IRPH.es - Índices de referencia de préstamos hipotecarios

IRPH

IRPH Entidades, índices y simuladores de hipoteca

Consulta el IRPH actual, su evolución histórica y compara el IRPH con el Euríbor. Simuladores de hipoteca, amortización y reclamación del IRPH.

Martes, 25 de Agosto de 2026
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IRPH qué es: definición, cálculo y por qué importa en tu hipoteca | IRPH.es

IRPH qué es: la guía clara del índice de tu hipoteca

Si has llegado hasta aquí buscando IRPH qué es, la respuesta corta es esta: el IRPH (Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios) es un índice oficial que publica el Banco de España y que se ha usado para calcular el tipo de interés de muchas hipotecas a tipo variable en España. La respuesta larga —y la útil— es entender cómo se construye, en qué se diferencia del Euríbor y por qué ha generado tantas reclamaciones.

Documentación hipotecaria e índice IRPH

Hipoteca fija y hipoteca variable: dónde entra el IRPH

Hay dos grandes familias de hipotecas:

  • Hipoteca a interés fijo: la cuota no depende de un índice. Salvo amortizaciones anticipadas o cambios de contrato, pagas lo mismo mes a mes.
  • Hipoteca a interés variable: la cuota se revisa periódicamente según un índice de referencia más un diferencial pactado con el banco.

En las variables, el índice más conocido es el Euríbor. El otro gran protagonista histórico ha sido el IRPH. Si tu escritura habla de “tipo medio de los préstamos hipotecarios…”, “IRPH Entidades”, “IRPH Cajas” o “IRPH Bancos”, tu préstamo está ligado a este índice.

Antes de firmar cualquier hipoteca conviene comparar ofertas actuales. En IRPH.es tienes calculadoras de hipoteca y, si ya tienes préstamo, herramientas de revisión y amortización parcial.

IRPH qué es, en una frase útil

El IRPH es el tipo que el banco usa (junto con tu diferencial) para fijar el interés de tu hipoteca variable entre una revisión y la siguiente. Si el IRPH sube en el mes de referencia de tu contrato, tu cuota tiende a subir; si baja, tiende a bajar. El periodo de revisión suele ser anual, aunque hay escrituras semestrales o trimestrales: lo decide tu escritura.

Nombre oficial del IRPH

El nombre largo y oficial del índice vigente es, en esencia:

Tipo medio de los préstamos hipotecarios a más de tres años para adquisición de vivienda libre, concedidos por las entidades de crédito en España.

En el lenguaje cotidiano se resume como IRPH Entidades o simplemente IRPH. Lo publica el Banco de España (y se refleja en el BOE), normalmente en torno al día 20 de cada mes, con el valor correspondiente al mes anterior.

Último valor disponible en esta web: 2026-06: 3,049 % (serie orientativa elaborada a partir de datos oficiales y series históricas). Consulta siempre la publicación oficial del Banco de España para operaciones jurídicas o bancarias.

Cómo se calcula (idea clara)

De forma simplificada:

  1. Las entidades comunican información de tipos de préstamos hipotecarios a más de tres años para vivienda libre.
  2. Se elabora una media según la metodología oficial.
  3. Ese resultado se publica y sirve de referencia para las revisiones de las hipotecas ligadas al IRPH.

Una de las críticas históricas de muchos afectados es que, al construirse a partir de tipos de operaciones reales (con la lógica de la TAE en el diseño del índice), el IRPH ya incorpora márgenes y costes del sistema, de modo que al sumarle después el diferencial y las condiciones propias del contrato el resultado suele situarse por encima del Euríbor durante largos periodos. El Euríbor, en cambio, refleja el precio del dinero entre bancos en el mercado interbancario, no la media de lo que ya cobran las entidades a sus clientes hipotecarios.

Esa diferencia de construcción es el núcleo del debate económico del IRPH; el debate jurídico se centra sobre todo en la transparencia de la cláusula al contratar.

Gráfico del IRPH (últimos 24 meses)

Serie mensual orientativa. Fuente de elaboración: datos IRPH.es a partir de series oficiales.

