +54
      Hola Ana, gracias por todo. Yo tengo una vivienda VPO con hipoteca IRPH y me gustaría saber si nosotros podremos reclamar algo o es distinto a las hipotecas con IRPH pero de viviendas libres. A nosotros el IRPH fué impuesto si o si por ser vivienda VPO. Saludos y gracias.
      Respuesta nº 8
      Responde JoseG de Gijon-Asturias
      Lunes, 16 Sept. 2019 | 10:14:28 PM
      -54
      +54
      Hola Ana ,en tu post comentas""la posibilidad de LA DECLARACIÓN DE NULIDAD vía desequilibrio entre los derechos y deberes de las partes"". ¿Esto quiere decir que un juez tiene que declarar la nulidad ,si o si?Pregunto desde la ignorancia, Ana. Por otra parte entiendo que tu, como abogada,has visto alguna grieta en el informe del abogado general del TJUE,por donde se puede reclamar por otra via.Saludos
      Respuesta nº 9
    Comenta Ana de Madrid
    Lunes, 16 Sept. 2019 | 01:48:01 PM
    Com. nº: 5420
    -42
    +44
    RECOMENDACIÓN,Si bien vamos por el buen camino, a fecha de hoy y, HASTA QUE NO SE DICTE SENTENCIA, no sabemos lo que va a ocurrir. Es más, en el supuesto de que la Sentencia sea favorable a nuestros intereses, tampoco sabemos cual es el criterio que va adoptar el Tribunal a laora de declarar la nulidad de IRPH. Como os comenté, el Abogado General, además de la declaración de NULIDAD por FALTA DE TRANSPARENCIA ha abierto la posibilidad de LA DECLARACIÓN DE NULIDAD vía desequilibrio entre los derechos y deberes de las partes . Y como tb os expliquécon que lo, los criterios que recomienda para declarar la falta de transparencia son diferentes a los que se pedían. Por estos motivos, no es conveniente presentar la demanda, ya que el sustento de la misma dependerá de lo que exprese la futura Sentencia. Os dirán que, es mejor presentarla ya, porque tras la Sentencia se van a colapsar los Juzgados y así vais adelantando. Esto es incierto, los Juzgados ya están colapsados por el tema gastos y cláusulas suelo. Y seguramente, tras el fallo y en el caso de que sea positiva se adoptará alguna medida al respecto - de reforzar juzgados etc- . Recordad que, con el tema de las clausulas suelo al colapsarse los juzgados de lo mercantil, atrbuyeron competencia en este tema a los civiles. Finalmente, tened cuidado con las HOJAS DE ENCARGO que firmáis, ya que en supuesto de que por cualquier causa, si en un futuro no os conviene o decidis no demandar o llegais a un acuerdo con el Banco, os podrían vincular. POR ESO; RECOMIENDO NO HACER NADA NI FIRMAR HOJAS DE ENCARGO hasta la Sentencia. LO ÚICO QUE TENÉIS QUE HACER HASTA QUE SALGA LA SENTENCIA es PRESENTAR RECLAMACIÓN EXTRAJUDICIAL EN EL BANCO - en la que os limitéis a reclamar POR NULIDAD sin dar mayor tipo de explicaciones- ya que las explicaciones a dar dependeran de la ST y, además no se tienen que poner en la reclamación. SI QUERÉIS QUE OS PASE UN MODELO, NO DUDÉIS EN PEDIRMELO. Y PARA CUALQUIER DUDA , os dejo mi teléfono 659 47 39 02
      Responde Gaspar de Mallorca
      Lunes, 16 Sept. 2019 | 01:58:30 PM
      -55
      +54
      Que son honas d encargo
      Respuesta nº 1
      Responde Ana de Madrid
      Lunes, 16 Sept. 2019 | 02:22:12 PM
      -54
      +54
      HOJAS DE ENCARGO, contrato que firmas con los abogados a través del cual les encomiendas el caso.
      Respuesta nº 2
    Comenta González González de León - León
    Lunes, 16 Sept. 2019 | 09:57:53 AM
    Com. nº: 5419
    -42
    +44
    Buenos días, soy periodista del Diario de León y estoy buscando casos de personas de León que se vean afectadas por el IRPH. Por favor, si conocen a alguien que pueda estar interesado pónganse en contacto conmigo, mediante el teléfono *** ** ** ** o mediante el correo electrónico **********************
    Comenta Pablo de Segovia
    Lunes, 16 Sept. 2019 | 09:11:21 AM
    Com. nº: 5418
    -42
    +45
    Hola, alguien me puede ayudar? Alguien sabe que pasará con las hipotecas VPO referenciadas con préstamos con IRPH?. ¿Podremos reclamar? ¿aunque este regulado por un decreto del Gobierno?. Saludos y espero ayuda, gracias.
      Responde RAQUEL VPO ELCHE de ELCHE-ALICANTE
      Jueves, 19 Sept. 2019 | 05:38:09 PM
      -54
      +54
