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Hipoteca IRPH y cambio de banco (subrogación): cuándo compensa y qué números mirar

Hipoteca IRPH y cambio de banco (subrogación): cuándo compensa y qué números mirar

¿Tiene sentido cambiar de banco si tu hipoteca va referenciada al IRPH? La respuesta corta: a veces sí, a veces no. La útil está en los números de tu escritura, no en el titular del mes.

Clave: subrogar no es “cambiar de logo”: es renegociar tipo, diferencial, plazo y comisiones. El IRPH es solo una pieza del puzzle.

Subrogación hipoteca IRPH cambio de banco

La subrogación de acreedor permite que otro banco se quede con tu hipoteca. Tú sigues siendo el deudor; cambia quién cobra. Se usa para bajar el diferencial, pasar a fijo o mixto, o clarificar vinculaciones. También existe la novación: cambiar condiciones con el mismo banco, a menudo con menos gastos.

Cuándo suele compensar

  • Cuota actual con IRPH + diferencial (y redondeo, si existe).
  • Cuota nueva de la oferta escrita.
  • Costes de salida y de entrada: comisiones, tasación, gestoría…
  • Años que te quedan: cuanto más plazo, más peso tiene un ahorro mensual pequeño.
  • Productos vinculados: el tipo bonificado a veces exige seguros con coste.

Clave: un ahorro de 40 € al mes durante 15 años son 7.200 € brutos de cuota. Si los gastos del cambio superan ese orden de magnitud y el plazo es corto, quizá no merezca la pena.

Novación frente a subrogación

Novación

Mismo banco. Suele implicar menos gastos. El banco puede decir que no.

Subrogación

Otro banco. Más pasos (tasación, oferta vinculante, escritura). Puede abrir condiciones que tu entidad no ofrece.

Ejemplo de ahorro mensual orientativo

El gráfico compara una cuota tipo con IRPH + diferencial frente a una oferta hipotética más baja. No es tu caso: sirve para ver por qué hay que restar después los gastos del cambio.

Checklist antes de firmar

  1. 1
    Pide la oferta por escrito (TIN, TAE, cuota, vinculaciones).
  2. 2
    Calcula cuota actual y nueva con los simuladores.
  3. 3
    Suma gastos y repártelos entre los meses que mantendrás el préstamo.
  4. 4
    Compara también comisiones de amortización anticipada.
  5. 5
    Si el ahorro no está claro, valora una amortización parcial.

Cómo negociar con datos

Llega con capital pendiente, plazo restante, tipo actual desglosado, última cuota y comisiones de la escritura. Así puedes pedir una novación concreta o comparar dos subrogaciones sin que te mareen solo con el TIN publicitario.

Vinculaciones

Suma la prima de los seguros obligatorios, pregunta qué pasa si dejas de cumplir una vinculación y compara el seguro impuesto con uno libre de mercado cuando la ley lo permita. Una hipoteca “más barata” en tipo puede salir más cara en el total anual.

Errores frecuentes

  • Comparar solo el TIN y olvidar la TAE y las vinculaciones.
  • No pedir la oferta vinculante por escrito.
  • Cambiar “porque el IRPH es malo” sin mirar diferencial y plazo.
  • No contrastar el IRPH actual en IRPH hoy y en el BOE.

Clave final: subrogar con IRPH compensa cuando el ahorro de cuota, descontados gastos y vinculaciones, es claro a lo largo del plazo que realmente vas a mantener la hipoteca.

