
El IRPH baja en septiembre al mínimo histórico: 1,700%
El IRPH baja en septiembre de 2020 al valor 1,700% y al ser un mínimo histórico este valor abaratará las hipotecas independientemente de si la revisión es trimestral, semestral o anual.

Aunque muchos de los ciudadanos con hipoteca IRPH están pendientes de la polémica sentencia del Tribunal Supremo sobre cuatro recursos de casación por hipotecas vinculadas al IRPH, en la que se admitía la falta de transparencia en la aplicación del índice IRPH en el contrato hipotecario pero que no existe abusividad en la cláusula IRPH, también necesitan saber que valores alcanza el IRPH, ya que de ellos depende de si su hipoteca se abaratará o encarecerá en la siguiente revisión.
El IRPH ha alcanzado en septiembre de 2020 el valor 1,700, y se trata de su segundo mínimo histórico consecutivo. La razón de esta nueva caída la encontraremos seguramente en que el Euríbor también se encuentra en estos meses experimentado caídas hacia mínimos históricos y cómo el cálculo del IRPH se apoya en grandes rasgos en la media de las TAE de las hipotecas comercializadas y revisadas de cada mes, evidentemente, los valores IRPH dependen también de los valores que alcanza el Euribor, que es el índice utilizado en la inmensa mayoría de las hipotecas en España.
La diferencia entre ambos índices, IRPH y Euribor, a pesar de las caídas que muestran los dos, se acrecienta. Esto se debe a que el Euribor ha caído más significativamente en los últimos meses, que el IRPH.
El Euríbor ha caído tanto a consecuencia de los estímulos de ayuda de gran envergadura que ha puesto en marcha y que seguirá poniendo el Banco Central Europeo (BCE), para afrontar las devastadoras consecuencias de la pandemia del Covid-19 en las economías de los países europeos.
Mientras que en septiembre el IRPH ha caído hasta el valor 1,700% el Euribor ha bajado hasta el -0,415%, esto supone una diferencia de 2,115 puntos entre ambos, ya que 1,700- (-0,415) = 1,700 + 0,415 = 2,115.
Las hipotecas ligadas al IRPH también van a abaratarse, ya que el IRPH nunca ha estado tan bajo y entonces, independientemente de si las revisión de la hipoteca es trimestral, semestral o anual, al partir del nuevo valor del IRPH de septiembre la hipoteca se abaratará.
El IRPH en septiembre de 2020, como hemos dicho ha caído hasta el valor 1,700%, mientras que hace un año, en septiembre de 2019, el IRPH alcanzó el valor del 1,825%. Estos valores suponen una caída interanual de 0,125 puntos.
Concretamente, una hipoteca referenciada al IRPH con un diferencial sobre el mismo del 0%, con un capital pendiente de 100.000 euros, con un plazo restante de 20 años y que se revise anualmente a partir del dato del IRPH de septiembre de 2020, pasará de una cuota mensual de 498 euros a otra de 492 euros. Se trata de un abaratamiento mensual de 6 euros, siendo todas estos valores aproximados.
IRPH son las siglas correspondientes a: Índices de Referencia de Préstamos Hipotecarios. Estos índices son varios, y son un porcentaje que es utilizado por las entidades financieras con el que actualizan el tipo de interés de las hipotecas con tipos de interés variables. El Banco de España publica mensualmente todos los índices a través de un media de las diferentes ofertas del mercado hipotecario que han inscrito los bancos y cajas de ahorro.
El índice más utilizado como referencia para las hipotecas a interés variable es el Euribor, pero existen otros que es importante conocer:
- El Euribor: como decimos es el más conocido y utilizado. Es el índice que sustituyó al Mibor. Es el tipo al que las entidades financieras formalizan préstamos entre sí en la zona del mercado interbancario de la moneda europea. ¿Cómo se calcula? Los bancos europeos se prestan dinero entre ellos, entonces a partir de los precios de oferta de estos préstamos, se calcula el Euribor. Estamos hablando de los bancos europeos más importantes. El Euribor sustituyó al Mibor y este todavía se utiliza, pero de forma exclusiva para los préstamos hipotecarios anteriores al 1 de enero de 2000.
- El IRPH: el porcentaje es la media obtenida a partir de los tipos medios de interés de los préstamos hipotecarios con un plazo superior a tres años que han sido concedidos por las entidades durante el mes.
- También se puede utilizar como índice el IRS o el de la Deuda Pública o rentabilidad semestral de los bonos del Tesoro.
Como comentábamos el índice más utilizado para referenciar los préstamos hipotecarios a interés variable es el Euribor.
