IRPH

IRPH: qué es, valor actual y evolución histórica | IRPH.es

IRPH: Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios

El IRPH (Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios) es uno de los índices oficiales que se usan en España para revisar el tipo de interés de muchas hipotecas a tipo variable. Durante años ha sido más estable que el Euríbor, pero también históricamente más caro para el consumidor. En IRPH.es centralizamos el dato actual, la evolución, la comparación con el Euríbor y las herramientas para entender el impacto en tu cuota.

IRPH actual (junio 2026)

El último dato de referencia que mostramos en portada es el IRPH Entidades de junio 2026: 3,049% (aprox. +0,063 puntos respecto a mayo y +0,247 en tasa interanual). El índice se publica mensualmente a partir de la información que reportan las entidades al Banco de España.

Puedes ver la serie y la comparación con el Euríbor en:

Qué es exactamente el IRPH Entidades

El IRPH Entidades (también conocido como IRPH del conjunto de entidades) se calcula como una media de los tipos de interés de los préstamos hipotecarios a más de tres años concedidos por el conjunto de las entidades de crédito en España. Es un índice oficial, publicado y supervisado, pero eso no implica automáticamente que la cláusula que lo incorpora en tu escritura sea transparente ni libre de control judicial.

Existen (o existieron) variantes históricas como IRPH Cajas o IRPH Bancos. En la práctica, la mayoría de las reclamaciones y del debate jurídico actual se centran en el IRPH Entidades y en cómo se explicó (o no) al firmar.

Cómo se calcula (idea clara, sin tecnicismos innecesarios)

De forma simplificada:

  1. Las entidades comunican tipos medios de sus préstamos hipotecarios.
  2. Se elabora una media según la metodología oficial.
  3. El resultado se publica y sirve de referencia para las revisiones de las hipotecas ligadas a ese índice.

La clave para el consumidor no es solo la fórmula, sino entender el efecto económico: el IRPH suele situarse por encima del Euríbor, de modo que, a igualdad de diferencial, la cuota tiende a ser más alta.

IRPH vs Euríbor: por qué importa la diferencia

El Euríbor refleja el tipo al que los bancos se prestan entre sí en el mercado interbancario. El IRPH refleja una media de tipos de préstamos ya concedidos. Por su construcción, el IRPH ha tendido a ser menos volátil, pero también más elevado en largos periodos.

Esa diferencia acumulada, mes a mes y año a año, es lo que muchos afectados cuantifican al plantear una reclamación o al valorar una novación. En IRPH.es puedes:

¿Es legal el IRPH? Transparencia y control judicial

El índice en sí es un referente oficial. La controversia jurídica se centra en la cláusula contractual que lo impone: si el banco informó de forma clara, comprensible y con datos suficientes sobre el coste y las alternativas (por ejemplo, Euríbor), o si la cláusula no supera el control de transparencia y puede considerarse abusiva.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha insistido en que el carácter oficial del índice no excluye el control de transparencia. El Tribunal Supremo español, por su parte, ha rechazado una nulidad automática y general de todas las cláusulas IRPH, y apunta a un análisis caso por caso. Amplíamos el detalle en:

Quién puede estar afectado

En general, personas con hipoteca a tipo variable referenciada a IRPH (Entidades u otras denominaciones antiguas), firmada sobre todo en los años del boom inmobiliario y posteriores, incluyendo casos de subrogación en préstamos de promotora. También hay afectados que ya cancelaron el préstamo y se preguntan si aún pueden reclamar: depende del tipo de acción y de la jurisprudencia aplicable; conviene asesoramiento profesional.

Herramientas útiles en IRPH.es

Aviso importante

La información de esta página es orientativa y divulgativa. No constituye asesoramiento jurídico ni financiero personalizado. Las decisiones sobre reclamaciones, novaciones o cambios de hipoteca deben tomarse con un profesional colegiado que revise tu escritura y tu caso concreto.

Comentarios

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Montse · Ripoll,Girona · Jueves, 12 Abril 2018 | 05:13:22 PM · nº 4303
Buenas tardes,
Me gustaría saber cuato tiempo puede tarder el tribunal europeo en dictar sentencia,
Gracias
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Pedro · Girona · Jueves, 12 Abril 2018 | 08:20:39 PM · resp. nº 512
Hola Montse.
Creo, según me ha dicho un abogado de Figueres, que se pronunciaran unos meses antes de los dos años que se han dado de margen... esperemos!!!
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sonia · Santander · Jueves, 12 Abril 2018 | 09:39:55 AM · nº 4302
hola a todos alguien puede decirme cuanto tiempo puede tardar una ejecucion provisional de sentencia?
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Oscar · Irun · Miércoles, 11 Abril 2018 | 02:29:49 PM · nº 4301
Hola, llevo escribiendo en este foro varios años. Estoy afectado por el irph y una abogada de gipuzkoa con varias sentencias ganadas, me aconsejo hace años, no denunciar. Basándose en que el supremo no se había pronunciado aun y que la audiencia provincial le había tumbado varias sentencias, casi todas relacionadas con Kutxabank.

Una vez pronunciado el supremo y con el varapalo que nos dio a todos los afectados, creo que el que no haya entrado mejor que no entre. Y el que está dentro que siga hasta el final, gane o pierda. Naturalmente cada uno por sus circunstancias personales habrá de valorarlo, pero si yo empiezo una guerra, la termino, o no la comienzo.