IRPH Cajas, IRPH Bancos e IRPH Entidades

Antes de 2013 coexistían varias variantes:

  • IRPH Cajas — media basada en cajas de ahorros.
  • IRPH Bancos — media basada en bancos.
  • IRPH Entidades — media del conjunto de entidades.

Con la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, desaparecieron el IRPH Cajas y el IRPH Bancos. Quedó vigente el IRPH Entidades, que es el que hoy se publica y el que más aparece en el debate actual. Muchas escrituras antiguas referenciadas a Cajas o Bancos pasaron a usar el índice sustitutivo previsto en el contrato o el marco legal posterior.

IRPH frente al Euríbor: la diferencia que se nota en la cuota

Durante años, el IRPH se ha movido de forma más estable que el Euríbor, pero habitualmente más alto. Cuando el Euríbor cayó con fuerza tras la crisis, muchas hipotecas Euríbor abararon de forma visible; las referenciadas al IRPH bajaron más despacio y en menor medida. Esa brecha es lo que miles de familias cuantifican al preguntarse cuánto han pagado de más.

En el gráfico siguiente puedes ver, mes a mes, el IRPH, el Euríbor y la diferencia entre ambos (cuando hay dato de los dos índices):

Rojo: IRPH · Naranja: Euríbor · Rosa: diferencia (IRPH − Euríbor). Tooltips al tocar o pasar el cursor.

Para series largas y tablas: IRPH histórico, Euríbor, IRPH vs Euríbor y diferencia IRPH–Euríbor.

¿Por qué hay tantas demandas por IRPH?

No porque el índice “no exista” o no sea oficial. El conflicto nace de dos ideas que se repiten en el relato de los afectados y en buena parte de la jurisprudencia de consumo:

  1. Efecto económico: muchas hipotecas IRPH han resultado más caras que hipotecas equivalentes referenciadas al Euríbor.
  2. Transparencia: si el banco no explicó de forma comprensible cómo funcionaba el índice, su evolución histórica y las consecuencias económicas de elegirlo frente a otras opciones, la cláusula puede someterse al control de transparencia y, en su caso, de abusividad.

El recorrido judicial ha pasado por juzgados de primera instancia, audiencias provinciales, Tribunal Supremo y el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE). La doctrina ha ido precisándose: no hay una anulación automática de todas las cláusulas IRPH; se analiza el caso concreto (información precontractual, escritura, contexto). Puedes ampliar en reclamar IRPH, IRPH y TJUE e documentos para reclamar en 2026.

¿Se siguen firmando hipotecas con IRPH?

En la práctica actual, casi no se comercializan hipotecas nuevas referenciadas al IRPH. El mercado se ha concentrado en Euríbor, tipos fijos y mixtos. El IRPH sigue siendo relevante sobre todo para quienes ya tienen el préstamo en vigor y para el seguimiento de revisiones y posibles reclamaciones.

Qué puedes hacer desde IRPH.es

Preguntas frecuentes sobre qué es el IRPH

¿El IRPH es ilegal?
El índice es oficial. Lo que se discute en los tribunales es, sobre todo, si la cláusula que lo incorporó a tu contrato superó el control de transparencia y, en su caso, de abusividad.

¿Cómo sé si mi hipoteca es IRPH?
Revisa la escritura (cláusula de interés variable) o un recibo detallado. Busca “IRPH”, “tipo medio de los préstamos hipotecarios” o referencias a entidades, cajas o bancos.

¿El IRPH siempre es más caro que el Euríbor?
Históricamente ha tendido a situarse por encima durante largos periodos, pero la diferencia no es fija ni idéntica en todos los meses. Por eso conviene mirar series y no un solo dato aislado.

¿Puedo cambiar el IRPH por Euríbor?
A veces mediante novación con tu banco, subrogación a otra entidad o, si hay base jurídica, por vía de reclamación. Cada camino tiene requisitos y costes distintos.