Debemos de saber que las entidades financieras aplican un diferencial adicional. Si por ejemplo, nuestro banco nos ofrece euribor + 0,50 y el porcentaje del euribor es 4,60 se realizará la suma del índice más el diferencial para obtener el tipo de interés que se aplicará. En este caso 5,10 ya que, 4,60 + 0,50 =5,10
El valor del IRPH siempre lo hemos visto por encima del Euribor, su oscilación no es tan frecuente como la el Euribor, pero los diferenciales que se suman al IRPH a diferencia de los que se aplican sobre el Euribor, deberían ser negativas, dado que el Euribor siempre nos lo hemos encontrado con valores inferiores e incluso muy inferiores con respecto a los del IRPH. Como compensación, los diferenciales sobre el IRPH deberían ser negativos. Los expertos dicen que generalmente las entidades financieras tienen una mayor disposición a utilizar el Euribor pues generalmente registra menores fluctuaciones durante la vida del préstamo hipotecario.
El comportamiento del IRPH por su método de cálculo siempre se ha encontrado por encima del Euribor y durante los peores años de la crisis y cuando todavía no ha sido superada la diferencia entre el Euribor y el IRPH ha sido superior de dos puntos, viéndose claramente perjudicados los ciudadanos con una hipoteca ligada al IRPH. Como hemos comentado, el diferencial o margen que se aplica al IRPH, teóricamente debería ser negativo para compensar que por el método de cálculo se sitúe muy por encima con respecto al Euribor.
El día 20 de cada mes el Banco de España cede los datos del mes anterior.
Comenta David de Sevilla
Viernes, 10 Nov. 2017 | 02:17:01 PMResponde David de Dos hermanas-Sevilla
Viernes, 10 Nov. 2017 | 02:40:04 PMResponde David de Dos hermanas-Sevilla
Viernes, 10 Nov. 2017 | 02:42:02 PMResponde Javier - Reclama Por Mí de Bizkaia
Viernes, 10 Nov. 2017 | 02:43:49 PMTengo que informarle de una reclamación por IRPH puede devolverle cantidades superiores a las del suelo.
. Todo depende del suelo que se tuviera o desde cuando se aplicara el IRPH.
De hecho, en Enlace, donde somos especialistas en el tema, denominamos al IRPH "las nuevas cláusulas suelo".
Puede informarse sin compromiso con uno de nuestros abogados y le responderá en menos de 24 horas si quiere saber más.
Para que se haga una idea rápida, de media puede contar con que se puede reclamar entre el 8-10% del importe de su hipoteca...
Responde Ivan tovarisch de Kiev-barcelona
Viernes, 10 Nov. 2017 | 06:10:30 PMComenta David de Dos hermanas-Sevilla
Viernes, 10 Nov. 2017 | 01:44:00 PMResponde Javier - Reclama Por Mí de Bizkaia
Viernes, 10 Nov. 2017 | 02:32:39 PMPodríamos decir que las cosas no se han hecho bien, pero parece que la justicia está arreglando lo que nunca debería haber existido.
Es verdad que hay mucho daño que ya se ha hecho y que ahora hay que reclamar por ello en vez de que las cosas estén echas bien desde el principio.
Ya desde las preferentes con personas que han perdido los ahorros de su vida u otra gente que por tener cláusula suelo altísima o IRPH, o multidivisa les han desahuciado.
Sin embargo, la justicia está reconduciendo el tema y está declarando abusivos estos índices.
Ya se están poniendo los medios para que este tipo de cláusulas no puedan existir en el futuro. Esperamos que no haya sorpresas el 22 de noviembre.
Comenta Sergio de Rubi-Barcelona
Jueves, 09 Nov. 2017 | 08:38:19 PMResponde Javier - Reclama Por Mí de Bizkaia
Viernes, 10 Nov. 2017 | 02:15:40 PMEn Barcelona las sentencias no están siendo tan claras como en otros lugares y lo mejor es esperar a la sentencia del Tribunal Supremo.
Tienes que tener claro que con un 4,25% de interés que estás pagando ahora te van a devolver mucho dinero.
En Enlace lo que hacen es ir adelantando el trámite presentando ya la reclamación exrajudicial para que cuando salga la sentencia que se espera que sea positiva puedan meter la demanda cuanto antes ya que va a haber una auténtica avalancha de casos. Es mejor ir adelantando porque con una reclamación extrajudicial no hay riesgo de perder ningún juicio y ya vas dando los pasos necesarios.
Comenta Jesús de Alicante
Jueves, 09 Nov. 2017 | 04:30:01 PMResponde Javier - Reclama Por Mí de Bizkaia
Viernes, 10 Nov. 2017 | 12:55:09 PMLa resolución del Supremo manda sobre la de las audiencias provinciales por lo que, sí, influye sobre las resoluciones futuras.
Por ejemplo, si en una audiencia provincial dieran la razón al cliente como puede estar siendo en Alicante, si la resolución del Supremo el próximo 22 de noviembre es que el IRPH no es abusivo, aunque el banco pierda en la audiencia provincial, sabe que puede llevarlo al Supremo con garantías de que le den la razón. Esto sin embargo, solo sucede con las sentencias que no sean firmes. Si ya te han dado la razón, solo hay un tiempo para presentar un recurso y pasado ese tiempo la sentencia no se puede recurrir.