Solo espero que el tribunal europeo nos de la razón y podamos en un futuro reclamar lo que nos han robado. Ánimo a todos aquellos que se encuentran inmersos en las batallas judiciales y suerte para todos.
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dolores · leon · Martes, 10 Abril 2018 | 01:42:34 PM · nº 4300
Lo del IRPH no es un ERROR en la comercialización, es un ENGAÑO puro y duro, puesto que el IRPH es una TAE, un precio TOTAL, cosa que los bancos saben perfectamente, y en los CONTRATOS no hay ningún apartado de precio TOTAL del préstamo, donde se pueda usar el oficial, el IRPH. Lo que hay, son distintos apartados, donde aparecen distintos costes PARCIALES, como COMISIONES, INTERESES, GASTOS, etc....Y en uno de esos costes PARCIALES, aparece el IRPH,como si fuera el precio oficial de ese coste PARCIAL. Y esto es un engaño puro y duro. Deberían estar en la cárcel por estafa masiva.
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VÍCTOR · S/c De Tenerife · Lunes, 09 Abril 2018 | 06:46:41 PM · nº 4299
Alguien sabe cuando se vuelve a pronunciar el TJUE SOBRE EL IRPH, una saludo porque a mi me tienen frito


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Oclamo · Soria · Sábado, 07 Abril 2018 | 09:35:00 PM · nº 4298
Y yo digo sí yo firme una hipoteca con interés variable y me están aplicando un interés fijo ¿eso no es incumplimiento de contrato?
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Javier · La Linea-Cadiz · Viernes, 06 Abril 2018 | 11:25:40 PM · nº 4297
En mi caso tengo una estimación parcial, el juzgado me acaba de dar la razón en los gastos de hipoteca pero no me la da en cuanto al IRPH, en base a la sentencia del Supremo.
El abogado me aconseja que recurra a la audiencia Provincial de Cádiz, lo cual me supone un gasto y el riesgo de que me condenen en costas.
¿Cuanto suele tardar como mínimo una Audiencia Provincial en pronunciarse?
¿Que ocurre si se pronuncia antes que el TSJE?
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Javier - Reclama Por Mí · Bizkaia · Viernes, 06 Abril 2018 | 07:10:25 AM · nº 4296
Hola a todos los afectados. Aprovechamos para recordar lo que dijimos hace algunos días desde reclamapormi.com en referencia a reclamar IRPH.



Guías para los afectados por IRPH:



1- Si tu caso aún no ha sido juzgado: En vista de todos los comentarios y sobre todo tras la sentencia del Supremo sobre el IRPH, recomendamos desde http://www.reclamapormi.com mantenerse a la espera de la sentencia del TJUE. Sabemos que hay que esperar y que en muchos casos puede suponer pagar unas cuotas en la hipoteca muy altas. No obstante, el riesgo de iniciar un trámite por la vía judicial es altísimo ya que el TJUE puede no pronunciarse a tiempo y el coste de apelar es alto y además limitado. No recomendamos iniciar ningún proceso. Quien quiera saber cómo proceder que deje su reclamación aquí y le explicaremos como hacerlo: https://www.reclamapormi.com/reclamacion/



2- A todos aquellos que hayáis iniciado el trámite:Lamentablemente tenéis que tomar una decisión muy difícil. Tenéis que valorar el riesgo/beneficio conociendo el coste de apelar el primera y segunda instancia llegado el caso frente al coste de oportunidad que supone dejar de reclamar por IRPH si el TJUE le da la vuelta.



Como sabréis la mayoría de los afectados por IRPH, puede reclamar por los gastos hipotecarios o incluso puede que tenga suelo además de IRPH.

Debéis saber que se puede empezar por reclamar los gastos hipotecarios o el suelo y posteriormente, si la justicia falla a nuestro favor, reclamar por el IRPH. No es necesario, y desde www.reclamapormi.com no recomendamos iniciar un proceso judicial por el IRPH hasta que se sepa más.



A todo aquél que tenga dudas sobre qué hacer podemos asesorar a quien lo desee sobre el tema para que conozca los pros y los contras antes de tomar la decisión.





Recomendamos antes de iniciar cualquier contratación, reclamación extrajudicial, demanda judicial o acuerdo con el banco que antes se asesore a que hay decisiones que tienen consecuencias legales importantes.



Esperamos ser de ayuda. Reclama Por Mí.
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francisco · sevilla · Jueves, 05 Abril 2018 | 03:52:55 PM · nº 4295
Buenas tardes , en mi caso mi abogado ha solicitado solo clausula suelo y gastos de notaria .... ya que con la negativa del supremo pues me comento que es mejor esperar a que se pronuncie el europeo para no perder el juicio y todo lo que conlleva en cuanto a gastos de costas y sentencia la cual ya no podría reclamar , pero vamos mi opinión es que tenemos que tener esperanza en que nos den la razón , y den un golpe sobre la mesa de estos bancos y cajas que han estado engañando , lucrándose del desconocimiento de los clientes .
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María · Granada - Granada · Lunes, 02 Abril 2018 | 09:16:58 PM · nº 4294
Yo pronto tendré el juicio, ya tuve la vista previa de una ejecución hipotecaria y mi abogado alego cláusulas abusivas sin especificar cuáles, ahora reclamaré solo por intereses de demora abusivos, cláusula suelo y otras cláusulas abusivas , pero el IRPH no lo voy a reclamar, voy a renunciar a reclamarlo por ahora porque si lo pierdo se me considerará causa juzgada y no podré reclamarlo después si el TJUE nos diese opción a reclamarlo. Si se da esa opción lo podré reclamar mas adelante ya que esa cláusula no la voy a reclamar ahora. Espero que sea así.
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