Comentarios

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Juan Antonio · Almería-Almeria · Domingo, 22 Abril 2018 | 08:04:09 AM · nº 4322
Si el irph se considera abusivo
no tendría plazo para reclamarlo?
https://www.mundojuridico.info/plazo-para-reclamar-la-nulidad-de-la-clausula-suelo/
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MARIA JOSE · PUERTO DE LA CRUZ · Viernes, 20 Abril 2018 | 12:24:39 PM · nº 4321
Buenos Días, quisiera saber si puedo reclamar IRPH entidades BBVA tras haber cancelado mi hipoteca en Diciembre de 2017 y si es así cuanto tiempo tengo para poder reclamar.
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Jose Antonio Tello · Terrassa Barcelona · Sábado, 21 Abril 2018 | 01:03:10 AM · resp. nº 514
hola. Si no nos han metido alguna ley en contra...me parece que son 4 años
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Alicia · A Coruña · Jueves, 19 Abril 2018 | 09:04:15 PM · nº 4320
Yo pago IRPH desde el año 2006,me lo impusieron al comprar mi vivienda de protección oficial, nadie me informó de nada, porque es un indice impursto por el Gobierno, no precisamente para ayudar a las personas o familias con menos recursos, que son precisamente las que acceden a este tipo de viviendas.
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lucia del valle · valencia · Domingo, 06 Mayo 2018 | 06:44:12 PM · resp. nº 522
El gobierno, al ponerte como referencia el IRPH te está protegiendo, ya que limita el precio total de la hipoteca, al precio oficial. Con el Euribor, al poderle añadir el banco cualquier diferencial, no te garantizaría ningún precio máximo. Otra cosa es que el Banco haya usado el IRPH para sumarle cualquier diferencial como si fuera el EURIBOR, cuando lo que debería haber hecho es restarle al IRPH todos los importes distintos del dinero que hay en el contrato. Es como si el gobierno publica el precio oficial del pan, y garantiza a cierto colectivo ese precio, pero luego el que te vende el pan te lo está vendiendo ilegalmente a un precio mucho mayor. El Gobierno debería personarse directamente como demandante en los contratos donde se establecía como referencia el IRPH por ley.
sergio costa · santander · Sábado, 09 Junio 2018 | 11:50:24 AM · resp. nº 537
Alicia,¿en el interés de tu hipoteca de vivienda protegida pone el irph o el irph+algo? la ley de vivienda protegida deja claro que se toma el irph como interés EFECTIVO, es decir, como TAE, y por tanto el interés que aparece en la hipoteca debe ser el TIN correspondiente en función de tus comisiones y tu plazo, y debe ser menor que el IRPH.
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Alfonso · Madrid · Jueves, 19 Abril 2018 | 08:24:18 PM · nº 4319
IRPH Marzo: 1,895
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Javier - Reclama Por Mí · Bizkaia · Jueves, 19 Abril 2018 | 10:21:59 AM · nº 4318
Hola a todos los afectados y en especial a Raúl que pregunta por una decisión realmente complicada...

Aprovechamos para recordar lo que dijimos hace algunos días desde reclamapormi.com en referencia a reclamar IRPH.



Guías para los afectados por IRPH:



1- Si tu caso aún no ha sido juzgado recomendamos desde http://www.reclamapormi.com mantenerse a la espera de la sentencia del TJUE. Sabemos que hay que esperar y que en muchos casos puede suponer pagar unas cuotas en la hipoteca muy altas. No obstante, el riesgo de iniciar un trámite por la vía judicial es altísimo ya que el TJUE puede no pronunciarse a tiempo y el coste de apelar es alto y además limitado. No recomendamos iniciar ningún proceso. Quien quiera saber cómo proceder que deje su reclamación aquí y le explicaremos como hacerlo: https://www.reclamapormi.com/reclamacion/



2- A todos aquellos que hayáis iniciado el trámite:Lamentablemente tenéis que tomar una decisión muy difícil. Tenéis que valorar el riesgo/beneficio conociendo el coste de apelar el primera y segunda instancia llegado el caso frente al coste de oportunidad que supone dejar de reclamar por IRPH si el TJUE le da la vuelta.



Como sabréis la mayoría de los afectados por IRPH, puede reclamar por los gastos hipotecarios o incluso puede que tenga suelo además de IRPH.



Debéis saber que se puede empezar por reclamar los gastos hipotecarios o el suelo y posteriormente, si la justicia falla a nuestro favor, reclamar por el IRPH. No es necesario, y desde http://www.reclamapormi.com no recomendamos iniciar un proceso judicial por el IRPH hasta que se sepa más.



A todo aquél que tenga dudas sobre qué hacer podemos asesorar a quien lo desee sobre el tema para que conozca los pros y los contras antes de tomar la decisión.



Recomendamos antes de iniciar cualquier contratación, reclamación extrajudicial, demanda judicial o acuerdo con el banco que antes se asesore a que hay decisiones que tienen consecuencias legales importantes.