Conclusión

IRPH qué es, en la práctica: el índice oficial con el que se revisa el tipo de muchas hipotecas variables españolas; un índice más estable que el Euríbor en apariencia, pero con un historial de cuotas habitualmente más altas; y el centro de un debate jurídico centrado en la información que recibió (o no) el consumidor al firmar. Entenderlo es el primer paso para decidir si te conviene amortizar, negociar, reclamar o simplemente seguir la evolución del índice con datos claros.

Información orientativa. No constituye asesoramiento jurídico ni financiero. Contrasta siempre con tu escritura, con el Banco de España y, si procede, con un profesional colegiado.

Comentarios

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francvives · Barcelona-Barcelona · Miércoles, 21 Agosto 2019 | 08:20:35 AM · nº 5134
Curioso que el IRPH entidades mes de Julio caiga al 1,836 respecto al 2,041 de Junio. La caída mas grande en un año.
Responder
Diego · Barcelona · Miércoles, 21 Agosto 2019 | 11:04:48 AM · resp. nº 1290
Y no solo es la caída más grande, también es el nivel más bajo del índice en mucho tiempo, al menos desde mayo de 2012 que es cuando yo firmé mi hipoteca. Entonces el tipo era del 3,607%


francvives · Barcelona-Barcelona · Miércoles, 21 Agosto 2019 | 11:31:23 AM · resp. nº 1291
Es el registro mas bajo de la historia del IRPH. No es raro justo antes de la resolución del 10 Septiembre?
Isabel · Cadiz · Miércoles, 21 Agosto 2019 | 12:40:41 PM · resp. nº 1292
No sé a mí desde el mes pasado pago, más de hipoteca, que ha bajado, si pago más habrá subido, cansada ya

Ver las 7 respuestas →

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Javier - Reclama Por Mí · Bizkaia · Martes, 20 Agosto 2019 | 07:25:11 AM · nº 5133
Hola a todos,

Nos estamos encontrando en Reclama Por Mí a medida que pasa el tiempo más clientes que hablan sobre pactos con el banco y la posible prescripción de la reclamación de IRPH.

A tenor de estos hechos algunos medios recogieron nuestro análisis de la situación ya que empezaba a haber una alarma que a nuestro parecer está injustificada. Aquí lo que enviamos a los medios:



Durante este tiempo los bancos no solo han aprovechado para conseguir más acuerdos con clientes a cambio de unas condiciones “ventajosas” que obviamente van acompañadas de una cláusula donde los afectados no pueden reclamar en el futuro, sino que, además, la incertidumbre y los vaivenes en las decisiones judiciales provocan que ciertos rumores se propaguen y las dudas de derecho calen entre los afectados.



Según Reclama Por Mí, expertos en reclamaciones bancarias, algunas entidades financieras intentan plantear dudas sobre la posible prescripción de la acción de reclamación por IRPH si pasan más de 4 o 15 años desde la firma de la hipoteca o desde la finalización en un intento de obtener fallos favorables. Sin embargo, la jurisprudencia no está de parte de las entidades.



Desde la plataforma que cuenta ya con más de 2.800 personas afectadas por IRPH a la espera de la decisión del TJUE, pretenden arrojar algo de luz sobre un asunto que es complejo y pretenden despejar esas dudas de derecho y tomar medidas al respecto.


La posición de la plataforma es clara: “Si bien no creemos que prescriba la acción de reclamación de las cantidades en ningún caso basándonos en la ley y la jurisprudencia hasta el momento, debido a posibles cambios de criterio de la justicia y con el fin de ser prudentes y no dejar ningún cabo suelto, aconsejamos a todos nuestros clientes iniciar un trámite extrajudicial dando por iniciada la acción de reclamación de las cantidades, lo cual hará que deje de contar el plazo a futuro. Esto no comprometerá al cliente a un proceso judicial en caso de que la sentencia no sea favorable, pero sí ayudará a maximizar la probabilidad de éxito de su caso.” asegura Fernando Renedo, Director Jurídico de la empresa.



Las claves de la decisión: Lo que dice la Ley sobre cláusulas abusivas y prescripción:


Según www.reclamapormi.com “la acción declarativa de nulidad de una cláusula abusiva es imprescriptible según el Tribunal Supremo. La doctrina es clara en este punto.”