      yo creo que somos los mas afectados, ya que nos lo metió el estado con los planes de vivienda, y me da que verás como nos quedamos sin nada, osea dejaron de pagar ayudas, IRPH y estafas varias, ademas de pisos carísimos yo soy de Elche VPO 2005-2008
      Respuesta nº 1
    Comenta Frasquito Roc de Elda-Alicante
    Domingo, 15 Sept. 2019 | 08:50:35 PM
    Com. nº: 5417
    -42
    +44
    Hola a todos. ¿Alguien tiene experiencia en algún pleito con la gente de Reclamapormi? ¿Trabajan bien? ¿Son de fiar? A ver si alguien puede contarme su experiencia. Un saludo.
      Responde Alejandro de Las palmas
      Lunes, 16 Sept. 2019 | 01:08:04 AM
      -54
      +54
      Yo te puedo contestar Frasquito, a mi me están reclamando los gastos de hipoteca con UCI, y ya me han calculado cuanto tienen que devolver, ya he ido al juzgado a autorizar al procurador para juicio y lo único que he pagado es el procurador de resto el abogado cobrará un 15% de lo que consiga que me devuelvan. Así que yo, si te los puedo recomendar. Un saludo
      Respuesta nº 1
      Responde Juan de Madrid
      Lunes, 16 Sept. 2019 | 06:36:30 AM
      -54
      +55
      A mi me reclamaron gastos y sin problema. Todo bien explicado, con una hoja de encargo de una página. Bueno, cuando hables con ellos ya verás que son bastante francos. Llevan explicando el tema del irph en el foro desde 2017 o así y siempre han dicho que los afectados debian esperar a saber más mientras otros abogados intentaban engatusarte para ir adelante. Eso al menos hay q reconocérselo.
      Respuesta nº 2
      Responde Luis de Barcelona
      Lunes, 16 Sept. 2019 | 08:48:34 AM
      -55
      +54
      Muy buenos. Amables, trabajadores y muy sinceros te dicen todo lo que hay. Vale la pena. Te examinan con profundidad la escritura y miran todo aquello en lo que el banco se ha pasado. Además te protegen banstante con estimaciones parciales para que el riesgo de perder sean mínimo. Yo me siento muy protegido con ellos la verdad.
      Respuesta nº 3
    Comenta Ana de Tarragona
    Domingo, 15 Sept. 2019 | 08:04:41 PM
    Com. nº: 5416
    -42
    +44
    Nosotros los de la hipotecas..irph dicen que hemos pagado demás cada mes entre 200 o 300..Pues el banco nos tiene que pagar todo los años que sean beneficiado de este dinero..que hoy poroi estamos pagando cada mes..cierto!! más gasto hipotecarios..
    Comenta Ana de Madrid
    Domingo, 15 Sept. 2019 | 05:31:30 PM
    Com. nº: 5415
    -42
    +48
    HOLA A TODOS, NI CASO A LOS BANCOS. EL ABOGADO GENERAL NOS DA LA RAZÓN E INCLUSO SIMPLIFICA LOS REQUISITOS QUE LA SENTENCIA RECURRIDA EN CASACIÓN ESTABLECÍA PARA DECRETAR QUE LA CLAUSULA NO SUPERA EL CONTROL DE TRANSPARENCIA Y POR CONSIGUIENTE PARA DECLARAR SU NULIDAD. ES MÁS, ABRE OTRA VÍA DIFERENTE A LA TRANSPARENCIA PARA DECLARARLA NULA Y; POR ENDE ABRE LA POSIBILIDAD DE VOLVER A DEMANDAR A AQUELLOS QUE NO PROSIGUIERON CON EL PROCEDIMIENTO Así, una vez leídas las conclusiones del Abogado General del TJUE tras un análisis pormenorizado de las mismas y, tras realizar una comparativa con la propia Jurisprudencia del Tribunal Supremo generada con ocasión de las cláusulas suelo e IRPH, la IMPRESIÓN ES MUY PERO QUE MUY BUENA - por mucho que la banca intente transmitir lo contrario- . Y es TAN SIMPLE, como que el ABOGADO GENERAL vincula el cumplimiento del control de transparencia a que, · La claúsula contractual que fija el tipo de interés -IRPH- CONTENGA LA DEFINICIÓN COMPLETA DEL IRPH ASÍ COMO LAS DISPOSICIONES DE LA NORMATIVA NACIONAL QUE DETERMINAN DICHO ÍNDIDE. Tened en cuenta que, la inmensa mayoría de las escrituras, por no decir todas, no incluyen la definición ni tan siquiera parcial del IRPH. · Y además, debió de haberos informado sobre la evolución la evolución en el pasado de dicho índice. Lo cual, es muy díficil de acreditar por la banca. O bien debería haber incorporado a la escritura el cuadro de evolución o bien estar firmado , COSA QUE DUDO, por la sencilla razón de que NUNCA LO HIZO. Si habéis leído las conclusiones, ciertamente el ABOGADO GENERAL da la razón a la Banca y al TS, en cuanto a que los empleados bancarios no estaban obligados a explicar