Esperamos ser de ayuda. Reclama Por Mí.
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Alejandro · Las palmas de gran Canaria · Miércoles, 25 Abril 2018 | 05:26:20 AM · resp. nº 516
Efectivamente, mi abogado retiro esta demanda y dejo la reclamación se los gastos hasta que se aclare todo, es lo mejor que se puede hacer de momento, ya que todos sabemos como van los tribunales y ahora mismo se están agarrando de la sentencia de TSJE, así que a esperar por Europa y rezar, un saludo y que tengamos suerte
jrjc · cádiz · Sábado, 28 Abril 2018 | 05:57:05 PM · resp. nº 517
Hola Javier , soy nuevo en el foro, tengo una hipoteca IRPH con UCI y este Viernes salió el fallo y como era de suponer perdí , la demanda está desde Marzo de 2015, ya podía haber sido la audiencia antes de Noviembre de 2017 para poder haber tenido alguna posibilidad...
La cosa es que no sé si el TJUE dice que el IRPH es ilegal, podría volver a reclamar, y si pienso en cambiar la hipoteca de banco y elTJUE dice que es ilegal el IRPH me puede perjudicar a la hora de reclamar...
Muchas gracias.
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Alfonso · Madrid · Jueves, 19 Abril 2018 | 05:21:23 AM · nº 4317
IRPH Marzo: 1,895
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RAUL M · Bigues i Riells-Barcelona · Miércoles, 18 Abril 2018 | 04:14:31 PM · nº 4316
Hola, acabo de registrarme en el foro y desde ayer tengo sentencia en primera instancia en la cual ha perdido.
Ahora tengo 20 dias para apelar o olvidarme del tema, y en vista que hasta que lleguemos a Europa seguramente no haya nada que hacer, y apelar significa mas gasto, y no sea suficiente si no que haya hacer casación, y no se que hacer la verdad.
Acepto consejos, gracias
Responder
Martin perez · Torrelavega-Cantabria · Domingo, 29 Abril 2018 | 11:05:25 AM · resp. nº 518
Estamos en la misma situacion,ayer perdi en primera instancia.Voy a apelar y posteriormente(porque ya me ha adelantado el abogado que perderemos)casacion al supremo.previsiblemente el tjue se pronuncie entre tanto,pero es una decision muy dificil ya que las costas que asumire entre apelacion y casacion son de 7.000 euros y quien sabe si desde Europa haran justicia con nosotros...va a ser un esfuerzo muy grande reunir el dinero pero ya no puedo rendirme,no me lo perdonaria si al final se declara nulo y no lo luche.mucho animo para los que estais en la misma situacion.
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Fernando R. · Sevilla · Miércoles, 18 Abril 2018 | 04:13:19 PM · nº 4315
También he pensado que con eso de la feria de abril invitar a los del tribunal de justicia europeo a jamón y gambas para ver si con ello nos resuelven el asunto un poquito antes y les hago ver lo que supone esperar dos añitos a que se sienten en su sala cómoda y fresquita a resolver nuestro IRPH.A lo mejor con eso del jamoncito y gambitas se animan y lo hacen antes.Que os parece?les invito?
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RAUL M · Bigues i Riells-Barcelona · Miércoles, 18 Abril 2018 | 04:07:16 PM · nº 4314
Hola, acabo de registrarme en el foro y desde ayer tengo sentencia en primera instancia en la cual ha perdido.
Ahora tengo 20 dias para apelar o olvidarme del tema, y en vista que hasta que lleguemos a Europa seguramente no haya nada que hacer, y apelar significa mas gasto, y no sea suficiente si no que haya hacer casación, y no se que hacer la verdad.
Acepto consejos, gracias
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RAUL M · Bigues i Riells-Barcelona · Miércoles, 18 Abril 2018 | 03:54:43 PM · nº 4313
Hola, acabo de registrarme en el foro y desde ayer tengo sentencia en primera instancia en la cual ha perdido.
Ahora tengo 20 dias para apelar o olvidarme del tema, y en vista que hasta que lleguemos a Europa seguramente no haya nada que hacer, y apelar significa mas gasto, y no sea suficiente si no que haya hacer casación, y no se que hacer la verdad.
Acepto consejos, gracias
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