“La mayoría de las audiencias y sentencias al declarar la nulidad de las cláusulas entienden que se debe conceder la restitución de las cantidades. Esto es lo que se puede deducir de la jurisprudencia ante otras cláusulas abusivas del pasado”.


Desde Reclama Por Mí intentan tranquilizar sobre este punto: “Aunque la jurisprudencia está de parte de los afectados, como abogados es nuestro deber analizar y estudiar cualquier vulnerabilidad en los casos, y cualquier afectado que lo desee puede iniciar la reclamación extrajudicial. El cliente se protege ante ese escenario sin asumir ningún riesgo.
Según explican “el asesoramiento es esencial. Nadie debería tomar decisiones sobre el IRPH sin preguntar a un experto en la materia por las repercusiones legales a futuro que pueda conllevar”.



Lo que se juegan los afectados por IRPH


Para entender lo que está en juego para los afectados, proponen un ejemplo en que el TJUE falle a favor al presentar una reclamación por IRPH:


“Por una hipoteca de 180.000€, firmada en el año 2000 a 30 años, afectada por IRPH Entidades con un diferencial de 0,5%, el afectado podría recuperar si se declara nulo el IRPH alrededor de 140.000€ y si se sustituye por Euribor 37.000€.


Además, los intereses a pagar para toda la vida de la hipoteca del futuro serían o bien el diferencial, porque los intereses por el IRPH quedan sin efecto, o bien, en el supuesto que se moderara o si las escrituras contemplaran un sustitutivo como el Euribor, el diferencial aplicado más Euribor.”

FIN



Sobre los acuerdos con bancos os dirigimos directamente a un artículo que enviamos a los medios y que podéis encontrar que expansión lo recoge. Aquí el enlace a nuestra web donde hablamos de ello: https://www.reclamapormi.com/noticia/327-la-banca-propone-acuerdos-a-los-afectados-por-irph-a-cambio-de-no-reclamar-en-el-futuro-deberian-aceptarlo.html


Una vez más, esperamos sea de interés y antes de tomar decisiones legales, el asesoramiento es esencial. La consulta es gratuita aquí: https://www.reclamapormi.com/reclamacion/
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Jose · Bilbao-Vizcaya · Miércoles, 21 Agosto 2019 | 08:10:23 AM · resp. nº 1289
Desde cuando se conoce el tema del IRPH?
En mi caso tengo una hipoteca desde el 2000 con IRPH,y que yo sepa esto de la supuesta manipulacion del IRPH aparecio mas tarde,entiendo que tengo la obligacion de demandar desde que tuve la obligacion de conocer que esto es ilegal,y que yo sepa no hay un tribunal que diga que esto es ilegal o carece de transparencia, quizas me lo puedan decir ustedes.
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Pariente · Santander · Martes, 20 Agosto 2019 | 06:55:01 AM · nº 5132
He leído la noticia y tiene poca consistencia: habla del TS y TJUE como si estuvieran trabajando conjuntamente cuando en el caso del IRPH, el asunto está exclusivamente en el TJUE al estar recurrida la sentencia del TS. Quizás entre líneas trata de avisar sobre la retroactividad y la no nulidad del índice 4 años para atrás aunque se anule. Esto último creo que es inviable porque entre otras cosas resultando nulo dejará de publicarse. Y sobre la retroactividad, creo que tampoco cabe duda. Ya que a mi entender, la hipoteca sigue viva porque la seguimos pagando. No soy jurista pero veo que en este artículo hay más humo que leyes.
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Ron · El Vendrell- Tarragona · Martes, 20 Agosto 2019 | 03:14:34 AM · nº 5131
Perdón, no me ha cojido bien el enlace
https://cincodias.elpais.com/cincodias/2019/08/15/economia/1565880689_472851.html
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Ron · El Vendrell- Tarragona · Martes, 20 Agosto 2019 | 03:07:25 AM · nº 5130
Hola, supongo que lo que dice kike es lo de este artículo https://cincodias.elpais.com/cincodias/2019/08/15/economia/1565880689472851 pero creo que eso es solo para acciones preferentes y obligaciones subordinadas, esto no son cláusulas de hipoteca, si no muchas cláusulas suelo no se podrían denunciar y se están ganando en los juzgados.
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eric · Barcelona · Lunes, 19 Agosto 2019 | 05:39:28 PM · nº 5129
A kike DE MADRID . Dónde dices que has leído eso ?Tampoco se que tiene que ver ya en esto el Tribunal supremo y si te refieres al TJUE y las conclusiones del abogado el 10 septiembre se presume darán la razón al consumidor . Eso de los 15 años , ahora tú desde el 2015 parece una fake new de libro y tú repitiendo 3 veces el mensaje , pues algo sospechoso . Si una cláusula es nula , es de principio a fín , no una parte , ni un trozo ni nada . Espero que llegue pronto el 10 de septiembre por que a este paso sólo podrán reclamar por IRPH los que solicitaron la hipoteca una semana antes de la sentencia . Supongo que lo leíste en la gaceta del banquero .
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Miguel · ELCHE · Lunes, 19 Agosto 2019 | 06:50:48 PM · resp. nº 1287
A esto se refiere Kike:

"la Sala Primera del Tribunal Supremo se ha despedido con la Sentencia número 409/2019 que, en la práctica, supone reconocer que muchos consumidores han presentado sus reclamaciones de forma tardía.

Nos explicamos. En dicha resolución el Tribunal Supremo ha concluido que, en productos como las participaciones preferentes o las obligaciones subordinadas, la caducidad de la acción (los famosos cuatro años del artículo 1301 CC) empieza a operar desde que el cliente suscribe el producto. Como quiera que nos encontramos en 2019, todas aquellas contrataciones que se llevaron a cabo antes de 2015 se encontrarían excluidas del ámbito de la acción de anulabilidad. Lo relevante es que la práctica totalidad de las reclamaciones judiciales sobre esta concreta cuestión se apoyan en dicha fundamentación jurídica. La resolución no permite margen a la duda"

No tiene que ver con el IRPH pero tb es tela lo del puto Supremo,vaya juzgado tenemos..

Kike · Madrid · Lunes, 19 Agosto 2019 | 08:22:03 PM · resp. nº 1288
Perdón por la copia del mensaje, no se por que se ha triplicado.
Exacto, me refería al adjunto de Miguel que ha respondido.
Lo he visto esta mañana y claro, la gran mayoría de hipotecas referenciadas al irph tienden a a ser antiguas asiesque no se que solución darán. Lo que está claro es que viendo lo visto el rico siempre gana.
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Kike · Madrid · Lunes, 19 Agosto 2019 | 12:55:27 PM · nº 5128
Hola buenas, acabo de leer una noticia en el que han estimado la opción de todas las hipotecas cogidas antes del 2015,es decir 4 años antes no entrarían en el caso de la nulidad del irph en caso de haberlo.
Es decir, 4 años desde la compra del producto y no desde la finalizacion de la misma. En el caso de aprobarlo el tribunal supremo el día 10...todos los que estamos antes de esaw fechas lo tenemos negro no? O como irá? Sabéis algo?
Responder
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Kike · Madrid · Lunes, 19 Agosto 2019 | 12:10:47 PM · nº 5127
Hola buenas, acabo de leer una noticia en el que han estimado la opción de todas las hipotecas cogidas antes del 2015,es decir 4 años antes no entrarían en el caso de la nulidad del irph en caso de haberlo.
Es decir, 4 años desde la compra del producto y no desde la finalizacion de la misma. En el caso de aprobarlo el tribunal supremo el día 10...todos los que estamos antes de esaw fechas lo tenemos negro no? O como irá? Sabéis algo?
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Kike · Madrid · Lunes, 19 Agosto 2019 | 11:34:29 AM · nº 5126
Hola buenas, acabo de leer una noticia en el que han estimado la opción de todas las hipotecas cogidas antes del 2015,es decir 4 años antes no entrarían en el caso de la nulidad del irph en caso de haberlo.
Es decir, 4 años desde la compra del producto y no desde la finalizacion de la misma. En el caso de aprobarlo el tribunal supremo el día 10...todos los que estamos antes de esaw fechas lo tenemos negro no? O como irá? Sabéis algo?
Responder
Olmo · Soria · Lunes, 19 Agosto 2019 | 05:41:56 PM · resp. nº 1286
Hola. Pon el enlace de la noticia, por favor.
Esther · Alcala de Henares-Madrid · Jueves, 22 Agosto 2019 | 10:05:22 AM · resp. nº 1298