la fórmula de cálculo de IRPH o a ofrecer otros índices, tal y como establecía la Sentencia que fue objeto de Recurso ante el TS y, como se alegaba por parte de los representantes del consumidor, siguiendo la Sentencia de primera y segunda instancia. Cuestión que, no nos debe preocupar en absoluto, pues el propio ABOGADO GENERAL EXIGE UNOS REQUISITOS MÁS SENCILLOS Y OBJETIVOS -definición completa de IRPH y gráfico evolución- que, los que exigía tanto la propia Sentencia que fue objeto de Recurso ante el Supremo como la representación del consumidor EN RESUMEN, entiende que el mero hecho de que la cláusula no incorpore la definición completa de IRPH es motivo más que suficiente para declarar que no se supera el control de transparencia, sin necesidad de ir más allá y, entrar a valorar si el empleado del banco os explicó la fórmula de cálculo etc . Por otra parte, ABRE OTRA VÍA PARA DECLARAR LA NULIDAD DE DICHA CLÁUSULA, en tanto en cuanto considera que la claúsula puede y debe someterse al CONTROL DE CONTENIDO – control diferente al de transparecia- . Esta vía abrirá la puerta a todos aquellos que demandaron y no continuaron con el procedimiento, siempre y cuando, al demandar no hubieran ejercitado la acción de nulidad por falta de equilibrio entre los derechos y obligaciones de las partes. En estos días, os explico está vía.
      Responde Isabel de Cadiz
      Domingo, 15 Sept. 2019 | 05:50:07 PM
      -54
      +54
      Muchas gracias Ana, por entrar en el foro, y explicarnos cómo quedó el tema, un saludo
      Respuesta nº 1
      Responde Alejandro de Las palmas
      Lunes, 16 Sept. 2019 | 01:28:11 AM
      -54
      +54
      Gracias Ana, en nombre propio y de tod@s
      Respuesta nº 2
      Responde Ana de Madrid
      Lunes, 16 Sept. 2019 | 01:06:42 PM
      -54
      +54
      De nada, para mi como afectada y abogada es un placer poder ayudar. Para cualquier duda , explicación o aclaración os dejo mi teléfono 659 47 39 02. YA QUEDA MENOS!!!!!!
      Respuesta nº 3
    Comenta Isabel de Cadiz
    Domingo, 15 Sept. 2019 | 05:29:10 PM
    Com. nº: 5414
    -42
    +45
    Sabes lo que pasa Juan, que si, que sigamos nosotros, eso iba hacer, cuando me di cuenta, que la misma persona, con distinto nombre de estaba riendo de nosotros, y tuve que saltar y decir, no contestar más, que es el mismo Y no solo eso entro con un tema personal que seguramente le habrá pasado alguno, que es perder su vivienda y pueden perderlas también los avalista, entonces es muy fuerte, ya no me fío, por que hemos dado, vamos a llamarlo VIRUS, por que es mala persona. Un beso a todos y mucho ánimo
      Responde Roberto de Madrid
      Domingo, 15 Sept. 2019 | 05:48:47 PM
      -54
      +54
      Ya habeis dicho que tengo varios perfiles, no es asi pero ya veo que no me creeis. Yo no he entrado nunca a tratar ese tema de que alguien pierda su vivienda y tambien el avalista. Nunca lo haria pq eso es un tema independiente de si tienes IRPH o EURIBOR. No me asigneis comentarios que no son mios. Ademas hubo uno que puso tambien ROBERTO DE MADRID y no era yo. Yo nunca me alegro de las desgracias de nadie.
      Respuesta nº 1
    Comenta juan de las palmas
    Domingo, 15 Sept. 2019 | 03:47:57 PM
    Com. nº: 5413
    -42
    +44
    tampoco entiendo la posición del moderador¨, dándole felicidades este individuo.de todas maneras yo pienso que estamos mucho mejor ahora que cuando nuestro tribunal Español dicto sentencia diciendo que teníamos que ser muy perficaces.je.je
    Comenta PEDRO de Valencia
    Domingo, 15 Sept. 2019 | 03:41:26 PM
    Com. nº: 5412
    -42
    +44
    Hola, yo quiero saber si es recomendable reclamar al banco ya por la hipoteca que tengo al irph o hay que esperar a más adelante cuando ya este la sentencia del tjue. Pido que algún abogado experto diga que pasos debemos de hacer los que tenemos el irph y que es lo recomendable hacer y que no es recomendable hacer. Gracias
Dejar comentarios

Escribe tu nombre:

Sexo:

Masculino Femenino

Población y provincia:

Ejemplos:
Cartagena-Murcia
Alcalá de Guadaíra-Sevilla

Email:

No se va a publicar.

Escribe el siguiente código de control:   

Lecturas: 6494