De todas maneras, creo que hay razones para ser optimistas con que la sentencia sea favorable a los clientes y se declare nulo como otras cláusulas abusivas.
Desde luego, Jesús tu caso lo tiene todo. Sea de una manera de otra puedes reclamar cantidades muy altas más intereses de demora y que te apliquen un sustituto mucho más bajo. Podrás reclamar mucho dinero.
Si quieres que te asesore un abogado, en Enlace puedes hacerlo ya que llevan todas las cláusula abusivas que tienes.
Comenta MARIA de LAS PALMAS
Jueves, 09 Nov. 2017 | 11:33:38 AMResponde sonia de Santander
Jueves, 09 Nov. 2017 | 01:13:12 PMResponde Francisca de Murcia-Murcia
Jueves, 09 Nov. 2017 | 01:48:03 PMResponde MARIA de LAS PALMAS
Viernes, 10 Nov. 2017 | 10:26:58 AMComenta Pedro de Barcelona
Martes, 07 Nov. 2017 | 05:37:12 PMResponde Javier - Reclama Por Mí de bizkaia
Miércoles, 08 Nov. 2017 | 10:40:01 AMEntiendo que se refiere desde la audiencia previa hasta la vista. Este periodo varía dependiendo del juzgado. Puede contar con que son 3 a 6 meses y luego puede pasar un mes hasta que se dicte sentencia.
En cuanto a su caso que se parece al de otros del BBVA tiene usted razón. Parece que el BBVA lo ha dejado congelado en ese interés sin consultar y sin que el cliente haya aceptado expresamente ese cambio. En este sentido se ha producido un cambio en el contrato y el cliente debería haber sido informado y no ha sido así. Un 3,94% es un porcentaje muy alto. Puede usted reclamar por ello y esperar mucho dinero de vuelta. Si quiere consultar cuánto le corresponde puede usted acudir a Reclama Por Mí: Enlace para que un abogado mire su caso y le asesore.
Pronto contarán con una calculadora de IRPH en la web.
Comenta JoseG de Gijon-Asturias
Martes, 07 Nov. 2017 | 01:28:48 PMResponde Javier - Reclama Por Mí de bizkaia
Martes, 07 Nov. 2017 | 05:16:26 PMComenta Carlos de Alicante
Martes, 07 Nov. 2017 | 11:31:32 AMResponde Javier - Reclama Por Mí de Bizkaia
Martes, 07 Nov. 2017 | 05:14:10 PMHas hecho la pregunta del millón.
Es realmente difícil saber lo que va a suceder. Son tantas incógnitas y depende tanto de cada caso que no se puede dar una respuesta general. Creo que lo que se puede decir es que, en principio, se puede reclamar, ya que hay base legal. Pero no es lo mismo reclamar para una vivienda comprada como VPO en el 2002 que una en el 2010. Unos quizá tengan que reclamar al banco, mientras que otros contra el estado. Y si esto es así, quizá el gobierno resuelva este punto de otra manera para evitar una avalancha de demandas.
Así que respondiendo a tu pregunta... te diría que acudas a Enlace y preguntes qué pasos dar. En cada caso el plan a seguir puede ser diferente. En algunos quizá sea mejor esperar para tener garantías, mientras que otros sea un caso claro.
Responde Sergi de Alicante
Miércoles, 08 Nov. 2017 | 09:42:26 AMComenta Carlos de Alicante
Martes, 07 Nov. 2017 | 11:28:45 AMComenta Ron de El Vendrell- Tarragona
Martes, 07 Nov. 2017 | 06:02:07 AMResponde Javier - Reclama Por Mí de Bizkaia
Martes, 07 Nov. 2017 | 12:23:55 PMSaber exactamente qué va a decidir el juez en cada caso es difícil. Lo que está claro es que si usted no firmó nada respecto a que le pusieran un fijo al 3,99% y no aparecía como índice sustitutivo en sus escrituras, el BBVA ha tomado la decisión por su cuenta sin consultar y eso se puede reclamar. En principio, quedaría a discreción del juez decidir lo que le devolverían, pero basándonos en la ley, en principio usted podría reclamar mucho dinero.
Si declaran nulo el IRPH finalmente el día 22 de noviembre por el Supremo , quien tenga IRPH tendrá una seguridad jurídica aún mayor si demanda y debe contar con que puede reclamar de media alrededor de un 8-10% del valor total de su hipoteca.
Este cálculo es meramente orientativo. Está basado en una media de los cálculos hechos en Enlace de varios clientes. Requiere un estudio pormenorizado. Pueden estudiar su caso si se pone en contacto. La consulta es gratuita.