El enlace de esta noticia por favor
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Cristina Ávila Barba · Mataró-Barcelona · Viernes, 16 Agosto 2019 | 08:02:21 AM · nº 5125
Buenos días a tod@s!
Bueno, mi caso es parecido a muchos de los que estáis aquí.
Firmamos hipoteca con Caixa Tarragona en 2005 con tipo de interés IRPH cajas y además con cláusula suelo al 3'75. Por el tema de Cláusula suelo ya reclamamos, nos la quitaron y nos devolvieron algo de dinero (1000 y poco).
Ahora mismo estamos con IRPH entidades en BBVA pues Caída Catalunya absorbió a Tarragona y BBVA a Catalunya.
Queríamos mirar de cambiar la hipoteca a otro banco que nos dieran euribor e i teres fijo, de hecho, el único que hemos consultado es bankia y nos daba bastantes facilidades para abrigar la hipoteca pero a la vez nos han aconsejado esperar a ver que dicta el Supremo sobre todo este tema porque dicen Que, si falla a favor de los consumidores a parte de cambiar el tipo de interés, si es de carácter retroactivo tendrían que devolvernos bastante dinero...
Mi pregunta es si sabéis si antes de 2020 ya se conocerá está sentencia. Esto de esperar desespera y para una vez que parece que algún banco quiere mejorarlos las condiciones después de casi 15 años con la porquería de hipoteca que tenemos.... pues desespera la espera.
Sabéis entonces si está al caer?
Muchas gracias!
Responder
HERNANDEZ E, P.Rafa · LLEIDA - LLEIDA · Viernes, 16 Agosto 2019 | 09:24:34 AM · resp. nº 1281
Pues la cosa está, más o menos, como sigue.
A principios de Septiembre, el día 10, el abogado de la UE hara su propuesta para la sentencia sobre la cuestion prejudicial que dirimirá la situación.
Su propuesta se cree que será favorable a los intereses de los consumidores.
Pasados unos meses, 4-5-6, saldrá la sentencia.
Javier - Reclama Por Mí · Madrid · Lunes, 19 Agosto 2019 | 10:35:28 AM · resp. nº 1285
Hola a todos,

Desde Reclama Por Mí (www.reclamapormi.com) hemos estado informando de diferentes avances y avisando sobre los movimientos que afectan a nivel legal en otros:



1- Sobre los acuerdos de los bancos a cambio de no reclamar en el futuro y también de qué sucede si me cambio antes a otro banco. Es muy importante que leáis sobre este artículo: https://www.reclamapormi.com/noticia/327-la-banca-propone-acuerdos-a-los-afectados-por-irph-a-cambio-de-no-reclamar-en-el-futuro-deberian-aceptarlo.html



2- Sobre la posible prescripción de la reclamación por IRPH en algunos supuestos https://confilegal.com/20190802-puede-prescribir-la-accion-de-reclamacion-por-irph/





3- Sobre la situación actual: https://www.reclamapormi.com/reclama-por-mi/hipoteca/irph-que-es-y-como-reclamar-irph-abogado/154-que-es-y-como-reclamar-irph.html



Son varios medios los que han ido publicando toda esta información ya que se analizan a fondo cuestiones importantes a nivel jurídico que tienen implicaciones legales.



Por todos estos motivos, reiteramos que es esencial informarse bien y consultar a un especialista. Quien lo desee puede escribir dejar su caso aquí para que un abogado de forma gratuita le asesore: https://www.reclamapormi.com/reclamacion/

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